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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones
contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes Bases de
Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes
Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de la o las contrataciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco
a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente
en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o las contrataciones que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos
o formas.
c. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las presentes Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o las
contrataciones que de ellos se deriven.
d. Asimismo, los antecedentes o informaciones que la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología,
Conocimiento e Innovación ponga a disposición para el cumplimiento de las obligaciones
que se contraigan en virtud de la presente licitación no serán utilizados para fines diversos
a los del contrato, sin la debida autorización previa y escrita de la Subsecretaría de Ciencia,
Tecnología, Conocimiento e Innovación
e. Que, se han estudiado personalmente todos los antecedentes de la adquisición solicitada,
verificando la concordancia entre las Bases Técnicas y demás antecedentes que permitan
conocer cualitativa y cuantitativamente su magnitud.
f. Que, se ha tomado conocimiento y declara conocer en debida forma las normas legales y
reglamentaciones vigentes de la República de Chile, y se obliga a actuar con apego a ellas
en el cumplimiento del contrato, siendo de exclusiva responsabilidad del oferente las
contravenciones en que pueda incurrir.
g. Que cuenta con todas y cada una de las certificaciones y/o autorizaciones requeridas para
proporcionar el servicio licitado.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes,
asesores, agentes y, en general, todas las personas con que aquel o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas.
Con todo, esta entidad licitante se reserva la posibilidad de verificar, previo a la adjudicación la
configuración de una posible vulneración a las normas de probidad que, fundadamente,
comprometan el interés general y/o el adecuado uso de los recursos públicos.
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SOLUCIONES DE EMPATE |
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En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente
que hubiese obtenido el mayor puntaje de evaluación en el criterio E) "Evaluación Técnica". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio A) "Evaluación Económica". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio C) "Criterio de género". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio D) "Criterio de Integridad"
Finalmente, si persiste el empate, se adjudicará a aquella oferta que se hubiere presentado primero
en el portal.
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ACLARACIONES DE LAS OFERTAS |
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La Subsecretaría podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando ello no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Si la Subsecretaría hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no diere respuesta y/o no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada
de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán el plazo que se les confiera a
través del foro inverso del portal de mercado público para dar respuesta a las solicitudes de la
Subsecretaría en este sentido, y serán evaluados de acuerdo con lo señalado en los criterios de
evaluación.
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