Licitación ID: 1111432-22-LE23
CONTRATACION DE SERVICIOS MEDICOS PARA PROCEDIME
Responsable de esta licitación: CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE, BIENES Y SERVICIOS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
PROFESIONAL PARA REALIZAR 250 PROCEDIMIETNOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TERMINI DE REFERENCIA ADJUNTOS OFERTAR VALOR UNITARIO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION DE SERVICIOS MEDICOS PARA PROCEDIME
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATACION DE SERVICIOS MEDICOS PARA PROCEDIMiEMTOS QUIRURGICOS DE BAJA COMPLEJIDAD 2023
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE
Unidad de compra:
BIENES Y SERVICIOS
R.U.T.:
69.287.560-5
Dirección:
Cajales Nº1900
Comuna:
San Felipe
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-06-2023 19:00:00
Fecha de Publicación: 26-05-2023 19:24:11
Fecha inicio de preguntas: 26-05-2023 19:31:00
Fecha final de preguntas: 29-05-2023 17:05:00
Fecha de publicación de respuestas: 31-05-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-06-2023 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-06-2023 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 09-06-2023 16:22:04
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-6
Documentos Técnicos
1.- 7
 
Documentos Económicos
1.- 7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA EN PROCEDIMIENTOS DE CIRUGIA MENOR Más de 6 meses 100 pts. De 1 mes a 6 meses 50 pts. Sin experiencia 0 pts. 50%
2 PERFECCIONAMIENTO ATINGENTE AL AREA (CIRUGIA MENOR Acredita perfeccionamiento atingente 100 pts. No acredita perfeccionamiento 0 pts. 30%
3 EXPERIENCIA EN SISTEMA PÚBLICO (ACREDITABLE CON CE Más de 6 meses 100 pts. De 1 mes a 6 meses 50 pts. Sin experiencia 0 pts. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: cesfam san felipe el real
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: macarena gonzalez
e-mail de responsable de pago: macarena.gonzalezc@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: varinia gaete
e-mail de responsable de contrato: varinia.gaete@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2492076-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
se prohibe la subcontrtacion
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
bases generales y especificas
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2023” ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO Las presentes Bases Administrativas, regularán el procedimiento de Licitación Pública denominada “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2023”, el cual está orientado para realizar 250 (Doscientos cincuenta), procedimientos cutáneos Quirúrgicos de Baja Complejidad del Programa de Resolutividad en Atención Primaria de Salud año 2023, a desarrollarse por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación. 2.1 Bases: Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios profesionales individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública. 2.2 Resolución Adjudicación: Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta. 2.3 Especificaciones Técnicas: Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios profesionales objeto de la presente licitación. 2.4 Garantías Administrativas: Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del Contrato, se materializan a través de instrumento Bancario. 2.5 Licitación: Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios profesionales que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato. 2.6 Oferta o Propuesta: Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente. 2.7 Oferente, Proponente o Licitante: Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta. 2.8 Boleta Garantía: Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante, que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas. 2.9 Mandante: Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N° 1900 de la ciudad de San Felipe. ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA 3.1 Podrán presentar ofertas personas naturales o jurídicas, UTP, individualizados en los Términos de Referencia de la presente licitación, que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl y que cumplan los requisitos señalados en las Bases de la Licitación. 3.2 Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español. 3.3 La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada. 3.4 Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos. 3.5 La Propuesta será resuelta por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta. ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar: 4.1.Licitación Pública 4.2.Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas. 4.3.Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopublico.cl. 4.4.La Oferta del Proponente. 4.5.Los Formularios constituidos por los formularios que el oferente debe presentar con su oferta. 4.6.Todo otro documento que forme parte de la Licitación. ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4°, punto N° 4.5. El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4°. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas Especiales. Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión. Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases Administrativas. Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Bases Administrativas Especiales, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación, adjuntando el Acto Administrativo correspondiente a la Ficha Electrónica de Mercado Público. ARTICULO 6: MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas para publicar las respuestas a consultas. ARTICULO 7: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE En caso de personas naturales o jurídicas el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería. ARTÍCULO 8: DE LOS PRECIOS La Oferta Económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos e incluir todos los impuestos legales que correspondan para el servicio entregado. La Oferta Económica se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 9: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia mínima 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 10: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, licitará la prestación mediante Propuesta Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl, La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a honorarios a suma alzada y sin derecho a reajuste ni intereses. ARTICULO 11: CONDICION DE LOS PROPONENTES Podrán participar en la presente licitación Personas Naturales y Jurídicas que ofrezcan los servicios requeridos y acrediten antecedentes en el cumplimiento de los mismos. ARTICULO 12: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican: 4 Las Bases Administrativas Generales. 5 Términos Técnicos de Referencia 6 Formularios ARTICULO 13: NORMAS Y REGLAMENTOS El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución. En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley 19886 de Compras y Contratación pública y su Reglamentos, y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen éste recinto Asistencial. ARTICULO 14: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS Las ofertas económicas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones económicas y cualquier otro dato relevante del servicio ofertado. Las Ofertas deberán incluir obligatoriamente los siguientes documentos: Formulario N° 1: Formulario de Identificación del oferente. Formulario N° 2: Declaración Aceptación y conocimiento de las Bases, Especificaciones Técnicas y demás anexos de la licitación. Formulario N° 3: Nómina de las principales Empresas e Instituciones del sector Público y/o Privado, a los cuales ha entregado este servicio. Formulario N° 4:Declaración Jurada D.S. Nº 21/90 del Ministerio de Hacienda. Formulario N° 5:Declaración Jurada Simple Del Oferente Referente A Inhabilidades Por Parentesco. Formulario N° 6:Declaración Jurada Simple Del Oferente, Inhabilidades Para Contratar. Formulario N° 7:Descripción Económica y Técnica de la Oferta. El Oferente deberá adjuntar además en su oferta Técnica :  el Registro de la Superintendencia de Salud del Profesional que realice los procedimientos solicitados en la presente Licitación Pública.  El Oferente deberá adjuntar el Certificado de Antecedentes.  Certificados de Capacitaciones acordes al área por la cual se contrata el servicio. Nota: Será obligación del oferente presentar estos documentos en su propuesta. En cuanto a los documentos señalados como Formularios el proveedor deberá subirlos a su oferta administrativa técnica y económica según corresponda en el portal www.mercadopublico.cl . Esta copia deberá ser imagen digitalizada del original firmada por el Representante Legal, Aquellas ofertas que no sean firmadas y presentadas según lo solicitado en las presentes Bases quedarán Fuera de Bases. ARTÍCULO 15: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION 15.1.El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Articulo Nº 14 de las presentes Bases. 15.2.Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el representante legal, en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de persona natural. ARTICULO 16: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS. Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo. La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 17 : ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS. La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por La Directora del Establecimiento. En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes. Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación. De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados. La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión. ARTICULO 18 : CRITERIOS DE EVALUACION Los factores a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican a continuación: Factores a evaluar Puntaje A) EXPERIENCIA EN PROCEDIMIENTOS DE CIRUGIA MENOR 50 % Más de 6 meses 100 pts. De 1 mes a 6 meses 50 pts. Sin experiencia 0 pts. B) PERFECCIONAMIENTO ATINGENTE AL AREA (CIRUGIA MENOR) 30% Acredita perfeccionamiento atingente 100 pts. No acredita perfeccionamiento 0 pts. C) EXPERIENCIA EN SISTEMA PÚBLICO (ACREDITABLE CON CERTIFICADOS) 20 % Más de 6 meses 100 pts. De 1 mes a 6 meses 50 pts. Sin experiencia 0 pts. ARTICULO 19: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República. ARTICULO 20: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO. El o los oferentes, son responsables del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio de excelente calidad. El Oferente adjudicado, deberá presentar la PLANILLA MENSUAL, con el detalle de las intervenciones realizadas La oferta debe ser realizada en valor unitario por prestación. El Profesional que preste los Servicios deberá considerar apoyo de TENS para realizar Procedimientos Cutáneos de Baja Complejidad, siendo el responsable de los honorarios de éste y además de tomar todas las medidas de seguridad, para evitar posibles accidentes del mismo, proporcionando la totalidad de Elementos de Protección Personal certificados para las tareas a realizar durante cada procedimiento cutáneo quirúrgico de baja complejidad en el CESFAM. El profesional deberá considerar por su cuenta todos los insumos necesarios para la realización de los procedimientos. EL OFERENTE NO PODRÁ REALIZAR MÁS PROCEDIMIENTOS QUE LAS CANTIDADES ADJUDICADAS, CUALQUIER EXCESO NO SERÁ RESPONSABILIDAD DE ÉSTE CESFAM. ARTICULO 21: DE LA RESOLUCION DE EMPATES En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la mayor ponderación obtenida en el criterio EXPERIENCIA EN CIRUGIA MENOR, de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate PERFECCIONAMIENTO ATINGENTE, y de persistir la situación de empate, resolverá la unidad requirente con un informe fundando su elección. ARTÍCULO 22: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA 22.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta: La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través, del portal www.mercadopublico.cl, verificando el cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas. La apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N° 1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento. Los Oferentes que NO cumplan con los documentos requeridos para la presentación de ofertas, todos señalados en el Art.14 de las presentes Bases Administrativas Generales, le podrán ser solicitados a través del foro “Consultas y Aclaraciones” para ser respondidos en un lapso de 24 horas por la misma vía a través del portal www.mercadopublico.cl., siempre y cuando no se altere el principio de igualdad de condiciones. En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura. ARTÍCULO 23 : DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION 23 .1 De la Evaluación En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes. Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl. La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto por La Directora del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. 23.2. DE LA ADJUDICACION. La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas. De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva. La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos, se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna. Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada. ARTICULO 24: SUPERVISION DE LA PRESTACION. Corresponderá a la Subdirección Médica y al Jefe de Some, la supervisión de los servicios solicitados, quienes evaluarán el cumplimiento de los servicios contratados. ARTICULO 25: MODALIDAD DE PAGO El sistema de pago será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios efectivamente realizadas, con la respectiva boleta de Honorarios o factura incluyendo Reporte mensual, con planilla de estadística de los usuarios atendidos, la cual será cancelada previa visación de la Subdirección Médica del Establecimiento posteriormente por el Subdirector Administrativo. Una vez recibida la Boleta, corresponderá a la Unidad de Abastecimiento, emitir la Orden de Compra correspondiente. ARTICULO 26: LUGAR Y HORARIO DE LA PRESTACION. El profesional adjudicado deberá realizar las prestaciones en la Sala de Procedimientos del Establecimiento ubicado en Calle Sargento Cajales N°1900, San Felipe El horario de realización del programa será de: Lunes a Jueves de 17:00 a 20:00 hrs Viernes de 16:00 a 19:00 hrs. Sábado de 09:00 a 12:00 hrs ARTICULO 27: . SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Se suscribirá contrato entre el CESFAM San Felipe El Real y el oferente adjudicado mediante la emisión de la Orden de Compra, la cual obliga al adjudicatario el cumplimiento conforme a las bases y su oferta. ARTICULO 28: VIGENCIA DEL CONTRATO El Contrato tendrá vigencia mientras se realicen la totalidad de procedimientos contratados ARTICULO 29: . DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Se entenderán que forman parte del presente contrato, los siguientes documentos: 7 Ficha de Licitación 8 Bases Administrativas Generales. 9 Especificaciones técnicas 10 Serie de consultas y respuestas. 11 Apertura. 12 Acta de evaluación. 13 Resolución de adjudicación. 14 Orden de Compra. 