Licitación ID: 1110404-153-LE25
SERVICIO TOUR PATRIMONIAL PARA ALUMNOS
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACION DE CHINCHORRO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
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Cod: 90121501
SERVICIO DE TOUR PATRIMONIAL PARA ALUMNOS DE LA ESCUELA JUAN JOSE SAN MARTIN Y COLEGIO CENTENARIO PERTENECIENTES AL SLEP CHINCHORRO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO TOUR PATRIMONIAL PARA ALUMNOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE TOUR PATRIMONIAL PARA ALUMNOS DE LA ESCUELA JUAN JOSE SAN MARTIN Y COLEGIO CENTENARIO PERTENECIENTES AL SLEP CHINCHORRO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SLEPCH - EE - Programa 02
R.U.T.:
62.000.660-2
Dirección:
Calle Codpa N° 2173
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-10-2025 14:30:00
Fecha de Publicación: 02-10-2025 12:46:42
Fecha inicio de preguntas: 02-10-2025 14:55:00
Fecha final de preguntas: 05-10-2025 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-10-2025 21:39:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-10-2025 14:40:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-10-2025 14:40:00
Fecha de Adjudicación: 21-10-2025 12:06:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS TECNICOS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONOMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA EN EL RUBRO segun punto 8.4 de las bases 20%
2 AÑO DE VEHICULO segun punto 8.5 de las bases 15%
3 PRECIO segun punto 8.6 de las bases 50%
4 CUMPLIMIENTO REQUISITO FORMALES segun punto 8.1 de las bases 5%
5 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR segun punto 8.3 de las bases 5%
6 CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD segun punto 8.2 de las bases 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones .
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: SUSANA BASTOS
e-mail de responsable de pago: tesoreria@epchinchorro.cl
Nombre de responsable de contrato: Alejandro Parra
e-mail de responsable de contrato: alejandro.parra@epchinchorro.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-0000000-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
ión. Se deja expresa constancia que el Servicio Local no tendrá vínculo contractual con el personal del proveedor, ni relación laboral con sus respectivos trabajadores, por tanto, el Servicio Local queda liberado de cualquier responsabilidad que diga r
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso que el adjudicatario se desistiere o no se inscriba en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no concurra a suscribir el contrato o no entregue las declaraciones juradas señaladas o certificados, en su caso, o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los plazos señalados al efecto, se entenderá que este no acepta la adjudicación, pudiendo el Servicio Local adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar o bien, declarar sin efecto la adjudicación en conformidad al artículo 41 del Reglamento N°250. En caso de que se proceda a adjudicar al oferente que corresponda de acuerdo con el orden establecido en el Acta de evaluación, para concurrir a la celebración del contrato, este deberá hacer entrega del documento bancario de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de la documentación correspondiente, antes de la suscripción del contrato. La declaración de re-adjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantenga las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio.
Resolución de Empates
El Servicio Local adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes bases. En caso de producirse empates de puntajes entre los oferentes participantes en el proceso de evaluación, se aplicarán en el mismo orden en que se presentan las siguientes reglas de desempate: 1. Se adjudicará a quien obtenga mayor número de Experiencias del Oferente en Servicios Similares. 2. Se adjudicará a quien obtenga Menor precio. 3. Se adjudicará a quien obtenga mayor puntaje en el Criterio Comportamiento Contractual. 4. Se adjudicará a quien obtenga mayor puntaje en el Criterio Cumplimiento requisitos formales. 5. Se adjudicará a quien obtenga mayor puntaje en el Criterio Cumplimiento Programa de Integridad. 6. En el caso de que aún persista el empate, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl
Pacto de integridad
Este criterio de evaluación se refiere al cumplimiento de lo establecido por el dictamen N°E370752, de 2023, de la Contraloría General de la República, que establece la obligatoriedad de evaluar si los oferentes cuentan con programas de integridad que sean conocidos por sus trabajadores. Los programas de integridad buscan resguardar que quienes contraten con la Administración de Estado demuestren que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se extiende a que las personas que trabajen para esos proveedores y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad. Lo anterior se traduce en que quienes contraten con la Administración del Estado y sus trabajadores: 1. No hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el código penal; 2. Que como directivos o funcionarios directivos de organismos o empresas públicas o personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, o sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, o sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, o con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, o con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas, no ha suscrito contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con el mismo órgano o empresa pública; 3. Que, si se trata de personas jurídicas, les ha sido aplicable la prohibición de contratar a cualquier título con órganos o empresas del Estado o con empresas o asociaciones en que este tenga una participación mayoritaria, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, según lo señalado por el artículo 10 de la ley N°20.393; y 4. Que no se les ha aplicado por parte del Tribunal de la Libre Competencia la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, según se establece en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973
UNICA OFERTA
Se procederá a evaluar si el precio ofertado y la Experiencia del oferente en servicios similares son convenientes con los intereses del SLEP Chinchorro, de ser así la oferta podrá ser considerada como oferta viable a proponer y recomendar en el Informe de Evaluación, en caso contrario será declarada inadmisible. De los resultados obtenidos, se elaborará un informe de evaluación y recomendación de adjudicación, el cual será enviado al director ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública Chinchorro quién finalmente resolverá.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.