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BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS |
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BASES ADMINISTRATIVAS
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS DENTALES PARA CESFAM SAN FELIPE EL REAL
GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, regularán el proceso de licitación y adquisición denominada “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS DENTALES PARA CESFAM SAN FELIPE EL REAL”
La presente licitación tiene como objetivo adquirir insumos con entrega parcializada para stock de insumos dentales del CESFAM San Felipe El Real, por un periodo de 24 meses según el siguiente detalle:
cantidad INSUMO
84 UD VIDRIO IONOMERO PARA OBTURACION TIPO II CHEMFILL
Vencimiento mayor a 12 meses
14 UD VIDRIO IONOMERO PARA OBTURACION TIPO II KETAC MOLAR
Vencimiento mayor a 12 meses
300 UD ACIDO ORTOFOSFORICO JERINGA GEL: Gel Etchant 37,5% Jeringa 3gr
Vencimiento mayor a 12 meses
3000 UD MICROAPLICADOR DE ADHESIVO FINO
3000 UD MICROAPLICADOR DE ADHESIVO SUPER FINO
30 UD COMPOSITE FLOWABLE BULK FILL NANOHIBRIDA JERINGA A2
Vencimiento mayor a 12 meses
30 UD COMPOSITE FLOWABLE BULK FILL NANOHIBRIDA JERINGA A3
Vencimiento mayor a 12 meses
40 UD COMPOSITE BULK FILL JERINGA A3 (TIPO FILTEK /HARMONIZE)
Vencimiento mayor a 12 meses
30 UD COMPOSITE BULK FILL JERINGA A2 (TIPO FILTEK /HARMONIZE)
Vencimiento mayor a 12 meses
22 UD COMPOSITE COMPACTO NANOHIBRIDA JERINGA A BODY 3,5 (TIPO FILTEK Z350/HARMONIZE)
Vencimiento mayor a 12 meses
70 UD COMPOSITE COMPACTO NANOHIBRIDA JERINGA A BODY 3 (TIPO FILTEK Z350/HARMONIZE)
Vencimiento mayor a 12 meses
30 UD COMPOSITE COMPACTO NANOHIBRIDA JERINGA A2 BODY (TIPO FILTEK Z350/HARMONIZE)
Vencimiento mayor a 12 meses
24 UD COMPOSITE COMPACTO NANOHIBRIDA JERINGA A4 BODY (TIPO FILTEK Z350/HARMONIZE)
Vencimiento mayor a 12 meses
24 UD PARAMONOCLOROFENOL ALCANFORADO
Vencimiento mayor a 12 meses
100 UD ADHESIVO DE COMPOSITE UNIVERSAL TIPO ONE COAT 7/OPTIBOND UNIVERSAL/SINGLE BOND UNIVERSAL 5ML)
vencimiento mayor a 12 meses
400 UD TIRA NERVIOS MORADOS
600 UD TIRA NERVIOS BLANCOS
1000 UD TIRA NERVIOS AMARILLO
1000 UN MEPIVACAINA 3 % (54 MG/1,8 ML) SOLUCION INYECTABLE , AMPOLLA.
1200 UN Disco pulido grano medio tipo Soflex azul 1/2 (12.7mm)grande.
1200 UN Disco pulido grano fino tipo Soflex celeste 1/2 (12.7mm)grande.
1200 UD Disco pulido grano ultrafino tipo Soflex celeste claro 1/2 (12.7mm)grande.
1200 UD Disco pulido grano grueso tipo Soflex negro 12,7 mm,
5000 UD Funda protectora Vista Scan Durr. Tamaño adulto N° 2
24 UD SOLUCION HEMOSTATICO FRASCO 20 Ó 30 ML
Vencimiento mayor a 12 meses
3800 UN BARNIZ FLUOR CLINPRO CLEAR 2.1% UNIDOSIS.
Vencimiento mayor a 12 meses
12 UD
BANDA MATRIZ P/PORTA MATRIZ 7 MM
12 UD BANDA MATRIZ P/PORTA MATRIZ 5MM
500 UD PASTA DENTAL ADULTO 1450 PMM
400 UD CEPILLO DENTAL ADULTO SUAVE CABEZAL RECTO
300 UD SEDA DENTAL ADULTO
60 UD SELLANTE DE FOSAS Y FISURAS
100 UD Pasta de dientes 5000ppm de flúor
80 UD Jeringa de vidrio ionomero de fotopolimerizado
Vencimiento mayor a 12 meses
ARTICULO 1º MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta.
