Licitación ID: 1095439-16-LP23
ADQ. BICICLETA CONTRARELOJ Y BICICLETA RUTA DAMA E
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN, Gobierno Regional de Aysén - DIT
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Productos o servicios
1
Bicicletas de carreras 2 Unidad
Cod: 25161506
ADQUISICIÓN DE UNA BICICLETA CONTRA RELOJ Y UNA DE RUTA DAMA ELITE”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQ. BICICLETA CONTRARELOJ Y BICICLETA RUTA DAMA E
Estado:
Revocada
Descripción:
La adquisición de herramientas para la preparación y participación de los deportistas de ciclismos de la región de Aysén en competencias nacionales e internacionales, en igualdad de condiciones al momento de competir con sus pares, siendo asignadas al Instituto Nacional de Deportes, Región de Aysén.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN
Unidad de compra:
Gobierno Regional de Aysén - DIT
R.U.T.:
72.222.000-5
Dirección:
Ejército N° 405
Comuna:
Aysén
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-10-2023 9:00:00
Fecha de Publicación: 06-10-2023 17:23:11
Fecha inicio de preguntas: 06-10-2023 17:31:00
Fecha final de preguntas: 10-10-2023 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-10-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-10-2023 9:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-10-2023 9:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-10-2023 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 16-10-2023
Fecha estimada de firma de contrato 18-10-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 4 Horas
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIOS A AL G ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN EN FORMATO EDITABLE Y PDF
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIOS F AL I ANEXOS TÉCNICOS DE LA OFERTA EN FORMATO EDITABLE Y PDF
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO J OFERTA ECONÓMICA EN FORMATO EDITABLE Y PDF
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Se entregará el puntaje según los siguientes rangos : Puntos 1-5 DÍAS CORRIDOS 100 6-10 DÍAS CORRIDOS 50 45%
2 Pacto de integridad (Formulario E) El proveedor declara conocer el pacto de Integridad, suscrito en el Art. 30 de las presentes Bases. Declara Si/No 100 No declara 0 5%
3 Cumplimiento de los requisitos a. Presenta todos los antecedentes al cierre de la propuesta, cumpliendo en fondo y forma lo requerido en las bases de licitación. 100 Puntos b. Presenta todos los antecedentes, pero uno o más de estos presenta incompletitud o discrepancias respecto a lo solicitado en bases. 50 Puntos 5%
4 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
5 Servicio Post Venta Presencia de Servicio Técnico con Dirección Comercial en la Región de Aysén. 100 Puntos Servicio Técnico en otras regiones del país. 50 Puntos 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FNDR
Monto Total Estimado: 40692702
Justificación del monto estimado El Presupuesto Referencial para la adquisición de los bienes contemplados en esta Licitación asciende a la suma de 40.692.702.- cuarenta millones seiscientos noventa y dos mil setecientos dos pesos chilenos, impuestos incluidos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones ESTE PRESUPUESTO CONSIDERA LA ADQUISICIÓN TOTAL DE LOS BIENES. La presente propuesta se contratará bajo modalidad de SUMA ALZADA, SIN REAJUSTES NI INTERESES.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carlos Alvarado
e-mail de responsable de pago: calvarado@goreaysen.cl
Nombre de responsable de contrato: Mauricio Quezada Parra
e-mail de responsable de contrato: mquezada@goreaysen.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-67-2276429-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Bajo ninguna circunstancia el adjudicatario podrá efectuar el traspaso total o parcial de la responsabilidad del contrato a terceros.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN
Fecha de vencimiento: 06-10-2023
Monto: 1 %
Descripción: no aplica
Glosa: La presente licitación no contempla la presentación de esta garantía, según Ley 19886 “Compras y Contrataciones Públicas”, Artículo N°31 “Garantía Seriedad”, donde se define que compras menores a 2.000 UTM, no procede a presentación de dicho instrumento para ofertar.
Forma y oportunidad de restitución: no aplica
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN
Fecha de vencimiento: 06-10-2023
Monto: 1 %
Descripción: NO APLICA
Glosa: NO APLICA
Forma y oportunidad de restitución: NO APLICA
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario: 1. Se desistiere de su oferta. 2. Por no presentar dentro de plazo la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo señalado en Artículo 15 de estas Bases. 3. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la resolución que aprueba la contratación. 4. Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el Artículo 22 de las presentes bases de licitación. 5. Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de estos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases 6. Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato. 7. Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de contrato. Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Así también el Gobierno Regional de Aysén, adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de las propuestas y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén. Lo anterior previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta, es decir, se verificará si la oferta que se quiere readjudicar se enmarca dentro del presupuesto que dispone el Gobierno Regional de Aysén.
Resolución de Empates

Si se produce coincidencia  o empate entre dos o más ofertas en el puntaje final, se adjudicará la licitación a la que ofrezca un menor Plazo de Entrega y de no resolverse aún el empate, se le adjudicará al que haya ofrecido un menor Precio, si de igual manera continuara el estado de empate se adjudicara al de mejor puntaje de menor plazo de entrega y si persistiese el empate, se resolverá por aquella primera oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl, cotejándose por la comisión evaluadora con el Comprobante de Oferta fecha y hora de ingreso de oferta.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas   bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus suboferentes, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ARTÍCULO 1: OBJETIVO DEL PROYECTO
La presente licitación se denomina “ADQUISICIÓN DE UNA BICICLETA CONTRA RELOJ Y UNA BICICLETA DE RUTA DAMA ELITE” DEL PROYECTO “ADQUISICIÓN BICICLETAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN COMPETENCIAS NACIONALES E INTERNACIONALES”, CÓD. BIP 40057159-0, y tiene por objeto la adquisición de herramientas para la preparación y participación de los deportistas de ciclismos de la región de Aysén en competencias nacionales e internacionales, en igualdad de condiciones al momento de competir con sus pares, siendo asignadas al Instituto Nacional de Deportes, Región de Aysén.
