Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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COMISIÓN DE EVALUACIÓN |
La evaluación, calificación de ofertas y del cumplimiento de especificaciones técnicas, será realizada por una comisión integrada por los siguientes funcionarios del CESFAM de Llay-Llay, o por quienes les subroguen:
JEFA ADMINISTRATIVA
JEFE SERVICIOS GENERALES
SECRETARIA DE DIRECCIÓN
La comisión de evaluación, deberá efectuar una proposición de adjudicación al Director del CESFAM de Llay-Llay, mediante un acta de evaluación fundada, según criterios establecidos en las presentes bases.
Además, apoyará, dicha comisión, un funcionario de Abastecimiento, quien estará encargado de realizar el proceso administrativo, y asesorará en la elaboración de Informe Final de Evaluación de Ofertas, el cual llevará los puntajes finales ponderados asignados por la comisión evaluadora. No será responsabilidad de este funcionario la Evaluación Técnica del bien y/o servicio, su puntaje y ponderación, esta responsabilidad recaerá en la Comisión Evaluadora.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
La evaluación de ofertas le corresponderá a la comisión antes mencionada, quienes evaluarán y calificarán los antecedentes presentados de acuerdo a los criterios de evaluación que a continuación se presentan:
CRITERIO %
CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTOS FORMALES 5%
ANTIGÜEDAD DE VEHICULO 30%
CONJUNTO DE REQUISITOS MINIMOS DE LA PROPUESTA 15%
EVALUACION TECNICA 10%
PRECIO DE LA OFERTA 40%
TOTAL 100%
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CRITERIOS DE DESEMPATE |
En el caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio de acuerdo al siguiente orden:
a) Mayor puntaje en el criterio PRECIO.
b) Mayor puntaje en el criterio EVALUACION TECNICA
c) Mayor puntaje en el criterio CONJUNTO DE REQUISITOS MINIMOS.
d) Mayor puntaje en el criterio ANTIGÜEDAD DEL VEHICULO
e) Mayor puntaje en el criterio PRESENTACION DE DOCUMENTOS FORMALES
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SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento a la prestación de servicios ajustándose a las bases administrativas, bases técnicas y demás documentos de la Licitación.
Será responsabilidad del JEFE DE SERVICIOS GENERALES o a quien subrogue:
1. Supervisar constantemente la correcta ejecución y/o cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del adjudicado.
2. Emitir la solicitud de adquisición, para la emisión de la orden de compra y Recepción conforme de los servicios
a. En caso de existir incumplimiento por parte del Adjudicado, el Administrador del Convenio deberá informarlo a la Unidad de Abastecimiento.
b. Proponer término anticipado del contrato cuando existan causales fundadas.
c. En el caso de que el proveedor adjudicado esté constituido como sociedad y siempre que las bases permitan incorporar prestadores, el Administrador deberá evaluar las solicitudes de incorporación emitidas por la sociedad adjudicada, y emitir informe o visación de antecedentes respecto a la pertinencia de aprobar la solicitud, basado en que el prestador propuesto cumpla con los requisitos señalados en las bases. La autoridad competente (según delegación de facultades) evalúa la aprobación final según informe técnico o visación de antecedentes y en caso de que dicha petición sea aprobada, deberá velar porque el nuevo prestador comience a realizar las actividades solo una vez que se encuentre formalizada y publicada en el portal Mercado Público la resolución que aprueba dicho acto.
d. En el caso de servicios o intangibles, deberá certificar la correcta recepción de éstos mediante la firma de la Boleta o factura, o en su defecto emitir certificado de recepción conforme.
e. Controlar la cantidad de horas ejecutadas.
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EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
La unidad de Abastecimiento del CESFAM de Llay-Llay emitirá una orden de compra de manera mensual, de acuerdo con la cantidad de horas informadas por la Unidad de Servicios Generales, que será según el siguiente calendario estimativo:
MES
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HORAS ESTIMADAS MENSUALES
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ENERO
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185
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FEBRERO
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176
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MARZO
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202
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ABRIL
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168
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MAYO
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194
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JUNIO
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175
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JULIO
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185
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AGOSTO
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194
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SEPTIEMBRE
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166
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OCTUBRE
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177
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NOVIEMBRE
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185
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DICIEMBRE
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167
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TOTAL
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2174
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El horario base definido para la prestación será el siguiente:
- LUNES A JUEVES DE 08:00 A 17:00 HRS.
- EL DIA VIERNES DE 08:00 A 16:00 HRS.
Los horarios descritos son modificables de acuerdo a las necesidades de traslado de funcionarios y serán informados con anticipación por el administrador de convenio.
El cálculo de la orden de compra mensual se realizará a través de la siguiente formula:
El proveedor contratado no podrá rechazar las órdenes de compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio.
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MULTAS POR NO CUMPLIMIENTO |
1. TRES RECLAMOS EN EL MES: estos reclamos deberán ser entregados al administrador de contrato, por escrito, quien deberá revisarlos y decidir si estos son aplicables de acuerdo a los estipulado en las bases. Entre los que se destacan:
a. No realizar la sanitización del vehículo
b. Negarse a realizar un traslado
c. Retrasos en la entrada o salida del vehículo
d. Agresión a funcionarios
e. No completar la bitácora
f. Conductas no acordes a las normas que rigen en el CESFAM de Llay-Llay
0,1 UTM (Unidades tributarias mensuales) Por cada tres reclamos, con tope máximo de 6 reclamos, luego de eso será considerado una falta grave.
2. NO REMPLAZO DEL VEHICULO: el no reemplazo o reposición por falla del vehículo, serán aplicados según los siguientes parámetros:
1 UTM (una unidad tributaria mensual) por cada día sin servicio, con tope máximo de 3 días corridos, luego de eso será considerado una falta grave.
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