La Adjudicación de la Licitación Pública se materializará mediante Resolución Exenta y el contrato, se formalizará según lo estipulado en el Artículo N°20 de las presentes Bases Administrativas.
ARTICULO 2º CONDICION DE LOS PROPONENTES
Podrán participar en la presente licitación Personas Naturales o Jurídicas y/o UTP (Unión Temporal de Proveedores) que ofrezcan los insumos requeridos.
ARTICULO 3º ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE
El CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, los antecedentes que se indican:
Las presentes Bases Administrativas.
Anexos Técnicos.
Formularios.
ARTICULO 4º. NORMAS Y REGLAMENTOS
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento del llamado a Licitación Pública, Bases, Antecedentes, análisis, evaluación de los Postulantes, adjudicación mediante Resolución Exenta y la formalización del respectivo contrato mediante la emisión de la Orden de Compra.
En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales, Reglamentos, Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen un recinto Asistencial.
ARTICULO 5º VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 6º. DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Para la Propuesta: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS DENTALES PARA CESFAM SAN FELIPE EL REAL”
del CESFAM San Felipe El Real, será obligatorio ingresar la oferta Administrativa y Económica al portal www.mercadopublico.cl.
La forma de evaluar y adjudicar la propuesta pública será por “Línea”.
El Oferente deberá anexar como requisito OBLIGATORIO, todas las fichas técnicas de los insumos ofertados, para una correcta evaluación.
El postulante deberá utilizar los formatos o modelos de estos, que se anexan, en los casos que correspondan.
Los documentos de la licitación, que así lo indiquen, deberán ser firmados por el Representante Legal en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario, de este, en caso de Persona Natural.
Las Propuestas se recibirán a través, de www.mercadopublico.cl, anexando todos los antecedentes solicitados.
6.1.- FORMULARIOS
Las ofertas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones y cualquier otro dato relevante del servicio ofertado.
TODAS LAS OFERTAS DEBERÁN INCLUIR OBLIGATORIAMENTE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
FORMULARIO Nº1: FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
FORMULARIO Nº2: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LAS BASES.
FORMULARIO Nº3: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DEL OFERENTE INHABILIDADES
FORMULARIO Nº4: UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
FORMULARIO Nº5: DECLARACIÓN JURADA POR INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR
FORMULARIO Nº 6: NOMINA DE CLIENTES
FORMULARIO Nº 7: DESCRIPCION TECNICA Y ECONOMICA DE LA OFERTA
FORMULARIO Nº8: CARTA DE COMPROMISO: PLAZA DE ENTREGA
FORMULARIO Nº9 CARTA DE COMPROMISO: VENCIMIENTO
Nota: Será obligación del oferente presentar todos estos documentos en su propuesta.
AQUELLOS OFERENTES QUE NO ADJUNTEN LOS ANEXOS SOLICITADOS Y NO ENTREGUEN LA INFORMACION REQUERIDA, SU OFERTA SERA DECLARADA INADMISIBLE.
En cuanto a los documentos señalados como anexos, el proveedor deberá presentarlos OBLIGATORIAMENTE y subirlos a su oferta administrativa o económica según corresponda en el portal www.mercadopublico.cl . Esta copia deberá ser imagen digitalizada del original firmado por el Representante Legal.
NOTA: EL PROVEEDOR ADJUDICADO, DEBERA HACERSE CARGO DEL COSTO TOTAL DEL DESPACHO DE LOS INSUMOS. YA QUE, ESTE CESFAM SAN FELIPE EL REAL, NO ASUMIRA COSTOS POR RECEPCION.
ARTICULO 7°. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
Se establece que las consultas se deberán hacer, a través, del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechas fuera de plazo.
La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 8°. ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
Las postulaciones serán evaluadas por una Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, la cual seleccionará y evaluará las propuestas que den cumplimiento cabal a lo establecido en el artículo N° 5 de las presentes bases.