ARTÍCULO 5: REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR
a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ley N°19886 b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del Artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 del 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto N°211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva queda ejecutada. c) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquel por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del Artículo 54 de la Ley N°18575: o una sociedad de personas de las que aquel o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquel o ésta sean dueños de acciones que representan el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena este vigente. A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración Jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Dirección ChileCompra, podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
ARTÍCULO 6: NORMATIVA LEGAL VIGENTE
Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa: A. Las presentes Bases, que regulan el proceso de licitación, contratación y ejecución de los servicios licitados, y recepción de los bienes. En caso de contradicción entre las Base y cualquier otro documento asociado a la presente licitación, prevalecerán las Bases B. Ley N° 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 sus modificaciones. C. Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas. D. Lo dispuesto en la Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. E. Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. F. La Ley 21.180 de Transformación Digital del Estado de fecha 11 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°1770 de la Subsecretaria General de la Presidencia que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 27 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°86 de la División de Gobierno Digital que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 16 de enero 2020 y sus actualizaciones. G. Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado. (DTE) de la Dirección de Presupuestos. H. El Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado SIGFE. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación: - Aclaraciones - Consultas y respuestas - Las presentes bases administrativas y sus anexos - Otros antecedentes Técnicos que se incluyan en la licitación - Los términos de referencia / especificaciones técnicas - Ficha de licitación publicada en el Portal Mercado Público. - Modificaciones y aclaratorias publicadas en relación a las bases antes del cierre de recepción de ofertas, mediante resolución fundada. - Modificación al cronograma de Licitación. - La designación de la Comisión Evaluadora y sus modificaciones respecto de quienes reemplacen. - Las ofertas de los proponentes y sus formularios y anexos de presentación - Las aclaraciones de las ofertas a través del foro inverso, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes. - El acta de apertura, admisibilidad y evaluación de licitación pública, realizada por la comisión evaluadora y su propuesta de adjudicación a la autoridad competente. - La Resolución que aprueba la Adjudicación y/o declare Desierta la licitación pública. - La emisión y aceptación de orden de compra en el Portal www.mercadopublico.cl - El contrato suscrito. - Resolución de Recepción conforme
ARTÍCULO 7: BIENES REQUERIDOS Y SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El Gobierno Regional de Aysén requiere adquirir 01 (u) BICICLETA CONTRARELOJ y 01 (u) BICICLETA RUTA DAMA ELITE, ambas “NUEVAS SIN USO”, ambas utilizadas para competencias nacionales e internacionales y que serán asignadas al Instituto Nacional de Deportes, Región de Aysén.
ARTÍCULO 8: OFERENTES DE LA LICITACIÓN
Podrán participar de la presente licitación, todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de oferentes que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga la normativa vigente, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecida en el artículo 4° incisos 1° y 6° de la ley 19.886, y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes Bases. Los participantes sean estas personas naturales o jurídicas pueden actuar personalmente o representados por un tercero, sin perjuicio de lo cual aquellas ofertas que no emanen de quien tenga poder suficiente para efectuarlas, no podrán ser adjudicadas conforme a lo prescrito en el Artículo 41 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Unión Temporal De Proveedores. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, deberá dar cumplimiento al artículo 67° bis del Reglamento de Compras Públicas. Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento. Aquella oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente Artículo, será declarada inadmisible. (No presentación Formulario B Declaración Jurada Simple de Inhabilidades e Incompatibilidades). El contenido del acuerdo de la Unión Temporal de Proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos: a) La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de Proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante. b) El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la Unión Temporal de Proveedores ante la Entidad licitante. c) Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente incorporados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato. d) La no suscripción del instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar. e) Definir la forma de facturación de la Unión Temporal de Proveedores. f) Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores va a tomar las garantías a nombre del Gobierno Regional de Aysén. g) La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución y hasta la liquidación del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere. Asimismo, de conformidad con lo previsto en la parte final del inciso primero del artículo 4° de la ley N°19.886, modificado por el artículo 401 de la ley N° 20.720, no podrán participar en este proceso los oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, o hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
ARTÍCULO 9: PRESUPUESTO REFERENCIAL
El Presupuesto Referencial para la adquisición de los bienes contemplados en esta Licitación asciende a la suma de $40.692.702.- (cuarenta millones seiscientos noventa y dos mil setecientos dos pesos chilenos), impuestos incluidos. ESTE PRESUPUESTO CONSIDERA LA ADQUISICIÓN TOTAL DE LOS BIENES. Se entenderá por presupuesto referencial, aquel presupuesto que constituye un valor estimativo de la presente adquisición, y que permite a los oferentes consignar un precio mayor a dicho presupuesto. Para el caso que la oferta más conveniente, conforme a las bases, contemple un precio mayor al presupuesto referencial, el Gobierno Regional, a través de sus procedimientos internos, procederá a autorizar o no la mayor disponibilidad presupuestaria, si procediera. En caso de no autorizarse a mayor disponibilidad presupuestaria, el Gobierno Regional procederá a declarar la oferta como no conveniente para los intereses del Organismo. De acuerdo a las características de las ofertas presentadas, el Gobierno Regional procederá a la adjudicación, reevaluación del proyecto o a desestimar las propuestas si éstas no fueren convenientes para los intereses del servicio. La presente propuesta se contratará bajo modalidad de SUMA ALZADA, SIN REAJUSTES NI INTERESES.
ARTÍCULO 10: PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES
El plazo de entrega final de los bienes licitados y sus modificaciones solicitadas con un plazo máximo de entrega 10 días corridos contados desde la fecha de emisión de la Orden de Compra que aprueba el contrato, en dependencias del Instituto Nacional de Deportes, de dirección calle Fidel Oteiza 1956, Piso 3, Comuna Providencia, Santiago, Chile. El transporte del bien hasta el destino final, deberá incluir todos los elementos necesarios accesorios e insumos, los gastos que incurra por concepto de traslado que involucre la entrega de estos bienes. El plazo para la entrega del bien licitado se contabilizará desde la fecha de emisión de la Orden de Compra, donde se consignará el plazo definido en la propuesta del oferente, sin perjuicio de la prórroga que corresponda otorgar si se verificase alguna causal constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor, por causas establecidas en las siguientes circunstancias: a) Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobada por la Inspección Técnica, según se regula en las presentes bases. b) Por caso fortuito o fuerza mayor se entenderá todos los casos en que de conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, ocurra un imprevisto imposible de resistir no imputable a las partes y que haga inevitable incurrir en un atraso en la entrega de los bienes licitados. Para esto, el oferente deberá poner en conocimiento de dicha circunstancia, a más tardar dentro del quinto día hábil desde que ésta se configure, solicitando en el mismo acto la ampliación del plazo para la entrega, de acuerdo a los canales de comunicación establecidos en las presentes bases. El rechazo que haga el Encargado de Contrato o la Comisión de Recepción, durante la entrega de los bienes que no cumplan con las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas y/o en Bases Administrativas, no darán derecho a prórroga alguna y hará procedente a la aplicación de multas y sanciones establecidas en esta Bases. Respecto de los plazos ofertados por el oferente adjudicado, según lo señalado en las presentes bases estará afecto a las multas por atraso en la entrega de los bienes licitadas, sin perjuicio de la prórroga que corresponda otorgar si se verificase alguna causal constitutiva descrita en a) o b) precedentes. El incumplimiento por parte del oferente de su deber de dar aviso y de presentar la solicitud de prórroga en los términos indicados, se entenderá como simple atraso y hará procedente la aplicación Multas y Sanciones y/o el Término del Contrato según lo establecido en los artículos 28 y 29 de estas Bases, según corresponda.
