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BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS |
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BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES
LICITACION PÚBLICA
“CONTRATACION DE PROFESIONALES PRAPS ESPECIOS AMIGABLES PARA ADOLESCENTES AÑO 2026 DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL”
ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para “CONTRATACION DE PROFESIONALES PRAPS ESPACIOS AMIGABLES PARA ADOLESCENTES AÑO 2026 DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL” La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a honorario por prestación de servicios como trabajadores independientes, el horario será definido posterior a la adjudicación priorizando horarios de 17:00 a 20 horas de lunes a Viernes, pudiendo ser modificados según actividades en Establecimientos Educacionales y disponibilidad de espacio Físico para la atención Clínico del Centro de Salud. (total de horas 396)
ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS
En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación.
2.1 Bases:
Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas.
Comprende las Bases Administrativas Generales, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública.
2.2 Resolución Adjudicación:
Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta.
2.3 Especificaciones Técnicas:
Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios objeto de la presente licitación.
2.4 Licitación:
Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato.
2.5 Oferta o Propuesta:
Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente.
2.6 Oferente, Proponente o Licitante:
Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta.
2.7 Mandante:
Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera institucional. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N° 1900 de la ciudad de San Felipe.
ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA
3.1 Podrán presentar ofertas, Administrativos, Técnicos y Profesionales que cumplan los requisitos señalados en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la presente licitación, que se encuentren registrados y en estado HABIL en www.chileproveedores.cl.
o Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español.
o La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
o Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos.
o La Propuesta será resuelta por el Director (S) del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta.
ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar:
4.1. Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas.
4.2. Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos Administrativos y Técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopublico.cl.
4.3. La Oferta del Proponente.
4.4. Los Formularios constituidos que el oferente debe presentar con su oferta.
4.5. Evaluación de Ofertas.
4.6. Resolución de Adjudicación.
4.7. Todo otro documento que forme parte de la Licitación.
ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS
Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4°, punto N° 4.4.
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4°. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en el formulario de llamado a licitación.
Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión.
Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica.
Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación.
Modificación de los documentos de licitación:
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas para publicar las respuestas a consultas
ARTÍCULO N° 6: OMISIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN:
Si durante la revisión de los antecedentes por parte de la Comisión Técnica de Evaluación y tras verificar la falta u omisión en la presentación de documentos por parte del o los proveedores, estos podrán ser solicitados a través del foro “Aclaraciones de las Ofertas” a través de la página www.mercadopublico.cl, teniendo el proveedor como plazo máximo de respuesta 48 horas.
La Comisión podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
ARTICULO 7: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE
El proponente individualizará en su oferta todos los antecedentes necesarios para identificarlo.
ARTÍCULO 8: DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS Y VALORES
Los servicios requeridos son prestación de servicios individuales como trabajadores independientes.
La Oferta Económica se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl. Y debe considerar valor bruto, de cuyo monto será descontado el % mensual dispuesto por el SII por concepto de retención el cual será modificado ANUALMENTE acorde a las instrucciones del SII.
El monto del valor mensual corresponde al informado en el siguiente cuadro, siendo este el valor de cálculo para prorratear por 30 días en caso de aplicar descuentos por ausencias de días.
Para el caso de descuento de horas, se aplicará el cálculo en proporción a jornada de 44 horas semanales y 176 horas mensuales.
SERVICIO UNIPERSONAL CANTIDAD REQUERIDA HORAS SEMANALES VALOR HORA 2026
MATRON (A) 1 11 HORAS SEMANALES $7.857.-
PSICOLOGO (A) 1 11 HORAS SEMANALES $7.857.-
NUTRICIONISTA 1 11 HORAS SEMANALES $7.857.-
Cuadro detallado por mes
MES CANTIDAD DE HORAS
MAYO 44
JUNIO 44
JULIO 55
AGOSTO 44
SEPTIEMBRE 55
OCTUBRE 55
NOVIEMBRE 44
DICIEMBRE 55
ARTICULO 9: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 10: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, licitará la prestación mediante Propuesta Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl,
La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será por prestación de servicios como trabajadores independientes y con derecho a reajuste anual, acorde al reajuste del sector público.
ARTICULO 11: CONDICION DE LOS PROPONENTES
Podrán participar en la presente licitación las Personas Naturales, que ofrezcan los servicios requeridos y/o acrediten la idoneidad técnica, experiencia en la provisión y ejecución de servicios solicitados.
