- EMBALAJE Y DESPACHO DE LOS PRODUCTOS
Los proveedores que resulten adjudicados deberán asegurar que los empaques primarios y secundarios de los productos y sus embalajes cumplan con las exigencias que permitan buenas prácticas de almacenaje y transporte, así como una adecuada presentación, características que serán monitoreadas por personal que realizará la recepción de los productos.
Los proveedores deberán identificar los bultos con la siguiente información:
- Nombre y dirección del lugar de entrega;
- Número de guía de despacho asociada a la entrega;
- Identificación del número de bultos por entrega "1 de n";
- Sello característico del proveedor que asegure la inviolabilidad del contenido del bulto.
Deberán ser entregados en empaques múltiples que faciliten la recepción y almacenamiento, debiendo contener la misma información exigida para la o las unidades de medida adjudicada(s). Su material, grosor y resistencia deben ser acordes y proporcionales al peso del contenido. La unidad de medida de los envases unitarios, deberán permitir fácil apertura. La entrega deberá ceñirse estrictamente a las especificaciones adjudicadas.
El proveedor deberá entregar los productos en la dirección de Miguel Ahumada N° 505, ciudad de Arica (salvo se exprese lo contrario), de lunes a viernes entre las 08:30 y 15:30 horas. Se entenderá cumplida la entrega cuando el bulto haya sido puesto, en tiempo y forma, en bodega del establecimiento, y recibido conforme, por el encargado de esta última, circunstancia que deberá constar en la guía de despacho respectiva.