Licitación ID: 1111432-22-LE24
CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGI
Responsable de esta licitación: CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE, BIENES Y SERVICIOS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Profesionales 556 Hora/Hombre
Cod: 80111715
CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGICOS, PARA PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA 2024 SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGI
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGICOS, PARA PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA 2024
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE
Unidad de compra:
BIENES Y SERVICIOS
R.U.T.:
69.287.560-5
Dirección:
Cajales Nº1900
Comuna:
San Felipe
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2024 17:28:00
Fecha de Publicación: 09-04-2024 15:25:45
Fecha inicio de preguntas: 09-04-2024 17:02:00
Fecha final de preguntas: 12-04-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-04-2024 8:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2024 17:29:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2024 17:29:00
Fecha de Adjudicación: 02-05-2024 18:51:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-7
Documentos Técnicos
1.- 1-7
 
Documentos Económicos
1.- 1-7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PRESTADOR Menos de 6 meses de experiencia 100 40 Entre 6 meses y 12 meses de experiencia 60 Mas de 12 meses de experiencia 100 50%
2 EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PROFESIONAL EN APS Acredita experiencia 100 Sin experiencia 50 30%
3 EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL EN ATENCIONES DE MORBI Acredita experiencia 100 Sin experiencia 50 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CESFAM SAN FELIPE EL REAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: YASMIN ESPINOZA ESPINOZA
e-mail de responsable de pago: MACARENA.GONZALEZC@REDSALUD.GOB.CL
Nombre de responsable de contrato: SOLANGE VARGAS MONTENEGRO
e-mail de responsable de contrato: SOLANGE.VARGASM@REDSALUD.GOB.VL
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2492076-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINSITRATIVAS GENERALES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGICOS, PARA PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA 2024 ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para la “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGICOS, PARA PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA 2024”,consistente en realizar atenciones de morbilidad odontológicas a población adulta de entre 20 años y 64 años en horario de extensión horaria, con un valor hora de $ 23.565 con un total de 556 horas, el monto del cual profesional debe considerar el pago a profesional TONS para su asistencia¬. Sus labores deben contemplar un total de 1.920 acciones debiendo tener un 50% de avance de dichas acciones al 31 de agosto del 2024, La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a honorarios a suma alzada y sin derecho a reajuste ni intereses. ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación. 2.1 Bases: Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios odontológicos individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública. 2.2 Resolución Adjudicación: Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta. 2.3 Especificaciones Técnicas: Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios odontológicos objeto de la presente licitación. 2.4 Garantías Administrativas: Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del Contrato, se materializan a través de instrumento Bancario. 2.5 Licitación: Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios odontológicos que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato. 2.6 Oferta o Propuesta: Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente. 2.7 Oferente, Proponente o Licitante: Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta. 2.8 Boleta Garantía: Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante, que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas. 2.9 Mandante: Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N° 1900 de la ciudad de San Felipe. ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA 3.1 Podrán presentar ofertas personas naturales o jurídicas, profesionales odontólogos individualizados en los Términos de Referencia de la presente licitación, que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl y que cumplan los requisitos señalados en las Bases de la Licitación. 3.2 Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español. 3.3 La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada. 3.4 Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos. 3.5 La Propuesta será resuelta por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta. ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio odontológico especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar: 4.1 Licitación Pública. 4.2 Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas. 4.3 Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopublico.cl. 4.4 La Oferta del Proponente. 4.5 Los Formularios constituidos que el oferente debe presentar con su oferta. 4.6 Todo otro documento que forme parte de la Licitación ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4°, punto N° 4.5. El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4°. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas Especiales. Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión. Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases Administrativas Especiales. Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Bases Administrativas Especiales, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación. Modificación de los documentos de licitación: El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas Especiales para publicar las respuestas a consultas. ARTICULO 6: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE En caso de personas naturales o jurídicas el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería. ARTÍCULO 7: DE LOS PRECIOS La Oferta Económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos. La Oferta Económica se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl EN VALOR NETO. NOMBRE PROGRAMA A LICITAR CARGO A LICITAR MONTO POR HORA N° HORAS DESCRIPCION HORARIO PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA:COMPONENTE ATENCION ODONTOLOGICA MORBILIDAD ADULTA ODONTOLOGO $ 23.565 556 ATENCIONES DE MORBILIDAD ODONTOLOGICA SEGÚN OT DEL PROGRAMA "MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA" LUNES A SABADO EN HORARIO DE EXTENSION ARTICULO 8: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 9: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, licitará la prestación mediante Propuesta Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl, La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a suma alzada y sin derecho a reajuste ni intereses. ARTICULO 10: CONDICION DE LOS PROPONENTES Podrán participar en la presente licitación las Personas Naturales y Jurídicas, UTP que ofrezcan los servicios requeridos y/o acrediten la provisión y ejecución de trabajos ARTICULO 11: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican:  Las Bases Administrativas Generales.  Especificaciones Técnicas  Formularios ARTICULO 12: NORMAS Y REGLAMENTOS El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución. En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley 19886 de Compras y Contratación pública y su Reglamentos, y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen éste recinto Asistencial. ARTICULO 13: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS Las ofertas económicas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones económicas y cualquier otro dato relevante del servicio odontológico ofertado. Las Ofertas deberán incluir obligatoriamente los siguientes documentos: 13.1 Formulario Nº1: Formulario de Identificación del Oferente 13.2 Formulario Nº2: Declaración Jurada Simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases. 13.3 Formulario Nº3: Declaración Jurada Habilidad Registro de Proveedores. 13.4 Formulario Nº4A: Declaración Jurada Simple Del Oferente A Inhabilidades Por Parentesco, Art. 4 Ley 19.886 13.5 Formulario Nº4B: Declaración Jurada Simple Del Oferente A Inhabilidades Por Parentesco, Art. 35 Quáter Ley 21634 13.6 Formulario Nº5: Declaración jurada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 13.7 Formulario Nº6: Nómina de las clientes del sector público y /o privado, a los cuales ha entregado este servicio ofertado, en los últimos dos años. 13.8 Formulario Nº7 Descripción Técnica de la oferta 13.9 El Oferente deberá adjuntar como requisito OBLIGATORIO:  Registro de la página de la Superintendencia de Salud www.supersalud.cl. Ya sea que realice él las prestaciones Odontológicas  Título Profesional de cirujano dentista.  Certificado de Antecedentes.  Autorización Sanitaria Vigente del lugar donde realizará las prestaciones si no se realizan en dependencias del Cesfam San Felipe El Real Nota: Será obligación del oferente presentar estos documentos en su propuesta Administrativa En cuanto a los documentos señalados como Formularios el proveedor deberá subirlos a su oferta administrativa técnica y económica según corresponda en el portal www.mercadopublico.cl . Esta copia deberá ser imagen digitalizada del original firmada por el Representante Legal. ARTICULO 14: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS. Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo. La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 15: ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS. La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por la Directora del Establecimiento. En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada en el ARTICULO 13 de las presentes Bases Administrativas Generales, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes. Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación. De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados. La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión. ARTICULO 16: PAUTA DE EVALUACION. Los factores a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican a continuación: PAUTA DE EVALUACION. FACTORES A PONDERAR PUNTAJE A) EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PRESTADOR 50% Menos de 6 meses de experiencia 100 40 Entre 6 meses y 12 meses de experiencia 60 Mas de 12 meses de experiencia 100 B) EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL EN ATENCIONES DE MORBILIDAD A ADULTOS 20% Acredita experiencia 100 Sin experiencia 50 C) EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PROFESIONAL EN APS 30% Acredita experiencia 100 Sin experiencia 50 ARTICULO 17: COMISION DE EVALUACION La Comisión de Evaluación, estará conformada por los funcionarios que designe la Directora del Establecimiento: ARTICULO 18: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República. ARTICULO 19: MODIFICACIONES DEL CONTRATO. En el transcurso de la ejecución de la prestación, el Mandante podrá determinar necesidades de aumentos o disminuciones de hasta un 30% de la prestación adjudicada. Las partidas que se ejecuten por concepto de aumento, podrán ser iniciadas solo cuando hayan sido aprobadas por el Mandante, según la Resolución respectiva, la cual se entenderá incorporada al Contrato. De igual modo las disminuciones de partidas, deberán ser acordadas por las partes en casos justificados y sancionados por las respectivas Resoluciones. El monto de los aumentos o disminuciones de partidas no podrá exceder el 25% del valor del contrato, considerado individualmente. ARTICULO 20: MODALIDAD DE PAGO El sistema de pago será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios efectivamente realizadas, con la respectiva boleta de Honorarios o factura incluyendo Reporte mensual, con planilla de estadística de los usuarios atendidos, la cual será cancelada previa visación del Encargado del Programa Dental del Establecimiento y posteriormente por Subdirector Administrativo. Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado por Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro. Puesto en marcha el sistema DTE (Documentación Tributaria del Estado) se debe emitir Factura Electrónica por sistema Acepta, cuyo formato debe incluir Documento de Referencia (orden de Compra) y Folio (N° orden de compra), se comunica que SII rechaza los Documentos electrónicos que no vengan con el Formato Predestinado. Considerar Facturar con el formato indicado por S.I.I., dicho documento deben ser enviados en archivo XML a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com, facturacioncsf@redsalud.gov.cl. El no hacerlo, será causal del NO pago de las prestaciones y aplicación de multas, hasta que estas sean regularizadas, con la respectiva documentación (Nomina de Paciente, indicando: Nombre, Rut y fecha de atención), adjunta a la respectiva factura. ARTICULO 21: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO. El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o productos de excelente calidad ARTICULO 22 : COMPONENTES DE LA PRESTACION El adjudicado debe cumplir con las prestaciones dispuestas en la orientación Técnica “ORIENTACIONES TÉCNICO ADMINISTRATIVAS DEL PROGRAMA MEJORAMIENTO DEL ACCESO A LA ATENCIÓN ODONTOLÓGICA”, que en su componente “ATENCIÓN ODONTOLÓGICA DE MORBILIDAD EN EL ADULTO.” comprende las siguientes prestaciones como mínimo: • Destartraje supragingival y pulido coronario. • Exodoncia (dientes que por su diagnóstico no correspondan a Urgencia GES). • Restauraciones. • Destartraje subgingival. ARTICULO 23: DE LA RESOLUCION DE EMPATES En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la mayor ponderación obtenida en el criterio EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PRESTADOR , de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PROFESIONAL EN APS , y de persistir la situación de empate, resolverá la unidad requirente con un informe fundando su elección. ARTICULO 24: SOBRE LA READJUDICACION Cuando un proveedor adjudicado, informare (por cualquier medio de comunicación, teléfono, correo, cancelación de orden de compra, etc.), la no prestación de los servicios adjudicados, por medio de licitación, el CESFAM San Felipe El Real, podrá readjudicar a la segunda mejor oferta para el servicio requerido. Siempre y cuando el siguiente proveedor cumpla con los requerimientos solicitados. Si esta lógica no se cumpliera, se podrá requerir de la tercera mejor oferta y así sucesivamente, hasta cumplir así con las necesidades del Establecimiento de los servicios requeridos. Formalizándose mediante Resolución Fundada. ARTÍCULO 25: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION 24.1 El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Articulo Nº 13 de las presentes Bases. 24.2 Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el representante legal, en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de persona natural. ARTÍCULO 25: DE LAS GARANTIAS 25.1. Instrumento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro. El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar un instrumento bancario que sea de liquidez inmediata, pagadero a la vista e Irrevocable, como Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato proveniente del Llamado a Licitación, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, dicho documento debe ser entregado en la Oficina de Partes del Establecimiento, ubicado en Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe, Este instrumento será tomado a nombre del “Consultorio General Urbano San Felipe”, Rut: 69.287.560-5, con la individualización clara de " Por el fiel cumplimiento del Contrato proveniente de Licitación ID., en una entidad bancaria que estime conveniente. Monto: Equivalente al 5% del monto total del contrato Vigencia: 31.01.2025 Devolución: Este instrumento será devuelto al cumplido el vencimiento de la misma y de realizada la recepción conforme definitiva del servicio adjudicado. ARTICULO 26: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA 26.