Licitación ID: 1080094-23-LP22
MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA AMBULANCIA SAMU
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD MAGALLANES, Bienes y servicios - SAMU
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de reparaciones, mantenimientos de carreteras o aparcamientos (estacionamientos) 1 Global
Cod: 72102903
Mantenimiento preventivo Ambulancias  

2
Servicios de reparaciones, mantenimientos de carreteras o aparcamientos (estacionamientos) 1 Global
Cod: 72102903
Mantenimiento correctivo Ambulancias.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA AMBULANCIA SAMU
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la licitación pública, es contratar un servicio de mantención, reparación y suministro de repuestos para las ambulancias del SAMU, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, en circunstancias que este servicio no es provisto en catálogo electrónico del Convenio Marco o en caso de existencia, estos no resulten convenientes para los intereses de la institución.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD MAGALLANES
Unidad de compra:
Bienes y servicios - SAMU
R.U.T.:
61.607.900-k
Dirección:
Lautaro Navarro N° 829
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-10-2022 19:59:00
Fecha de Publicación: 28-09-2022 16:56:37
Fecha inicio de preguntas: 29-09-2022 17:30:00
Fecha final de preguntas: 05-10-2022 19:29:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-10-2022 17:15:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-10-2022 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-10-2022 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 17-10-2022 10:32:58
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ARTICULO Nº 11 CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Documentos Técnicos
1.- ARTICULO Nº 11 CONTENIDO DE LAS OFERTAS
 
Documentos Económicos
1.- ARTICULO Nº 11 CONTENIDO DE LAS OFERTAS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios ARTICULO Nº 15: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 70%
2 Comportamiento contractual anterior ARTICULO Nº 15: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 5%
3 Cumplimiento de los requisitos ARTICULO Nº 15: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 5%
4 Precio ARTICULO Nº 15: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SAMU PUNTA ARENAS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Tesorería DSSM
e-mail de responsable de pago: tesoreria.dssm@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Unidad de Gestión de Contratos
e-mail de responsable de contrato: abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2291155-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Magallanes
Fecha de vencimiento: 31-12-2023
Monto: 5 %
Descripción: El Instrumento Financiero deberá remitirse de forma física, una vez adjudicada la licitación, en sobre cerrado, en Oficina de Partes del Servicio de Salud de Magallanes, Ubicado en calle Lautaro Navarro N°890, Punta Arenas, una vez adjudicada la licitación de lunes a viernes de 08:30 a 13:00 horas, en un plazo máximo de 10 días hábiles después de la fecha de adjudicación indicando “Instrumento Financiero de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, Obligaciones Laborales y de Remuneración del “Convenio de Mantención, Reparación y Suministro de Repuestos para Ambulancias SAMU”, por el periodo de 12 meses, Licitación Pública ID 1080094-23-LP22.
Glosa: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, Licitación Pública ID 1080094-23-LP22.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de término del contrato por causas imputables al Oferente, dicha garantía podrá hacerse efectiva por el Servicio de Salud de Magallanes, a título de indemnización, sin perjuicio de otras acciones posteriores que pudieren ejercerse para hacer efectivo el pago de una suma mayor por concepto de perjuicios no cubiertos por la garantía respectiva. Además, en caso de incumplimiento por parte del Oferente de cualquiera de las obligaciones contempladas en las Bases Administrativas y en Bases Técnicas respectivas que son parte integrante del presente contrato, el Servicio se reserva el derecho de poner Ipso facto termino al contrato respectivo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
I. BASES ADMINISTRATIVAS ARTICULO Nº 1: DESCRIPCIÓN DEL MANDANTE Y FUNDAMENTO DE LA LICITACIÓN La entidad contratante es el Servicio de Salud Magallanes, RUT 61.607.900-K en adelante “el Servicio”, con domicilio en Lautaro Navarro # 829, de la comuna de Punta Arenas, en representación del Departamento de Atención Prehospitalaria - SAMU La presente licitación, se efectúa dentro del marco establecido en la Ley Nº 19.886 sobre compras y contratos públicos, junto a su reglamento contenido en el D.S. Nº 250/04, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones. ARTÍCULO Nº 2: OBJETIVO DE LA LICITACIÓN El objetivo de la licitación pública, es contratar un servicio de mantención, reparación y suministro de repuestos para las ambulancias del SAMU, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, en circunstancias que este servicio no es provisto en catálogo electrónico del Convenio Marco o en caso de existencia, estos no resulten convenientes para los intereses de la institución. ARTÍCULO Nº 3: DISPONIBILIDAD DE LAS BASES E IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN Las Bases Administrativas Generales, Técnicas y/o Especificaciones o Términos de Referencia, junto a todos los antecedentes relacionados con esta licitación están disponibles en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha de su publicación. La presente licitación, se efectúa dentro del marco establecido en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento D.S. N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones. En este sentido, las fechas de las distintas etapas de este proceso, serán las que estén registradas en el formulario de la ficha de licitación al momento de efectuar su publicación. ARTICULO Nº 4: UNIDAD TÉCNICA: Para el control de la correcta observancia de las condiciones establecidas en éstas bases administrativas, la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, designa como Unidad Técnica al Departamento de Recursos Físicos, quienes deberán velar en forma permanente y adecuado desarrollo del procedimiento licitatorio y/o de compra de que se trate, así como por su oportuno y fiel cumplimiento, ya sea, en la solicitud y recepción oportuna de los bienes, su control y otros aspectos que se deberán tener en cuenta al momento de visar la factura respectiva, conforme a los insumos adquiridos. En el caso de las especificaciones técnicas y/o términos de referencia será de responsabilidad del Jefe de Unidad de Servicios Generales del Departamento Recursos Físicos La Dirección del Servicio de Salud Magallanes, estará facultada para cambiar en cualquier momento la Unidad Técnica, lo que será informado oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO Nº 5: PARTICIPANTES Podrán participar en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales, jurídicas y Unión Temporal