ARTICULO 9°. CRITERIOS DE EVALUACION
Productos que no cumplan con lo solicitado no serán evaluados, la oferta no será admisible.
Las ofertas recibidas serán evaluadas de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación:
CRITERIO Nº1: PRECIO 30 %, según la fórmula del Precio Mínimo Ofertado
PMO= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X.
CRITERIO Nº2: CALIDAD TÉCNICA DEL INSUMO 40 %
A.-Fecha de vencimiento 10 % (si corresponde)
El vencimiento debe asegurar un vencimiento mayor 12 meses cuando el producto sea despachado. Por lo cual proveedor debe adjuntar compromiso de vencimiento.
100 pts: Fecha vencimiento igual o superior a 12 meses.
0 pts: Fecha Vencimiento inferior a 12 meses.
B.- insumo cumple con lo solicitado 30% si corresponde
100 pts: insumo se ajustan según requerimiento de unidad requirente
50 pts: insumo se ajustan medianamente según requerimiento de unidad requirente
0 pts: insumo no se ajustan a requerimiento de unidad requirente
CRITERIO Nº3: PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS 30 %
100 pts: Menor o igual 24 hrs
70 pts: Mayor a 24 hrs y menor o igual a 48 hrs.
30 pts: Mayor a 48 hrs y menor o igual a 72 hrs.
0 pts: Plazo de entrega superior a 73 horas o no informa.
ARTICULO 10°. INTEGRANTES DE LA COMISION EVALUADORA
La Comisión Evaluadora está conformada por Jefatura de Abastecimiento, Coordinador de procesos Odontológicos y Químico Farmacéutico del establecimiento, los cuales serán mencionados en Resolución Exenta.
ARTICULO 11°. RESOLUCION DE DISCREPANCIAS
Cualquier discrepancia entre los distintos documentos de la prestación, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por el Director (s) del CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría General de la República.
En todo caso, los antecedentes se interpretarán siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de la prestación, conforme con las normas de la Bases Técnicas Especiales.
ARTICULO 12°. MODIFICACIONES DE LAS CANTIDADES A ADQUIRIR
En el transcurso de la evaluación o de la adjudicación de los productos o servicios, el Mandante podrá determinar según sus necesidades, el aumento o disminución de un 30% de los productos a adquirir.
Las partidas que se ejecuten por concepto de aumento, deberán ser aprobadas por el Mandante (quedando reflejada la autorización en la respectiva Resolución de Adjudicación), siempre y cuando estas no superen la Disponibilidad Presupuestaria, aprobada para esta Licitación Pública.
De igual modo, las disminuciones de partidas, deberán ser igualmente aprobadas por el Mandante (quedando reflejada la autorización en la respectiva Resolución de Adjudicación).
ARTICULO 13°. MODALIDAD DE CANCELACION.
El sistema de pago será dentro de 30 días, por entregas de productos/servicios efectivamente realizadas, contra presentación de la correspondiente Factura, la cual será cancelada previa visación del Jefe Administrativo y realizados los correspondientes procesos administrativos del Establecimiento.
Será la Unidad de Contabilidad y Presupuesto del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real el encargado de gestionar el pago de la respectiva factura, enviada a nombre del CESFAM SAN FELIPE EL REAL Rut: 69.287.560-5, domiciliado en CAJALES N° 1900, SAN FELIPE, Giro: SALUD.
ARTICULO 14°. DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO.
El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o entrega de productos de excelente calidad.
a) El proveedor deberá despachar los insumos requeridos directamente a Cajales 1900, San Felipe, solicitud que se realizará mediante una orden de compra la cual indicara las cantidades de acuerdo a los precios y condiciones establecidas en la oferta.
b) El despacho debe realizarse en un plazo máximo indicado por el ofertante una vez de emitida la orden de compra, según carta compromiso, acompañado de la GUIA DE DESPACHO, indicando el número de serie o lote y fecha de vencimiento del producto. El costo del despacho debe ser asumidos por el proveedor. La unidad de Abastecimiento podrá cancelar unilateralmente la orden de compra en cualquiera de los siguientes casos :
a. Si el proveedor oferta un producto que no tiene en stock.
b. Si los productos llegan vencidos o en mal estado
c. Si el proveedor oferta una marca y envía otra.
