Resolución de Empates |
En el caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio de acuerdo al siguiente orden (en caso que continúe el empate en el primer, se considerara el siguiente criterio y así sucesivamente):
a. PRECIO
b. EXPERIENCIA DEL OFERENTE
En el evento de continuar la situación de empate, se adjudicará aquél oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando dos decimales.
La Comisión evaluadora u/o Evaluadores deberán confeccionar un cuadro de todos los proponentes considerados por orden del puntaje total obtenido y formulará un análisis final de evaluación con sus respectivas observaciones.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DOCUMENTOS INTEGRALES |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
a) Bases de licitación y sus anexos.
b) Consultas, Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
c) Oferta.
d) Orden de compra.
e) Informe de Evaluación de las Ofertas
f) Y otros documentos que forman parte de las bases de la licitación
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
La oferta tendrá una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, indicada en el sitio www.mercadopublico.cl.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
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SUSCRIPCION DEL CONTRATO |
El/La o adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por el Unidad de Abastecimiento siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M.
La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
El contrato estará vigente desde la firma de la Resolución Exenta que Aprueba dicho contrato, elaborada por la unidad de Abastecimiento.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato respectiva en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada proveedor de dicha UTP adjudicada deberá inscribirse y estar hábil en el Registro de Proveedores en los mismos plazos señalados precedentemente
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ADJUDICACION |
El Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe , se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados.
La Entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Se adjudicará a un único oferente por cada línea de producto u/o servicio licitado, adjudicando al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°8.8 “Criterio de desempate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar.
El oferente se obliga aceptar las órdenes de compra emanadas por el organismo contratante.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente del Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
El COSAM San Felipe podrá modificar el monto de la contratación de acuerdo a lo estipulado en el Art.11 del decreto 250 que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886.
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RE ADJUDICACIÓN |
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
8. CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS
8.1 DOCUMENTOS INTEGRANTES
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
a) Bases de licitación y sus anexos.
b) Consultas, Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
c) Oferta.
d) Orden de compra.
e) Informe de Evaluación de las Ofertas
f) Y otros documentos que forman parte de las bases de la licitación
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR EN LA OFERTA |
• Podrán participar en esta propuesta, las personas naturales, o jurídicas que cumplan con los requisitos documentales establecidos en las presentes Bases y que cuenten con la capacidad técnica necesaria para la entrega de la adquisición.
• Al presentar las ofertas, éstas deben adjuntar los documentos señalados más adelante, no obstante, todos o parte de los mismos podrán estar en el portal www.chileproveedores.cl en cuyo caso no será necesario adjuntarlos, pudiendo acreditarlos a través del mencionado portal, lo cual deberá indicarse expresamente al momento de ofertar.
• Los oferentes pueden no encontrarse inscritos en los Registros de Chile Proveedores al momento de ofertar, aquel proponente a quien se adjudique la licitación, deberá estarlo en calidad de hábil al momento de la emisión de la Orden de compra.
• Los documentos emitidos en el extranjero deberán presentarse debidamente legalizados. En el caso de que estén emitidos en idioma extranjero, deberá además acompañarse su correspondiente traducción al castellano.
• La oferta y la documentación solicitada según bases, deberán subirse al portal de www.mercadopublico.cl. En caso de no ser posible, la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información se hará de acuerdo a lo establecido en el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
• Todos los participantes deberán presentar sus propuestas en idioma español.
• La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
• Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días hábiles.
• La Propuesta será resuelta por El Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe, sobre la base del informe de las ofertas y propuesta de adjudicación preparada por la evaluadora.
• Es requisito no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas, ni por delitos concursales tipificados y sancionados en los arts. 463 y siguientes del Código Penal. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, sin perjuicio de las facultades del COSAM San Felipe de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
• Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley 19.886, esto es, no podrán participar en el proceso licitatorio los funcionarios directivos del Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L 1 -19653, ni sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
• Del mismo modo, quedan excluidos de esta licitación, las personas jurídicas que hayan sido condenados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, de acuerdo a la ley N° 20.393 (art. 8 y 10), sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
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REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR EN LA OFERTA |
• Podrán participar en esta propuesta, las personas naturales, o jurídicas que cumplan con los requisitos documentales establecidos en las presentes Bases y que cuenten con la capacidad técnica necesaria para la entrega de la adquisición.
• Al presentar las ofertas, éstas deben adjuntar los documentos señalados más adelante, no obstante, todos o parte de los mismos podrán estar en el portal www.chileproveedores.cl en cuyo caso no será necesario adjuntarlos, pudiendo acreditarlos a través del mencionado portal, lo cual deberá indicarse expresamente al momento de ofertar.
• Los oferentes pueden no encontrarse inscritos en los Registros de Chile Proveedores al momento de ofertar, aquel proponente a quien se adjudique la licitación, deberá estarlo en calidad de hábil al momento de la emisión de la Orden de compra.
• Los documentos emitidos en el extranjero deberán presentarse debidamente legalizados. En el caso de que estén emitidos en idioma extranjero, deberá además acompañarse su correspondiente traducción al castellano.
• La oferta y la documentación solicitada según bases, deberán subirse al portal de www.mercadopublico.cl. En caso de no ser posible, la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información se hará de acuerdo a lo establecido en el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
• Todos los participantes deberán presentar sus propuestas en idioma español.
• La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
• Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días hábiles.
• La Propuesta será resuelta por El Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe, sobre la base del informe de las ofertas y propuesta de adjudicación preparada por la evaluadora.
• Es requisito no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas, ni por delitos concursales tipificados y sancionados en los arts. 463 y siguientes del Código Penal. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, sin perjuicio de las facultades del COSAM San Felipe de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
• Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley 19.886, esto es, no podrán participar en el proceso licitatorio los funcionarios directivos del Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L 1 -19653, ni sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
• Del mismo modo, quedan excluidos de esta licitación, las personas jurídicas que hayan sido condenados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, de acuerdo a la ley N° 20.393 (art. 8 y 10), sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
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