de Proveedores y que cumplan con los requisitos exigidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, anexos, consultas, respuestas y aclaraciones, y que no les afecte alguna de las causales de inhabilidad establecidas en el art. 4 de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Si dos o más proveedores se unen para efectos de participar en este proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión temporal de proveedores, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos o contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica, o por las prácticas a que se refiere el DL 211/1973 que fija normas para la defensa de la libre competencia. En caso que él, o los oferentes adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estarán obligados a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor de dicha unión deberá inscribirse dentro del plazo señalado para suscribir el contrato. ARTÍCULO Nº 6: REQUISITOS PARA POSTULAR Los establecidos en el Art Nº 4 de la Ley de Compras Públicas Nº 19.886, sus modificaciones y reglamento. Y lo señalado en el Artículo 11: “Contenido de las ofertas” de las presentes bases. ARTICULO Nº 7: ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO: El proceso de licitación a que se hace referencia, se publicará a través del portal de Mercado Público, identificado como www.mercadopublico.cl. Las etapas y plazos de esta licitación, fecha de publicación, cierre de recepción de ofertas, inicio y final de preguntas, publicación de respuestas, acto de apertura técnica, acto de apertura económica, tiempo de evaluación de ofertas, fecha de adjudicación, que se indican a continuación, según Artículo 25 del Reglamento de Compras y Contratación Pública. Las etapas y plazos se resumen como sigue, sin perjuicio de las fechas de licitación que imponga el portal de compras públicas, para la correcta ejecución de la licitación, y para efectos de éstas, se establece el siguiente cronograma: ETAPAS PLAZOS MÁXIMOS Fecha de Publicación 1 días desde la total tramitación de la resolución que aprueba las bases administrativas y técnicas y autoriza el llamado a licitación. Fecha Inicio de Preguntas 1 día corridos después de la publicación. Fecha Final de Preguntas 7 días corridos después de la publicación. Fecha de Publicación de Respuestas 8 días corridos después de la publicación. Fecha de Cierre Recepción de Ofertas 10 días corridos después de publicación Fecha de Acto de Apertura Electrónica 1 días corridos después de recepción de ofertas Fecha de Evaluación de Oferta 5 días corridos después de Apertura de Ofertas. Fecha de Adjudicación 10 días corridos después del vencimiento del plazo para evaluación. Fecha de contrato 10 días corridos, después de la adjudicación En caso de que el plazo de recepción de ofertas cierre en día inhábil, se prorrogará automáticamente para el día hábil siguiente a las 15:00 horas. Por otro lado, si el plazo de cierre de ofertas venciera un día lunes antes de las 15:00 horas, se prorrogará automáticamente para las 15:30 horas. ARTICULO Nº 8: ACEPTACION DE LAS BASES: Por el solo hecho de formular una oferta, se entenderá que el oferente ha tomado conocimiento del contenido de las Bases Administrativas, Técnicas y demás antecedentes que regulan este proceso y que acepta las condiciones establecidas en ellas. Además, declara conocer las disposiciones legales, normativas y reglamentarias que rigen las transacciones que se realizan a través del portal www.mercadopublico.cl y no se señalen en forma tácita ni expresa en estas Bases Administrativas Generales y Técnicas. Las Bases Administrativas Generales y Técnicas prevalecerán por sobre cualquier información o antecedente que se indique en la oferta. ARTICULO Nº 9: MODIFICACION DE LAS BASES: El Servicio, podrá modificar las bases de licitación hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, a iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los interesados en el proceso. Dichas modificaciones serán aprobadas por Resolución del Servicio de Salud Magallanes, la que será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitada, y formará parte integral de las presentes bases. De existir modificación de las bases, se considerará un plazo prudencial para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. ARTICULO Nº 10: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS Y/O MODIFICACIONES DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN: Las consultas y aclaraciones se realizarán de acuerdo a las fechas que se indican en "Etapas y Plazos” de la ficha de licitación. Las aclaraciones estarán disponibles para todos los interesados en participar de este proceso, siendo obligación de los oferentes tomar conocimiento de ellas. Durante este proceso, la Unidad Técnica podrá formular las aclaraciones que estime pertinente. Se aceptarán consultas solamente mediante la opción “Foro”, inserta en el portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, las que podrán efectuarse en las fechas que se precisen en la misma licitación y respondidas por el mismo medio, conforme al cronograma de actividades de esta licitación informadas en la ficha de licitación. Las consultas deberán formularse en forma precisa y deben ser pertinentes al desarrollo de la presente licitación. Las respuestas que se entreguen complementan las presentes Bases, entendiéndose que forman parte integrante de ellas, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado. El “Servicio” y/o Unidad Técnica podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante resolución fundada, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por un oferente en cuyo caso se establecerá un plazo prudente para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. Se deja constancia, que el oferente se hace responsable del seguimiento del proceso licitatorio mediante el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl. ARTÍCULO Nº 11: CONTENIDO DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán efectuarse a través de los formularios respectivos, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en las Bases y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas, en soporte electrónico. Los antecedentes que a continuación se indican, se deberán presentar en el Portal de Mercado Público: 11.1. Identificación del Oferente: Deberá ser completada, firmada y enviada por el oferente, utilizando estrictamente el formulario incluido en el Anexo N°1. La Unión Temporal de Proveedores, deberán adjuntar el documento público o privado que contenga la formalización de la unión, y conste el cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 67 bis del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Los oferentes con personalidad jurídica no inscritos en el registro electrónico oficial de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, deberán adjuntar, además, extracto de la Escritura Pública donde conste la conformación y participación de la sociedad. 11.2. Oferta Económica: Deberá ser completado, firmado y enviado por el oferente, utilizando el formulario incluido en el Anexo N°2, según corresponda. 