ESTRICTA SUJECION A LAS BASES |
Los oferentes para participar del proceso de licitación debe apegase a lo que se establece en las bases de licitación, cumpliendo y acepado con todo lo que en ellas se indica
|
|
|
Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes
respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor
puntaje en la evaluación del criterio "EVALUACIÓN TÉCNICA". En caso de que se
mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate
la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio
"EVALUACIÓN ECONÓMICA". En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como tercer mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya
obtenido el mayor puntaje en el criterio "EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA". Si persiste la
situación de empate, luego de haber aplicado los criterios anteriores, se adjudicará al
oferente que haya ingresado primero su oferta al portal.
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Toda consulta respecto al proceso licitatorio podrá ser formulada a la Subsecretaría,
mediante los mecanismos establecidos por la Dirección de Compras Públicas y habilitados
para tales efectos en el portal www.mercadopublico.cl, solo después de adjudicada la
licitación
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
La Empresa, en su calidad de empleador, será responsable exclusiva del cumplimiento
íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes
sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del
trabajo y demás pertinentes respecto de los integrantes de sus respectivos equipos de
trabajo.
En consecuencia, la Empresa será responsable, en forma exclusiva, del pago oportuno de
las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y, en general, de
toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a los integrantes de su
equipo de trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de las normas que sobre la materia establece
el Código del Trabajo.
En consideración a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, las empresas
que tengan trabajadores a su cargo deberán acreditar el pago de sus obligaciones
laborales y previsionales de éstos. Con este fin, la empresa adjudicada informará a la
Subsecretaría, en cada estado de pago, el cumplimiento de las obligaciones laborales y
previsionales de sus trabajadores, mediante Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Formulario 30-1 de la Dirección del Trabajo); o, en situaciones
excepcionales debidamente justificadas, mediante Certificado de antecedentes laborales y
previsionales (Formulario 30 de la Dirección del Trabajo). En caso que la empresa no
acompañe dicha información, la Subsecretaría podrá retener el pago respectivo, hasta que
la información sea debidamente entregada.
Sin perjuicio de lo anterior, la Subsecretaría también podrá solicitar al adjudicatario la
presentación de certificados de la Dirección de Trabajo u otros antecedentes que estime
pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una
de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el
resto de las presentes Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que
sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza
y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de la o las contrataciones que eventualmente
se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en proceso licitatorio, en su toma de
decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de las contrataciones que de
ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva,
en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las presentes Bases de licitación, sus documentos
integrantes y las contrataciones que de ellos se deriven.
d. Asimismo, los antecedentes o informaciones que la Subsecretaría de Ciencia,
Tecnología, Conocimiento e Innovación ponga a disposición para el cumplimiento
de las obligaciones que se contraigan en virtud de la presente licitación no serán
utilizados para fines diversos a los del contrato, sin la debida autorización previa y
escrita de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
e. Que, se han estudiado personalmente todos los antecedentes de la adquisición
solicitada, verificando la concordancia entre las Bases Técnicas y demás
antecedentes que permitan conocer cualitativa y cuantitativamente su magnitud.
f. Que, se ha tomado conocimiento y declara conocer en debida forma las normas
legales y reglamentaciones vigentes de la República de Chile, y se obliga a actuar
con apego a ellas en el cumplimiento del contrato, siendo de exclusiva
responsabilidad del oferente las contravenciones en que pueda incurrir.
g. Que, cuenta con todos y cada una de las certificaciones y/o autorizaciones
requeridas para proporcionar el servicio licitado.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que
éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas.
|
|
|