ARTÍCULO 11: BASES ADMINISTRATIVAS
El proceso de licitación se conducirá bajo las disposiciones que establecen las presentes Bases Administrativas, anexos y formularios, disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO 12: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
a) Consultas y aclaraciones: De conformidad a lo establecido en el artículo 27 del Decreto 250-2004 del Ministerio de Hacienda, los oferentes podrán realizar consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias a través del Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl, dentro los plazos establecidos al efecto. Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la Entidad Licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886. b) Modificaciones de las bases: La Entidad licitante podrá introducir modificaciones a las presentes Bases mediante acto administrativo fundado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal www.mercadopublico.cl. Se realizarán modificaciones o complementaciones de bases por las siguientes causales: 1. Errores u omisiones en alguno de los artículos constitutivos de las presentes bases y los respectivos formularios. 2. Complementación de la información administrativa y/o técnica que favorezca la presentación de las ofertas, que sea causa del proceso consultas y aclaraciones. 3. Otras que no se encuentren contempladas en los puntos anteriores. Se considera parte de estas modificaciones a los formularios aprobados y sugeridos para la presentación de ofertas señalados en las presentes bases de licitación. Siempre que éstas no impliquen otorgar ventajas indebidas y en plena observancia del principio de estricta sujeción a las bases. c) Modificación a las bases de licitación en relación a los plazos y cronograma de licitación. El plazo máximo para introducir modificaciones es de 07 días corridos, antes del cierre de la recepción de ofertas, plazo conveniente para que los oferentes adecuen sus propuestas. El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el Artículo 04: “Etapas y Plazos: Cronograma de la Licitación” y expresados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación, inclusive el plazo de adjudicación, en caso que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado. El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el Artículo 04: “Etapas y Plazos: Cronograma de la Licitación” y expresados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación, inclusive el plazo de adjudicación, en caso que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado. Sin perjuicio de los plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas señalados en el Artículo 25 del Decreto N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda, esta Entidad podrá aumentar el plazo mínimo de llamado en dos (2) días hábiles: “Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, aumentándose automáticamente en 2 días hábiles por una sola vez”, siempre y cuando esta opción haya sido indicada al momento de crear la ficha de llamado de licitación en sistema de Información del sitio www.mercadopúblico.cl, dispuesto para este efecto. En conformidad con el artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, en caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones. En caso que exista incongruencia o contradictoriedad entre la ficha ingresada en el portal www.mercadopublico.cl y las bases administrativas, técnicas y sus formularios anexos aprobados por la autoridad competente, primará lo que contienen las bases de esta licitación. Sin embargo, esta entidad podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afectaren intereses de terceros.
ARTÍCULO 13: VIGENCIA Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
Vigencia de las ofertas Las ofertas tendrán un plazo de validez de 90 días corridos, contados desde la fecha fijada para su presentación en el cronograma de la licitación. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Gobierno Regional de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de sus ofertas por otro periodo igual o según la necesidad de la entidad. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Los Oferentes, al tiempo de realizar sus ofertas deben considerar costos de los bienes, accesorios y adicionales, documentación, según propuesta, listo para su uso, en dependenciaa del Instituto Nacional del Deporte, Calle Fidel Oteiza 1956, Piso 3, Comuna Providencia, Santiago de Chile. Presentación de ofertas Las ofertas y todos los antecedentes que le sustenten, deberán ser ingresados en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl., conforme lo dispuesto en el Artículo 14 de las presentes bases de licitación “Entrega de antecedentes de la licitación” y en formato papel las Garantías que no hayan sido emitidas en forma electrónica reguladas por la Ley N° 19.799. Por la sola presentación de la propuesta, se entenderá que el oferente acepta las presentes Bases, Términos Técnicos de Referencia, aclaraciones y todos los antecedentes que forman parte de la presente licitación. Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases de Licitación. En consecuencia, será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas y anexos, así como constatar que el envío de su propuesta, a través del Sistema de Información, haya sido efectuado con éxito. Se recomienda verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento. Una vez vencido el plazo de presentación de ofertas, los oferentes no podrán introducir correcciones ni enmiendas a su oferta. El Gobierno Regional de Aysén no se hace responsable por los errores contenidos en la oferta, los que deberán ser asumidos por el oferente íntegramente. La omisión, distorsión o falsedad en cualquiera de los documentos o antecedentes presentados y requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta o la entrega de datos o información falsa, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir el Contrato cuando procediere, dictando la Resolución fundada correspondiente.
ARTÍCULO 14: ENTREGA DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN
Los documentos deben ser ingresados digitalmente al portal www.mercadopúblico.cl, en idioma español, preferentemente en formato PDF o JPG, con el título del documento respectivo. (El nombre de cada archivo, debe indicar su contenido). Todos los formularios deberán presentarse debidamente firmados por el oferente o bien por su representante legal, en caso de ser persona jurídica o apoderado en caso de UTP, en un formato no editable. Se debe realizar de forma electrónica la Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales y jurídicas, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico, en el módulo de presentación de ofertas. Se deberán adjuntar digitalmente los formatos sugeridos como anexos administrativos, técnicos y económicos que se detallan a continuación, serán aceptadas aquellas propuestas con formato propio sólo en el caso que contengan todo lo solicitado en estos formatos anexos. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberán presentarse firmados por quien actué como Apoderado o Representante de ella, quien tiene las facultades designadas para la presentación de las propuestas. Las ofertas solo podrán ser efectuadas hasta la hora y fecha de cierre señalados en la Ficha del Portal www.mercadopublico.cl y en el Artículo 04 de las presentes Bases de Licitación “Etapas y plazos de Licitación”. Las ofertas económicas deberán ser ingresadas en el Portal www.mercadopublico.cl, en valores netos, de acuerdo a lo instruido por dicho sistema y en “Formulario I: Oferta Económica – Presupuesto Detallado”, por el total del ítem. Al tenor de los dispuesto en el artículo N° 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, sólo podrán efectuarse los procesos de Compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del sistema de Información de acuerdo a las causales y circunstancias señalados en este artículo. FORMULARIOS SOLICITADOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS Formulario A: “Identificación del Oferente” Nombre o Razón social y RUT, en caso de ser persona jurídica, los mismos antecedentes respecto de su representante legal, además de dirección comercial, teléfonos, correo electrónico, persona contacto, giro comercial. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores (UTP): Deberá figurar como representante el apoderado que designe en el respectivo instrumento documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, dando cumplimiento al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas. En adquisiciones iguales o superiores 1.000 UTM, obligatoriedad de presentar documento al momento de contratar escritura pública que dé cuenta del acuerdo. Al momento de contratar deberá el oferente participante encontrarse inscrito en Registro de Proveedores de Mercado Público y tener el estado de Hábil, en caso de UTP, cada uno de los oferentes deberá cumplir con esta disposición. Deberán al momento de contratar cumplir con los requisitos exigidos en Artículo 05 de las presentes bases, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente. Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales y jurídicas, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico, en el módulo de presentación de ofertas. Formulario B “Declaración de Inhabilidades e Incompatibilidades” – para integrantes de la Unión Temporal de Proveedores que debe ser presentada por cada uno de sus integrantes, a excepción del integrante o miembro de la UTP que presenta la oferta en el Sistema, quien deberá suscribir “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, la cual se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico en el módulo de presentación de ofertas. Declaración jurada simple del oferente sobre afectarle alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecida en el artículo 4° incisos 1° y 6° de la ley N° 19.886. Formulario C “Declaración Jurada Simple de Socios” - Persona Jurídica. - Unión Temporal de Proveedores. En caso que proceda. Se deja constancia que la presentación de este Formulario es sólo para los oferentes que sean personas jurídicas o UTP. Deben indicarse hasta 12 socios de mayor participación que poseen mayor porcentaje. Para tal efecto, se cotejará información con Declaración Jurada de Socios y Accionistas en línea e integrada a SII, informada en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse la declaración firmada por cada uno de los integrantes. Formulario D “Declaración Jurada Simple de Estudio de Antecedentes y Conocimiento de Bases y sus modificaciones” Declaración Jurada simple, en que se acredite haber estudiado todos los antecedentes de la licitación, en virtud de los cuales se ha elaborado la oferta técnica y económica que se presenta, conocer y aceptar las condiciones generales de las bases administrativas especiales, y demás antecedentes que forman parte de la licitación a ejecutar y haber incorporado las Aclaraciones y Adicionales realizadas durante el proceso de licitación. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el formulario deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ella Formulario E “Declaración Jurada Simple de Cumplimiento del Pacto de Integridad” Declaración Jurada Simple mediante la cual el oferente, acepta expresamente el presente pacto de integridad, los cuales son conocidos por su personal, obligándose a cumplir con todos y cada uno de los compromisos contenidos en el Artículo 30 de las Bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes ANEXOS TÉCNICOS Formulario F “Bienes y sus Características” Para el bien y sus características ofertadas, deberá presentar un documento en el que se indique el tipo, marca, modelo y su equipamiento ofertado, sus características básicas, que se refieran a las características mecánicas y de equipamiento establecidas en el Artículo 7 “Bienes Requeridos y sus Especificaciones Técnicas”. En Formulario F, debe indicar si cumple o no con los requisitos mínimos, en caso de superar completar columna descripción. Se deberá obligatoriamente adjuntar ficha técnica de los productos o detalle con las características que permita verificar los requisitos mínimos solicitados. Formulario G “Garantía Técnica de los bienes ofertados” El oferente deberá presentar en su propuesta, Garantía para los bienes, según el Artículo 07 “Bienes requeridos y sus especificaciones técnicas” de las presentes Bases. Se deberá adjuntar: Certificado de Garantía de Servicios emitido por la distribuidora de la marca que informe sobre Garantía de fábrica, las prestaciones de servicio técnico y el suministro de repuestos necesarios para dar soporte a la marca. Formulario H “Plazo de Entrega” El oferente debe consignar el plazo de entrega de los bienes ofertados, en dependencias del Instituto Nacional del Deporte, Calle Fidel Oteiza 1956, Piso 3, Comuna Providencia, Santiago de Chile El transporte del bien ofertado, hasta el destino final, deberá incluir todos los elementos necesarios accesorios e insumos, los gastos que incurra por concepto de traslado, etc. que involucre la entrega de estos bienes. Formulario I “Servicio Técnico (Post Venta)” Se debe presentar Certificado emitido por el concesionario el cual debe indicar lo siguiente: La dirección, localidad, comuna y región de contar con un taller de servicios. ANEXO ECONÓMICO Formulario J “Oferta Económica – Presupuesto detallado” En éste se deberá consignar, en moneda nacional, el valor total de la oferta, incluidos los impuestos, a lo que estará afecto el contrato de acuerdo a la naturaleza de éste y categoría en que tribute el oferente. No obstante, en el portal www.mercadopublico.cl se deberá consignar el valor neto de acuerdo a lo instruido en dicho sistema. En caso de existir discrepancia entre los valores informados en el sitio www.mercadopublico.cl comprobante de oferta y del anexo Formulario J Oferta económica, primará este último, ya que describe con mayor detalle los valores de los servicios ofertados, como detalle en valores pesos desglosándose tanto valor bruto y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Exento de IVA.
ARTÍCULO 15: GARANTÍAS
La presente licitación no contempla la presentación de esta garantía, según Ley 19886 “Compras y Contrataciones Públicas”, Artículo N°31 “Garantía Seriedad”, donde se define que compras menores a 2.000 UTM, no procede a presentación de dicho instrumento para ofertar.
ARTÍCULO 16: COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS
La Comisión Evaluadora estará conformada por 03 (tres) funcionarios, dos del Gobierno Regional de Aysén designados por la autoridad competente, mediante acto administrativo y será la encargada de efectuar la apertura de las ofertas y de su evaluación conforme a los criterios señalados en el Artículo 20 de las presentes bases. Los integrantes de la comisión Evaluadora designada, así como todos los intervinientes en este proceso licitatorio deben dar especial cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6 bis, 27,37,39,40 bis, del Decreto 250 Reglamento de Compras Públicas, así como de la ley que Regula el Lobby N° 20.730. Esta Comisión deberá firmar Declaración Jurada Simple sobre conflictos de intereses y confidencialidad de los miembros, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de la comisión evaluadora. La comisión será la responsable de los Procesos de Apertura, Admisibilidad de Ofertas, Evaluación y Proposición de Adjudicación, Re-adjudicación y/o Deserción. Para este efecto, la Comisión deberá realizar revisión de todos y cada uno de los componentes ingresados en cada una de las ofertas. El Informe Final denominado “Acta de Evaluación y Propuesta de Adjudicación” de la Comisión Evaluadora, deberá referirse a lo indicado en los párrafos anteriores y las materias señaladas en el Artículo N° 40 bis del Decreto 250 Reglamento de Compras Públicas. Los funcionarios designados para estos efectos deberán informar en el marco de la Ley 20.730, que regula la Ley del Lobby, sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de la comisión, en lo que respecta a las audiencias o reuniones que les sean solicitadas, así como donativos recibidos de terceros (oferentes o no), o viajes realizados en el periodo en que ejerza esta función, como sujeto pasivo temporal o transitorio, desde la fecha de inicio en que fue designado mediante acto administrativo que la constituye para ser integrante de esta comisión y hasta la fecha de adjudicación señalada en el cronograma de adjudicación de las presentes bases de licitación pública del Gobierno Regional de Aysén, para ello deberán firmar Declaración Jurada Simple sobre conflictos de intereses y confidencialidad de los miembros de las comisiones evaluadoras, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de las comisión evaluadora.