11.3. Ficha Técnica: Deberá completar, firmar, escanear y subir junto a su oferta. Anexo Nº 3, el que debe indicar si cuenta con scanner especializado para la marca Mercedes; incluir fotografías del taller (imágenes) e informar garantía de los trabajos ejecutados. De no anexar lo señalado, quedará automáticamente excluido de la evaluación. Antecedentes Especiales: En caso de requerirse alguna acreditación especial, estas serán indicadas en las bases técnicas o solicitadas por FORO INVERSO, en caso que la Comisión Evaluadora lo requiera, que corresponden a la presente Licitación. Todos los antecedentes exigidos en formato Anexos (N°1 Nº2 y N°3), deberán presentarse debidamente escaneados y firmados por el oferente si es persona natural; o por el representante legal del mismo, si es persona jurídica; o por el representante o apoderado, si es una Unión Temporal de Proveedores, con la salvedad del Anexo N° 1, que deberá ser suscrito por cada uno de los oferentes o representantes legales de las empresas que la integran. El Servicio, no considerará, para efectos de evaluación, la documentación no solicitada expresamente en las presentes bases administrativas y técnicas, por lo que el oferente, se debe abstener de adjuntar documentación adicional. ARTÍCULO Nº 12: OFERTA ECONÓMICA La oferta económica debe realizarse única y exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, por medio de la ficha de la licitación, en los plazos establecidos en el mismo formulario. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 62 del D.S. Nº 250/2004 del Reglamento de Compras Públicas. La presentación de la oferta económica deberá realizarse en moneda nacional ($) y en montos netos, debiendo ingresar el valor de $1. Para la presente contratación de un convenio de servicios de mantención, reparación y suministro de repuestos para las ambulancias del SAMU y del MAMÓGRAFO MÓVIL, deberá cotizar valor de $1, en el campo electrónico de la Ficha de Licitación, por ser una licitación para establecer un convenio. El detalle de los valores, será establecido en el ANEXO Nº 2. Todos los antecedentes que indique el proveedor en su oferta, podrán ser verificados por la Unidad Técnica, situación que desde ya es aceptada por el oferente. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar su oferta y documentos anexos, deberá comunicarse de inmediato con la mesa de ayuda del portal www.mercadopublico.cl, o al teléfono 600-7000-600, a objeto de obtener la información adecuada que le permita ingresar su oferta correctamente. Para las ofertas que se realizan a través de Zona Franca, el oferente debe establecer que está exenta de Impuestos. Las ofertas tendrán una validez de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. Si vencido el plazo señalado precedentemente, el Servicio no ha realizado la adjudicación, podrá solicitar a los oferentes la prórroga de sus ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio. ARTÍCULO Nº 13: OFERTA TÉCNICA El oferente debe adjuntar obligatoriamente la información solicitada en el Artículo 11: “Contenido de las ofertas” de las presentes bases. ARTÍCULO Nº 14: APERTURA DE LICITACIÓN La apertura de la licitación se realizará en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl dicho procedimiento consta de una etapa. Se realizará el día establecido en este proceso, a partir de la hora estipulada, rechazando en el acto la propuesta de los oferentes que no cumplan los requerimientos establecidos en las presentes bases. Estos procedimientos serán realizados en forma interna y los oferentes podrán informarse del estado en que se encuentra la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl. ARTÍCULO Nº 15: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Las propuestas serán evaluadas considerando los siguientes criterios, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican: ITEM CRITERIOS DE EVALUACIÓN % A) Oferta Económica (ANEXO Nº 2) Los oferentes deberán anexar a su oferta el Anexo Nº 2 en el portal www.mercadopublico.cl, debidamente firmado, siendo evaluadas las ofertas de cada línea en referencia al menor precio ofertado y conforme a la siguiente fórmula: A.1 Total Valor HH Mantenimiento Preventivo precio mínimo ofertado/precio oferta a evaluar) x 100 x 5 A.2 Total Valor HH Mantenimiento Correctivo precio mínimo ofertado/precio oferta a evaluar) x 100 x 15 20 B) Calidad Técnica: (ANEXO Nº 3) Se evaluará de acuerdo a información ingresada en Anexo Nº 3 Garantías: Garantía Mano Obra 6 meses y más: 20 puntos Menos de 6 meses: 5 puntos Requisitos Taller: Contar con Scanner especializado para marca Mercedes SI : 40 puntos NO : 0 puntos Dependencias adecuadas, taller con las condiciones adecuadas para el resguardo de los vehículos fiscales. (incluir imágenes fotográficas) SI : 10 puntos NO : 0 puntos 70 C) Comportamiento base: Se basa en la nota calculada, según sanciones recibidas en los últimos 24 meses (100.0%), información que se encuentra en la Ficha del Proveedor. Si no apareciera esta información o el proveedor se encuentra inhábil, se le otorgará 0 puntos. 5 D) Cumplimiento de los Requisitos: A los oferentes, que al momento de la apertura de las ofertas, cumplan oportunamente con la presentación de los anexos solicitados, se les otorgará en este criterio con el puntaje máximo (100 puntos), para las ofertas donde se requiera solicitar la presentación de certificaciones antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido, y estas cumplan con lo solicitado y son presentados dentro del plazo otorgado en el foro de aclaración de ofertas, el puntaje será (50 puntos). La oferta está incompleta y/o no presenta el documento mediante el foro inverso: 0 puntos. 5 De las Ofertas: Las ofertas deberán ser presentadas exclusivamente en forma electrónica, a través del Sistema de Información Mercado Público www.mercadopublico.cl, hasta antes del cierre de la fecha señalada en la ficha de licitación. El precio ingresado en la línea del Servicio deberá ser de $1. Validez de las ofertas: Las ofertas tendrán una validez de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. Si vencido el plazo señalado precedentemente, el Departamento de Abastecimiento no ha realizado la adjudicación, podrá solicitar a los oferentes la prórroga de sus ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Departamento de Abastecimiento. ARTÍCULO Nº 16: ERRORES U OMISIONES No se aceptarán antecedentes presentados fuera de plazo. Las ofertas incompletas serán rechazadas en apertura. De no adjuntar obligatoriamente los ANEXOS 2 ó 3, su oferta será desestimada en la apertura de la licitación. Además, la Entidad Licitante podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas referentes a la información ya anexada por los proveedores en su oferta. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas corridas, contados desde la notificación del requerimiento de la Unidad Técnica, para responder a lo solicitado o para acompañar los antecedentes requeridos, vía Sistema. La Entidad Licitante no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo y/o enviados por un medio distinto a la plataforma www.mercadopublico.cl ARTÍCULO Nº 17: RESOLUCIÓN DE EMPATES Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuestas, una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Para desempatar, se tomarán los criterios ingresados en la Ficha de Licitación en orden descendente, de acuerdo al porcentaje de mayor a menor. Finalmente, de continuar aun así empatados, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, considerando la hora en que aquello se haya efectuado. ARTÍCULO Nº 18: PRONUNCIAMIENTO Y ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA La Dirección del Servicio de Salud Magallanes, previo informe de la Comisión de Evaluación, procederá a adjudicar la licitación, de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en el punto 15 de las presentes bases administrativas. El Servicio no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. Además, no podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades del Estado. El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, si considera que las ofertas presentadas no son convenientes para sus intereses tanto técnicos como económicos, o bien solicitar antecedentes adicionales mediante los mecanismos regulados por el sistema de compras públicas. Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos establecidos en el cronograma dispuesto en el punto 7 de las presentes bases, el Servicio informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Lo anterior, en conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 2º del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. 18.1. Resolución de Adjudicación: El Servicio de Salud Magallanes, adjudicará a través de una resolución fundada según normativa interna, y será publicada en el portal www.mercadopublico.cl. 18.2. Notificación de Adjudicación: La Notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada luego de 24 horas transcurridas desde que la Unidad Técnica publique en el sitio www.mercadopublico.cl , dicha resolución. 18.3 De la Re-Adjudicación: Si el proveedor adjudicado no aceptara la orden de compra en la fecha indicada o no cumpliera con lo estipulado en estas bases, la Unidad Técnica podrá re-adjudicar al segundo proveedor mejor evaluado. Se procederá a la readjudicación en los siguientes casos: 1.- Cuando el oferente no mantenga su oferta con posterioridad al proceso de adjudicación. 2.- Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia. 3.- Cuando el oferente no acepta o rechaza la orden de compra a través del sistema electrónico; los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (Artículo 63, Reglamento de la Ley de Compras). 4.- Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Nacional de Chileproveedores en el plazo establecido en las Bases de Licitación o, encontrándose inscrito en dicho registro, no esté habilitado para contratar con el Estado. Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra en los plazos estipulados, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto, Artículo 63, párrafo 3 del D.S. Nº 250/2004 del Reglamento de Compras Públicas. Asimismo, en caso de existir un error involuntario en la evaluación administrativa, técnica o económica de las ofertas, el cual sea conocido antes de la entrega de los servicios, el “Servicio” estará facultado para readjudicar la licitación al oferente adecuado, conforme a la correcta aplicación de los criterios de evaluación. La declaración de readjudicación será hecha mediante Resolución Fundada y publicada en el portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el oferente que ocupe el segundo lugar en la evaluación original del proceso, en los términos estipulados en estas bases administrativas de la licitación. Por término anticipado del contrato. 18.4. De la fecha de Adjudicación: Si por causas administrativas no es posible adjudicar la licitación en la fecha establecida para ello, el Departamento de Abastecimiento, tendrá un plazo de 30 días hábiles para realizar la adjudicación, a partir del día siguiente a la fecha señalada en la ficha de licitación, dicha modificación, de producirse, será ingresada al portal. 18.5. Consultas respecto a la adjudicación: Las consultas o cualquier duda con respecto al proceso de adjudicación deben ser canalizadas a través del correo electrónico patriciam.mayorga@redsalud.gov.cl ARTÍCULO Nº 19: DEL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA Por la naturaleza de esta licitación, la adjudicación será a un solo oferente; y deberá firmarse un contrato entre ambas partes. Las emisiones de las órdenes de compra, se efectuará a medida que sean requeridos por el Encargado de Movilización. Deberá anexar fotocopia de póliza de seguro contra incendio, documento que deberá presentar físicamente al “Servicio”, al momento de suscribir el contrato. ARTÍCULO Nº 20: REAJUSTE DE PRECIOS No se considera reajuste de precios. ARTÍCULO Nº 21: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO a. Cumplir con todas las disposiciones legales vigentes y de previsión social que procedan con su personal, no pudiendo en ningún caso imputar dichas obligaciones a la Dirección de Salud Magallanes o Unidad Técnica. b. Aceptar las órdenes de compra emitidas y enviadas por la Unidad de Adquisiciones del Departamento de Abastecimiento en las fechas y plazos establecidos en su oferta. c. Cumplir cabalmente las instrucciones que imparta la Unidad Técnica, en las condiciones y plazos que ésta fije. d. Asumir todos los gastos que se originen con motivo de la operación del contrato, la celebración del mismo y sus eventuales modificaciones. e. Mantener la totalidad de los compromisos contraídos y no cederlos ni transferirlos total o parcialmente a persona natural o jurídica alguna. f. Mantener vigente durante todo el período de duración del contrato, su inscripción en el registro www.mercadopublico.cl y www.chileproveedores.cl. g. Toda otra que propenda a la correcta ejecución del contrato. En caso que el oferente adjudicado, renuncie, abandone, no se inscriba en el Registro Electrónico de Proveedores en el plazo estipulado, o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación, el Servicio podrá dictar una resolución que deje sin efecto la adjudicación, autorizando readjudicar el servicio al oferente siguiente mejor evaluado, o en caso de ser necesario, se realizará una nueva licitación. Además de lo anterior, podrá notificar a la Dirección de Compras Públicas o en la plataforma de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, para todos los efectos legales que procedan. ARTÍCULO Nº 22: EL PROVEEDOR ACEPTA Y SE OBLIGA a. Dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas vigentes y a toda norma que guarden relación con la ejecución del contrato que le son plenamente conocidos. b. Cumplir estrictamente con las exigencias señaladas en la Orden de Compra, en las Bases Administrativas Generales y, en general en cualquier documento, Especificaciones Técnicas, que formen parte de la presente licitación. c. Cumplir todas las obligaciones legales vigentes en la República de Chile, durante la vigencia del contrato, en lo que se refiere a impuestos, tasas y