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta: La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través, del portal www.mercadopublico.cl, verificando el cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas. La apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N° 1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento. Los Oferentes que NO cumplan con los documentos requeridos para la presentación de ofertas, todos señalados en el Art.13 de las presentes Bases Administrativas Generales, le podrán ser solicitados a través del foro “Consultas y Aclaraciones” para ser respondidos en un lapso de 24 horas por la misma vía a través del portal www.mercadopublico.cl. En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura. ARTÍCULO 27: DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION 27.1 De la Evaluación En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes. Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl. La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto por la Directora del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. ARTÍCULO 28: : LUGAR DE LA PRESTACION. El profesional adjudicado tendrá 2 alternativas para realizar las prestaciones: 1. Realizar las prestaciones del servicio en una Consulta Particular, con su respectiva Autorización Sanitaria Vigente, NO SE ACEPTARÁN CLINICAS MÓVILES. El lugar deberá contar con los accesos adecuados para la atención de Usuarios Adultos y/o personas en situación discapacidad. 2. Utilizar las dependencias físicas del establecimiento, Cesfam San Felipe El Real, de acuerdo a la disponibilidad horaria del sillón dispuesto para dichos efectos (a coordinar con Encargado de Programa Odontológico). *IMPORTANTE: El último punto NO incluye instrumental de especialidad. EL REALIZARSE LAS PRESTACIONES EN DEPENDENCIAS DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL NO SE COBRARA ARRIENDO PERO SI EL ODONTOLOGO AL MOMENTO DE OCUPAR DICHAS DEPENDENCIAS SE DEBE HACER RESPONSABLE SI SE DESTRUYE Y/O DAÑA ALGUN EQUIPAMIENTO O INSTRUMENTAL SE DEBE CANCELAR POR PARTE DEL PROFESIONAL ADJUDICADO ________________________________________________________________________________________________ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGICOS, PARA PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA 2024 Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para la “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGICOS, PARA PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA 2024”,consistente en realizar atenciones de morbilidad odontológicas a población adulta de entre 20 años y 64 años en horario de extensión horaria, con un valor hora de $ 23.565 con un total de 556 horas, el monto del cual profesional debe considerar el pago a profesional TONS para su asistencia La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a honorarios a suma alzada y sin derecho a reajuste ni intereses. ARTICULO 1°. CONTROL Y EVALUACION DEL PROGRAMA. El desarrollo del Programa deberá contemplar un Reporte Mensual que incluya la estadística de los usuarios atendidos, con planilla rutificada y firmada por el Encargado de Programa Dental del Establecimiento. Identificando en esta planilla a los usuarios con sus nombres, apellidos, edad, fecha de nacimiento, teléfonos, rut, dirección del beneficiario, fechas de ingresos y altas correspondientes. Este reporte será a mes vencido, concretándose como plazo máximo para su entrega los días 05 de cada mes siguiente al de la prestación. Si no hubiesen existido altas en ese mes deberá igualmente indicar en la fecha antes señalada la ausencia de prestaciones. El encargado del programa, deberá realizar una revisión de los pacientes al término del Programa, realizando un informe que estará a disposición de las auditorias de la D.S.S.A. ARTICULO 2º. DE LA ADJUDICACION. La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas. De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva. La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos, se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna. Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada. ARTICULO 3°. SUPERVISION DE LA PRESTACION. Corresponderá al Encargado del Programa de la Unidad Dental, la supervisión de la prestación, quien evaluará mensualmente de acuerdo a la cantidad y calidad definida a realizar. Se realizara auditorías Clínicas al menos al 5% de las “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ODONTOLÓGICOS, PARA PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA 2022” ARTICULO 4°. SUSCRIPCION DEL CONTRATO. Se concretará mediante la Emisión de la Orden de Compra. ARTICULO 5° COMPONENTE DE LA PRESTACION NOMBRE PROGRAMA A LICITAR CARGO A LICITAR MONTO POR HORA N° HORAS DESCRIPCION HORARIO PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA:COMPONENTE ATENCION ODONTOLOGICA MORBILIDAD ADULTA ODONTOLOGO $ 23.565 556 ATENCIONES DE MORBILIDAD ODONTOLOGICA SEGÚN OT DEL PROGRAMA "MEJORAMIENTO DE ACCESO A ATENCION ODONTOLOGICA" LUNES A SABADO EN HORARIO DE EXTENSION ARTÍCULO 6º: FISCALIZACION DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Corresponderá al Subdirector Administrativo, la Supervisión de la Prestación y fiel cumplimiento del contrato. ARTICULO 7º: INTERPRETACION DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO Cualquier discrepancia en la interpretación de los documentos vinculados a la licitación, será resuelta sin ulterior recurso