d. Si el proveedor no envía el 100% de los productos según OC, sin aviso previo.
e. Envía vencimiento menor de 12 meses.
c) El proveedor deberá despachar productos con vencimiento mayor a 12 meses según carta de compromiso formulario N°8
ARTICULO 14.1°: De manera obligatoria se debe facturar medicamentos e insumos médicos bajo normativa N°226, la que establece incluir en detalle de factura o guía de despacho lo siguiente en cada producto:
MODELO
N° DE SERIE O LOTE
FECHA DE VENCIMIENTO
AUTORIZACION ISP
NOMBRE LABORATORIO
CANTIDAD QUE ENTREGA
ARTICULO 15°. PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA
15.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta:
La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través, del portal www.mercadopublico.cl, verificando el cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas.
La apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N° 1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento.
Los Oferentes que NO cumplan con los documentos requeridos para la presentación de ofertas, todos señalados en el Art.13 de las presentes Bases Administrativas Generales, le podrán ser solicitados a través del foro “Consultas y Aclaraciones” para ser respondidos en un lapso de 24 horas por la misma vía a través del portal www.mercadopublico.cl.
En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura.
ARTÍCULO 16: DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION
16.1 De la Evaluación
En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes.
Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl.
La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto por El Director (s) del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real.
ARTICULO 17°. SOBRE LA READJUDICACION
Cuando un proveedor adjudicado, informare la no aceptación o cancelación de la orden de compra; el no despacho de los productos adjudicados, a sea por quiebre de stock, por deuda, por no superar el monto mínimo de despacho solicitado o por no despachar a la región el CESFAM San Felipe El Real, podrá re adjudicar a la segunda mejor oferta para el insumo requerido. Siempre y cuando el siguiente proveedor cumpla con los requerimientos solicitados y cuente con la total disponibilidad de los insumos. Si esta lógica no se cumpliera, se podrá requerir de la tercera mejor oferta y así sucesivamente, hasta cumplir así con las necesidades del Establecimiento de los productos o servicios requeridos. Formalizándose mediante Resolución Fundada.
ARTICULO 18°. FORMA DE ENTREGA
La entrega de los insumos deberá ser parcializada, cumpliendo según orden de compra enviada por unidad requirente acorde a las necesidades del Establecimiento y deberán ser entregadas en las dependencias de la Bodega Farmacia del Establecimiento. Ubicadas en calle Sargento Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe en el siguiente horario :
Lunes a Jueves de 8:30 a 12:30 (mañana) y de 14:30 a 16:30 (tarde)
Viernes de 08:30 a 13:00 horas.
*Toda entrega fuera de horario será rechazada.
ARTICULO 19°. DE LAS GARANTIAS
19.1. Instrumento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro.
El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar un instrumento bancario que sea de liquidez inmediata, pagadero a la vista e Irrevocable, como Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato proveniente del Llamado a Licitación, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, dicho documento debe ser entregado en la Oficina de Partes del Establecimiento, ubicado en Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe,
Este instrumento será tomado a nombre del “Consultorio General Urbano San Felipe”, Rut: 69.287.560-5, con la individualización clara de "Por el fiel cumplimiento del Contrato proveniente de Licitación ID., en una entidad bancaria que estime conveniente.
Monto: Equivalente al 5% del monto total del contrato
Vigencia: 29 de Enero de 2027.
Devolución: Este instrumento será devuelto al proveedor hasta 30 días posteriores al vencimiento de la misma y de realizada la recepción conforme definitiva del servicio adjudicado.
ARTICULO 20°. SUSCRIPCION DEL CONTRATO
Se suscribirá un contrato entre el CESFAM San Felipe El Real y el oferente adjudicado que señalará el servicio que se obliga a entregar el adjudicatario conforme a las bases; su oferta y tendrá mientras haya presupuesto disponible.
El Contrato proveniente de la Licitación CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS DENTALES PARA CESFAM SAN FELIPE EL REAL” estará disponible como plazo máximo a los 10 días HÁBILES de Adjudicada la Licitación en la Unidad de Abastecimiento.