contribuciones fiscales, municipales y de cualquier otra índole. d. Mantener la totalidad de los compromisos contraídos en el Contrato y no cederlos ni transferirlos, total o parcialmente, a persona natural o jurídica alguna. e. De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad, alimentación, etc. f. Cumplir a cabalidad las instrucciones impartidas en estas Bases Administrativas Generales, así como aquellas dadas por la Unidad Técnica, en las condiciones y plazos fijados por ésta. g. Entregar el servicio en los plazos estipulados en su oferta, cumpliendo a cabalidad con lo indicado en las presentes bases generales, en caso contrario se podrá dar término al contrato, procediendo a readjudicar o volver a efectuar el proceso licitatorio. ARTÍCULO Nº 23: PROHIBICIÓN DE CESIÓN El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, sí se suscribiere, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. ARTÍCULO Nº 24: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Para la solución de conflictos que pudieran originarse durante la vigencia del contrato, o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tengan su fuente en la presente licitación, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes, de acuerdo al domicilio de la entidad licitante y las leyes vigentes. ARTICULO Nº 25: GARANTÍAS: 25.1. Garantía por Seriedad de la Oferta: Por la naturaleza de la presente licitación, no se considera entrega de ningún tipo de garantía para la presentación de ofertas 25.2 Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato: Instrumento Financiero que asegure el fiel cumplimiento de contrato: Extendida a nombre: Servicio de Salud de Magallanes Rut N° 61.607.900-K Lautaro Navarro N°829, Punta Arenas Entrega: El Instrumento Financiero deberá remitirse de forma física, una vez adjudicada la licitación, en sobre cerrado, en Oficina de Partes del Servicio de Salud de Magallanes, Ubicado en calle Lautaro Navarro N°890, Punta Arenas, una vez adjudicada la licitación de lunes a viernes de 08:30 a 13:00 horas, en un plazo máximo de 10 días hábiles después de la fecha de adjudicación indicando “Instrumento Financiero de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, Obligaciones Laborales y de Remuneración del “Convenio de Mantención, Reparación y Suministro de Repuestos para Ambulancias SAMU”, por el periodo de 12 meses, Licitación Pública ID 1080094-23-LP22. Tipo de Garantía: Cualquier Instrumento Financiero, a la vista, irrevocable y de liquidez inmediata. Constitución: Se constituirá para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, Obligaciones Laborales y de Remuneración. Glosa: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, Licitación Pública ID 1080094-23-LP22. Vigencia Mínima: Con una vigencia igual al término del contrato más 60 días hábiles. Monto: 5% del monto total del contrato en pesos, IVA incluido. Exigibilidad y cobro: En caso de término del contrato por causas imputables al Oferente, dicha garantía podrá hacerse efectiva por el Servicio de Salud de Magallanes, a título de indemnización, sin perjuicio de otras acciones posteriores que pudieren ejercerse para hacer efectivo el pago de una suma mayor por concepto de perjuicios no cubiertos por la garantía respectiva. Además, en caso de incumplimiento por parte del Oferente de cualquiera de las obligaciones contempladas en las Bases Administrativas y en Bases Técnicas respectivas que son parte integrante del presente contrato, el Servicio se reserva el derecho de poner Ipso facto termino al contrato respectivo. ARTÍCULO Nº 26: MODALIDAD EN LA CONCRECIÓN DE LA COMPRA: Para efectos de validación del pago se deberá cumplir con las siguientes observaciones: 26.1. Previo a la prestación del servicio requerido, la Unidad de Adquisiciones del “Servicio”, emitirá una orden de compra a través de la plataforma electrónica de www.mercadopublico.cl, indicando el trabajo comprometido y el monto. 26.2. El proveedor, en un plazo de 24 horas, deberá aceptar la orden de compra, mediante plataforma electrónica de www.mercadopublico.cl, o efectuará su rechazo si corresponde, indicando los motivos de tal decisión. 26.3. Una vez ejecutado los trabajos por parte del proveedor, el referente técnico del Departamento de Recursos Físicos, emitirá un documento de Recepción conforme del Servicio, dirigido al Departamento de Recursos Financieros, dando cuenta de los servicios efectivamente realizados. 26.4. La Unidad DTE, una vez recibido el Certificado o Informe de Conformidad del Servicio, ingresará la recepción conforme en el sistema de información www.mercadopublico.cl en el ícono de “Recepción Conforme” 26.5. Solo se pagarán los servicios efectivamente utilizados. ARTÍCULO Nº 27: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato que se suscriba, podrá terminar anticipadamente por las siguientes circunstancias: 27.1. Por mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término en forma anticipada al contrato de común acuerdo, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que deje constancia de dicha voluntad. 27.2. Unilateralmente: El “Servicio”, mediante Resolución Fundada, podrá poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, cuando se presenten una o más de las siguientes situaciones: 27.2.1. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado, previo informe fundado emitido por el supervisor, referente, Jefe de Departamento, Servicio o Unidad dependiente, o encargados de programas respectivos. 27.2.2. Si el oferente adjudicado fuera declarado en quiebra o cayera en notoria insolvencia, a menos que se mejoren las condiciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 27.2.3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 27.2.4. Registrar saldos insolutos de las remuneraciones o las cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años, o la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 27.2.5. Reiterado incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del oferente adjudicado con sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el oferente adjudicado no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley Nº 20.123. 27.2.6. Por liquidación o término de la sociedad, sea por extinción o absorción de la razón social. 27.2.7. Fuerza Mayor o caso fortuito. 27.2.8. Por falta grave a la probidad. 