ARTÍCULO 17: PROCESO DE APERTURA DE LA LICITACIÓN
Una vez constituida la Comisión de Apertura y Evaluación de esta licitación pública, deberá realizar el Acto de Apertura en el portal www.mercadopublico.cl, donde se revisará y verificará los oferentes participantes y la existencia de archivos adjuntos: Garantía Seriedad de la Oferta, Documentos Administrativos, Técnicos y Económicos, considerando el Artículo 16° precedente, Párrafo 4to. Cualquier ausencia de la documentación requerida será registrada en un acta, con los alcances observados por los integrantes de la Comisión de Apertura y Evaluación.
ARTÍCULO 18: ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas por la Comisión Evaluadora respectiva, es necesario que cumplan con: 1. Plazo de entrega, no debe superar los 10 días corridos desde la emisión de la orden de compra. 2. Cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos solicitados en Artículo 7 (Formulario E), el no cumplimiento de uno o más ítems solicitados se declarará inadmisible. La Comisión designada verificará el cumplimiento de lo establecido en las letras precedentes, indicando en el informe respectivo las ofertas que no se ajusten a los requerimientos de presentación, las que serán declaradas inadmisibles mediante resolución fundada y publicada en el sitio www.mercadopublico.cl. Procedimiento: Se deja constancia que la no presentación de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas en la forma establecida, no podrá ser subsanada durante la etapa de evaluación de las mismas. Cumpliendo este procedimiento, se aceptarán las ofertas individualmente, en caso que alguna oferta no cumpla con los antecedentes solicitados en este Artículo, serán declarados inadmisibles. Todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas”, el cual no podrá ser modificado en forma posterior.
ARTÍCULO 19: PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
1. Los oferentes cuyas propuestas fueron aceptadas en conformidad al Artículo 18° anterior, pasarán al proceso de comprobación de antecedentes o documentos entregados y a revisión del contenido de dichos antecedentes. 2. La Comisión Evaluadora, estará facultada para admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no impida la correcta evaluación de la propuestas; asimismo, la Comisión podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales sólo a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl, siempre que no se refieran a los requisitos exigidos para la admisibilidad de las mismas, ni implique otorgar ventajas o privilegios respecto de los demás oferentes y siempre con estricta sujeción a las bases que rigen la presente licitación. . Las interacciones realizadas en el foro inverso deberán quedar reflejadas en el Acta de Evaluación, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl. 3. La Entidad Licitante, en conformidad con el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas, podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos al tiempo de presentar las ofertas, siempre y cuando no se refieran a los necesarios para su admisibilidad y que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas o se refieran a situaciones no sujetas a variación. En el caso que existan discrepancias en los antecedentes o estos estén incompletos, la Comisión podrá solicitar que éstos se clarifiquen o se entreguen a través del foro inverso del Portal Mercado Público, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes; para lo anterior se le otorgará un plazo de 48 horas hábiles para subsanar los defectos u observaciones detectadas, de no cumplir con el plazo antes detallado no serán considerados los antecedentes proporcionados por los oferentes. Al subsanar estas observaciones el oferente estará afecto a descuento de la ponderación de su evaluación. 4. Toda la información recabada en esta etapa quedará registrada en el Acta de Evaluación que realizará la “Comisión Evaluadora”, que contendrá el cumplimiento de los antecedentes solicitados y la calificación fundada de cada una de las ofertas según los criterios de evaluación establecidos (utilizándose dos decimales para la ponderación). Se consignará además una tabla resumen en que conste la prelación de los oferentes que se encuentran habilitados para adjudicarse el bien, de acuerdo al puntaje obtenido y demás requisitos legales.
ARTÍCULO 21: PROCESO DE ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN.
a) Adjudicación: Una vez evaluadas las ofertas por los bienes solicitados en esta licitación pública, la Comisión Evaluadora recomendará a la Autoridad competente adjudicar, la oferta que presente la propuesta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos en cada criterio de evaluación, la asignación de puntajes y la formulación de cálculo realizada. La adjudicación se realizará por el total de los bienes a adquirir mediante Acto Administrativo, a través de una Resolución Fundada, la cual contendrá el Acta Apertura y Evaluación realizada por la Comisión Evaluadora y la recomendación de adjudicación obtenida en base al resultado de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de Compras y Contratación Pública. La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán posteriormente a su total tramitación, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento. Si la UTP, durante la evaluación de la licitación se disuelve, esta no podrá ser adjudicada. Sin perjuicio de lo anterior si está UTP es constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, aquella podría continuar participando con los restantes integrantes, siempre que: 1. La UTP pueda mantener los términos comprometidos en la oferta 2. Los restantes integrantes mantengan el cumplimiento de los requisitos mínimos para que la oferta pueda ser admitida, de acuerdo con los antecedentes que cuente la comisión. 3. La UTP podrá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. 4. El integrante retirado no podrá ser reemplazado. 5. La UTP deberá informar en un plazo de 24 horas a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, si esto fuera durante el proceso de evaluación de las ofertas o de su adjudicación. 6. Si, cumpliendo con lo establecido en el párrafo anterior, la UTP deberá informar si continuará participando de este proceso de licitación o si desisten de su oferta, lo que dará derecho a cobro de las garantías que corresponda conforme a estas bases. b) Resolución de empates: Si se produce coincidencia o empate entre dos o más ofertas en el puntaje final, se adjudicará la licitación a la que ofrezca un menor Plazo de Entrega y de no resolverse aún el empate, se le adjudicará al que haya ofrecido un menor Precio, si de igual manera continuara el estado de empate se adjudicara al de mejor puntaje de menor plazo de entrega y si persistiese el empate, se resolverá por aquella primera oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl, cotejándose por la comisión evaluadora con el Comprobante de Oferta fecha y hora de ingreso de oferta. c) Cláusula de readjudicación: Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario: 1. Se desistiere de su oferta. 2. Por no presentar dentro de plazo la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo señalado en Artículo 15 de estas Bases. 3. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la resolución que aprueba la contratación. 4. Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el Artículo 22 de las presentes bases de licitación. 5. Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de estos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases 6. Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato. 7. Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de contrato. Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Así también el Gobierno Regional de Aysén, adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de las propuestas y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén. Lo anterior previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta, es decir, se verificará si la oferta que se quiere readjudicar se enmarca dentro del presupuesto que dispone el Gobierno Regional de Aysén. d) Declarará Desierta la Licitación: En el caso de que no se hayan presentado ofertas o si se estima que las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a declarar desierta la licitación por Resolución Fundada, sin derecho a indemnización alguna para los oferentes. (Art. 9°, Ley de Compras) Sin perjuicio de lo anterior el Gobierno Regional de Aysén podrá: Revocar: Conforme al artículo N°61 de la Ley N°19880 sobre Procedimientos Administrativos, “Los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiere dictado”, precisando en su inciso segundo, que ella no procederá: a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o c) Cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto”. Declarar desierto el proceso de licitación, previo a la resolución de adjudicación, si no se cuenta con la aprobación presupuestaria para adjudicar (Art.3° del Reglamento). Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundamentando el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. e) Consultas referentes a la adjudicación: Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicado en el Portal Sistema de Información www.mercadopublico.cl, la resolución de adjudicación, para lo cual deberá ingresar su consulta al remitente: mquezada@goreaysen.cl y/o lcisterna@goreaysen.cl Tanto la adjudicación como la re-adjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl La fecha fijada en el cronograma para la adjudicación podrá ser modificada por la Entidad Licitante mediante acto administrativo fundado y publicado en el sistema de información.