ARTICULO 12: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican:
Las Bases Administrativas Generales.
Especificaciones Técnicas.
Formularios.
ARTICULO 13: NORMAS Y REGLAMENTOS
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, Bases y Antecedentes, Análisis y Evaluación de las Ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los Criterios de Evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución Fundada.
En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento, y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen éste recinto Asistencial.
ARTICULO 14: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS
Las ofertas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones y cualquier otro dato relevante del servicio ofertado.
Todas las Ofertas deberán incluir obligatoriamente los siguientes documentos:
Formulario Nº1: FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
Formulario Nº2: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LAS BASES.
Formulario Nº3: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DEL OFERENTE INHABILIDADES. EXCLUYENTE.
Formulario Nº4: UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES. (Este formulario deberá ser completado exclusivamente por aquellos proponentes que presenten su oferta a través de una Unión Temporal de Proveedores. En caso contrario, no será necesario que sea llenado ni firmado).
Formulario Nº5: DECLARACIÓN JURADA POR INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR.
Formulario Nº6: NOMINA DE CLIENTES
Formulario Nº7 Descripción Técnica de la oferta
El Oferente deberá adjuntar como requisito OBLIGATORIO:
MATRON (A)
Título Profesional otorgado por una Universidad o Institución Profesional del Estado o reconocido por este o aquellos validados en Chile, de acurdo con la legislación vigente, de al menos 8 semestres.
Certificado de Antecedentes.
Certificado de la Superintendencia de Salud.
Curriculum Vitae.
Certificado de Experiencia en trabajo con adolescentes de al menos 1 año.
PSICOSOCIAL
Título Profesional otorgado por una Universidad o Institución Profesional del Estado o reconocido por este o aquellos validados en Chile, de acurdo con la legislación vigente, de al menos 8 semestres.
Certificado de Antecedentes.
Certificado de la Superintendencia de Salud.
Curriculum Vitae.
Certificado de Experiencia en trabajo con adolescentes de al menos 1 año.
NUTRICIONISTA
Título Profesional otorgado por una Universidad o Institución Profesional del Estado o reconocido por este o aquellos validados en Chile, de acurdo con la legislación vigente, de al menos 8 semestres.
Certificado de Antecedentes.
Certificado de la Superintendencia de Salud.
Curriculum Vitae.
Certificado de Experiencia en trabajo con adolescentes de al menos 1 año.
El oferente deberá presentar una nómina de clientes Formulario N° 6 a los cuales haya prestado servicios de similar naturaleza al objeto de la presente licitación, indicando a lo menos: nombre de la entidad contratante (pública o privada), período de ejecución y descripción del servicio prestado.
La información proporcionada deberá ser acreditada mediante antecedentes verificables, tales como certificados de conformidad emitidos por la entidad contratante, copias de contratos, órdenes de compra, facturas u otros documentos que den cuenta de la efectiva prestación de los servicios informados.
La omisión de la nómina solicitada o la falta de respaldo suficiente podrá ser considerada como incumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.
Nota: Será obligación del oferente presentar estos documentos en su propuesta Administrativa, aquellos que no presenten toda la documentación requerida, su oferta tendrá menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.
En cuanto a los documentos señalados como Formularios el proveedor deberá subirlos a su oferta según corresponda en el portal www.mercadopublico.cl . Esta copia deberá ser imagen digitalizada del original firmada por el Prestador del Servicio.
ARTICULO 15: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS.
Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las Bases Administrativas, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos, llamadas telefónicas o cualquier otra que sea fuera del proceso licitatorio electrónico.
La serie de consultas y respuestas incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 16: ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
La Apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por el Directora del Establecimiento mediante Resolución Fundada.
En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se evaluarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada en el ARTICULO 14 de las presentes Bases Administrativas Generales, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes.
Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta según los Criterios de Evaluación, establecidos en las Bases de Licitación.
De la Evaluación de los Antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados.
La Comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados.
El Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas.
