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BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS |
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BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROGRAMA ODONTOLÓGICO INTEGRAL, COMPONENTE
ATENCIÓN DOMICILIARIA”
ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública,
convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PROFESIONALES PARA PROGRAMA ODONTOLÓGICO INTEGRAL, COMPONENTE ATENCIÓN DOMICILIARIA” consistente en
68 altas, con un valor $51.500 cada una, teniendo que cumplir con un 45% de dichas altas al 31 de julio de 2026 y el 100% al
30 de noviembre de 2026. Sus labores se ejercerán en horario de jueves desde las 08:00 a 17:00 hrs, un día en extensión
horaria a la semana (lunes, martes o miércoles) en horario de 17:00 a 20:00 hrs y sábados de 09:00 a 13:00 hrs, según
demanda y gestión de programa de atención domiciliaria, pudiendo cambiarse el horario por causas de fuerza mayor, en
mutuo acuerdo con el profesional. El profesional debe considerar el pago a personal TONS para su asistencia.
La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a honorarios a suma alzada y sin derecho a reajuste ni
intereses.
La vigencia del contrato se extenderá desde la fecha de adjudicación de la licitación hasta el 30 de noviembre de 2026, o
hasta el cumplimiento total de las prestaciones contratadas, lo que ocurra primero.
ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS
En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se
indica a continuación.
2.1 Bases:
Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios odontológicos individualizados en
especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas.
Comprende las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Formularios y cualquier otro
antecedente que forme parte de la licitación pública.
2.2 Resolución Adjudicación:
Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta.
2.3 Especificaciones Técnicas:
Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios
odontológicos objeto de la presente licitación.
2.4 Garantías Administrativas:
Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del
Contrato, se materializan a través de instrumento Bancario.
2.5 Licitación:
Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios
odontológicos que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato.
2.6 Oferta o Propuesta:
Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente.
2.7 Oferente, Proponente o Licitante:
Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta.
2.8 Boleta Garantía:
Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante, que
en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas.
2.9 Mandante:
Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá
llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En
este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio
en Cajales N° 1900 de la ciudad de San Felipe.
ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA3.1 Podrán presentar ofertas personas naturales o jurídicas, profesionales odontólogos individualizados en los Términos
de Referencia de la presente licitación, que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl y que cumplan
los requisitos señalados en las Bases de la Licitación.
3.2 Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español.
3.3 La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las
bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
3.4 Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos.
3.5 La Propuesta será resuelta por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real,
mediante Resolución Exenta.
ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio
odontológico especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara
conocer y respetar:
4.1 Licitación Pública.
4.2 Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas.
4.3 Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través
del www.mercadopublico.cl.
4.4 La Oferta del Proponente.
4.5 Los Formularios constituidos que el oferente debe presentar con su oferta.
4.6 Todo otro documento que forme parte de la Licitación
ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS
Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la
licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma
parte de los Formularios mencionados en el artículo 4°, punto N° 4.5.
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo
4°. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular
las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del
portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas Especiales.
Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera
suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio
General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión.
Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del
sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases
Administrativas Especiales.
Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá
rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Bases Administrativas Especiales, las Especificaciones Técnicas
y los demás documentos que formen parte de la licitación.
Modificación de los documentos de licitación:
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier
momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una
aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato
respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha
establecida en las Bases Administrativas Especiales para publicar las respuestas a consultas.
ARTICULO 6: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE
En caso de personas naturales o jurídicas el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para
representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste
dicha personería.ARTÍCULO 7: DE LOS PRECIOS
La Oferta Económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos. La Oferta Económica se debe presentar en el
portal www.mercadopublico.cl EN VALOR NETO.
NOMBRE PROGRAMA
A LICITAR
CARGO A
LICITAR
MONTO POR
ALTA N° ALTAS DESCRIPCION HORARIO
PROGRAMA
ODONTOLOGICO
INTEGRAL,
COMPONENTE
ATENCION
ODONTOLOGICA
DOMICILIARIA
Odontólogo $ 51.500 68
Ejecución de
tratamiento
odontológico a usuarios
adscritos a programa de
atención domiciliaria y
sus cuidadores según
orientaciones técnicas.