ARTÍCULO 23: PLAZO DE ENTREGA Y VIGENCIA DE ORDEN DE COMPRA
a) Plazo de Entrega: El plazo de entrega de los bienes licitados y sus modificaciones, se contabilizará desde la fecha de la aceptación de la orden de compra, los cuales deberán ser entregados en dependencias del Instituto Nacional de Deportes, de dirección calle Fidel Oteiza 1956, Piso 3, Comuna Providencia, Santiago de Chile. El transporte de los bienes hasta el destino final, deberá incluir todos los elementos necesarios, accesorios e insumos, los gastos en que incurra por concepto de traslado y todo otro pago, necesario para la entrega de estos bienes. El plazo establecido para la entrega de los bienes contratados es una obligación del contrato, el que no debe confundirse con la vigencia del mismo. b) Vigencia La vigencia se extiende desde la fecha de la aceptación de la orden de compra, hasta la fecha de la resolución que declare haberse recibido conforme todos los bienes ofertados en el lugar de entrega, dependencias del Instituto Nacional de Deportes, de dirección calle Fidel Oteiza 1956, Piso 3, Comuna Providencia, Santiago de Chile. En consecuencia, el adjudicatario cumplirá con las obligaciones impuestas por el contrato del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases, aclaraciones y entrega física de los bienes y productos adjudicados, y todo otro antecedente de esta licitación. Sólo una vez que la Entidad Licitante haya aprobado mediante Acta firmada por Comisión Técnica Receptora por la conformidad de los productos y bienes licitados, pues en caso contrario, el Gobierno Regional de Aysén procederá a dar término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del Oferente y al cobro de las garantías otorgadas, según corresponda. Se entiende que forman parte del contrato la propuesta presentada por el oferente adjudicatario, las presentes bases de licitación, especificaciones técnicas y todo otro documento anexo del proceso licitatorio.
ARTÍCULO 24: SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
a) Supervisión del contrato La supervisión y seguimiento de la ejecución del contrato corresponderá a la División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional de Aysén, integrado por un funcionario de esta división, quien realizará las siguientes funciones de Encargado del Contrato: ● Seguimiento del cumplimiento del contrato. ● Realizará el llamado a constitución de la Comisión Técnica Receptora. ● Verificará la entrega de los bienes y adicionales. ● Gestionar la aplicación de multas ante el incumplimiento de las obligaciones del proveedor. ● Elaborar los actos administrativos correspondientes a la ejecución del contrato. ● Gestionar los respectivos estados de pago correspondientes al contrato. ● Informará oportunamente a la Jefatura de la División de Infraestructura y Transporte por cualquier situación que pueda poner en riesgo el cumplimiento del contrato. ● Realizará las gestiones necesarias para el cumplimiento cabal del contrato. b) Recepción y Comisión Técnica Receptora. La recepción conforme de los bienes con todas las características y contenidos especificados en esta licitación, será verificada por esta entidad, mediante Comisión Técnica Receptora, designados mediante acto administrativo dictado por el Gobierno Regional, en la que se señale nombre y cargos de los funcionarios. Esta Comisión Técnica Receptora, se encargará de supervisar que los bienes correspondan efectivamente a lo contratado en esta licitación ADQUISICIÓN DE 01 (u) BICICLETA CONTRA RELOJ y 01 (u) BICICLETA RUTA DAMA ELITE, DEL PROYECTO “ADQUISICIÓN BICICLETAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN COMPETENCIAS NACIONALES E INTERNACIONALES”, CÓD. BIP 40057159-0. La Comisión Técnica Receptora, mediante acta de recepción firmada por cada uno de los integrantes que la componen, podrá aprobar, rechazar u observar los bienes recepcionados, de la siguiente manera: b.1) Se realizará aceptación de los bienes y adicionales Se entenderá por aprobada la recepción de los bienes adquiridos, cuando cumplan con el 100% de la totalidad de las características señaladas en esta licitación y que cumpla con los requerimientos según lo señalado en el Artículo 07 del presente documento. La Comisión Técnica Receptora firmará acta señalando que no se han producido incongruencias en la recepción de los bienes, y que no se han levantado observaciones, ni se ha solicitado subsanar algunas partidas respecto a la entrega de los equipos. El acta de recepción final deberá ser aprobada mediante resolución fundada que autorice la recepción final conforme de estos bienes y su autorización de pago. b.2) Si se formularen observaciones a la recepción: La comisión técnica receptora, podrá en el acta de recepción podrá realizar observaciones respecto a la recepción de los bienes, señalando detalladamente lo que se requiere subsanar y el plazo para aquello, esta información será remitida al oferente contratado mediante carta certificada, pudiendo además remitir correo electrónico del encargado de contrato a la empresa contratada. El proveedor deberá entregar las correcciones en el plazo que estipule en el informe técnico y acta emitida por la Comisión Receptora respecto de las observaciones que al efecto se emita. Dicho plazo se contabilizará desde el envío de la comunicación respectiva. Si la recepción volviese a presentar observaciones nuevamente, y éstas no se han levantado a conformidad de la Comisión Técnica Receptora, se procederá a la aplicación de multas de acuerdo a lo previsto en el Artículo 27 de las presentes bases. Se entiende como observaciones corregidas, cuando el oferente a subsanado las observaciones, en los plazos y calidad de los requerimientos solicitados en esta licitación, por lo que esta Comisión Técnica Receptora, levantará bajo acta las subsanaciones de las observaciones entregadas por el oferente, procediéndose a emitir informe final de recepción, firmado por cada uno de sus integrantes, informando al Jefe de la División de Infraestructura y Transportes que se proceda a realizar la tramitación del estado de pago por recepción conforme de los vehículo y sus requerimientos. b.3) Rechazo de la entrega: La Comisión Técnica Receptora, estimará bajo un exhaustivo análisis, si el bien entregado por el oferente no cumpla con las condiciones mínimas exigidas en el contrato. La Comisión Técnica Receptora, además podrá rechazar la entrega, cuando no acatare las instrucciones impartidas por la Unidad Técnica, o las constantes observaciones que no fueran subsanadas en los plazos acordados, incurriendo en faltas que atentan contra la recepción definitiva de los bienes en los plazos establecidos, según las condiciones estipuladas en esta licitación. Con todo, si la empresa no entregase o diere cumplimiento a lo indicado en Informe de Observaciones se podrá aplicar lo indicado en el artículo 27, letra c).
