Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Comisión de Evaluación, durante el proceso de evaluación delas propuestas, podrá solicitar aclaraciones a los oferentes, sin perjuicio que será responsabilidad de losproponentes proporcionar toda la información que permita efectuarla evaluación de las ofertas, deacuerdo, a lo solicitado en estas Bases. ANID hará uso de las facultades que señala el artículo 40 delreglamento de la Ley de Compras, de detectar errores/omisiones durante el proceso de licitación, en lostérminos que expresa este artículo, sin perjuicio que ANID exigirá la corrección al oferente de lasomisiones dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, a partir de la fecha de notificación del requerimiento através del Portal.
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Pacto de integridad |
elpresente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones quecontenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demásdocumentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información ydocumentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases delicitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario públicoen relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratosque eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personasque pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en laposterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductasque tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese laconducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas detipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentarpara efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias paraasegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenascostumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condicionesestablecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos sederivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases delicitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuestaseria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, queaseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligacionesanteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientesy/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa oindirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de lasresponsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismoscorrespondientes. 28.1 Comportamiento ético del Adjudicatario Sin perjuicio de lo señalado en el “Pactode integridad”, el proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa oindirectamente provean los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato,el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad debenentenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, enconformidad con el Título III de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de laAdministración del Estado. 28.2 Sometimiento a legislación nacional El proveedor por el sólo hecho departicipar en este proceso se someterá a la legislación chilena y, entre otros, a los siguientes cuerposlegales y reglamentos, así como sus eventuales modificaciones:
- Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada;
- Ley N° 17.336 y N° 19.039, sobre Propiedad Intelectual;
- Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública;
- Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios;
- Ley N° 19.223, que Tipifica Figuras Penales relativas a la Informática;
- Ley 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dichafirma;
- Decreto N° 181/2002, del Ministerio de Economía, que aprueba el reglamento de la ley Nº19.799;
- Decreto N° 93/2006 de Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba norma técnicapara la adopción de medidas destinadas a minimizar los efectos perjudiciales de los mensajeselectrónicos masivos no solicitados recibidos en las casillas electrónicas de los órganos de laadministración del Estado y de sus funcionarios, y sus modificaciones;
- Decreto N° 83/2005 de Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba la norma técnicapara los órganos de la administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentoselectrónicos, y sus modificaciones
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