Jjueves desde las
08:00 a 17:00 hrs, un
día en extensión
horaria a la semana
(lunes, martes o
miércoles) en
horario de 17:00 a
20:00 hrs y sábados
de 09:00 a 13:00 hrs,
según demanda y
gestión de programa
de atención
domiciliaria
ARTÍCULO 8: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la
licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 9: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, licitará la prestación mediante Propuesta
Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl,
La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a suma alzada y sin derecho a reajuste ni intereses.
ARTICULO 10: CONDICION DE LOS PROPONENTES
Podrán participar en la presente licitación las Personas Naturales y Jurídicas, UTP que ofrezcan los servicios
requeridos y/o acrediten la provisión y ejecución de trabajos
ARTICULO 11: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la
licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican:
✔ Las Bases Administrativas Generales.
✔ Especificaciones Técnicas
✔ Formularios
ARTICULO 12: NORMAS Y REGLAMENTOS
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El
Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado
por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación
mediante Resolución.
En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley 19886 de
Compras y Contratación pública y su Reglamentos, y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen éste
recinto Asistencial.ARTICULO 13: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS
Las ofertas económicas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los
precios, condiciones económicas y cualquier otro dato relevante del servicio odontológico ofertado.
Las Ofertas deberán incluir obligatoriamente los siguientes documentos:
● Formulario Nº1: Formulario de Identificación del Oferente
● Formulario Nº2: Declaración Jurada Simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases.
● Formulario Nº3: Declaración Jurada Simple del Oferente a Inhabilidades.
● Formulario Nº4: Declaración Unión Temporal de Proveedores.
● Formulario N°5: Declaración jurada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
● Formulario Nº6: Nómina de las clientes del sector público y /o privado, a los cuales ha entregado este
servicio ofertado, en los últimos dos años.
● Formulario Nº7 Descripción Técnica y económica de la oferta
●
El Oferente deberá adjuntar como requisito OBLIGATORIO:
● REGISTRO EN LA PÁGINA DE LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD.
● TÍTULO PROFESIONAL DE CIRUJANO DENTISTA.
● CERTIFICADO DE ANTECEDENTES.
● CERTIFICADO DE CURSO DE RCP (MÍNIMO 20 HORAS), CON NOTA DE APROBACIÓN, CUYA FECHA DE
REALIZACIÓN NO EXCEDA LOS 5 AÑOS AL MOMENTO DE POSTULAR. (EXCLUYENTE)
Será obligación del oferente presentar estos documentos en su propuesta Administrativa, aquellos que no presenten toda la
documentación requerida, su oferta será declarada INADMISIBLE, razón por la cual no será evaluada.
TODOS LOS OFERENTES, INDEPENDIENTEMENTE DE SI PARTICIPAN O NO EN UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES,
DEBERÁN FIRMAR Y PRESENTAR EL FORMULARIO N°4.
ARTICULO 14: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS.
Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día
estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales,
correos electrónicos o hechos fuera de plazo.
La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las
respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 15: ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS
La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y
será evaluada por una Comisión Técnica, designada por la Directora del Establecimiento.
En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se
aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada en el ARTICULO 13 de las presentes Bases
Administrativas Generales, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores
siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de
Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de
los participantes.
Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los
Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación.
De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de
ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados.
La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento,
considerando en detalle los antecedentes evaluados.
La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de
adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas.
La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de
Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión.ARTICULO 16: PAUTA DE EVALUACION
Los factores a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican a continuación:
● PRECIO 70%
Para su evaluación se considerará la siguiente formula:
✔ ●
EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PRESTADOR 10%
✔ Menos de 6 meses de experiencia 20
✔ Entre 6 meses y 24 meses de experiencia 60
✔ Más de 24 meses de experiencia 100
● EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PROFESIONAL EN APS O EN PROGRAMA DE ATENCION DEMICILIARIA A
USUARIOS CON DEPENDENCIA SEVERA 20%
✔ Acredita experiencia en APS , ejecutando el Programa de atención domiciliaria 100
✔ Acredita experiencia en APS en actividades no relacionadas al programa de atención domiciliaria 50
✔ Sin experiencia
ARTICULO 17: COMISION DE EVALUACION
La Comisión de Evaluación, estará conformada por los funcionarios que designe la Directora del Establecimiento
ARTICULO 18: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO
Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su
contenido, será resuelta sin ulterior recurso por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe
El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República.