ARTÍCULO 25: OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATANTE
1. Obligaciones Especiales a. El oferente deberá garantizar como mínimo los bienes, según lo indicado en el Artículo 7 letra b. b. El oferente contratado será responsable por todos y cada uno de los antecedentes presentados en su propuesta, cálculos de los bienes y equipamientos ofertados, gastos de traslado y en general de todas las materias que forman parte de la adquisición de los bienes contratados. La responsabilidad de coordinación de entrega será exclusiva del proveedor, teniendo en consideración desde la salida del lugar de origen hasta el lugar de destino, de no proceder así, este Gobierno Regional, procederá a aplicación de Multas, establecidas en el Artículo 27° de las presentes bases. c. El oferente deberá entregar la totalidad de los manuales de los bienes que formen parte de su oferta. Éstos deberán ser en español e incluir: catálogos descriptivos, características e instrucciones de operación, instrucciones de mantención, entre otros. d. Deberá dar cumplimiento a los plazos, conforme a lo presentado por el oferente en el formulario G “Plazo de entrega”. 2. Obligaciones Generales. a) Ejecutar correctamente el contrato, de buena fe, con estricta sujeción a los requerimientos técnicos y administrativos exigidos, normativa vigente y dentro del plazo establecido al efecto. b) Será responsable de mantener la totalidad de los compromisos contraídos en el contrato y a no cederlos ni transferirlos, parcial o totalmente, a personas naturales o jurídicas alguna. c) Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, la empresa deberá informar al Gobierno Regional toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del contrato, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños o retrasos ocasionados, facultando al Gobierno Regional de Aysén al cobro de multas por incumplimiento de contrato. d) La Empresa adjudicada deberá dar cumplimiento a las instrucciones que imparta el Gobierno Regional de Aysén para la correcta ejecución del contrato. e) La Empresa adjudicada deberá entregar oportunamente todos los antecedentes que el Gobierno Regional de Aysén le requiera. f) La Empresa adjudicada deberá dar cumplimiento a lo determinado en las bases de licitación, el contrato y sujetarse a los términos en que efectuó su oferta.
ARTÍCULO 26: PAGO DE LOS PRODUCTOS CONTRATADOS
El pago de los bienes contratados se efectuará contra factura, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de resolución que declare Recepción Final y Conforme, según lo presentado en el formulario G - Plazo de Entrega. Así, para que se efectúe el pago es necesario que el oferente contratante, extienda una factura, atendiendo lo siguiente: Razón Social : Gobierno Regional de Aysén RUT : 72.222.000-5 Dirección : Calle Ejército N° 405- Coyhaique Giro : Servicio Público. Condición de venta : Crédito. Glosa : “ADQUISICIÓN DE 01 (u) BICICLETA CONTRA RELOJ y 01 (u) BICILETA RUTA DAMA ELITE”, del Proyecto “ADQUISICIÓN BICICLETAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN COMPETENCIAS NACIONALES E INTERNACIONALES”, CÓD. BIP 40057159-0 COMPRA PARA : INSTITUTO NACIONAL DEL DEPORTE, RUT N°61.107.000-4 Enviar archivo XML a Casilla intercambio SII: dipresrecepcion@custodium.com Bajo el principio de economía procedimental y eficiencia de los recursos fiscales, la Inscripción de los bienes, deberá ser extendida a nombre del Instituto Nacional del Deporte, RUT N° 61.107.000-4 y con domicilio en Calle Fidel Oteiza 1956, Piso 3, Comuna Providencia, Santiago de Chile. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de la letra f) del artículo de la ley Nº 19175, una vez cumplida la totalidad de las obligaciones contenidas en el contrato de adquisiciones. Lo anterior fundado en que la inscripción tiene solo fines de publicidad como lo ha fallado la Corte Suprema y no implica dominio como ocurre en el caso de los inmuebles y que el traspaso de propiedad solo se perfecciona con la asignación de tales bienes por resolución de la Gobernadora Regional, de acuerdo a la norma citada. “(…) esta Corte ha resuelto reiteradamente que el registro es un medio de publicidad no constitutivo de tradición, al señalar: “Que el artículo 38 de la Ley Nº 18.290, en su texto refundido por el DFL Nº 1 del año 2007, establece que la constitución del dominio, su transmisión, transferencia y los gravámenes sobre vehículos motorizados se sujetarán a las normas que el derecho común establece para los bienes muebles”. En tal sentido agrega que, “(…) No obsta a lo anterior la circunstancia que exista un Sistema de Registro de Vehículos Motorizados a que se refiere el artículo 39 y siguientes de la Ley Nº 18.290, pues la inscripción que ordena la ley no opera como modo de adquirir el dominio -tradición- sino como un medio de publicidad”. El fallo prosigue sosteniendo que, “(…) debe recordarse que el artículo 38 de la ley Nº 18.290 que menciona la recurrente –y que corresponde al artículo 44 del texto legal refundido establece que se presumirá propietario de un vehículo motorizado la persona a cuyo nombre figure inscrito en el registro. Se trata, como se aprecia, de una presunción simplemente legal que, al tenor del artículo 47 del Código Civil, admite prueba en contrario”. Corte Suprema Rol N°19.087-2021 Este bien será de propiedad del Gobierno Regional de Aysén, hasta que sea asignado a título gratuito a la Institución requirente original. Para este efecto, se deberá desagregar valor de los bienes y adicionales por separado. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, la facturación deberá ser realizada por el Apoderado o por quien se indique en el Acuerdo UTP – Escritura Pública, el que deberá emitir el documento tributario que corresponda. El pago será realizado por este Gobierno Regional de Aysén. Los proveedores deberán indicar al Gobierno Regional de Aysén Datos Bancarios: Tipo de Cuenta Bancaria, Banco del titular de la empresa, número de cuenta Bancaria y correo electrónico para notificación. Quien facture, será quien el Gobierno Regional de Aysén realice el pago correspondiente. Para que éste sea cursado es necesario que se encuentre debidamente autorizado y visado por el supervisor del contrato mediante informe de recepción, para ser autorizado por la Jefatura de División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional de Aysén. Para el pago de la factura, se deberá adjuntar lo siguiente: 1. Estado de Pago 2. Factura electrónica o documento tributario del proveedor. 3. Orden de Compra (modo aceptada) 4. Resolución de adjudicación 5. Resolución de Recepción conforme 6. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores. Procedimiento en caso de Factoring o Cesión de Crédito: Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas y con las exigencias de la ley 19.883, notificando oportunamente de acuerdo a la normativa legal vigente.