15 Todos los antecedentes que formen parte del Llamado a Licitación ARTÍCULO 30 : MULTAS Se aplicará una multa equivalente a 0.5 U.T.M., la cual se descontará del pago correspondiente, en los siguientes casos: 31.1. Faltas a las cláusulas de la oferta, que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al proveedor. 31.2. Incumplimiento de los plazos señalados en su oferta, tanto para la entrega o para observaciones formuladas de la Unidad Requirente o Referente Técnico del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real. ARTÍCULO 31: PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTAS La multa se hará efectiva una vez que la Subdirección Médica informe a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio adjudicado por parte del proveedor, ya sea en plazo y ejecución de los trabajos, dicha multa se notificara al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. ARTICULO 32: CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO Podrá ponerse término anticipado del Contrato en los siguientes casos: El CESFAM San Felipe El Real, queda facultado para declarar unilateral y administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurren algunas de las causales que se señalan: • Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante e indicadas en su oferta, siendo estos: • Incumplimiento en las funciones a realizar, según bases técnicas • Revocación o disolución de la personalidad jurídica, en caso que él o los adjudicatarios sean personas jurídicas. • Si el Oferente no se acerca a suscribir el Contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes Bases. • Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las Bases de Licitación o el contrato. • Por infracción a lo estipulado en la Ley Nº 20.238, de 19.01.2008, que modifica la ley 19.886, asegurando la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la Administración del Estado. • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. • Constar con 03 multas formales, se entenderá por retraso el plazo que transcurra fuera de los tiempos de entrega informados en su oferta. • Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. • Por la no solución por el adjudicatario, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte del CESFAM San Felipe El Real. • Por el incumplimiento en la realización de los procedimientos contratados. ARTICULO 33: CONTINUACION DE LA PRESTACION POR TÉRMINO ANTICIPADO El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real (Mandante), determinará el procedimiento a seguir para la continuación de la prestación. Esta continuidad de prestaciones podrán ser autorizadas mediante Resolución Exenta aduciendo a la Contratación de Servicios Conexos, según el Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas y siempre que no supere la Disponibilidad Presupuestaria asignada para esta Licitación Pública. ARTICULO 34: MODIFICACIONES DEL MONTO DEL CONTRATO. En el transcurso de la ejecución de la prestación, el Mandante podrá determinar necesidades de aumentos o disminuciones de hasta un 30% de la prestación adjudicada, sin superar con esto la Disponibilidad Presupuestaria asignada para esta propuesta. Las partidas que se ejecuten por concepto de aumento podrán ser iniciadas sólo cuando hayan sido aprobadas por el Mandante, según la Resolución Exenta respectiva, la cual se entenderá incorporada al contrato. De igual modo, las disminuciones de partidas, deberán ser acordadas por las partes en casos justificados y sancionados por las respectivas Resoluciones Exentas. El monto de los aumentos o disminuciones de partidas no podrán exceder el 30% del valor del contrato, considerado individualmente. ARTICULO 35: SUPERVISION DE LA PRESTACION. Corresponderá a la Subdirección Médica del Establecimiento y/o JEFE SOME, la Supervisión de la Prestación, quienes la evaluaran mensualmente de acuerdo a la cantidad y calidad definida a realizar. Las prestaciones de servicios efectivamente realizadas cuya boleta o factura dependiendo del caso, serán visadas por el Subdirector Administrativo del Establecimiento y la posterior recepción conforme por el Encargado del Programa de Especialidades del Establecimiento, para que esta sea cancelada. ARTICULO 36. MODALIDAD DE PAGO Y PRESUPUESTO DISPONIBLE. El valor por cada servicio será el valor adjudicado de la oferta más conveniente a los intereses del Establecimiento. Una vez recibida la boleta o factura, corresponderá a la Unidad de Abastecimiento, emitir la Orden de Compra correspondiente al mes de las prestaciones efectivamente realizadas, una vez recibida la boleta de servicios con el V°B° del Subdirector Administrativo y la recepción conforme del Encargado del Programa del Establecimiento. EL SISTEMA DE PAGO SERÁ DENTRO DE LOS 30 DÍAS SIGUIENTES DE LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS EFECTIVAMENTE REALIZADAS. De no existir prestaciones en un determinado mes deberá ser avisado al Subdirector Administrativo del Establecimiento. El Presupuesto Disponible es de $6.575.000.