ARTICULO 19: MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
En el transcurso de la ejecución de la prestación, el Mandante podrá determinar necesidades de aumentos o
disminuciones de hasta un 30% de la prestación adjudicada.
Las partidas que se ejecuten por concepto de aumento, podrán ser iniciadas solo cuando hayan sido aprobadas por
el Mandante, según la Resolución respectiva, la cual se entenderá incorporada al Contrato.
De igual modo las disminuciones de partidas, deberán ser acordadas por las partes en casos justificados y
sancionados por las respectivas Resoluciones. El monto de los aumentos o disminuciones de partidas no podrá exceder el
25% del valor del contrato, considerado individualmente.
ARTICULO 20: MODALIDAD DE PAGO
El sistema de pago será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios efectivamente realizadas, con la respectiva
boleta de Honorarios o factura incluyendo Reporte mensual, con planilla de estadística de los usuarios atendidos, la cual
será cancelada previa visación del Encargado del Programa Dental del Establecimiento y posteriormente por Subdirector
Administrativo.
Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado por Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días
corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro.
Puesto en marcha el sistema DTE (Documentación Tributaria del Estado) se debe emitir Factura Electrónica por sistema
Acepta, cuyo formato debe incluir Documento de Referencia (orden de Compra) y Folio (N° orden de compra), se comunica
que SII rechaza los Documentos electrónicos que no vengan con el Formato Predestinado. Considerar Facturar con el
formato indicado por S.I.I., dicho documento deben ser enviados en archivo XML a la casilla de correo
dipresrecepcion@custodium.com, facturacioncsf@redsalud.gov.cl.
El no hacerlo, será causal del NO pago de las prestaciones y aplicación de multas, hasta que estas sean
regularizadas, con la respectiva documentación (Nomina de Paciente, indicando: Nombre, Rut y fecha de atención),
adjunta a la respectiva factura.ARTICULO 21: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO
El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o
productos de excelente calidad.
ARTICULO 22: COMPONENTES DE LA PRESTACION
El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o
productos de excelente calidad.
Consiste en la atención odontológica en domicilio a usuarios beneficiarios del programa de atención domiciliaria a personas
con dependencia severa y a sus cuidadoras/es, en coordinación con el equipo de atención domiciliaria del establecimiento.
Es importante recalcar que el componente de atención odontológica domiciliaria está dirigido al concepto de diada, es decir,
tanto al usuario dependiente como a su cuidador.
Criterios de exclusión
Se proponen como criterios de exclusión relativos:
• Cese de las circunstancias que motivaron la inclusión.
• Rechazo expreso de la atención ofrecida.
• Pacientes psiquiátricos hostiles.
• Valoración negativa del ambiente socio familiar y entorno del usuario. Este punto dice relación con factibilidad de
acceder con equipos portátiles, espacio para instalación de sillón portátil en caso de ser necesario, acceso a luz y
agua potable necesarios para el funcionamiento del equipo, etc.
El adjudicado debe cumplir con las prestaciones dispuestas en la orientación Técnica “ORIENTACION TECNICA PROGRAMA
ESTRATEGIAS DE SALUD BUCAL Y ESTRATEGIA ATENCION INTEGRAL” considera las siguientes acciones odontológicas:
• Examen de salud
• Educación e instrucción de higiene
• Destartraje
• Aplicación de flúor barniz
• Aplicación de sellantes
• Inactivación de caries
• Obturaciones temporales y definitivas mediante técnica ART o convencional
• Ajuste y/o reparación de prótesis
• Exodoncias simples
• Urgencias
ARTICULO 23: DE LA RESOLUCION DE EMPATES
En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la
mayor ponderación obtenida en el criterio EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PROFESIONAL EN APS O EN PROGRAMA DE
ATENCION DOMICILIARIA A USUARIOS CON DEPENDENCIA SEVERA, de continuar la condición de empate, se aplicará como
segundo criterio de desempate EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PRESTADOR , y de persistir la situación de empate, resolverá
la unidad requirente con un informe fundando su elección.
