Licitación ID: 1091-19-LE23
Adquisición de Chipeadora para ramas.
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL, IX Región - Oficina Regional de la Araucania
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 41
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Equipo de explotación forestal 1 Unidad
Cod: 21102202
adquisición de una Chipeadora para ramas de 4” (10 cm), en la Región de La Araucanía según especificaciones técnicas del punto 9.1.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de Chipeadora para ramas.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objeto de la Licitación es adjudicar a un solo oferente la adquisición de una Chipeadora para ramas de 4” 10 cm, en la Región de La Araucanía, según punto 9.1 de las presentes bases administrativas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP NACIONAL FORESTAL
Unidad de compra:
IX Región - Oficina Regional de la Araucania
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Bilbao 931, 2do Piso
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-11-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 31-10-2023 15:39:18
Fecha inicio de preguntas: 31-10-2023 18:00:00
Fecha final de preguntas: 03-11-2023 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-11-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-11-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-11-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 05-12-2023 16:15:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - El proveedor deberá completar y firmar en línea el formulario Declaración Jurada de requisitos para ofertar, disponible en la plataforma mercado público.
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N°1, proveedor debe proporcionar una descripción detallada de las especificaciones técnicas de la Chipeadora, acompañada de una fotografía que lo complemente. Además deberá ingresar el plazo de entrega. El proveedor que no cumpla con las especificaciones técnicas mínimas indicadas en el punto 9.1 su oferta será rechazada.
 
Documentos Económicos
1.- Proveedor deberá ingresar oferta económica a través del portal Mercado Publico, de ser superior al presupuesto máximo, la oferta será rechazada. El valor indicado en portal deberá ser expresado en valor NETO.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Según punto 6.1 "oferta ecnonómica" de las presentes bases administrativas y técnicas. 65%
2 Plazo de Entrega Según punto 6 "criterios de evaluación" de las presentes bases administrativas y técnicas. 30%
3 Presentación de toda la documentación al momento d Según punto 6 "criterios de evaluación" de las presentes bases administrativas y técnicas. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Interno
Monto Total Estimado: 5500000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Orlando Pichintines Sepúlveda
e-mail de responsable de pago: orlando.pichintines@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Omar Levet Cuminao
e-mail de responsable de contrato: omar.levet@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2298160-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Adjudicación de esta licitación
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases y podrá declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases. Podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación, o se trate de plazos de entrega y/o cantidades no convenientes; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada. La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación. La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl. El puntaje final de cada oferente, es obtenido por la información que ingresen, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases. Si el oferente adjudicado, no firma el contrato o no acepta la Orden de Compra emitida en el portal www.mercadopublico.cl. dentro del plazo establecido, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los bienes o productos licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación pública, declarando inadmisible el proceso. En caso de que él o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación de la licitación. De no cumplir con la obligación indicada en el tiempo señalado o no tener la condición de “Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación podrá re-adjudicar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo con el resultado de la evaluación de esta licitación le siga en puntaje y así sucesivamente.
Modificaciones de las bases
La Corporación podrá modificar las Bases de esta licitación pública hasta antes de la fecha de cierre de la misma, de acuerdo a las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores elaboren buenas ofertas.
Procedimiento para la aplicación de multas
En caso de retraso o demora de los plazos definidos en el cronograma de trabajo fijado por CONAF en conjunto con el adjudicatario, se aplicará una multa equivalente a 3 UTM por cada día de retraso. Se exceptúan razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificadas y calificadas así por CONAF, como condiciones climáticas, razones de violencia rural, tomas, ocupaciones ilegales, usurpaciones, manifestaciones políticas, cortes de camino u otras. El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente de la fecha de entrega acordada en la oferta presentada. No serán admitidas a análisis, en ningún caso, justificaciones presentadas una vez producido el retraso, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso, proponiendo el nuevo plazo de entrega y fundando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo al mérito de los antecedentes que se presenten, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega de los Informes, o en su defecto no acogerlos y aplicar las multas que correspondan. Monto máximo Cobro Multa El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto estimado del contrato. El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación: 1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas. 2) El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de las multas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan. 3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Director Regional, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden sus descargos. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de la Oficina Regional de CONAF. 4) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada. 5) Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional de CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. 6) La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. 7) La aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. 8) En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 9) Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF. 10) La Directora Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. 11) Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor. Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- En relación a la Ley N° 20.393 que Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica. En el marco de la aplicación de la citada Ley, resulta esencial detectar oportunamente posibles actividades sospechosas que pretendan introducir activos ilícitos en la economía chilena. De esta manera, la Corporación Nacional Forestal se encuentra obligada a reportar oportuna y reservadamente a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) eventuales operaciones sospechosas que detecte en el ejercicio de su actividad, dando inicio con ello el flujo de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios, razón por la cual, se requiere incorporar en los procesos de licitación y contratación, la siguiente cláusula: “CLÁUSULA PREVENCIÓN DE DELITOS DE COLUSIÓN, CORRUPCIÓN, ASOCIACIÓN ILÍCITA Y OTROS. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.” 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- Política de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corporación Nacional Forestal. Adicionalmente, considerando la reciente implementación de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corporación Nacional Forestal, en el mes de marzo del presente año, la cual impulsa un cambio de paradigma -de largo plazo- que debe abarcar la totalidad de las relaciones entre las personas que trabajan en la institución y de los servicios en el marco de los objetivos estratégicos de la Corporación Nacional Forestal, es que se actualiza la cláusula referida al Principio de Igualdad y No Discriminación Arbitraria en las bases de licitación, requerimientos y en convenios o contratos que la Institución suscriba, en los siguientes términos: “PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA. La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas: Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes. Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.” 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.