ADJUDICACIÓN DE ESTA LICITACIÓN |
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases y podrá declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
Esta licitación se adjudicará por cada Línea de Producto o bien requerido (producto o bien a contratar).
El puntaje final de cada oferente, es obtenido por la información que ingresen, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
Si el oferente adjudicado, no firma el contrato o no acepta la Orden de Compra emitida en el portal www.mercadopublico.cl. dentro del plazo establecido, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los bienes o productos licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación pública, declarando inadmisible el proceso.
En caso de que él o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación de la licitación.
De no cumplir con la obligación indicada en el tiempo señalado o no tener la condición de “Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación podrá re-adjudicar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo con el resultado de la evaluación de esta licitación le siga en puntaje y así sucesivamente.
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Contrato |
CONAF, Representada por la Directora Regional de la Región de La Araucanía, y el adjudicatario, suscribirán un contrato aproximadamente dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el que establecerán sus derechos y obligaciones, del cual las presentes Bases Administrativas y Técnicas son parte integral, así como sus Anexos y la propuesta del adjudicatario.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente.
El adjudicatario deberá, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación, presentar en CONAF, Garantía de fiel cumplimiento del contrato para suscribir el contrato, según corresponda.
En los casos en donde el adjudicatario dentro del año calendario hubiera cumplido a cabalidad lo contemplado en su contrato, podrá evaluarse por parte del Departamento de Bosques y Cambio Climático, en concordancia a la disponibilidad de recursos, la entrega de un suplemento presupuestario, para el desarrollo de labores de la misma naturaleza contratada, cuyo monto no podrá superar el 30% de valor total del respectivo contrato."
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Documentos que regulan la oferta |
Esta licitación y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
a) Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
b) Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivado del procedimiento establecido en las Bases.
c) La oferta económica del (los) oferente(s) adjudicado(s).
d) Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas, si las hubiere.
e) Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
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Modificaciones de las bases |
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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Extensión de plazos |
La Corporación estará facultada para extender los plazos del llamado a licitación, incluyendo las etapas de la misma, si no se hubiesen presentado oferentes faltando 24 hrs hábiles para el cierre, o si las ofertas fuesen inferiores al valor detallado en el anexo 2 ó también en el caso que se efectuaron modificaciones o complementos a las bases.
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Vigencia de la oferta. |
La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 60 días corridos a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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Multas |
En caso de retraso o demora de los plazos definidos para la entrega de los productos, se aplicará una multa equivalente a 1 UF por cada día de retraso. Se exceptúan razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificadas y calificadas así por CONAF, como condiciones climáticas, razones de violencia rural, tomas, ocupaciones ilegales, usurpaciones, manifestaciones políticas, cortes de camino u otras.
El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente de la fecha de entrega acordada en el cronograma o anexo N°1 (plazo de entrega). No serán admitidas a análisis, en ningún caso, justificaciones presentadas una vez producido el retraso, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso, proponiendo el nuevo plazo de entrega y fundando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo al mérito de los antecedentes que se presenten, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega de los Informes, o en su defecto no acogerse y aplicar las multas que correspondan.
Monto máximo Cobro Multa:
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto estimado del contrato.
El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación:
1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas.
2) El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de las multas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informando los hechos que motivan dicha sanción, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Director (a) Regional, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden sus descargos. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de la Oficina Regional de CONAF.
4) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada.
5) Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional de CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
6) La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
7) La aceptación o el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
8) En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
9) Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director (a) Regional de CONAF.
10) La Directora Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
11) Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor.
Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
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Consultas y aclaraciones |
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación (punto 3). Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la mencionada modalidad FORO de esta licitación en el mencionado portal de compras.
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Errores u omisiones |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Visita a terreno |
La visita técnica por parte del personal de Conaf será obligatoria para la evaluación del Anexo N°3, previa coordinación con el proveedor y no podrá superar 5 días hábiles posterior al cierre de ofertas en el portal Mercado Público.
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