ARTICULO 24: SOBRE LA READJUDICACION
Cuando un proveedor adjudicado, informare (por cualquier medio de comunicación, teléfono, correo, cancelación
de orden de compra, etc.), la no prestación de los servicios adjudicados, por medio de licitación, el CESFAM San Felipe El
Real, podrá readjudicar a la segunda mejor oferta para el servicio requerido. Siempre y cuando el siguiente proveedor
cumpla con los requerimientos solicitados. Si esta lógica no se cumpliera, se podrá requerir de la tercera mejor oferta y así
sucesivamente, hasta cumplir así con las necesidades del Establecimiento de los servicios requeridos. Formalizándose
mediante Resolución Fundada.
ARTÍCULO 25: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION
25.1 El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones
que figuren en la documentación indicada en el Articulo Nº 13 de las presentes Bases.
25.2 Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el representante legal, en
caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de persona natural.ARTICULO 26: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA
26.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta:
La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través, del portal www.mercadopublico.cl, verificando el
cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas.
La apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma
www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N°
1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento.
Los Oferentes que NO cumplan con los documentos requeridos para la presentación de ofertas, todos señalados en
el Art.13 de las presentes Bases Administrativas Generales, le podrán ser solicitados a través del foro “Consultas y
Aclaraciones” para ser respondidos en un lapso de 24 horas por la misma vía a través del portal www.mercadopublico.cl.
En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor
total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá
dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura.
ARTÍCULO 27: DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION
27.1 De la Evaluación
En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá
admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo
que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de
Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más
aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el
precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes.
Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio
www.mercadopublico.cl.
La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una
Comisión Técnica designada para tal efecto por la Directora del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio
General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ARTICULO 1°: DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Propuesta: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROGRAMA ODONTOLÓGICO INTEGRAL,
COMPONENTE ATENCIÓN DOMICILIARIA” con la indicación visible del nombre del proponente, conteniendo los
documentos que se señalan a continuación. Es Obligatorio además ingresar la oferta al portal www.mercadopublico.cl. El no
hacerlo invalida la oferta.
La presentación de los documentos será en forma digital, escaneada y adjunta a la oferta, hecha en el portal
www.mercadopublico.cl.
El instrumento Bancario por Fiel Cumplimiento de Contrato será entregado en soporte papel, en la Oficina de
Partes del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N° 1900 de la Ciudad de
San Felipe, dentro de los 05 días posteriores a la fecha de Adjudicación.
El postulante deberá utilizar los formatos o modelos de estos, que se anexan, en los casos que correspondan.
Los documentos de la licitación, que así lo indiquen, deberán ser firmados por el Representante Legal en caso de persona
jurídica y por el titular o mandatario, de este, en caso de Persona Natural.
Las Propuestas se recibirán a través, de www.mercadopublico.cl, anexando todos los antecedentes solicitados. Los
profesionales interesados en ofertar deben estar inscritos en el Registro Chileproveedores y en calidad de HABIL al
momento de contratar.ARTICULO 2°: CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA
El desarrollo del Programa deberá contemplar un Reporte Mensual que incluya copia de las marcaciones de
entrada y salida, y una planilla con la estadística con el número de usuario atendidos y el número de actividades
recuperativas realizadas, según rango etario, firmada por el Encargado de Programa Dental del Establecimiento.
Este reporte será a mes vencido, concretándose como plazo máximo para su entrega los días 05 de cada mes siguiente al de
la prestación. Si no hubiesen existido horas realizadas en ese mes deberá igualmente indicar en la fecha antes señalada la
ausencia de prestaciones.
El encargado del programa, deberá realizar una revisión de los pacientes al término del Programa, realizando un informe
que estará a disposición de las auditorias de la D.S.S.A.