ARTICULO 17: DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los Criterios de Evaluación aplicables para cada uno de los perfiles que se necesitan contratar en la presente Licitación serán los siguientes:
E
EXP EXPERIENCIA ACREDITABLE EN TRABAJO CON ADOLSCENTES 60% (ACREDITABLE)
Parámetros: Puntaje Obtenido
12 meses de experiencia o más 100 puntos
Más de 6 meses y menos de 12 meses 70 puntos
Menor a 06 meses 30 puntos
No acredita experiencia 0 puntos
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 10%
Parámetros: Puntaje Obtenido
Oferente presenta requisitos formales (Art. N°14 B.A.G) 100 puntos
Oferente no presenta la totalidad de los requisitos formales (Art. N°14 B.A.G) 0 puntos
PRECIO 30%
Parámetros: Puntaje Obtenido
Se ajusta a presupuesto disponible 100 puntos
No Se ajusta a presupuesto disponible 0 puntos
17.1.- DEL PORCENTAJE MINIMO PARA LA ADJUDICACION
Se establece que para considerar una oferta conveniente para la institución, está debe obtener como ponderación final un porcentaje igual o superior al 60%, aquellas ofertas que sean menor a éste porcentaje serán consideradas no convenientes para el establecimiento, declarando desierta la línea.
ARTICULO 18: COMISION DE EVALUACION
La Comisión de Evaluación, estará conformada por los funcionarios que designe el Directora del Establecimiento, en Resolución.
ARTICULO 19: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO
Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por el Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República.
ARTICULO 20: MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Durante su vigencia, el monto total del contrato podrá ser aumentado (cantidad de horas realizadas por profesional) por la institución, de acuerdo a la demanda real y según disponibilidad presupuestaria del programa existente, ante lo cual el proveedor estará obligado a aceptar y a mantener el precio ofertado.
ARTICULO 21: MODALIDAD DE PAGO
El sistema de pago será por mes vencido, el 05 día del mes siguiente al de la prestación, por servicios efectivamente realizados, los cuales se deben acreditar con la siguiente documentación.
Certificado de Cumplimiento emitido y firmado por la Jefatura directa con el detalle de funciones realizadas durante el periodo que prestó los servicios.
Certificado de Actividades Realizadas, este informe es emitido por el prestador de servicios y debe indicar todas las actividades realizadas durante el periodo que realizó la prestación de servicios y debe venir visado por su Jefatura Directa. El no hacerlo dentro de los plazos establecidos, significará el retraso en el pago de las prestaciones según las fechas Establecidas.
Medio verificador de asistencia (Tarjeta de Marcación).
Todos estos antecedentes deben ser presentados en Oficina de Abastecimiento, ubicada en el Área Administrativa (sector subterráneo), hasta las 12:00 horas del primer día hábil de cada mes, en caso de caer este día sábado, domingo o festivo, se deberá hacer entrega el primer día hábil siguiente, sólo con ésta información la Unidad de Abastecimiento realizará la recepción conforme de los servicios y gestionará con Unidad de Contabilidad el Pago correspondiente:
La emisión de la boleta debe ser según el siguiente detalle :
RECEPTOR: Consultorio General Urbano San Felipe-Cesfam San Felipe El Real.
RUT. 69.287.560-5
DI7RECCION: Calle Sargento Cajales #1900
FECHA DE EMISION: Ultimo día del mes en que se realiza la prestación.
GLOSA: Servicios de (acción que se realiza), correspondiente a la orden de compra (número de orden de compra) del mes en que se realiza la prestación.
El monto del valor mensual corresponde al informado en el artículo 8 de las presentes Bases Administrativas, siendo este el valor de cálculo para prorratear por 30 días en caso de aplicar descuentos por ausencias.
ARTICULO 22: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO.
El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas, cualquier incumplimiento será motivo para declarar incumplimiento del contrato, pudiendo aplicar las multas correspondientes o término anticipado del contrato según se establezca en artículos siguientes para cada tema.
Asimismo es responsabilidad del oferente mantener actualizados los datos personales con la Unidad de Abastecimiento, aceptar la orden de compra, mantener vigente el contrato con chileproveedores, y cumplir con todas las obligaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas Generales y sus Especificaciones Técnicas.
ARTICULO 23: DE LA RESOLUCION DE EMPATES
En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la mayor ponderación obtenida en el criterio “EXPERIENCIA ACREDITABLE EN TRABAJO CON ADOLSCENTES”, de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate “CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES”, y de persistir la situación de empate, resolverá la unidad requirente con un informe fundando su elección.