Posteriormente la unidad de abastecimiento, enviará al correo electrónico informado por el prestador dicho documento para que realice el trámite en cualquier Notaria, posterior a ésta notificación el prestador cuenta con un plazo máximo de 05 días hábiles para devolver el contrato firmado, de no cumplir con los plazos establecidos, el Consultorio General Urbano N°1 San Felipe, invalidará la adjudicación pudiendo con ello aplicar cláusula de Readjudicación al segundo proveedor con la ponderación más alta.
El prestador deberá asumir la responsabilidad de realizar el trámite en Notaria y los costos de la suscripción de Contrato.
El contrato será confeccionado por la unidad de Abastecimiento del CESFAM San Felipe El Real, y en él se establecerán las cláusulas que regirá la entrega del servicio requerido y adjudicado, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicatario, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. El adjudicatario deberá adjuntar la documentación que les requiera la unidad y deberá suscribirlo dentro de los 05 días siguientes a la fecha en que se le informe que el instrumento está disponible para su suscripción. El contrato será publicado en la licitación asignada del portal de compras mencionado.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, el CESFAM San Felipe El Real tendrá derecho a READJUDICAR y junto con ello encomendar la provisión del servicio licitado al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación les sigan en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando la nulidad del proceso anterior y cancelación de la adjudicación respectiva, todo ello mediante resolución fundada.
NOTA: El CESFAM San Felipe El Real podrá requerir del o los oferentes adjudicados todos los antecedentes que permitan conocer y validar cualquiera de las causales antes descritas, de igual forma podrá recurrir a las instancias e instituciones que regulan y fiscalizan el cumplimiento de estas disposiciones legales.
ARTICULO 21°. DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO
Se entenderán que forman parte del presente contrato, los siguientes documentos:
1. Bases Administrativas Generales.
2. Especificaciones Técnicas y Anexos.
3. Serie de consultas y respuestas.
4. Apertura.
5. Ofertas Recibidas.
6. Acta de evaluación.
7. Resolución de adjudicación.
8. Orden de Compra
9. Contrato
10. Todos los antecedentes que formen parte del Llamado a Licitación.
ARTICULO 22°.- CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO
Podrá ponerse término anticipado del Contrato en los siguientes casos:
a) Por acuerdo entre las partes.
b) Por incumplimiento a las Bases Administrativas o Condiciones de su oferta
c) Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Mandante. En este caso se podrá cursar las cancelaciones correspondientes a la prestación ejecutada hasta la fecha del término del contrato.
d) Por No Aceptación de la Orden de Compra.
e) Por No Suscripción del Contrato en Notaria respectiva.
f) Por NO prestación de los Servicios dentro de los plazos estipulados en su oferta.
g) Sin perjuicio de lo anterior, el Consultorio se reserva el derecho de poner término unilateralmente al contrato avisando al contratista con 30 días de anticipación.
ARTICULO 23°. CONTINUACION DE LA PRESTACION POR TÉRMINO ANTICIPADO
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real (Mandante), determinará el procedimiento a seguir para la continuación de la prestación.
Esta continuidad de prestaciones podrán ser autorizadas mediante Resolución Exenta aduciendo a la Contratación de Servicios Conexos, según el Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas y siempre que no supere la Disponibilidad Presupuestaria asignada para esta Licitación Pública y sólo mientras se desarrolle un nuevo proceso de Compras.
ARTICULO 24°. ADMINISTRACION Y SUPERVISION DEL CONTRATO
La Administración del contrato estará a cargo de la Subdirección Administrativa del Consultorio General Urbano Cesfam San Felipe El Real.
24.1.- SUPERVISION DE LA PRESTACION
Corresponderá a Coordinador de Procesos y Químico Farmacéutico la supervisión de la prestación, quienes evaluarán periódicamente de acuerdo a los productos solicitados.
ARTICULO 25°. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
En el transcurso de la ejecución de los servicios, el Mandante podrá determinar necesidades de aumentos o disminuciones de hasta un 30% del valor total de la prestación adjudicada.
Las partidas que se ejecuten por concepto de aumento, podrán ser iniciadas solo cuando hayan sido aprobadas por el Mandante, mediante la Resolución respectiva, la cual se entenderá incorporada al Contrato y será adjuntada como antecedentes en los archivos de la Licitación.
De igual modo las disminuciones de partidas, deberán ser acordadas por las partes en casos justificados y sancionados por las respectivas Resoluciones. El monto de los aumentos o disminuciones de partidas no podrá exceder el 30% del valor del contrato, considerado individualmente.