ARTICULO 3º: DE LA ADJUDICACION
La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El
Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los
factores que inciden en los montos de las propuestas.
De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva.
La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos,
se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna.
Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta,
cualquiera sea la determinación tomada.
ARTICULO 4°: SUPERVISIÓN DE LA PRESTACIÓN
Corresponderá al Encargado del Programa de la Unidad Dental, la supervisión de la prestación, quien evaluará
mensualmente de acuerdo a la cantidad y calidad definida a realizar.
ARTICULO 5°: INSTRUMENTO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva,
pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del
reglamento de la ley N°19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de
Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro.
El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar un instrumento bancario que sea de liquidez inmediata, pagadero a la
vista e Irrevocable, como Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato proveniente del Llamado a Licitación, dentro de los 05
días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, dicho documento debe ser
entregado en la Oficina de Partes del Establecimiento, ubicado en Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe,
Este instrumento será tomado a nombre del “Consultorio General Urbano San Felipe”, Rut: 69.287.560-5, con la
individualización clara de " Por el fiel cumplimiento del Contrato proveniente de Licitación ID., en una entidad bancaria que
estime conveniente.
• Monto: Equivalente al 5% del monto total del contrato
• Vigencia: 31.01.2027
• Devolución: Este instrumento será devuelto al proveedor hasta 30 días posteriores al vencimiento de
la misma y de realizada la recepción conforme definitiva del servicio adjudicado
ARTICULO 6°: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El contrato será formalizado mediante la emisión de las Órdenes de Compra respectivas.
ARTÍCULO 7°: DE LA FORMA DE PAGO
El sistema de pago será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios efectivamente realizadas, con la respectiva
boleta de Honorarios o factura incluyendo Reporte mensual, con planilla de estadística de los usuarios atendidos, la cual
será cancelada previa visación del Encargado del Programa Dental del Establecimiento y posteriormente por Subdirección
Administrativa.
Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado por Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días
corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro.Puesto en marcha el sistema DTE (Documentación Tributaria del Estado) se debe emitir Factura Electrónica por sistema
Acepta, cuyo formato debe incluir Documento de Referencia (orden de Compra) y Folio (N° orden de compra), se comunica
que SII rechaza los Documentos electrónicos que no vengan con el Formato Predestinado. Considerar Facturar con el
formato indicado por S.I.I., dicho documento deben ser enviados en archivo XML a la casilla de correo
dipresrecepcion@custodium.com, facturacioncsf@redsalud.gov.cl.
El no hacerlo, será causal del NO pago de las prestaciones y aplicación de multas, hasta que estas sean
regularizadas, con la respectiva documentación (Nomina de Paciente, indicando: Nombre, Rut y fecha de atención), adjunta
a la respectiva factura.
El valor por cada hora contempla, impuesto incluido: Honorarios, insumos, materiales, etc.
El sistema de pago será dentro de los 30 días siguientes. Las prestaciones de servicios efectivamente realizadas
cuya boleta o factura junto con la planilla rutificada de estadísticas con los datos de la atención de usuarios dependiendo del
caso, vengan visadas por el Asesor Dental para que esta sea cancelada.
Previo recibo conforme, respaldado con documentación (nómina), por parte del CESFAM San Felipe El Real. De no
existir prestaciones en un determinado mes deberá ser avisado al encargado del Programa del Establecimiento.
ARTÍCULO 8°: FISCALIZACION DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Corresponderá a Encargado de Programa Dental y Subdirectora Administrativa (s), la Supervisión de la Prestación y
fiel cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 9°: INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO
Cualquier discrepancia en la interpretación de los documentos vinculados a la licitación, será resuelta sin ulterior
recurso por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le
corresponden a la Contraloría General de la República.
ARTICULO 10°: PROBIDAD ADMINISTRATIVA
De acuerdo a lo establecido por la Ley N° 18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de
los siguientes deberes y obligaciones del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real:
• Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud Aconcagua cualquier donación que por
sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con
el donante.
• Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de
la función pública que se desempeña.
• Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un
beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
• Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de
cualquier naturaleza.
• Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad
• Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga.
• Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un
gasto innecesario a la institución.