ARTICULO 24: SOBRE LA READJUDICACION
Cuando un proveedor adjudicado, no cumpliera con cualquiera de las obligaciones señaladas en las presentes Bases Administrativas o Especificaciones Técnicas, o no acepta la Orden de Compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl, el CESFAM San Felipe El Real, podrá readjudicar a la segunda mejor oferta para el servicio requerido. Siempre y cuando el siguiente proveedor cumpla con los requerimientos solicitados. Si esta lógica no se cumpliera, se podrá requerir de la tercera mejor oferta y así sucesivamente, hasta cumplir así con las necesidades del Establecimiento de los servicios requeridos. Formalizándose mediante Resolución Fundada.
ARTÍCULO 25: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION
El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Articulo Nº 14 de las presentes Bases.
Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el oferente en caso de persona natural.
ARTICULO 26: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA
La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través, del portal www.mercadopublico.cl, verificando el cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas.
La Apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N° 1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento.
Los Oferentes que NO cumplan con los documentos requeridos para la presentación de ofertas, todos señalados en el Art.14 de las presentes Bases Administrativas Generales, le podrán ser solicitados a través del foro “Consultas y Aclaraciones” para ser respondidos en un lapso de 24 horas por la misma vía a través del portal www.mercadopublico.cl.
En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura.
ARTÍCULO 27: DE LA EVALUACION
En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, se ceñirá por los criterios de evaluación establecidos en el Artículo 17 y podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes.
Estas consultas, así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl.
La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto por el Directora del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real.
ARTICULO 28: ADJUDICACION DE LA PROPUESTA
El CESFAM San Felipe El Real, adjudicará la licitación, necesariamente a una de las ofertas presentadas por cada línea, seleccionando la oferta que obtenga la ponderación total más alta en cada línea, entendiéndose como la más conveniente para los intereses institucionales.
El CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas o de sus alternativas, rechazarlas todas o declarar desierta la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados.
ARTICULO 29: NOTIFICACION DEL ACTO QUE RESUELVE LA PROPUESTA
El CESFAM San Felipe El Real, notificará el resultado de la Propuesta a través del portal www.mercadopublico.cl. Mediante Resolución Exenta.
ARTÍCULO 30: PRÓRROGA DEL CONTRATO
El contrato que se celebre podrá prorrogarse por una sola vez, por un período de hasta 3 meses siempre que dicha prórroga se encuentre prevista en las presentes Bases Administrativas y se cumplan todas las siguientes condiciones:
a) Existencia de disponibilidad presupuestaria para financiar el período de prórroga.
b) Evaluación satisfactoria del cumplimiento del contrato por parte del proveedor, emitida por la Unidad Técnica.
c) Mantención de las condiciones originalmente pactadas, sin que la prórroga implique modificaciones sustanciales al contrato.
d) Formalización de la prórroga mediante el correspondiente acto administrativo fundado, dictado con anterioridad al vencimiento del contrato.
e) Que las necesidades del Servicio se mantengas vigentes y resulte indispensables asegurar su continuidad.
La prórroga tendrá por finalidad asegurar la continuidad del servicio mientras se gestiona un nuevo proceso de contratación, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia y continuidad del servicio público.
En ningún caso la prórroga podrá implicar alteración de las condiciones esenciales del contrato ni utilizarse para eludir un nuevo proceso de licitación.
Asimismo, la prórroga no implicará aumento de precios ni modificación de las condiciones económicas pactadas, salvo que ello se encuentre expresamente establecido en las presentes bases
ARTICULO 31: SUSCRIPCION DEL CONTRATO
La suscripción del contrato se formalizará mediante el envío de la Orden de Compra correspondiente del proceso de licitación.
ARTICULO 32: SOBRE EL PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES Y SALUD.
El Consultorio General Urbano Nª1 San Felipe, sugiere el pago de cotizaciones previsionales a la o las personas adjudicadas de esta licitación, siendo este pago de responsabilidad exclusiva a la adjudicada.
En ningún caso el Cesfam San Felipe El Real podrá remunerar los periodos con Licencia Médica, en estos casos el proveedor deberá gestionar de manera particular los reembolsos de licencias médicas con las entidades correspondientes.
ARTÍCULO 33: CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO.
El Cesfam San Felipe El Real podrá unilateralmente poner término anticipado del Contrato en los siguientes casos:
El CESFAM San Felipe El Real, queda facultado para declarar unilateral y administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurren algunas de las causales que se señalan a continuación:
1.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante e indicadas en su oferta, siendo estos: Incumplimiento en las funciones a realizar, según bases administrativas generales y especificaciones técnicas, atrasos, inasistencias, abandono de funciones, entre otros.
2.- Si el Oferente no se acerca a suscribir el Contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes Bases.
3.- Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las Bases de Licitación o el contrato.
4.- Contar con 03 multas por infracciones en los deberes del contrato.
5.- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
6.- Renuncia Voluntaria del prestador.
7.- No pago de multas dentro de los tiempos y plazos establecidos en las presentes bases.
8.- No acreditar su habilidad para trabajar con el estado dentro de los plazos establecidos para ello.
9.- Por la no solución por el adjudicatario, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte del CESFAM San Felipe El Real.
ARTÍCULO 34: MULTAS POR NO CUMPLIMIENTO
El no cumplimiento a cualquiera de las condiciones establecidas en las presentes bases y/o Especificaciones Técnicas adjunto en esta Licitación obliga al adjudicatario a cancelar una multa equivalente a 0.2 UTM diaria por incumplimiento. Las multas se cobrarán administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de la Boleta de honorarios.
Se aplicará una multa equivalente a 0.2 U.T.M., las cuales se irán descontando del pago mensual en el cual se presentó la falta, en los siguientes casos:
3 incumplimientos formalizados mediante correo electrónico de la Subdirección Administrativa, equivalente a 1 multa. Se entiende como incumplimientos cualquier acción que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al prestador.
o Incumplimiento a observaciones formuladas de la Subdirección Administrativa del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real.
o Ausentarse sin previo aviso (24 horas de antelación)
o No justificar el ausentismo.
o Descuentos por atrasos e inasistencias.
o Abandono de deberes.
o Cualquier otra que altere la calidad de la prestación que no haya sido considerada.
Procedimiento de aplicación e impugnación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el establecimiento notificará inmediatamente de ello al proveedor, mediante tipo de comunicación formal, como por ejemplo, correo electrónico institucional, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa que corresponde.
El proveedor dispondrá de 2 días hábiles, desde la fecha de envío del correo electrónico, para presentar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Transcurrido dicho plazo sin presentar descargos, la institución dictará la respectiva Resolución Exenta aplicando la multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la institución, con los antecedentes que dispongan y/o que el proveedor haya aportado, dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la eventual sanción y su cuantía, a través de una Resolución fundada. En ambos casos, la Resolución deberá publicarse en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl , a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, y se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación.
En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre la aplicación de la multa procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En este sentido, el Adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de notificada la resolución que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañado todos los antecedentes pertinentes a la Reposición.
El Director de la institución resolverá dentro de los 10 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición.
Dicho acto administrativo deberá publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, y se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación.
Una vez ejecutoriada la Resolución fundada del Director (S) de la institución que aplica la sanción, se procederá a descontar y/o retener de las sumas que deban pagársele al Adjudicatario en la factura o boleta en que recayó la sanción o en cualquiera otra derivada de la misma licitación. De no existir facturaciones pendientes de pago, el proveedor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la sanción para realizar el pago directamente en Caja del Establecimiento, ya sea en efectivo, entrega de cheque nominativo y cruzado o vale vista a nombre de la institución. Asimismo, podrá realizar transferencia electrónica a la respectiva cuenta corriente del establecimiento.
El no pago de la multa, dentro del plazo señalado precedentemente, facultará a la institución para poner término anticipado al contrato y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato (ésta última si se encuentra solicitado en las presentes bases)
Finalmente, la sanción ejecutoriada debe ser publicada en el “Registro de Proveedores del Estado” en el aplicativo “Comportamiento Contractual Anterior de los Proveedores”, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Reglamento de la Ley 19.886.
ARTICULO 35: LUGAR DE LA PRESTACION.
El oferente deberá prestar sus servicios en el Cesfam San Felipe el Real, ubicado en Calle Cajales 1900 San Felipe.
ARTICULO 36: PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
Por ser un servicio unipersonal, para esta licitación se establece que se prohíbe la subcontratación.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS
“CONTRATACION DE PROFESIONALES PRAPS ESPACIOS AMIGABLES PARA ADOLESCENTES AÑO 2026 DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL”
Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para “CONTRATACION DE PROFESIONALES PRAPS ESPACIOS AMIGABLES PARA ADOLESCENTES AÑO 2026 DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL” La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a honorario por prestación de servicios como trabajadores independientes, el horario será definido posterior a la adjudicación priorizando horarios de 17:00 a 20 horas de lunes a Viernes, pudiendo ser modificados según actividades en Establecimientos Educacionales y disponibilidad de espacio Físico para la atención Clínico del Centro de Salud.(total de 396 horas) a contar del 04.05.2026 hasta el 31.12.2026
ARTICULO 1°. DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Propuesta: “CONTRATACION DE PROFESIONALES PRAPS ESPACIOS AMIGABLES PARA ADOLESCENTES AÑO 2026 DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL” con la indicación visible del nombre del proponente, conteniendo los documentos que se señalan en el artículo 14 de las Bases Administrativas. Es Obligatorio además ingresar la oferta al portal www.mercadopublico.cl. El no hacerlo invalida la oferta. La presentación de los documentos será en forma digital, escaneada y adjunta a la oferta, hecha en el portal www.mercadopublico.cl.
El postulante deberá utilizar los formatos o modelos de estos, que se anexan en el llamado a Licitación, en los casos que correspondan.
Los documentos de la licitación, que así lo indiquen, deberán ser firmados por la Persona Natural que postula a la oferta.
Las Propuestas se recibirán a través, de www.mercadopublico.cl, anexando todos los antecedentes solicitados. Los profesionales interesados en ofertar deben estar inscritos en el Registro Chileproveedores y en calidad de HABIL al momento de contratar, en el caso de no estar regularizados al momento de la adjudicación, dispondrán de un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación como proveedores del estado, pasado este periodo y no se haya regularizado tal situación, procederá el término de contrato unilateralmente.
ARTICULO 2°. SUPERVISION Y CONTROL DE LA PRESTACIÓN
Corresponderá a la Encargada del Praps la supervisión y control de la prestación, quien evaluará mensualmente de acuerdo al cumplimiento de objetivos.
ARTICULO 3° DE LA ADMINISTRACION DEL CONTRATO
Para efectos de la presente Licitación Pública, la Administración del Contrato será por la Subdirección Administrativa, quien resolverá cualquier novedad o evento que se presente.
ARTICULO 4°. INTERPRETACION DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO
Cualquier discrepancia en la interpretación de los documentos vinculados a la licitación, será resuelta sin ulterior recurso por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden a la Contraloría General de la República.
ARTICULO 5°. PROBIDAD ADMINISTRATIVA
De acuerdo a lo establecido por la Ley N° 18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real:
• Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud Aconcagua cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
• Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
• Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
• Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
• Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
• Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga.
• Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
ARTICULO 6°. DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO.
Se entenderá que forman parte del contrato los siguientes documentos para todos los aspectos legales:
- Bases Administrativas Generales.
- Especificaciones Técnicas
- Resolución que aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formularios y autoriza el
Llamado a Licitación Pública.
- Acta de Apertura Electrónica.
- Ofertas Recibidas.
- Acta de Evaluación de las Ofertas.
- Resolución de Adjudicación.
- Cualquier otro documento que forme parte de la presente Licitación Pública.
ARTICULO 7°. COMPONENTES DE LAS PRESTACIONES REQUERIDA
En este Artículo se describen las funciones y responsabilidades de las prestaciones requeridas, de las cuales los prestadores deberán ceñirse y cumplir cabalmente en el desarrollo de sus labores.
7.1.- IDENTIFICACIÓN DEL CARGO : “COMPRA DE SERVICIOS MATRONA” JORNADA 11 HORAS SEMANALES
Descripciones del cargo:
• Realizar controles de salud integral a adolescentes de 10 a 19 años de edad.
• Realizar ingresos a programa de regulación de fecundidad.
• Articulación con el intersector: Coordinación con establecimientos educacionales, otros espacios comunitarios y centros Mejor Niñez, según necesidades formuladas.
• Participación en talleres, actividades en establecimientos educacionales y redes sociales.
• Realización y difusión de actividades en redes sociales de los espacios amigables.
• Consejerías en salud sexual y reproductiva y prevención VIH e ITS.
• Consultas, consejerías e intervenciones motivacionales.
• Participación en reuniones de equipo y coordinación directa con profesionales que participan de los espacios amigables.
• Otras actividades sujetas a indicación de jefatura.
• Jornada Laboral a definir con oferente adjudicado.
7.2.- IDENTIFICACIÓN DEL CARGO : “COMPRA DE SERVICIOS PSICOSOCIAL” JORNADA 11 HORAS SEMANALES
Descripciones del cargo:
• Realizar consultas de salud mental.
• Realizar consejerías promocionales y preventivas en salud mental, consumo de OH y drogas y otros factores psicosociales.
• Realizar actividades promocionales preventivas en establecimientos educacionales, centros Mejor Niñez, centros comunales, centros deportivos, que potencien el autocuidado y desarrollo saludable de los adolescentes.
• Promover participación de adolescentes en consejos consultivos de adolescentes y jóvenes, mesas intersectoriales para la promoción de los derechos de NNA en consejo de desarrollo local, centro de alumnos, colectivos, etc.
• Realización y difusión de actividades en redes sociales de los espacios amigables.
• Participación en reuniones de equipo y coordinación directa con profesionales que participan de los espacios amigables.
• Otras actividades sujetas a indicación de jefatura.
7.3.- IDENTIFICACIÓN DEL CARGO : “COMPRA DE SERVICIOS NUTRICIONISTA” JORNADA 11 HORAS SEMANALES
Descripciones del cargo:
• Participación en consultas nutricionales a adolescentes que requieran orientación en tendencias alimentarias y malnutrición por exceso.
• Crear y Planificar talleres participativos con temática nutricional.
• Participación en actividades promocionales organizadas por el CESFAM y por el intersector como talleres, ferias y actividades de consejo consultivo.
• Realizar coordinaciones con el intersector para planificación de actividades.
• Participación en reuniones de equipo y coordinación directa con profesionales que participan de los espacios amigables.
• Otras actividades atingentes designadas por jefatura.
• Realizar actividades promocionales preventivas en establecimientos educacionales, centros SENAME, centros comunales, centros deportivos, que potencien el autocuidado y desarrollo saludable de los adolescentes.
• Promover participación de adolescentes en consejos consultivos de adolescentes y jóvenes, mesas intersectoriales para la promoción de los derechos de NNA en consejo de desarrollo local, centro de alumnos, colectivos, etc.
• Realización y difusión de actividades en redes sociales de los espacios amigables.
• Otras actividades sujetas a indicación de jefatura.
¬¬ARTICULO 8º. PRESUPUESTO DISPONIBLE
Para esta licitación el Cesfam San Felipe El Real, dispone de un Presupuesto Máximo Disponible de de $9.334.116 (nueve millones trescientos treinta y cuatro mil ciento dieciséis pesos) impuesto incluido, desde el 05 de marzo y hasta el 31 de diciembre de 2026, ambas fechas inclusive, por la contratación de los siguientes servicios:
SERVICIO UNIPERSONAL CANTIDAD REQUERIDA HORAS SEMANALES VALOR HORA 2024
MATRON (A) 1 11 HORAS SEMANALES $7.857.-
PSICOLOGO (A) 1 11 HORAS SEMANALES $7.857.-
NUTRICIONISTA 1 11 HORAS SEMANALES $7.857.-
A los valores que corresponda cancelar por concepto de horas mensuales realizadas, se le aplicará el % de retención de impuesto anual que haya dispuesto el SII.
ARTICULO 9º. OTROS
• El Cesfam San Felipe El Real, hará entrega de todos los Elementos de Protección Personal tales como: mascarillas, guantes, otros según corresponda.
• Podrán tener acceso a actividades y/o Capacitación del Cesfam previa coordinación y autorización de la jefatura y de la Subdirección Administrativa.
• En caso de fallecimiento de padre, madre, hermano o hermana, tiene derecho a permiso de cuatro días hábiles pagados sin derecho a reemplazo.
9.1.- DE LOS INCUMPLIMIENTOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE LOS MISMOS: Lo relacionado al Artículo N°34 de las Bases Administrativas Generales de la presente Licitación Pública, los cuales se detallan a continuación:
• 3 incumplimientos formalizados mediante correo electrónico de la Subdirección Administrativa, equivalente a 1 multa. Se entiende como incumplimientos cualquier acción que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al prestador.
o Incumplimiento a observaciones formuladas de la Subdirección Administrativa del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real.
o Ausentarse sin previo aviso (24 horas de antelación)
o No justificar el ausentismo.
o Descuentos por atrasos e inasistencias.
o Abandono de deberes.
o Cualquier otra que altere la calidad de la prestación que no haya sido considerada.
ARTICULO 10º. CESION DEL CONTRATO
El Adjudicado no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho a la institución para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior, es sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato
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