ARTÍCULO 27: MULTAS Y SANCIONES
a) Si el Oferente se retrasa en la ejecución del contrato el Gobierno Regional de Aysén cursará y cobrará una multa según se detalla a continuación: Ítem Multa por día ($) Plazo máximo en días corridos 01 (u) BICICLETA CONTRA RELOJ y 01 (u) BICILETA RUTA DAMA ELITE 100.000 30 c) Sin embargo, si el atraso supera los 30 (treinta) días corridos, sin que exista fuerza mayor o caso fortuito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, se podrá poner término anticipado al Contrato. d) Con todo lo descrito, las multas en su conjunto no podrán superar el 5% del valor total de la orden de compra, se podrá fundamentar la aplicación de causal de término anticipado del contrato. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato o de instrucciones especiales dadas por el Gobierno Regional de Aysén, se le comunicará dicha circunstancia al oferente contratante, o bien, mediante carta certificada dirigida al domicilio que figure en la orden de compra, la que se entenderá notificada en el plazo de tres días hábiles administrativos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 45° de la Ley N° 19.880, sin perjuicio de la posibilidad de que pueda efectuarse tal notificación en forma personal, si las circunstancias lo permiten. Desde la fecha de la notificación tendrá dos días hábiles para exponer lo que estime, mediante oficio dirigido al Jefe de División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional de Aysén. A dicho escrito adjuntará todos los antecedentes que considere le sean de utilidad. El Gobierno Regional de Aysén, se pronunciará favorable o desfavorablemente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su presentación por escrito. Esta decisión se notificará igualmente por carta certificada. Rechazada la reclamación o pasado el plazo sin que se hubiere formulado oposición por el Oferente contratante, procederá el cobro de la multa, las que serán directamente descontadas del pago. La medida a aplicar será formalizada a través de resolución fundada, la que señalará la decisión que adopte la administración por el incumpliendo que se haya realizado y el procedimiento administrativo que se llevará a cabo para el cobro de multas, conteniendo el detalle de lo acontecido para llegar a esta medida, principio conclusivo, y los descargos presentados por el oferente si existieren. Este acto administrativo será publicado oportunamente en el sistema de información en el sitio www.mercadopublico.cl. El oferente acepta desde ya este procedimiento. Causales de exculpación o inaplicabilidad de la multa: Podrá alegarse como causales de exculpación o inaplicación de las multas los hechos o circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, que señala” Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.” El caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser acreditado por el adjudicado y será calificado por el Gobierno Regional de Aysén, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el hecho que le impide cumplir la ejecución de los servicios contratados.
ARTÍCULO 28: TÉRMINO DEL CONTRATO
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de Compras y Contratación pública, el contrato terminará: a) El contrato terminará naturalmente una vez finalizada la entrega final de los bienes y recepcionados conformes. b) De común acuerdo de las partes: La interesada en resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla, todo debidamente sancionado por acto administrativo fundado. c) Terminación anticipada del contrato: El Gobierno Regional de Aysén pondrá fin administrativamente al contrato, a través de resolución fundada, sin forma de juicio en todos los casos en que se verifique el incumplimiento reiterado de uno o más de las obligaciones descritas en el artículo 25 de las presentes bases y que a continuación se complementan: 1. El retraso sin causal justificado en la entrega de los bienes contratados por uno o más periodos que en su totalidad sean superiores al equivalente en días corridos al 5% del plazo ofertado por el Oferente; 2. Si el oferente no subsanara en el plazo otorgado las observaciones formuladas por la Comisión Receptora encargada de efectuar la recepción conforme. 3. Por incumplir gravemente las instrucciones impartidas por la Entidad Licitante no reclamadas o cuya reclamación fue desestimada. Se considerará grave por efectuarse un tercer requerimiento de cumplimiento de una instrucción cualquiera sea su naturaleza. 4. Si el total de las multas aplicadas al Oferente fueren igual o superior al 5 % del valor de la orden de compra. 5. Si el oferente unilateralmente modificara de cualquier forma todo o parte de los productos licitados y se negare a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes. 6. Haber detectado el Gobierno Regional de Aysén que el oferente al tiempo de presentar su oferta omitió información o la presentada no era veraz. 7. Quiebra, cesión de bienes, Convenio Judicial o notoria insolvencia. Se presumirá notoria insolvencia si no iniciare las obras dentro de plazo o bien no renovare u otorgare las garantías en los plazos señalados. 8. Si el oferente fuera declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de personas jurídicas, lo fuere alguno de sus socios, Directores, representantes legales o apoderados. 9. Si el oferente fuere una persona jurídica, por su disolución o por haberse manifestado la voluntad de disolverla. 10. Por la muerte del oferente si es persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada y en general de las intuitu personae, en que no se haya pactado su continuidad con los herederos. 11. Será causal de término anticipado de contrato, en caso de Unión Temporal de Proveedores, oculte información relevante para ejecutar el respectivo servicio adjudicado, que afecte a alguno de sus integrantes, En caso de hacerlo, ello deberá considerarse un incumplimiento grave por parte de oferente. 12. Será causal de término anticipado del contrato, la constatación de que los integrantes de la Unión temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional económica. 13. Si uno de los integrantes de la Unión temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta de la presente licitación, se procederá a poner término anticipado de contrato. 14. Inhabilidades sobrevinientes de alguno de los integrantes de la unión temporal de Proveedores, en el caso que esta UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 15. Disolución de la Unión temporal de Proveedores, en una asociación de al menos dos integrantes, si su número disminuye de dos (2) se entenderá inmediatamente disuelto. 16. Superar 30 días corridos el plazo máximo de entrega indicado en la presente licitación.
ARTÍCULO 29: PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus suboferentes, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ARTÍCULO 30: ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente licitación pública.
ARTÍCULO 31: RESPONSABILIDADES
El Gobierno Regional de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el adjudicatario y sus trabajadores con motivo de la ejecución del contrato, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del ejecutor. Cabe señalar que, una vez suscrito el contrato, no se derivarán con el Gobierno Regional de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores del mismo.
ARTÍCULO 33: JURISDICCIÓN
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de Bases de Licitación, su adjudicación y aprobación de Contrato, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.