27.2.9. En caso que la multa y/o multas acumuladas excedan el tope del 20%. Para hacer efectivo el Término Anticipado, esta será notificada mediante Resolución fundada al oferente adjudicado, para que en un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la recepción de la notificación presente recurso de reposición. Si vencido este plazo no presenta recurso, se hará efectivo el término anticipado del contrato de forma inmediata. Si presenta recurso, el “Servicio” dispondrá de un plazo de diez (10) días hábiles no fatales, para pronunciarse respecto del mismo. Sin perjuicio de las multas que pudieren ser aplicables, según lo establecido en estas Bases, el “Servicio” conservará su derecho de interponer las acciones judiciales pertinentes para cobrar todos los perjuicios ocasionados. ARTÍCULO 28: SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Los incumplimientos que se indican a continuación, facultarán al “Servicio”, para aplicar las siguientes sanciones, sin perjuicio del cumplimiento de su obligación y de los otros derechos que corresponden, en especial, el de hacer efectiva la garantía que tenga constituida el proveedor: 28.1. En caso de que el taller en Convenio no permita el ingreso de un vehículo del SAMU a mantención, al momento de presentarse el móvil a intervenir, facultará al “Servicio” para aplicar una multa de 1 UTM. 28.2. En caso de atraso en la mantención preventiva o correctiva comprometida previamente, facultará al “Servicio” para aplicar una multa de 1 UTM, la que aumentará en 0,5 UTM por cada día de atraso, hasta un tope total de 5 UTM. En caso de que el prestador acumule un total de 20 UTM en multas aplicadas durante la vigencia del contrato, esta será considerada como incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, facultando al “Servicio” poner término anticipado al contrato, conforme lo dispuesto en el artículo 27, número 27.2., número 27.2.9, de las presentes bases administrativas. ARTÍCULO 29: PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS Y AMONESTACIONES: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte del Servicio, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de correo electrónico, o carta certificada, y solo en aquellas contrataciones formalizadas a través de la emisión de un contrato, mediante el escritorio del proveedor, conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, y lo establecido en el Artículo 79 ter del D.S. 250/2004 que se describe a continuación: La notificación de sanción, indicara la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a aplicar. A contar de la notificación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, los que podrá ingresar directamente a través del módulo señalado, si corresponde, o bien remitirlos al correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl o ingresarlos a la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución fundada. Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, o a través del módulo de gestión de contratos si correspondiera, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo. Todo de conformidad a lo establecido en la Ley 19.880. Procedimiento para interponer recurso: El Servicio registrará las medidas indicadas, a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl. Todas las resoluciones firmes de aplicación de multa tratadas en este artículo, además, serán inscritas en el registro “Idoneidad del Proveedor”, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda. Agotado el procedimiento de aplicación de multas y agotados los recursos pertinentes, el pago de las multas podrá efectuarse directamente por el proveedor adjudicado al Servicio de Salud Magallanes o ser rebajado de cualquier pago que el Servicio adeude al oferente adjudicado. Si el proveedor no procede de la forma descrita, esto es, haciendo una transferencia a nombre del Servicio de Salud Magallanes por el valor de la multa notificada en el acto administrativo que ratifica la sanción, para lo cual tendrá un plazo de 15 (quince) días corridos desde la notificación de dicha Resolución, el descuento deberá ser incorporado como parte de la información de pre facturación que debe hacer llegar al Servicio y que realizará el adjudicatario, la que será sometida a revisión por parte del Servicio de Salud, y una vez aceptada, se informará al adjudicatario entregándole los antecedentes pertinentes para que proceda a facturar. ARTÍCULO Nº 30: DE LA FACTURACIÓN FACTURACIÓN: El proveedor procederá a emitir la factura electrónica, previa aceptación de la orden de compra y recepción del servicio en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. El monto facturado no podrá exceder el monto total de la OC. El documento tributario deberá emitirse, a nombre de: Nombre: Servicio de Salud Magallanes R.U.T: 61.607.900-K Giro: Administración Pública Dirección: Lautaro Navarro N° 829, Punta Arenas. El proveedor ingresará su Documento Tributario Electrónico (DTE), en la plataforma www.sii.cl, para su validación. Posterior a ello deberá enviar su factura electrónica en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com, dentro de las siguientes 48 horas después de emitido el documento, que debe indicar datos de OC en el campo de referencia y en el detalle de la factura, la descripción del bien o servicio solicitado. 30.1. PLAZO DE PAGO DE FACTURAS: El pago será efectuado por la Tesorería General de la República (TGR), entidad que pagará la Factura Electrónica que se encuentre en estado devengada (contabilizadas) y disponible para el pago en el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE), cuyo pago electrónico será a los 30 días, según la fecha de vencimiento de la factura (Circular Nº 9 del 28/04/2020 de la Dirección de Presupuesto (DIPRES). 30.2. RECHAZO DE FACTURAS: Los DTE que estén mal extendidos, o no cumplan con las condiciones y/u orden de prelación anteriormente señalado, serán rechazados por el Servicio, por medio de la plataforma del Sistema de Gestión DTE (SGDTE), dentro del plazo legal establecido en la Ley Nº 19.983 que “Regula la Transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura”, junto a sus modificaciones establecidas en la Ley Nº 20.956, “Ley de Impulso a la Productividad”, por lo que el proveedor deberá refacturar conforme a lo que establece la Ley Nº 19.983, artículo Nº 3. • Facturas mal extendidas o que no incorporen los antecedentes propios de la compra, serán causales de devolución, por tanto, el plazo de pago regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos; • En caso de rechazo total o parcial del servicio recibido, por trabajos que no correspondan a las especificaciones técnicas ofrecidas o a las establecidas en las bases; El precio convenido será pagado por el Servicio de Salud Magallanes, luego de cumplir los siguientes requerimientos: 1. Haberse emitido en el portal una Orden de Compra por el Servicio, con cargo presupuestario al saldo correspondiente, y haber sido ésta aceptada por el proveedor. 2. Haberse recibido conforme los servicios contratados, lo que deberá constar en la factura por medio de la visación o documento de recepción conforme de la Subdirección de Recursos Físicos o a quien se designe para tal efecto. 3. Haber entregado el proveedor las correspondientes facturas en las oficinas del Servicio. 4. Además, en caso de facturas electrónicas, el envío de facturas debe obligadamente ser remitidas al correo En formato XML al correo: dipresrecepcion@custodium.com y en formato PDF a los correos: abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl y tesoreria.dssm@ redsalud.gov.cl. 30.3. CESIÓN DE FACTURAS ELECTRÓNICAS POR FACTORING En el caso de que el proveedor hubiera hecho cesión de una factura aceptada a un tercero, la notificación legal correspondiente será informada al Servicio, en forma oportuna del cambio de sujeto de pago, con a lo menos 15 días de anticipación a la fecha de pago de la factura. El Servicio rechazará la cesión de créditos contenidos en las facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo señalado precedentemente, y siempre que no existan obligaciones o multas pendientes, conforme a los términos del artículo 75 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Dto. 250). 