por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden a la Contraloría General de la República. ARTICULO 8º: PROBIDAD ADMINISTRATIVA De acuerdo a lo establecido por la Ley N° 18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real: • Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud Aconcagua cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. • Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. • Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. • Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. • Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad • Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. • Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución. • Las personas que tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, con el respectivo organismo de la Administración Pública descrito en la letra a) del art. 56 de la Ley 18.575 ARTICULO 9°. DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO. Se entenderá que forman parte del contrato los siguientes documentos para todos los aspectos legales: - Bases Administrativas Generales. - Especificaciones Técnicas - Resolución que aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formularios y autoriza el Llamado a Licitación Pública. - Acta de Apertura - Ofertas - Acta de Evaluación de las Ofertas. - Resolución de Adjudicación. - Cualquier otro documento que forme parte de la presente Licitación Pública. ARTICULO 10°. RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO. Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría General de la República. En todo caso, los antecedentes se interpretarán siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de la prestación conforme con las normas de la Especificaciones Técnicas. ARTICULO 11º. CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO. Podrá ponerse término anticipado de contrato, en los siguientes casos: • Por acuerdo entre las partes. • Por incumplimiento del Contratista, ya sea por: • Inadecuada calidad de la prestación. • No acatar en forma reiterada las indicaciones del Encargado del Programa Dental y/o de la Jefa Administrativa del Consultorio General Urbano Felipe -CESFAM San Felipe El Real. • Insolvencia Económica. El Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, hará efectivo el instrumento Bancario por Fiel Cumplimiento de Contrato, de ocurrir el término anticipado del contrato por estas causales. • Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Mandante. En este caso se podrá cursar las cancelaciones correspondientes a la prestación ejecutada hasta la fecha del término del contrato, debiendo determinarse la facultad de hacer efectivas el instrumento de Garantía y la procedencia o no del pago de indemnizaciones. • Por necesidad del Establecimiento con aviso de 30 días de anticipación. • No cumplir con lo señalado en el artículo 17°, • No cumplir con medidas de seguridad y uso de EPP en la atención odontológica en contexto de pandemia COVID-19. ARTICULO 12º. MULTAS. Se aplicará una multa equivalente a 0.5 U.T.M., las cuales se irán descontando del pago mensual en el cual se presentó la falta, en los siguientes casos: • Faltas reiteradas a las cláusulas del contrato, que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al profesional. • Incumplimiento de los plazos señalados para dar solución a observaciones formuladas de la Dirección del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real. • Incumplimiento en el desarrollo de las prestaciones. 12.1.- PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTAS La multa se hará efectiva una vez que tanto el Encargado del Programa y/o Subdirector Administrativo, informe por escrito a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio en cualquiera de los ámbitos de las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, o de la oferta realizada en general, la Unidad de Abastecimiento generará Acto Administrativo y notificara al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. ARTICULO 13º. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS. Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo. La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 14º: LUGAR DE LA PRESTACION. El profesional adjudicado tendrá 2 alternativas para realizar las prestaciones: 1. Realizar las prestaciones del servicio en una Consulta Particular, con su respectiva Autorización Sanitaria Vigente, NO SE ACEPTARÁN CLINICAS MÓVILES. El lugar deberá contar con los accesos adecuados para la atención de Usuarios Adultos y/o personas en situación discapacidad. 2. Utilizar las dependencias físicas del establecimiento, Cesfam San Felipe El Real, de acuerdo a la disponibilidad horaria del sillón dispuesto para dichos efectos (a coordinar con Encargado de Programa Odontológico). *IMPORTANTE: El último punto NO incluye instrumental de especialidad. EL REALIZAR LAS PRESTACIONES EN DEPENDENCIAS DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL, NO SE COBRARA ARRIENDO PERO EL ODONTOLOGO AL MOMENTO DE OCUPAR DICHAS DEPENDENCIAS SE DEBE HACER RESPONSABBLE DEL MOBILIARIO SI ESTE DESTRUYE Y/O DAÑA ARTICULO 14º. PRESUPUESTO DISPONIBLE El Consultorio General Urbano San Felipe – Cesfam San Felipe El Real posee un presupuesto Disponible para la Contratación de Servicios Profesionales Odontológicos por concepto de atenciones odontológicas por un monto de $13.102.140.- (trece millones ciento dos mil ciento cuarenta pesos).