• Las personas que tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas
unidades tributarias mensuales o más, con el respectivo organismo de la Administración Pública descrito en la letra
a) del art. 56 de la Ley 18.575
ARTÍCULO 11°: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO
Se entenderá que forman parte del contrato los siguientes documentos para todos los aspectos legales:
● Bases Administrativas Generales.
● Especificaciones Técnicas
● Resolución que aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formularios y autoriza el
Llamado a Licitación Pública.
● Acta de Apertura
● Ofertas
● Acta de Evaluación de las Ofertas.
● Resolución de Adjudicación.
● Cualquier otro documento que forme parte de la presente Licitación Pública.ARTÍCULO 12°: CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO
Podrá ponerse término anticipado de contrato, en los siguientes casos:
• Por acuerdo entre las partes.
• Por incumplimiento del Contratista, ya sea por:
• Inadecuada calidad de la prestación.
• No acatar en forma reiterada las indicaciones del Encargado del Programa Dental y/o de la Jefa
Administrativa del Consultorio General Urbano Felipe -CESFAM San Felipe El Real.
• Insolvencia Económica.
El Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, hará efectivo el instrumento Bancario por Fiel
Cumplimiento de Contrato, de ocurrir el término anticipado del contrato por estas causales:
• Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Mandante. En este caso se podrá cursar
las cancelaciones correspondientes a la prestación ejecutada hasta la fecha del término del contrato,
debiendo determinarse la facultad de hacer efectivas el instrumento de Garantía y la procedencia o no
del pago de indemnizaciones.
• Por necesidad del Establecimiento con aviso de 30 días de anticipación.
• No cumplir con lo señalado en el artículo 17°,
• No cumplir con medidas de seguridad y uso de EPP en la atención odontológica en contexto de pandemia COVID-
19.
ARTICULO 13°: MULTAS
Se aplicará una multa equivalente a 1 U.T.M., las cuales se irán descontando del pago mensual en el cual se
presentó la falta, en los siguientes casos:
• Faltas reiteradas a las cláusulas del contrato, que signifiquen alteración en la calidad del servicio o no cumplimiento
de los rendimientos establecidos y/o que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados,
previa comunicación al profesional.
• Incumplimiento de los plazos señalados para dar solución a observaciones formuladas de la Dirección del
Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real.
13.1. PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTAS
La multa se hará efectiva una vez que tanto el Encargado del Programa y/o Subdirector Administrativo, informe por escrito
a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio en cualquiera de los ámbitos de las Bases Administrativas
y Especificaciones Técnicas, o de la oferta realizada en general, la Unidad de Abastecimiento generará Acto Administrativo y
notificara al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando la infracción
cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
ARTICULO 14°: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día
estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales,
correos electrónicos o hechos fuera de plazo.
La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las
respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 15°: LUGAR DE LA PRESTACIÓN
El adjudicado deberá utilizar las dependencias físicas del establecimiento, Cesfam San Felipe El Real, y el móvil del
programa de atención domiciliaria, según disponibilidad, y previamente coordinado con Encargado de Programas
Odontológicos.
● IMPORTANTE: El último punto NO incluye asistencia de TONS.
EL REALIZARSE LAS PRESTACIONES EN DEPENDENCIAS DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL NO SE COBRARA ARRIENDO, PERO EL
ODONTOLOGO SE DEBE HACER RESPONSABLE SI SE DESTRUYE Y/O DAÑA ALGUN EQUIPAMIENTO O INSTRUMENTAL.
*IMPORTANTE: El último punto NO incluye recurso humano de Asistente Dental, la cual debe ser costeada por el oferente.ARTICULO 16: PRESUPUESTO ESTIMADO
Para esta licitación, el CESFAM San Felipe El Real dispone de un Presupuesto Máximo Estimado de $3.502.000.- (tres
millones quinientos dos mil pesos).
El período de ejecución del servicio será desde la fecha de adjudicación y se extenderá hasta que se haya ejecutado la
totalidad de las prestaciones requeridas o se haya alcanzado el presupuesto máximo disponible, lo que ocurra primero,
teniendo como fecha tope el 30 de noviembre de 2025.
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