30.4. MÓDULO MIS PAGOS EN WWW.MERCAPUBLICO.CL: Se exigirá al proveedor, que todo Documento Tributario Electrónico (DTE), emitido para el Servicio, sean ingresadas en el módulo “MIS PAGOS” del Sistema e Información www.mercadopublico.cl, con la finalidad de registrar y transparentar la programación de los pagos, según lo establecido en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, con la excepción aplicable a los Servicios de Salud. ARTÍCULO Nº 31: MODALIDAD DE PAGO Los pagos se materializarán a través de Tesorería General de la Republica, mediante transferencia electrónica en Cuenta Corriente indicada por el Prestador., mediante Transferencias de Fondos Electrónicos (TFE), o en su defecto, a través de cheque nominativo por depósito bancario, a la cuenta corriente previamente acreditada u otra modalidad de pago señalada por el proveedor. Para concretar lo anterior, se requiere especificar los antecedentes para efectuar los pagos, que deberán ser informados a los correos electrónicos indicados en el Artículo 30.2, Nª 4 de las presentes bases de licitación. • CONSULTAS EN TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA: www.tgr.cl, en la opción “Portal de pago Proveedores del Estado”, ingresando con clave Tributaria (SII), clave única o clave TGR. Para concretar lo anterior, se requiere especificar en el Anexo Nº 1 los antecedentes y datos que permitan identificar correctamente la cuenta bancaria para efectuar el pago. ARTÍCULO Nº 32: NORMATIVA APLICABLE Al contrato le serán aplicables los siguientes documentos y normas legales:  Las bases administrativas y técnicas, las aclaraciones y la oferta.  La ley Nº 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley de Compras Públicas); su reglamento D.S. N° 250 y sus modificaciones actuales. No obstante, lo anterior, en todo lo que sea atingente, al contrato le serán aplicables todas las disposiciones legales vigentes en la República de Chile. ARTÍCULO Nº 33: DISPOSICIONES VARIAS. Una vez adjudicada la licitación, toda comunicación entre el prestador del servicio, el Director o quien lo subrogue legalmente y la Unidad Técnica, se deberá realizar en forma escrita a través de documentos entregados en soporte de papel, o por medio de correo electrónico. El Departamento de Abastecimiento, será la única unidad autorizada para relacionarse comercial y contractualmente de manera directa con el Adjudicatario. Para efectos de envío de cualquier comunicación se considerarán los antecedentes de dirección comercial y correos electrónicos entregados por el proveedor durante el proceso de licitación y los que se encuentren registrados en el sitio www.mercadopublico.cl. En el caso de comunicación electrónica vía e-mail por parte de la Unidad Técnica, será válido el del encargado de la licitación. ARTÍCULO Nº 34: INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el ‘Registro Electrónico Oficial de Contratistas’ de la administración, ChileProveedores, estará obligado a inscribirse en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación, si el adjudicado no cumple en el plazo indicado se dejará sin efecto la adjudicación, procediéndose a readjudicar al segundo oferente mejor evaluado o declarar desierto el proceso, según corresponda. El o los proveedores adjudicados, deberán mantener su registro habilitado en el portal www.chileproveedores.cl, durante toda la vigencia del contrato. ARTÍCULO Nº 35: PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación veraz que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. ARTÍCULO Nº 36: REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO Persona natural Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad: 1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal. 2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. 3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. 4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. 5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. 6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. 7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). Persona jurídica Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad: 1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal. 2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. 3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. 4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. 5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. 6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. 7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). ARTÍCULO Nº 37: LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Se liberará de toda responsabilidad al Servicio y establecimientos dependientes, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los insumos que se adquieran. ARTÍCULO Nº 38: GASTOS El “Servicio”, la Unidad Técnica, sus departamentos, servicios o unidades dependientes, no asumirán ningún costo relacionado a la presentación de ofertas ni al traslado, devolución o reposición de los bienes adjudicado. ARTÍCULO Nº 39: COMISIÓN EVALUADORA La Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas por los proponentes y designada en conformidad con el artículo 37 del Decreto Nº 250 que establece el reglamento de la Ley Nº 19.886, estará constituida por a lo menos tres funcionarios designados por la institución. La comisión evaluadora, emitirá un acta de evaluación, debidamente fundada considerando todos los antecedentes exigidos, y estableciendo el puntaje que se le asigna a cada una de las ofertas. En caso de ausencia de los funcionarios designados, firmaran la subrogancia que corresponda, o a quien se designe para tales efectos, o sean designados en sus funciones. Los/as funcionarios/as nominados en el resuelvo, punto Nº 5 de la Resolución que aprueba las Bases de Licitación, serán los encargados del estudio del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes en el proceso de licitación de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos y responsables de la elaboración del Acta de evaluación. Se emitirá un acta de evaluación, debidamente fundada considerando todos los antecedentes exigidos, y estableciendo el puntaje que se le asigna a cada una de las ofertas, y su correspondiente orden de prelación, el que deberá remitirse al Subdirector (S) de Administración y Finanzas o quien la subrogue. En conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del decreto 250, Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y Principio de Probidad Administrativa, los miembros de la comisión evaluadora no podrán aceptar reuniones, entrevistas o contactos con oferentes de la licitación. Además, no podrá tener contactos con terceros u oferentes ajenos a la administración pública, para evaluar materias objeto de la presente licitación durante la vigencia de dicho proceso.