- (Seis millones quinientos setenta y cinco mil pesos), para esta Licitación Pública denominada “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2021”. ARTICULO 37. NUMERO DE PRESTACIONES A ENTREGAR El Servicio de “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2022”, a realizarse en San Felipe, en el período comprendido desde la fecha del proceso de adjudicación hasta el término de los mismos, deberá realizar la cantidad de 250 procedimientos. ARTICULO 38. CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla. El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla. El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. ____________________________________________________________________________________________________________________________ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2023” el cual está orientado para realizar 250 (Doscientos cincuenta), procedimientos cutáneos Quirúrgicos de Baja Complejidad del Programa de Resolutividad en Atención Primaria de Salud año 2023, a desarrollarse por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican:  Las Bases Administrativas Generales.  Términos Técnicos de Referencia  Formularios ARTICULO 1º. NORMAS Y REGLAMENTOS El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución. En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales, Reglamentos, Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen un recinto Asistencial. ARTICULO 2º. DE LAS PROPUESTAS Las Propuestas se recibirán a través, de www.mercadopublico.cl, anexando todos los antecedentes solicitados. Los profesionales interesados en ofertar deben estar inscritos en el Registro Chileproveedores y en calidad de HABIL al momento de contratar. ARTICULO 3º. ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS. La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por La Directora del Establecimiento. En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes. Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación. De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados. La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión. ARTICULO 4° PAUTA DE EVALUACION. Los factores a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican en el ARTICULO 18 de las Presentes Bases Administrativas. ARTICULO 5°. DE LA ADJUDICACION. La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas. De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva. La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos, se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna. Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada. ARTICULO 6°. COMPONENTES DEL SERVICIO LICITADO BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA Son sujetos de este programa, Beneficiarios del sistema de Salud, usuarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, de cualquier grupo etario, que requieran procedimientos de menor complejidad, con indicación médica respectiva y que dichos procedimientos se encuentren entre los definidos por el Programa. 6.1.- COMPONENTES DE LA PRESTACION  Citación telefónica desde la lista de pacientes en espera de Procedimientos de Cirugía Menor del CESFAM San Felipe El Real.  Antes del procedimiento, el paciente o su tutor, deberán haber firmado un consentimiento informado, que autoriza el procedimiento. Este documento, se imprimirá desde el sistema Rayén, en dos copias (Usuario y CESFAM San Felipe El Real).  En la ficha electrónica, se describirá el protocolo operatorio, junto con las respectivas indicaciones.  Realización del procedimiento de menor complejidad. Se definirá como el procedimiento que se realice en el mismo sitio anatónico, con la misma técnica operatoria: Papilectomias, Nevus benignos, Verrugas, Angiomas, Granulomas Piógenos, Onicectomia y Fibromas.  No se debe realizar más de un procedimiento cutáneo, por paciente, por día.  El tiempo por paciente es mínimo 20 minutos, e incluye firma electrónica, registro de estadística y lavado de material para esterilización.  Preparación de tejido extirpado para envío a Biopsia, en caso de requerirlo. El Establecimiento comprará este servicio.  Archivo en carpeta de cirugía menor, tanto del protocolo y consentimiento informado, ambos impresos desde sistema de registro electrónico.  El Medico debe trabajar con Técnico de Enfermería de nivel superior y con experiencia en procedimientos de menor complejidad.  Los insumos para Cirugía y registros son proporcionados por el CESFAM San Felipe El Real  Los medicamentos, curaciones y controles posteriores serán proporcionados por el CESFAM San Felipe El Real.  El prestador debe realizar los procedimientos cutáneos en las dependencias especialmente habilitadas para este tipo de procedimientos. Para tal efecto, el prestador, deberá llevar un registro de los exámenes en una planilla Excel, registrando en ella los usuarios a los cuales se les realizaron la toma de exámenes. La cual debe ser enviada o entregada de manera impresa, junto con la Boleta o Factura del correspondiente mes. ARTICULO 7°. OTROS En caso de que el profesional sea funcionario del Servicio de Salud Aconcagua, deberá hacerlo fuera de la jornada ordinaria de su contrato de trabajo.