Licitación ID: 1111432-37-LE23
CONTRATACION DE SERVICIOS DE MANTENCION DE ASCENSO
Responsable de esta licitación: CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE, BIENES Y SERVICIOS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Tarificaciones de soporte y mantenimiento 24 Unidad
Cod: 81112201
MANTENCION MNSUAL PREVENTIVA DE ASCENSORES DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS OFERTAR VALOR MENSUAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION DE SERVICIOS DE MANTENCION DE ASCENSO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATACION DE SERVICIOS DE MANTENCION DE ASCENSORES DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE
Unidad de compra:
BIENES Y SERVICIOS
R.U.T.:
69.287.560-5
Dirección:
Cajales Nº1900
Comuna:
San Felipe
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-10-2023 16:40:00
Fecha de Publicación: 30-09-2023 8:53:03
Fecha inicio de preguntas: 30-09-2023 18:08:00
Fecha final de preguntas: 03-10-2023 16:46:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-10-2023 16:46:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-10-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-10-2023 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-10-2023 12:54:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-6
Documentos Técnicos
1.- 7
 
Documentos Económicos
1.- carta de compromiso
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO PMO= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X. 30%
2 PLAZO DE ENTREGA Y EJECUCIÒN DE LA MANTENCIÓN X= (Plazo de entrega y ejecución más conveniente (mínimo plazo (días/horas)) / Por cada uno de los plazos (días/horas) ofertados) * 100 20%
3 OFERTA TÉCNICA DEL SERVICIO 100 pts.: El proveedor considera todos los trabajos requeridos para la mantención preventiva / según los Especificaciones Técnicas que conforman las presentes Bases de Licitación, 50 pts.: El proveedor se ajusta medianamente a los trabajos requeridos para la mantención preventiva según los Especificaciones Técnicas que conforman las presentes Bases de Licitación 0 pts.: El proveedor NO se ajusta a los trabajos requeridos para la mantención preventiva de los Equipos de Unidad de ascensores 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: cesfam san felipe el real
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: macarena gonzalez
e-mail de responsable de pago: macarena.gonzalezc@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: varinia gaete
e-mail de responsable de contrato: varinia.gaete@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2492076-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se encuentra prohibida la subcontratación total o parcial de servicios.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
bases generales y especificas
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES “MANTENCIÓN PREVENTIVA DE ASCENSORES DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL” ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para la “MANTENCIÓN PREVENTIVA DE ASCENSORES DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL” ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación. 2.1 Bases: Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios profesionales individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Generales, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública. 2.2 Resolución Adjudicación: Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta. 2.3 Especificaciones Técnicas: Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios profesionales objeto de la presente licitación. 2.4 Garantías Administrativas: Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del Contrato, se materializan a través de instrumento Bancario. 2.5 Licitación: Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios profesionales que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato. 2.6 Oferta o Propuesta: Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente. 2.7 Oferente, Proponente o Licitante: Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta. 2.8 Garantía: Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante, que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas. 2.9 Mandante: Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N° 1900 de la ciudad de San Felipe. ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA 3.1 Podrán presentar ofertas personas naturales o jurídicas, o U.T.P., en los Especificaciones Técnicas de la presente licitación, que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl que cumplan los requisitos señalados en las presentes Bases de la Licitación. 3.2 Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español. 3.3 La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada. 3.4 Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos. 3.5 La Propuesta será resuelta por La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta. ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar: 4.1 Licitación Pública 4.2 Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas. 4.3 Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopublico.cl. 4.4 La Oferta del Proponente. 4.5 Los Formularios constituidos por los formularios que el oferente debe presentar con su oferta. 4.6 Todo otro documento que forme parte de la Licitación. ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4°, punto N° 4.5. El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4°. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas Generales. Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión. Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases Administrativas. Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Bases Administrativas Generales, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación. ARTICULO 6: MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas para publicar las respuestas a consultas. ARTICULO 7: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE En caso de personas naturales o jurídicas el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería. ARTÍCULO 8: DE LOS PRECIOS La Oferta Económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos e incluir todos los impuestos legales que correspondan para el servicio entregado. La Oferta Económica se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 9: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia mínima 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 10: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, licitará la prestación mediante Propuesta Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl, La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a suma alzada y sin derecho a reajuste ni intereses. ARTICULO 11: CONDICION DE LOS PROPONENTES Podrán participar en la presente licitación las Personas Naturales, Jurídicas y/o U.T.P., que ofrezcan los servicios requeridos y/o acrediten CERTIFICACIÓN Como servicio técnico autorizado por la provisión y ejecución de trabajos de mantención preventiva y correctiva de ascensores. ARTICULO 12: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican:  Las Bases Administrativas Generales.  Especificaciones Técnicas  Formularios ARTICULO 13: NORMAS Y REGLAMENTOS El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución. En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley 19886 de Compras y Contratación pública y su Reglamentos, y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen éste recinto Asistencial. ARTICULO 14: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS, REQUISITOS FORMALES Las ofertas económicas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones económicas y cualquier otro dato relevante del servicio odontológico ofertado. Las Ofertas deberán incluir obligatoriamente los siguientes documentos: 14.1 . FormularioNº 1: Formulario de Identificación del Oferente 14.2 . FormularioNº 2: Declaración Jurada Simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases. 14.3 . FormularioNº 3: Declaración Jurada Simple del Oferente 14.4 . FormularioNº 4: Declaración Jurada Simple Del Oferente Referente A Inhabilidades Por Parentesco 14.5 . FormularioNº 5: Declaración jurada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 14.6 . FormularioNº 6: Nómina de las clientes del sector público y /o privado, a los cuales acrediten su experiencia en los servicios ofertados 14.7 . FormularioNº 7 Técnico y Económico de la Oferta 14.8 . El Oferente deberá adjuntar como requisito OBLIGATORIO y EXCLUYENTE:  Currículum Vitae de la persona que realizará la mantención, la cual deberá contar con inscripción vigente en la especialidad Mantenedores del Registro de la Ley Nº20.296, quien deberá acreditar su condición, mediante la presentación de un certificado de inscripción vigente en el mencionado registro que deberá formar parte de los contratos respectivos, debiendo entregar además, en cada mantención que realice conforme al plan anual de mantención especificado por el fabricante, una copia del certificado que acredite la vigencia de dicha inscripción.  Registro Nacional de Empresas para instalación y mantenimiento de ascensores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.  Certificado de Acreditación como Servicio técnico autorizado para trabajos de mantención preventiva y correctiva de ascensores  Declaración de Responsabilidad  Carta compromiso cumplimiento reglamento especial para contratistas  Carta compromiso entrega de informe post mantención  Calendario de Mantención Mensual  Carta Compromiso Tiempo de Respuesta ante emergencias Nota: Será obligación del oferente presentar estos documentos en su propuesta económica. En cuanto a los documentos señalados como Formularios el proveedor deberá subirlos a su oferta administrativa técnica y económica según corresponda en el portal www.mercadopublico.cl . Esta copia deberá ser imagen digitalizada del original firmada por el Representante Legal, Aquellas ofertas que no sean firmadas y presentadas según lo solicitado en las presentes Bases quedarán Fuera de Bases. ARTÍCULO 15: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION 15.1. El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Articulo Nº 14 de las presentes Bases. 15.2. Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el representante legal, en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de persona natural. ARTICULO 16: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS. Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo. La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 17 : ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS. La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por La Directora del Establecimiento. En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes. Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación. De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados. La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión. ARTICULO 18 : CRITERIOS DE EVALUACION A.PRECIO : 30% B.OFERTA TECNICA DEL SERVICIO 50% C. PLAZO DE ENTREGA Y EJECUCIÓN DE LA MANTENCION 20% CRITERIO A : PRECIO 30% , según la fórmula del Precio Mínimo Ofertado PMO= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X. CRITERIO B : OFERTA TÉCNICA DEL SERVICIO 50 % 100 pts.: El proveedor considera todos los trabajos requeridos para la mantención preventiva / según los Especificaciones Técnicas que conforman las presentes Bases de Licitación, 50 pts.: El proveedor se ajusta medianamente a los trabajos requeridos para la mantención preventiva según los Especificaciones Técnicas que conforman las presentes Bases de Licitación 0 pts.: El proveedor NO se ajusta a los trabajos requeridos para la mantención preventiva de los Equipos de Unidad de ascensores CRITERIO C : PLAZO DE ENTREGA Y EJECUCIÒN DE LA MANTENCIÓN 20% X= (Plazo de entrega y ejecución más conveniente (mínimo plazo (días/horas)) / Por cada uno de los plazos (días/horas) ofertados) * 100 ARTICULO 19: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República. ARTICULO 20: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO. El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones establecidas en las presentes bases administrativas y Especificaciones Técnicas a fin de garantizar un servicio de calidad. ARTICULO 21: DE LA RESOLUCION DE EMPATES En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la mayor ponderación obtenida en el criterio OFERTA TECNICA, de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate PRECIO, y de persistir la situación de empate, resolverá la unidad requirente con un informe fundando su elección. ARTÍCULO 22: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA 22.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta: La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través, del portal www.mercadopublico.cl, verificando el cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas. La apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N° 1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento. Los Oferentes que NO cumplan con los documentos requeridos para la presentación de ofertas, todos señalados en el Art.9 de las presentes Bases Administrativas Generales, le podrán ser solicitados a través del foro “Consultas y Aclaraciones” para ser respondidos en un lapso de 24 horas por la misma vía a través del portal www.mercadopublico.cl., siempre y cuando no se altere el principio de igualdad de condiciones. En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura. ARTÍCULO 23 : DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION 23 .1 De la Evaluación En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes. Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl. La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto por La Directora del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. 23.2. DE LA ADJUDICACION. La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas. De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva. La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos, se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna. Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada. ARTICULO 24: SUPERVISION DE LA PRESTACION. Corresponderá al Encargado de Logística y Subdirector Administrativo, la supervisión de los trabajos de mantención, quien evaluará el cumplimiento de los servicios contratados. ARTICULO 25: MODALIDAD DE PAGO. El sistema de pago será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios efectivamente realizadas, con la respectiva boleta de Honorarios o factura incluyendo Reporte mensual, la cual será cancelada previa visación del Encargado de Logística del Establecimiento y posteriormente por Subdirector Administrativo. Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado por Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro. Puesto en marcha el sistema DTE (Documentación Tributaria del Estado) se debe emitir Factura Electrónica por sistema Acepta, cuyo formato debe incluir Documento de Referencia (orden de Compra) y Folio (N° orden de compra), se comunica que SII rechaza los Documentos electrónicos que no vengan con el Formato Predestinado. Considerar Facturar con el formato indicado por S.I.I., dicho documento deben ser enviados en archivo XML a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com, bodega@redsalud.gov.cl. El no hacerlo, será causal del NO pago de las prestaciones y aplicación de multas, hasta que estas sean regularizadas, El sistema de pago será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios efectivamente realizadas, con la respectiva boleta de Honorarios o factura incluyendo Reporte mensual, con planilla de estadística de los usuarios atendidos, la cual será cancelada previa visación del Encargado de Mantención del Establecimiento y posteriormente por Subdirector Administrativo. Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado por Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro. Puesto en marcha el sistema DTE (Documentación Tributaria del Estado) se debe emitir Factura Electrónica por sistema Acepta, cuyo formato debe incluir Documento de Referencia (orden de Compra) y Folio (N° orden de compra), se comunica que SII rechaza los Documentos electrónicos que no vengan con el Formato Predestinado. Considerar Facturar con el formato indicado por S.I.I., dicho documento deben ser enviados en archivo XML a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com, facturacioncsf@redsalud.gov.cl. El no hacerlo, será causal del NO pago de las prestaciones y aplicación de multas, hasta que estas sean regularizadas, Una vez recibido el informe de Mantención y V°B° del Subdirector Administrativo, corresponderá a la Unidad de Abastecimiento, emitir la Orden de Compra correspondiente al mes de las prestaciones efectivamente realizadas. Estas órdenes se irán emitiendo de manera mensual. ARTICULO 26: LUGAR DE LA PRESTACION. El proveedor adjudicado deberá realizar las prestaciones de servicio en el Cesfam San Felipe El Real, ubicado en Calle Cajales N°1900-San Felipe ARTICULO 27: .: DE LAS GARANTIAS 27.1. Instrumento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro. El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar un instrumento bancario que sea de liquidez inmediata, pagadero a la vista e Irrevocable, como Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato proveniente del Llamado a Licitación, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, dicho documento debe ser entregado en la Oficina de Partes del Establecimiento, ubicado en Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe, Este instrumento será tomado a nombre del “Consultorio General Urbano San Felipe”, Rut: 69.287.560-5, con la individualización clara de " Por el fiel cumplimiento del Contrato proveniente de Licitación ID., en una entidad bancaria que estime conveniente. Monto: Equivalente al 5% del monto total del contrato Vigencia: 31 de Octubre de 2025. Devolución: Este instrumento será devuelto al proveedor hasta 30 días posteriores al vencimiento de la misma y de realizada la recepción conforme definitiva del servicio adjudicado. ARTICULO 28: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Se suscribirá un contrato entre el CESFAM San Felipe El Real y el oferente adjudicado que señalará el servicio que se obliga a entregar el adjudicatario conforme a las bases; su oferta y tendrá mientras haya presupuesto disponible. Las horas aquí contratadas deben realizarse dentro de ese periodo de tiempo. El Contrato proveniente de la Licitación denominada “MANTENCIÓN PREVENTIVA DE ASCENSORES DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL” estará disponible como plazo máximo a los 10 días HÁBILES de Adjudicada la Licitación en la Unidad de Abastecimiento. Posteriormente la unidad de abastecimiento, enviará al correo electrónico informado por el prestador dicho documento para que realice el trámite en cualquier Notaria, posterior a ésta notificación el prestador cuenta con un plazo máximo de 05 días hábiles para devolver el contrato firmado, de no cumplir con los plazos establecidos, el Consultorio General Urbano N°1 San Felipe, invalidará la adjudicación pudiendo con ello aplicar cláusula de Readjudicación al segundo proveedor con la ponderación más alta. El prestador deberá asumir la responsabilidad de realizar el trámite en Notaria y los costos de la suscripción de Contrato. El contrato será confeccionado por la unidad de Abastecimiento del CESFAM San Felipe El Real, y en él se establecerán las cláusulas que regirá la entrega del servicio requerido y adjudicado, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicatario, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. El adjudicatario deberá adjuntar la documentación que les requiera la unidad y deberá suscribirlo dentro de los 05 días siguientes a la fecha en que se le informe que el instrumento está disponible para su suscripción. El contrato será publicado en la licitación asignada del portal de compras mencionado. Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, el CESFAM San Felipe El Real tendrá derecho a READJUDICAR y junto con ello encomendar la provisión del servicio licitado al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación les sigan en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando la nulidad del proceso anterior y cancelación de la adjudicación respectiva, todo ello mediante resolución fundada. NOTA: El CESFAM San Felipe El Real podrá requerir del o los oferentes adjudicados todos los antecedentes que permitan conocer y validar cualquiera de las causales antes descritas, de igual forma podrá recurrir a las instancias e instituciones que regulan y fiscalizan el cumplimiento de estas disposiciones legales. ARTICULO 29: VIGENCIA DEL CONTRATO Y PERIODICIDAD DE LAS MANTENCIONES El Contrato tendrá una vigencia de 24 meses a contar de fecha de adjudicación. Las mantenciones requeridas deberán realizarse cada mes, correspondiendo realizar la primera mantención en un plazo máximo de 48 horas de adjudicada la propuesta de la solicitud, previa coordinación con Encargado de Logística, por lo tanto para 24 meses se requiere de un total de 24 mantenciones preventivas. ARTICULO 30: . DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Se entenderán que forman parte del presente contrato, los siguientes documentos: 1. Ficha de Licitación 2. Bases Administrativas Generales. 3. Especificaciones Técnicas y Formularios. 4. Serie de consultas y respuestas. 5. Apertura. 6. Acta de evaluación. 7. Resolución de adjudicación. 8. Contrato 9. Orden de Compra. 10. Todos los antecedentes que formen parte del Llamado a Licitación ARTÍCULO 31 : MULTAS Se aplicará una multa equivalente a 0.5 U.T.M., en éste caso se aplicará el monto señalado por cada día de retraso, la cual se descontará del pago correspondiente, en los siguientes casos: a) Incumplimiento de los plazos señalados en su oferta, tanto para la entrega o para observaciones formuladas de la Unidad Requirente o Referente Técnico del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real. b) Incumplimiento de los plazos de informe Técnico post mantención definidos en la carta compromiso, en éste caso se aplicará el monto señalado por cada día de retraso. Se aplicará una multa equivalente a 2 U.T.M., en éste caso se aplicará el monto señalado, la cual se descontará del pago correspondiente, en los siguientes casos: a) Faltas a las cláusulas de la oferta, que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al proveedor b) Incumplimiento a las Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas que rigen la presente Licitación ARTÍCULO 32: PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTAS La multa se hará efectiva una vez que el encargado de Mantención o Servicios Generales informe por escrito a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio en cualquiera de los ámbitos señalados en el Artículo 31, ya sea en plazo y ejecución de los trabajos, posteriormente la Unidad de Abastecimiento generará Acto Administrativo y notificara al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. ARTICULO 33: CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO Podrá ponerse término anticipado del Contrato en los siguientes casos: a) Por acuerdo entre las partes. b) Por incumplimiento del Prestador del Servicio Profesional, ya sea por: - Inadecuada calidad de la prestación, tanto en lo técnico como administrativo. - No acatar en forma reiterada las indicaciones del Encargado de Servicios Generales, Prevencionista y/o Jefe Administrativo del Consultorio. - No cumplir con las horas semanales de trabajo establecida en el cronograma del programa de Mantención. c) Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Mandante. En este caso se podrá cursar las cancelaciones correspondientes a la prestación ejecutada hasta la fecha del término del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, el Consultorio se reserva el derecho de poner término unilateralmente al contrato avisando al contratista con 30 días de anticipación. d)Contar con 3 multas o más procesadas ARTICULO 34: .: CONTINUACION DE LA PRESTACION POR TÉRMINO ANTICIPADO El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real (Mandante), determinará el procedimiento a seguir para la continuación de la prestación. Esta continuidad de prestaciones podrán ser autorizadas mediante Resolución Exenta aduciendo a la Contratación de Servicios Conexos, según el Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas y siempre que no supere la Disponibilidad Presupuestaria asignada para esta Licitación Pública. ARTICULO 35: COMPONENTES DEL SERVICIO LICITADO La mantención requerida contempla la mantención preventiva MENSUAL de 02 ascensores, por un periodo de 24 meses, La mantención corresponde a los trabajos de limpieza más importantes, que deben ser realizados en los equipos; así como también el cumplimiento a Check list establecido en los Especificaciones Técnicas. Se da por entendido que el proponente, tiene la capacidad técnica, elementos, materiales instrumentos y experticia práctica para la ejecución de dicha mantención. Los trabajos a realizar si bien corresponden a mantención de un equipo, de todas maneras deben considerar una solución integral al requerimiento de mantención preventiva. Considerando los tiempos para realizar las mantenciones, el cual deberá ceñirse a la disponibilidad del establecimiento con horario de lunes a jueves desde las 08:00 a las 17:00 Hrs, viernes desde las 08:00 a las 16:00 Hrs y sábado desde las desde las 08:00 a las 14:00Hrs. MANTENCIÓN SÓLO PREVENTIVA SIN REPUESTOS : Este tipo de visitas serán programadas y en ellas deben realizarse una revisión visual externa, comprobación de funcionamiento, ajuste, lubricación y limpieza del equipo, según check list Se da por entendido que el proponente, tiene la capacidad técnica, elementos, materiales instrumentos y experticia práctica para la ejecución de dicha mantención. Los trabajos a realizar si bien corresponden a mantención de un equipo, de todas maneras deben considerar una solución integral al requerimiento de mantención preventiva. Considerando los tiempos para realizar las mantenciones, el cual deberá ceñirse a la disponibilidad del establecimiento con horario de lunes a jueves desde las 08:00 a las 17:00 Hrs, viernes desde las 08:00 a las 16:00 Hrs y sábado desde las desde las 08:00 a las 14:00Hrs. ARTICULO 36: ALCANCE DE LOS TRABAJOS Las condiciones que se señalan en las presentes Especificaciones Técnicas, se entenderán como requerimientos mínimos necesarios que deben presentar todas las actividades relacionadas con la mantención del circuito de corrientes débiles del establecimiento. Es de responsabilidad del contratista la ejecución de todos los trabajos que, aun cuando no estén explícitamente señalados en los documentos, sean necesarios para cumplir con el requerimiento, bajo una perspectiva de utilización efectiva y eficiente de los recursos asignados. El suministro deberá incluir todo elemento necesario para dar cumplimiento a este requerimiento dejando en funcionamiento el equipo intervenido. El Contratista deberá entregar informe técnico a Encargado de Mantención de la unidad de Servicios Generales del CESFAM y/o Encargado de Prevención, el que deberá considerar a lo menos: • Memoria técnica de los trabajos realizados • Listado de insumos utilizados. • Set de fotografías de los trabajos realizados • Plan de mantenimiento próxima intervención • Entrega de informe posterior a los trabajos realizados debe realizarse en un plazo máximo de 05 días corridos El contratista deberá firmar un registro, según formato realizado por Servicios Generales (el cual se realiza en portería), donde se especifica la hora de ingreso, especificaciones de las mantenciones y horario de salida que realizó el trabajo. ARTICULO 37: CUIDADOS DE LA ZONA DE TRABAJO Se debe entender que las mantenciones se realizan dentro del CESFAM, el cual se encuentra en funcionamiento y con atención de público, por lo que será responsabilidad del Contratista los daños ocasionados a las instalaciones que se intervengan y deberá reparar todos daños producidos por trabajos e incluso reponer equipos, accesorios o pinturas que se dañen por causa o en ocasión de los trabajo que realice. Considerando que los sectores intervenidos, se encuentran equipos y sistemas energizados y en utilización, toda intervención será previamente coordinada con Encargado de Mantención del CESFAM y/o Encargado de Prevención con el objeto de generar la menor alteración de las actividades que se desarrollan en el CESFAM y/o Complejo de Salud, idealmente fuera del horario habitual de trabajo, el referente técnico de las mantenciones será el Encargado de Mantención del CESFAM. ARTICULO 38: SEGURIDAD Y OTROS. El Contratista, será responsable de tomar todas las medidas de seguridad, para evitar posibles accidentes o fallas durante la mantención del equipo. Esto considerando personal propio de la empresa, funcionarios del CESFAM y usuarios, por lo que se deberá tener especial cuidado en la señalética de obra, indicación de equipos y/o sistemas energizados, y elementos de mitigación de polución y ruido. El contratista, debe proporcionar a sus trabajadores la totalidad de Elementos de Protección Personal certificados, para las tareas a realizar en el CESFAM. El contratista debe entregar un plan de trabajo y procedimientos de trabajo seguro, CON REGISTRO DE LA ODI Y REGISTRO DE ENTREGA EPP. Sera encargada de supervisar la seguridad la Encargada de Prevención de riesgos del CESFAM. ARTICULO 39: ADMISIBILIDAD DE LA OFERTA Previo a la etapa de evaluación, se evaluará la ADMISIBILIDAD de las ofertas, en cuanto a que cuenten con los requisitos mínimos establecidos para poder evaluar, en punto DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS en las presentes Bases, serán declaradas INADMISIBLE, motivo por el cual no serán evaluadas. La comisión de Evaluación se reserva el derecho de declarar inadmisible ofertas, fundando siempre en el Acta de Acta su decisión. ____________________________________________________________________________________________ TERMINOS DE REFERENCIA “MANTENCIÓN PREVENTIVA DE ASCENSORES DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL” Los Presentes Términos Técnicos de Referencia, regularán el proceso de licitación y contratación de la prestación de servicios denominado “MANTENCIÓN PREVENTIVA DE ASCENSORES DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL, a desarrollarse por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican: - Las Bases Administrativas Generales. - Términos Técnicos de Referencia - Formularios ARTICULO 1º. NORMAS Y REGLAMENTOS El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución. En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales, Reglamentos, Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen un recinto Asistencial. ARTICULO 2º. LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS Propuesta: “MANTENCIÓN PREVENTIVA DE ASCENSORES DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL” ,”, con la indicación visible del nombre del proponente, conteniendo los documentos que se señalan a continuación. Es Obligatorio además ingresar la oferta al portal www.mercadopublico.cl. El no hacerlo invalida la oferta. La presentación de los documentos será en forma digital, escaneada y adjunta a la oferta, hecha en el portal www.mercadopublico.cl. El postulante deberá utilizar los formatos o modelos de estos, que se anexan, en los casos que correspondan. Los documentos de la licitación, que así lo indiquen, deberán ser firmados por el Representante Legal en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario, de este, en caso de Persona Natural. Las Propuestas se recibirán a través, de www.mercadopublico.cl, anexando todos los antecedentes solicitados. Los profesionales interesados en ofertar deben estar inscritos en el Registro Chileproveedores y en calidad de HABIL al momento de contratar. ARTICULO 3º. ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS. La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por La Directora del Establecimiento. En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes. Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación. De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados. La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas. La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión. ARTICULO 4° PAUTA DE EVALUACION. Los factores a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican en el ARTÍCULO 18 de las Presentes Bases Administrativas. ARTICULO 5°: DE LA ADJUDICACION. La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas. De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva. La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos, se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna. Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada. ARTICULO 6°. SUPERVISION DE LA PRESTACION. Corresponderá al Logística, la supervisión de los trabajos de mantención, quien evaluará el cumplimiento de los servicios contratados. ARTICULO 7°. MODALIDAD DE CANCELACION. El sistema de pago será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios efectivamente realizadas, con la respectiva boleta de Honorarios o factura incluyendo Reporte mensual, con planilla de estadística de los usuarios atendidos, la cual será cancelada previa visación del Encargado de Servicios Generales del Establecimiento y posteriormente por la Jefe Administrativo. Una vez recibida la Boleta o Factura con el V°B° del Encargado de Servicios Generales y V°B° de la Jefe Administrativo, corresponderá a la Unidad de Abastecimiento, emitir la Orden de Compra correspondiente. Estas órdenes se emitirán por servicio realizado. ARTICULO 8°. DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO. El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o productos de excelente calidad. La mantención de los ascensores, deberá ser efectuada por una persona con inscripción vigente en la especialidad Mantenedores del Registro de la Ley Nº20.296, quien deberá acreditar su condición de tal mediante la presentación de un certificado de inscripción vigente en el mencionado registro que deberá formar parte de los contratos respectivos, debiendo entregar además, en cada mantención que realice conforme al plan anual de mantención especificado por el fabricante, una copia del certificado que acredite la vigencia de dicha inscripción. El contratista deberá firmar un registro, según formato realizado por Servicios Generales (el cual se realiza en portería), donde se especifica la hora de ingreso, especificaciones de las mantenciones y horario de salida que realizó el trabajo. ARTICULO 9°. LUGAR DE LA PRESTACION. El profesional adjudicado deberá realizar las prestaciones de servicio en el Cesfam San Felipe El Real, ubicado en Calle Cajales N°1900-San Felipe ARTICULO 10°. COMPONENTES DEL SERVICIO LICITADO La mantención requerida contempla la mantención preventiva MENSUAL de 02 ascensores, por un periodo de 24 meses, según se detalla a continuación: La mantención de estas instalaciones se efectuará una vez por mes, debiendo instalarse al interior de la cabina del ascensor, un cuadro anual en el que se registren la fecha de mantención, la empresa y el nombre del personal técnico que la efectuó. La mantención de los ascensores, deberá ser efectuada por una persona con inscripción vigente en la especialidad Mantenedores del Registro de la Ley Nº20.296, quien deberá acreditar su condición de tal mediante la presentación de un certificado de inscripción vigente en el mencionado registro que deberá formar parte de los contratos respectivos, debiendo entregar además, en cada mantención un informe que realice conforme al plan anual de mantención especificado por el fabricante, una copia del certificado que acredite la vigencia de dicha inscripción. Después de cada inspección se deberá confeccionar un reporte por el personal encargado y designado por Ia Empresa, en el cual se consignen las observaciones respectivas, el que deberá remitirse en un plazo máximo de 48 hrs., posteriores a Ia inspección, al encargado de Logística del CESFAM San Felipe El Real. Además deberá indicar el tipo de medida correctiva que se deberá realizar, si hubiese sido detectado en la mantención preventiva la necesidad de reparar algún insumo o implemento del ascensor.” Además de mencionar que se ha decidido usar el listado que entrega la empresa check list, considerando que ellos son los fabricantes de los ascensores del establecimiento. Estado Estado Sector inspeccionado Per. #1 #2 Sector inspeccionado Per. #1 #2 1) SALA DE MAQUINAS / AREA MAQUINAS 1.1 Ventilador de motor M 1.10 Cuadro de Control M 1.2 Nivel aceite de motor (si corresponde) M 1.11 Estado de Relés M 1.3 Estado de descansos de m otor M 1.12 Estado de Contactores M 1.4 Nivel aceite Reductor y Descansos Exteriores (si corresponde) M 1.13 Estado de conexiones M 1.5 Estado de Rodamientos Empuje S 1.14 Estado de piso M 1.6 Sistema Freno principal (estado/ajuste) S 1.15 Carteles instructivos M 1.7 Regulador de Velocidad T 1.16 Acceso a sala de máquinas M 1.8 Poleas (Tractoras/desvío/suspensión) T 1.17 Estado de seguridades M 1.9 Estado Máquina Reductora (si corresponde M 1.18 Estado de iluminación M 2) CABINA 2.1 Estado de Botonera M 2.5 Estado de Polines M 2.2 Estado de Indicación de Piso en cabina M 2.6 Iluminación de Cabina M 2.3 Estado de Alarma/Citófono M 2.7 Ventilador M 2.4 Estado de Operador de Puerta M 3a) ESCOTILLA PISO (todas las paradas) 3a.1 Estado de Puertas M 3b) ESCOTILLA (todas las paradas) 3b.1 Estado de Cable Regulador S 3a.2 Estado de Polines M 3b.2 Estado de Cables Tractores S 3a.3 Estado de Botoneras de Piso M 3b.3 Estado de seguridades M 3a.4 Estado de Indicador de Piso M 3b.4 Sistema de Información magnética M 3a.5 Piolas y Patines M 3b.5 Estado de Lubricadores M 3a.6 Otros 3b.6 Estado de Zapatas de Cabina T 3b.7 Estado de Zapatas de Contrapeso T 4) POZO 4.1 Paragolpes de Cabina S 4.4 Estado Polea Limitador M 4.2 Paragolpes de Contrapeso S 4.5 Acceso a Pozo S 4.3 Estado de seguridades M 10.1.-MANTENCIÓN SÓLO PREVENTIVA : Para mantenciones reparativas menores, se establecerá aquellas que cuyos insumos o repuestos no superen las 03 UF, el Contratista deberá suministrar sin costo alguno para el Establecimiento. Este tipo de visitas serán programadas y en ellas deben realizarse una revisión visual externa, comprobación de funcionamiento, ajuste, lubricación y limpieza del equipo. Se da por entendido que el proponente, tiene la capacidad técnica, elementos, materiales instrumentos y experticia práctica para la ejecución de dicha mantención. Los trabajos a realizar si bien corresponden a mantención de un equipo, de todas maneras deben considerar una solución integral al requerimiento de mantención preventiva. Considerando los tiempos para realizar las mantenciones, el cual deberá ceñirse a la disponibilidad del establecimiento con horario de lunes a jueves desde las 08:00 a las 17:00 Hrs, viernes desde las 08:00 a las 16:00 Hrs y sábado desde las desde las 08:00 a las 14:00Hrs. 10.2.-MANTENCION CORRECTIVA O REPARATIVA Se define como aquella mantención que se realiza para reparar un equipo toda vez que se ha producido una falla, se orienta a la restitución del normal funcionamiento del equipo mediante la reparación y/o reposición de piezas y partes, eliminando de esta manera la causa que ha provocado la detención o falla del equipo. La mano de obra, traslados de técnicos y/o equipos, insumos, materiales, etc., de todas las mantenciones reparativas que se requieran durante la vigencia del contrato deben estar consideradas en el precio de la oferta. Para mantenciones reparativas menores, se establecerá aquellas que cuyos insumos o repuestos no superen las 03 UF, el contratista deberá suministrar sin costo alguno para el Establecimiento. En el caso de reparaciones mayores al monto estipulado en el párrafo anterior (3 UF), éstas se consideraran Mantención Correctiva Mayor, y para ello el proveedor deberá presentar un presupuesto en un plazo máximo de 24 horas hábiles desde emitido el informe técnico correspondiente de cambio de repuesto, éste presupuesto debe contener: 1.-Identificación completa del proveedor 2.-Equipo a intervenir (marca, modelo, número de serie, inventario, etc.) 3.-Tipo de intervención 4.-Descripción de la Intervención (detalle de la reparación y repuestos que se requieren) 5.-Costos de repuestos, los cuales deben ser claramente desglosados 6.-Plazos involucrados para la ejecución de los trabajos 7.-Garantías comprometidas para la mano de obra y repuestos ofertados. Dicho presupuesto será recepcionado y en el caso de ser aprobado y autorizado por la jefatura correspondiente, se tramitará administrativamente para la generación de la orden de compra respectiva. Para la facturación de estos trabajos, la empresa deberá contar previamente con la orden de compra respectiva y recepción conforme de servicios generales. La empresa sólo procederá con la ejecución de los trabajos, una vez emitida la orden de compra correspondiente. 10.3.-INFORME DEL TRABAJO REALIZADO Por cada mantención que se realice a los equipos, el contratista deberá general el informe técnico correspondiente en triplicado, individualizando el equipo, adjuntar protocolo completo del trabajo realizado, debiendo ser firmado por el técnico y por el supervisor técnico. 10.4.-ETIQUETA INFORMACION MANTENCION Sera de carácter obligatorio que cada vez que se realice una mantención a los equipos, que el Técnico de la Empresa en Convenio, adhiera una etiqueta indeleble con los datos del equipo, fecha de la mantención, nombre técnico y fecha próxima mantención. 11. VISITA A TERRENO (OBLIGATORIA) Los oferentes deberán participar en una visita a terreno OBLIGATORIA programada para el día LUNES 02-10-2023 a las 12:00 horas en la cual tendrán una visión más acabada de las necesidades de mantención de los ascensores del Cesfam 12. LUGAR Y HORARIO Los trabajos de deberán realizar en el CESFAM San Felipe y podrán trabajar en horario que no interrumpa el normal funcionamiento de éste previa coordinación con Servicios Generales 13. CESION DE CONTRATO El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el órgano comprador. 14. SUBCONTRATACION Se encuentra prohibida la subcontratación total o parcial de servicios. 15. REUNION DE COORDINACION Una vez adjudicada la propuesta, el proveedor adjudicado deberá asistir a reunión de coordinación para inicio de las mantenciones, ésta se realizara previa coordinación entre la Unidad de Abastecimiento vía correo electrónico, debiendo el proveedor asistir obligatoriamente en la fecha y hora coordinada.