ARTICULO 26°. DE LA RESOLUCION DE EMPATES
En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la mayor ponderación obtenida en el criterio PRECIO, de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate FECHA DE VENCIMIENTO, y de persistir la situación de empate, resolverá con criterio INSUMO CUMPLE CON LO SOLICITADO y de continuar empate se resolverá a través de un informe fundando de la Unidad Requirente de su elección.
ARTICULO 27°. PRESTACIÓN
Las solicitudes de los Insumos dentales se realizarán por correo electrónico, teniendo que ser despachados en los plazos señalados en el mismo, debiendo comprobar y confirmar la recepción conforme.
ARTICULO 28°. DE LAS REGLAS DE PRESENTACION
El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el artículo N°13 de las presentes Bases
Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican, deberán ser firmados por el representante legal en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de éste en caso de persona natural.
ARTICULO 29°. VIGENCIA DEL CONTRATO
El Contrato tendrá una vigencia de 24 meses a contar de fecha de adjudicación de la licitación.
ARTICULO 30°. MULTAS
Se asociaran multas de 1 UF MENSUAL por día de incumplimiento, en los siguientes casos:
a. Si el proveedor oferta un producto que no tiene en stock.
b. Si los productos llegan vencidos o en mal estado.
c. Si el proveedor oferta una marca y envía otra.
d. Si el proveedor no envía el 100% de los productos según OC, sin aviso previo.
e. Envía vencimiento menor de 12 meses.
ARTICULO 31°. PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTAS
La multa se hará efectiva una vez que el Coordinado de Procesos o Jefe Administrativo informen a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio adjudicado por parte del proveedor, ya sea en plazo y calidad de los medicamentos, dicha multa se hará efectiva mediante acto administrativo y se notificara al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
ARTICULO 32°: LAS OFERTAS INGRESADAS AL PORTAL SERÁN OBJETO DE ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
La declaración de admisibilidad de una oferta implica que ésta ha cumplido con los requisitos administrativos y técnicos, por lo cual será objeto de evaluación. La declaración de admisibilidad se traducirá en la NO validación de la oferta, es decir, que la oferta NO SERA EVALUADA, y se dejará constancia en el Acta de Evaluación de Ofertas y en la respectiva Resolución Fundada dictada al efecto. Se deja constancia que, al momento de la apertura, el control de los antecedentes legales y/o administrativos, será meramente formal, verificándose que se presenten todos los antecedentes requeridos para, posteriormente, en el proceso de evaluación de ofertas, efectuar la revisión de fondo de las mismas.
32.1 Inadmisibilidad Administrativa: En esta instancia se verificará la presentación de la oferta y que se hayan completado los respectivos formularios y demás antecedentes requeridos para ofertar, LAS OFERTAS QUE NO PRESENTEN LAS DECLARACIONES JURADAS INDICADAS EN FORMULARIOS, SU OFERTA SERA RECHAZADA.
32.2. Inadmisibilidad Técnica : Implica revisar respecto al servicio ofertado entendiéndose para ello los siguientes requisitos :
Forma y Condiciones en que ejecutará el servicio
Especificación de los mismos
Ajustarse a las especificaciones técnicas requeridas
Proveedor incluye en su oferta despacho mínimo
32.3 Causales de Inadmisibilidad : Cualquiera de los siguientes hechos permitirá al Cesfam San Felipe El real, declarar la Inadmisibilidad de una oferta :
Si la oferta se encuentra sujeta a condición o modo
Cuando el oferente no completa los formularios anexos a la Licitación
Si la oferta económica supera el Presupuesto Disponible para la Licitación
No detalla su oferta
Cualquier incumplimiento a los requerimientos mínimos establecidos en las presentes Bases
Cualquier causal de inadmisibilidad administrativa y técnica
ARTICULO 33. PRESUPUESTO DISPONIBLE
El Consultorio General Urbano San Felipe – Cesfam San Felipe El Real posee un presupuesto Disponible para el CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS DENTALES PARA CESFAM SAN FELIPE EL REAL” por un monto de $25.000.000.- (Veinticinco millones de pesos) impuestos incluidos.
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