BASES TECNICAS
ARTICULO Nº 40: GENERALIDADES: La entidad contratante es el Servicio de Salud Magallanes, RUT 61.607.900-K en adelante “el Servicio”, con domicilio en Lautaro Navarro # 829, de la comuna de Punta Arenas, en representación del Departamento de Atención Prehospitalaria - SAMU La presente licitación, se efectúa dentro del marco establecido en la Ley Nº 19.886 sobre compras y contratos públicos, junto a su reglamento contenido en el D.S. Nº 250/04, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones. ARTÍCULO Nº 41: OBJETIVO DE LA LICITACIÓN: El objetivo de la licitación pública, es contratar un servicio de revisión, mantención, reparación y suministro de repuestos para las ambulancias del SAMU y de un camión mamógrafo, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, en circunstancias que este servicio no es provisto en catálogo electrónico del Convenio Marco o en caso de existencia, estos no resulten convenientes para los intereses de la institución ARTÍCULO Nº 42: FICHA TÉCNICA Deberá completar el Anexo Nº 3, de no adjuntar dicho documento, quedará automática fuera del proceso de evaluación. ARTÍCULO Nº 43: DOTACIÓN DE VEHÍCULOS: A continuación, se detallan los vehículos con que cuenta el Departamento de Atención Prehospitalaria SAMU, a considerar en el Convenio de Mantención: Tipo Año patente Sprinter 315 CDI 4x4 2.015 GW-XH-66 Sprinter 315 CDI 4x4 2.015 GX-TG-34 Sprinter 416 CDI 2.020 LP-CS-68 Sprinter 416 CDI 2.020 LP-CS-69 Sprinter 313 4X4 2.017 JB-DF-88 Sprinter 313 4X4 2.017 JB-DF-89 Sprinter 313 CDI 2.019 KZ-ZP-79 Sprinter 313 CDI 2.019 KZ-ZP-76 Camión Atego 1419 2.020 LP-CS-85 En caso de aumento en la dotación de vehículos, estos se incorporarán al convenio, cuando no cuenten con garantías propias, que obliguen a mantenerse en un taller específico. ARTÍCULO Nº 44: CONDICIONES ESPECIALES DE OPERACIÓN DEL SERVICIO: Los vehículos del SAMU, deben ser considerados de alta incidencia, por lo que deben tener prioridad para efectos de realizar su revisión, mantención y reparación, respecto de los trabajos habituales del taller mecánico. El Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU), es el encargado de la respuesta de salud de urgencia y emergencia en todo el territorio nacional. Por definición SAMU debe cubrir emergencias en zonas urbanas y rurales; por lo que, una vez presentada la necesidad de mantención, su ingreso al taller y ejecución del servicio no puede ser postergado. El taller deberá contar con el equipamiento y la infraestructura adecuada y necesaria para efectuar los trabajos que requieran los vehículos, siendo de su obligación procurar los medios para ejecutar el servicio, y asumir los costos. Además, se establece, que el cuidado y resguardo de los vehículos entregados en mantención o reparación, desde el ingreso hasta su entrega, será de cargo del taller, siendo responsable de los daños y perjuicios que puedan ocasionarse durante su estadía, para lo cual, el oferente, deberá anexar fotocopia de póliza de seguro contra incendio, documento que deberá presentar físicamente al “Servicio”, al momento de suscribir el contrato. ARTÍCULO Nº 45: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO: 45.1. Mantención Preventiva: En caso de que el “Servicio” requiera mantención preventiva de alguno de sus vehículos, este servicio debe considerar lo que indique el fabricante, y se va realizar cada 10.000. Kilómetros. También incluye el mantenimiento del generador del Mamógrafo. 45.2. Mantención Correctiva: En caso de que el “Servicio” requiera mantención correctiva de alguno de sus vehículos, debe considerar cualquier tipo de trabajo requerido. ARTÍCULO Nº 46: PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS: El procedimiento para la ejecución de los trabajos, se describe en forma general: 46.1. El Encargado de Movilización del Departamento de Recursos Físicos, solicitará al taller mecánico, la ejecución de los trabajos que se requieran. 46.2. De acuerdo con el diagnóstico efectuado por el taller, éste emitirá un presupuesto el que debe respetar los valores establecidos en el Convenio que se firma entre las partes. 46.3. Con el presupuesto, el Encargado de Movilización, enviará solicitud de compra al Departamento de Abastecimiento SSM, para que se emita en el portal de compras públicas, la orden de compra correspondiente y el proveedor deberá aceptar ésta por la misma plataforma electrónica. ARTÍCULO Nº 47: REPUESTOS O ACCESORIOS: El contrato no contempla la compra de repuestos y/o accesorios al taller en convenio, por lo cual el “Servicio”, queda en libertad de adquirir estos, por medio de otros proveedores, en caso de que estime que es conveniente para los intereses del “Servicio”. Sin perjuicio de lo anterior, y considerando que los vehículos son de uso crítico para la institución; el taller deberá estar en condiciones de suministrar repuestos originales, o alternativos con calidad similar a éstos, aprobados previamente por la concesionaria, y a solicitud y aprobación del Encargado de Movilización para las reparaciones de urgencia. En atención al porcentaje de descuento, indicado en el Anexo Nº 3, el oferente adjudicado se compromete a efectuar un descuento, sobre los valores pizarra, por concepto de las mantenciones preventivas o correctivas. ARTÍCULO Nº 48: GARANTÍA TÉCNICA: Se debe considerar una garantía técnica de seis (6) meses, a contar de la recepción conforme del servicio prestado. Cualquier problema que sea detectado en el tiempo de la garantía técnica de seis meses, y que sea atribuido a fallas en la ejecución o en la calidad de los trabajos realizados, deberá ser informado al proveedor adjudicado, por parte del Encargado de Movilización, para su corrección, en un plazo establecido, al momento de tomar conocimiento del hecho. Si dentro del plazo acordado con el Encargado de Movilización, no cumple con el servicio, se aplicará multa de acuerdo con lo estipulado en el artículo 28 de las Bases Administrativas. ARTÍCULO Nº 49: RECEPCIÓN: El oferente adjudicado deberá solicitar al Encargado de Movilización del Depto. Recursos Físicos SSM, quien visará los trabajos ejecutados, la emisión del Certificado de Recepción Conforme. ARTÍCULO Nº 50: MONTOS DEL CONVENIO Se emitirá una orden de compra, de acuerdo a necesidad y por requerimiento, en donde el proveedor emitirá una cotización o pre factura con el detalle del servicio a entregar, lo que será validado por el referente técnico, para posteriormente emitir la orden de compra. El convenio total tiene estipulado un presupuesto referencial, pero solo será pagado lo realmente utilizado; el presupuesto designado es el siguiente: DESCRIPCION DEL SERVICIO MONTO TOTAL CONVENIO Mantenimiento Preventivo $ 25.000.000 Mantenimiento Correctivo $ 45.000.000 MONTO TOTAL $ 70.000.000 Nota: Los valores son referenciales, solo se pagará lo realmente utilizado, siempre y cuando no superen estos montos, ya que es el presupuesto disponible para la contratación. ARTÍCULO Nº 51: AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO Por razones emergentes debidamente justificadas, el Servicio podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, del monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta de los oferentes, señalado en el Anexo Nº 2 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea esta ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo.