Licitación ID: 1111432-6-LE23
COMPRA DE SERVICIOS UNIPERSONALES VACUNACION
Responsable de esta licitación: CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE, BIENES Y SERVICIOS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
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Productos o servicios
1
Servicios de enfermería 1 Unidad
Cod: 85101601
ENFERMERA  

2
Servicios de enfermería 3 Unidad
Cod: 85101601
TENS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
COMPRA DE SERVICIOS UNIPERSONALES VACUNACION
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATACION DE SERVICIOS UNIPERSONALES PARA DESARROLLO DE ESTRATEGIA DE REFUERZO DE VACUNACION BIVALENTE COVID-19, AÑO 2023.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CONSULTORIO GENERAL URBANO SAN FELIPE
Unidad de compra:
BIENES Y SERVICIOS
R.U.T.:
69.287.560-5
Dirección:
Cajales Nº1900
Comuna:
San Felipe
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-02-2023 17:03:00
Fecha de Publicación: 20-02-2023 16:29:04
Fecha inicio de preguntas: 20-02-2023 17:01:00
Fecha final de preguntas: 22-02-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-02-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-02-2023 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-02-2023 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-02-2023 17:26:44
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1 AL 6
Documentos Técnicos
1.- 7
 
Documentos Económicos
1.- 7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del Oferente como Profesional y/o Técn De 1 a 6 meses de experiencia (incluye prácticas profesionales) 40 De 7 a 11 meses 70 12 meses o más 100 20%
2 Oferentes con experiencia en campañas de vacunació Sin experiencia en campañas de vacunación 0 Hasta 1 año de experiencia en campañas de vacunación 50 Más de 1 año de experiencia en campañas de vacunación 100 40%
3 Experiencia APS 30%: No acredita experiencia en APS 0 Acredita Experiencia en APS 100 30%
4 Cumplimiento en Requisitos Formales 10% Oferente cumple dentro de los plazos con los Requisitos Formales 100 Oferente cumple con Requisitos Formales a través de aclaración de ofertas 30 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CESFAM SAN FELIPE EL REAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Macarena Gonzalez Cortes
e-mail de responsable de pago: macarena.gonzalezc@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: solange vargas montenegro
e-mail de responsable de contrato: solange.vargasm@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2492076-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SE PROHÍBE LA SUBCONTRATACION
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES LICITACION PÚBLICA “CONTRATACION DE SERVICIOS UNIPERSONALES PARA DESARROLLO DE ESTRATEGIA DE REFUERZO VACUNACION BIVALENTE COVID-19, AÑO 2023” ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para la “CONTRATACION DE SERVICIOS UNIPERSONALES PARA DESARROLLO DE ESTRATEGIA DE REFUERZO VACUNACION BIVALENTE COVID-19, AÑO 2023” La modalidad de contrato a que da origen esta propuesta, será, a honorarios a suma alzada, y sin derecho a reajuste ni intereses. ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación. 2.1 Bases: Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios de enfermería, individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas Generales, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública. 2.2 Resolución Adjudicación: Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta. 2.3 Especificaciones Técnicas: Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios de enfermería, objeto de la presente licitación. 2.4 Garantías Administrativas: Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del Contrato, se materializan a través de instrumento Bancario. 2.5 Licitación: Es el concurso mediante el cual, se solicita a proponentes, ofertas destinadas a la contratación de servicios de enfermeía que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato. 2.6 Oferta o Propuesta: Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente. 2.7 Oferente, Proponente o Licitante: Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta. 2.8 Boleta Garantía: Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante, que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas. 2.9 Mandante: Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N° 1900, de la ciudad de San Felipe. ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA 3.1 Podrán presentar ofertas, personas naturales o jurídicas, profesionales individualizados, en los Términos de Referencia de la presente licitación, que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl y que cumplan los requisitos señalados en las Bases de la Licitación. Todos los documentos asociados al proceso de licitación, deberán ser en idioma español. La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada. Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos. La Propuesta será resuelta por La Directora (s) del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta. ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar: 4.1.-Licitación Pública, formulario www.mercadopublico.cl 4.2.-Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas. 4.3.-Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopublico.cl. 4.4.-Las Ofertas recibidas 4.5.-Los Formularios constituidos que el oferente debe presentar con su oferta. 4.6.-Todo otro documento que forme parte de la Licitación ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4°, punto N° 4.5. El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4°. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas. Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente, cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión. Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases Administrativas. Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación. Modificación de los documentos de licitación: El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas para publicar las respuestas a consultas. ARTICULO 6: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE En caso de personas naturales o jurídicas, el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería. ARTÍCULO 7: DE LOS PRECIOS La Oferta Económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos. La Oferta Económica se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl. Y dicho monto debe considerar la retención según lo estipule el SII. ARTICULO 8: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 9: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, licitará la prestación mediante Propuesta Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl, La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a suma alzada y sin derecho a reajuste ni intereses. ARTICULO 10: CONDICION DE LOS PROPONENTES Por ser un requerimiento de servicios unipersonales podrán participar en la presente licitación las Personas Naturales, que ofrezcan los servicios requeridos y/o acrediten la provisión y ejecución de servicios solicitados. ARTICULO 11: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican:  Las Bases Administrativas Generales.  Especificaciones Técnicas  Formularios ARTICULO 12: NORMAS Y REGLAMENTOS El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución. En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley 19886 de Compras y Contratación pública y sus reglamentos, y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen éste recinto Asistencial. ARTICULO 13: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS Las ofertas económicas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones económicas y cualquier otro dato relevante del servicio ofertado. Las Ofertas deberán incluir obligatoriamente los siguientes documentos: 13.1. Formulario Nº 1: Formulario de Identificación del Oferente 13.2. Formulario Nº 2: Declaración Jurada Simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases. 13.3. Formulario Nº 3: Declaración Jurada Simple del Oferente 13.4. Formulario Nº 4: Declaración Jurada Simple Del Oferente Referente A Inhabilidades Por Parentesco 13.5. Formulario Nº 5: Declaración jurada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador licitación 13.6. Formulario Nº 6: Nómina de las clientes del sector público y /o privado, a los cuales ha entregado este servicio ofertado, en los últimos dos años. (acreditar con certificados que indiquen lugar, funciones, firma responsable y fecha) 13.7. Formulario Nº 7 Técnico y Económico de la Oferta Será obligación del oferente, presentar estos documentos en su propuesta Administrativa, aquellos oferentes, que no presenten toda la documentación requerida, su oferta será rechazada. Para la ADMISIBILIDAD DE LA OFERTA, el Oferente deberá adjuntar como requisito OBLIGATORIO:  Título Profesional de institución reconocida por el Estado  Certificado de Antecedentes vigente a la fecha de postulación  Certificado de la Superintendencia de Salud.  Certificados que acrediten Experiencia en Atención Primaria.  Carta Compromiso Disponibilidad y Flexibilidad Horaria Nota: En cuanto a los documentos señalados como Admisibles, el proveedor deberá subirlos a su oferta de manera obligatoria, de lo contrario su oferta será declarada INADMISIBLE, por lo tanto, No será evaluada. ARTICULO 14: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS. Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo. La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 15: ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS. La apertura de las Propuestas, será realizada, a través del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por la Directora (s) del Establecimiento. En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se evaluarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada en el ARTICULO 13 de las presentes Bases Administrativas Generales, siendo atribución de la Comisión, aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores, siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes, y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes. Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación. De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados. La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados. La Directora (s) del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas. La Directora (s) del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de Adjudicar la propuesta, fundamentando esta decisión. ARTICULO 16: PAUTA DE EVALUACION. Los factores a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican a continuación: Experiencia del Oferente como Profesional y/o Técnico 20%: Cada oferente deberá presentar los certificados que acrediten su experiencia. Puntaje máximo: 100 puntos De 1 a 6 meses de experiencia (incluye prácticas profesionales) 40 De 7 a 11 meses 70 12 meses o más 100 Oferentes con experiencia en campañas de vacunación 40%: Cada oferente, deberá presentar los certificados que acrediten su experiencia. Puntaje máximo: 100 puntos Sin experiencia en campañas de vacunación 0 Hasta 1 año de experiencia en campañas de vacunación 50 Más de 1 año de experiencia en campañas de vacunación 100 Experiencia APS 30%: Cada oferente deberá presentar los certificados que acrediten su experiencia. Puntaje máximo: 100 puntos No acredita experiencia en APS 0 Acredita Experiencia en APS 100 Cumplimiento en Requisitos Formales 10% Cada oferente deberá presentar los documentos formales, indicados en los Artículos N° 6 de las Bases Administrativas Especiales y Articulo N° 11 de las presentes Bases Administrativas Generales. Puntaje máximo: 100 puntos Oferente cumple dentro de los plazos con los Requisitos Formales 100 Oferente cumple con Requisitos Formales a través de aclaración de ofertas 30 ARTICULO 17: COMISION DE EVALUACION La Comisión de Evaluación, estará conformada por los funcionarios que designe La Directora (s) del Establecimiento, en Resolución. ARTICULO 18: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por la Directora (s) del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República. ARTICULO 19: MODIFICACIONES DEL CONTRATO. En el transcurso de la ejecución de la prestación, el Mandante podrá determinar necesidades de aumentos o disminuciones del monto total del Contrato de hasta un 30% del valor adjudicado. ARTICULO 20: MODALIDAD DE PAGO El sistema de pago, será dentro de 30 días, por prestaciones de servicios, efectivamente realizados, con la respectiva boleta de Honorarios, incluyendo Informe de Cumplimiento firmado por la Enfermera Encargada de la campaña de vacunación, la cual será cancelada previa visación de la Subdirección Administrativa Una vez recibida la Boleta con el V°B° de la Enfermera Encargada de la campaña de vacunación del Establecimiento, y V°B° de la Subdirección Administrativa y, corresponderá a la Unidad de Abastecimiento, emitir la Orden de Compra correspondiente al mes de las prestaciones efectivamente realizadas. Estas órdenes, se irán emitiendo de manera mensual. ARTICULO 21: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO. El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio de excelente calidad. ARTICULO 22: DE LA RESOLUCION DE EMPATES En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate, la mayor ponderación obtenida en el criterio EXPERIENCIA EN CAMPAÑA DE VACUNACION, de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate EXPERIENCIA COMO PROFESIONAL, y de persistir la situación de empate, resolverá la unidad requirente con un informe fundando, su elección. ARTICULO 23: SOBRE LA READJUDICACION Cuando un proveedor adjudicado, no aceptara la adjudicación o informara formalmente la no prestación de los servicios adjudicados por medio de licitación, el CESFAM San Felipe El Real, podrá readjudicar a la segunda mejor oferta para el servicio requerido. Siempre y cuando, el siguiente proveedor, cumpla con los requerimientos solicitados. Si esta lógica no se cumpliera, se podrá requerir de la tercera mejor oferta y así sucesivamente, hasta cumplir así con las necesidades del Establecimiento de los servicios requeridos. Formalizándose, mediante Resolución Fundada. ARTÍCULO 24: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION 24.1 El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Articulo Nº 13 de las presentes Bases. 24.2 Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el representante legal, en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de persona natural. ARTICULO 25: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA 25.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta: La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, verificando el cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas. La apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N° 1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento. Los Oferentes que NO cumplan con los documentos requeridos para la presentación de ofertas, todos señalados en el Art.13 de las presentes Bases Administrativas Generales, le podrán ser solicitados a través del foro “Consultas y Aclaraciones” para ser respondidos en un lapso de 48 horas por la misma vía a través del portal www.mercadopublico.cl. En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura. ARTÍCULO 26: DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar, a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma, ni violen el principio de igualdad entre los proponentes. Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl. La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas, será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto, por La Directora (s) del Establecimiento, e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. ARTICULO 27: SUSCRIPCION DEL CONTRATO Una vez notificada la Resolución de Adjudicación, al Oferente, el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, suscribirá con el prestador un contrato simple por la provisión de los servicios adjudicados. Se suscribirá un contrato entre el CESFAM San Felipe El Real y el oferente adjudicado que señalará el servicio que se obliga a entregar el adjudicatario conforme a las bases y su oferta. El Contrato proveniente de la Licitación denominada “CONTRATACION DE SERVICIOS UNIPERSONALES PARA ESTRATEGIA DE REFUERZO VACUNACION BIVALENTE COVID-19 2023” estará disponible como plazo máximo a los 10 días hábiles de Adjudicada la Licitación, la Unidad de Abastecimiento notificará al correo electrónico informado por el prestador para que éste retire el documento y vaya a la Notaria respectiva a realizar la legalización de la firma. El prestador cuenta con un plazo máximo de 05 días hábiles desde notificado vía correo electrónico, para devolver el Contrato firmado ante Notario. El prestador deberá asumir el costo correspondiente a Gastos de Notaría por suscripción de Contrato. El contrato será confeccionado por la unidad de Abastecimiento del CESFAM San Felipe El Real, y en él se establecerán las cláusulas que regirá la entrega del servicio requerido y adjudicado, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicatario, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. El contrato será publicado en la licitación asignada del portal de compras mencionado. Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, el CESFAM San Felipe El Real tendrá derecho a READJUDICAR y junto con ello encomendar la provisión del servicio licitado al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación les sigan en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando la nulidad del proceso anterior y cancelación de la adjudicación respectiva, todo ello mediante resolución fundada. NOTA: El CESFAM San Felipe El Real podrá requerir del o los oferentes adjudicados todos los antecedentes que permitan conocer y validar cualquiera de las causales antes descritas, de igual forma podrá recurrir a las instancias e instituciones que regulan y fiscalizan el cumplimiento de estas disposiciones legales. VIGENCIA DEL CONTRATO: El Contrato tendrá una vigencia máxima desde el 01 de Marzo y hasta el 31 de Diciembre de 2023, ambas fechas inclusive, siempre y cuando se mantenga la estrategia del Cesfam San Felipe El Real. En el caso que la estrategia termine antes de la fecha máxima indicada (31.12.2023), se podrá poner término anticipado a la contratación sólo por el cese de la necesidad del servicio requerido. Se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el proveedor adjudicado, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador. ARTICULO 28: SOBRE EL PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES Y SALUD. El Consultorio General Urbano Nª1 San Felipe, sugiere a la o las personas adjudicadas el pago de cotizaciones previsionales y de salud de esta licitación, siendo este pago de responsabilidad exclusiva a la adjudicada. En ningún caso el Cesfam San Felipe El Real podrá remunerar los periodos con Licencia Médica, en estos casos el proveedor deberá gestionar de manera particular los reembolsos de licencias médicas con las entidades correspondientes. ARTÍCULO 29: CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO. El Cesfam San Felipe El Real podrá unilateralmente poner término anticipado del Contrato en los siguientes casos: El CESFAM San Felipe El Real, queda facultado para declarar unilateral y administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurren algunas de las causales que se señalan a continuación: 1.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante e indicadas en su oferta, siendo estos: Incumplimiento en las funciones a realizar, según bases administrativas generales y especificaciones técnicas, atrasos, inasistencias, abandono de funciones, entre otros. 2.- Si el Oferente no se acerca a suscribir el Contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes Bases 3.- Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las Bases de Licitación o el contrato. 4.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5.- Contar con 03 multas por infracciones en los deberes del contrato. 6.- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 7.- Renuncia Voluntaria del prestador 8.- No pago de multas dentro de los tiempos y plazos establecidos en las presentes bases. 9.- No acreditar su habilidad para trabajar con el estado dentro de los plazos establecidos para ello. 10.- Por la no solución por el adjudicatario, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte del CESFAM San Felipe El Real. 11.- En el caso que la estrategia termine antes de la fecha máxima indicada (31.12.2023), se podrá poner término anticipado a la contratación sólo por el cese de la necesidad del servicio requerido. ARTÍCULO 30: MULTAS POR NO CUMPLIMIENTO El no cumplimiento a cualquiera de las condiciones establecidas en las presentes bases y/o Especificaciones Técnicas adjunto en esta Licitación obliga al adjudicatario a cancelar una multa equivalente a 0.2 UTM diaria por incumplimiento. Las multas se cobrarán administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de la Boleta de honorarios. Se aplicará una multa equivalente a 0.2 U.T.M., las cuales se irán descontando del pago mensual en el cual se presentó la falta, en los siguientes casos:  3 incumplimientos formalizados equivalen a 1 multa. Se entiende como incumplimientos cualquier acción que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al prestador. o Incumplimiento a observaciones formuladas de la Dirección del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real. o Ausentarse sin previo aviso (24 horas de antelación) o Abandono de deberes o Cualquier otra que altere la calidad de la prestación que no haya sido considerada Procedimiento de aplicación e impugnación de multas: a. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el establecimiento notificará inmediatamente de ello al proveedor, mediante tipo de comunicación formal, como por ejemplo, correo electrónico institucional, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa que corresponde. b. El proveedor dispondrá de 2 días hábiles, desde la fecha de envío del correo electrónico, para presentar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. c. Transcurrido dicho plazo sin presentar descargos, la institución dictará la respectiva Resolución Exenta aplicando la multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la institución, con los antecedentes que dispongan y/o que el proveedor haya aportado, dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la eventual sanción y su cuantía, a través de una Resolución fundada. En ambos casos, la Resolución deberá publicarse en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl , a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, y se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación. d. En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre la aplicación de la multa procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En este sentido, el Adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de notificada la resolución que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañado todos los antecedentes pertinentes a la Reposición. e. El Director de la institución resolverá dentro de los 10 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. f. Dicho acto administrativo deberá publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, y se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación. g. Una vez ejecutoriada la Resolución fundada del Director de la institución que aplica la sanción, se procederá a descontar y/o retener de las sumas que deban pagársele al Adjudicatario en la factura o boleta en que recayó la sanción o en cualquiera otra derivada de la misma licitación. De no existir facturaciones pendientes de pago, el proveedor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la sanción para realizar el pago directamente en Caja del Establecimiento, ya sea en efectivo, entrega de cheque nominativo y cruzado o vale vista a nombre de la institución. Asimismo, podrá realizar transferencia electrónica a la respectiva cuenta corriente del establecimiento. h. El no pago de la multa, dentro del plazo señalado precedentemente, facultará a la institución para poner término anticipado al contrato y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato (ésta última si se encuentra solicitado en las presentes bases) i. Finalmente, la sanción ejecutoriada debe ser publicada en el “Registro de Proveedores del Estado” en el aplicativo “Comportamiento Contractual Anterior de los Proveedores”, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Reglamento de la Ley 19.886. ARTICULO 31: LUGAR DE LA PRESTACION. El oferente deberá prestar sus servicios intra o extra mural del Cesfam San Felipe el Real, ubicado en Calle Cajales 1900 San Felipe ARTICULO 32: PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Por ser un servicio unipersonal con funciones específicas acorde a cada perfil, para esta licitación se establece que se prohíbe la subcontratación. . ________________________________________________________________________________________________ TERMINOS DE REFERENCIA “CONTRATACION DE SERVICIOS UNIPERSONALES PARA DESARROLLO DE ESTRATEGIA DE REFUERZO VACUNACION BIVALENTE COVID-19, AÑO 2023” Los Presentes Especificaciones Técnicas, regularán el proceso de licitación y contratación denominado “CONTRATACION DE SERVICIOS UNIPERSONALES PARA DESARROLLO DE ESTRATEGIA DE REFUERZO VACUNACION BIVALENTE COVID-19, AÑO 2023”, ha desarrollarse por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real. ARTICULO 1°. DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS Propuesta: ““CONTRATACION DE SERVICIOS UNIPERSONALES PARA DESARROLLO DE ESTRATEGIA DE REFUERZO VACUNACION BIVALENTE COVID-19, AÑO 2023” con la indicación visible del nombre del proponente, conteniendo los documentos que se señalan en el artículo 14 de las Bases Administrativas. Es Obligatorio además ingresar la oferta al portal www.mercadopublico.cl. El no hacerlo invalida la oferta. La presentación de los documentos será en forma digital, escaneada y adjunta a la oferta, hecha en el portal www.mercadopublico.cl. El postulante deberá utilizar los formatos o modelos de estos, que se anexan en el llamado a Licitación, en los casos que correspondan. Los documentos de la licitación, que así lo indiquen, deberán ser firmados por la Persona Natural que postula a la oferta. Las Propuestas se recibirán a través, de www.mercadopublico.cl, anexando todos los antecedentes solicitados. Los profesionales interesados en ofertar deben estar inscritos en el Registro Chileproveedores y en calidad de HABIL al momento de contratar, en el caso de no estar regularizados al momento de la adjudicación, dispondrán de un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación como proveedores del estado, pasado este periodo y no se haya regularizado tal situación, procederá el término de contrato unilateralmente. ARTICULO 2°. SUPERVISION Y CONTROL DE LA PRESTACIÓN Corresponderá a la Enfermera Coordinadora y Subdirección Administrativa la supervisión y control de la prestación, quien evaluará mensualmente de acuerdo al cumplimiento de objetivos. ARTICULO 3°. DE LA UNIDAD TECNICA Para efectos de la presente Licitación Pública, se entenderá actuando como Unidad Técnica para todos los fines procedentes de funcionamiento técnico de los prestadores de servicios a la Enfermera Coordinadora,debiendo informar a la Subdirección Administrativa cualquier novedad o evento que se presente. ARTICULO 4°. INTERPRETACION DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO Cualquier discrepancia en la interpretación de los documentos vinculados a la licitación, será resuelta sin ulterior recurso por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden a la Contraloría General de la República. ARTICULO 5°. PROBIDAD ADMINISTRATIVA De acuerdo a lo establecido por la Ley N° 18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real:  Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud Aconcagua cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.  Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.  Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.  Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.  Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad  Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga.  Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución. ARTICULO 6°. DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO. Se entenderá que forman parte del contrato los siguientes documentos para todos los aspectos legales: - Bases Administrativas Generales. - Especificaciones Técnicas - Resolución que aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formularios y autoriza el Llamado a Licitación Pública. - Acta de Apertura - Ofertas - Acta de Evaluación de las Ofertas. - Resolución de Adjudicación. - Cualquier otro documento que forme parte de la presente Licitación Pública. ARTÍCULO 7°: DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS Y VALORES : En este artículo se describen las funciones y responsabilidades de las prestaciones requeridas, de las cuales los prestadores deberán ceñirse y cumplir cabalmente en el desarrollo de sus labores. Los servicios requeridos son prestación de servicios individuales como trabajadores independientes, por cada línea por un periodo de 10 meses desde marzo a Diciembre de 2023. La Oferta Económica se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl. Y debe considerar valor bruto, de cuyo monto será descontado el % mensual dispuesto por el SII por concepto de retención el cual será modificado ANUALMENTE acorde a las instrucciones del SII. El monto del valor mensual corresponde al informado en el siguiente cuadro, siendo este el valor de cálculo para prorratear por 30 días en caso de aplicar descuentos por ausencias. SERVICIO UNIPERSONAL CANTIDAD REQUERIDA VALOR MENSUAL 2022 (diciembre 2022) ENFERMERA 01 $1.221.061.- TENS 03 $529.623.- 7.1.- IDENTIFICACIÓN DEL CARGO: “COMPRA DE SERVICIOS TENS DE APOYO A ESTRATEGIA DE VACUNACION BIVALENTE COVID-19 2023” OBJETIVO O PROPOSITO DEL CARGO: Apoyar la “Estrategia de refuerzo en APS para enfrentar pandemia” en el contexto de Vacunación Bivalente Covid-19 en operativos a nivel intra y extramural. FUNCIONES PRINCIPALES • Asegurar la correcta vacunación de usuarios según lineamientos técnicos establecidos por el MINSAL. • Educar al usuario sobre vacuna administrada, efectos adversos y cuidados post vacunación. • Validar y registrar datos del usuario mediante identificación de grupo objetivo de vacunación según corresponda. • Orientar y atender al usuario en relación a proceso de vacunación Bivalente en relación a información actualizada y entregada por Enfermera responsable del equipo. • Ingresar correcta y diariamente la información al Sistema de registro Nacional de inmunizaciones (RNI) según corresponda. • Salvaguardar los instrumentos de recolección de datos y entregar a la Enfermera todos los insumos utilizados en el quehacer diario (computador, módem, registros en papel). • Mantener en óptimas condiciones los insumos apropiados para la administración y registro de vacunas con el propósito de contar con lo necesario para su uso. • Preparar termos y cajas de insumos de acuerdo a normativa vigente. • Realizar registro diario de temperatura de termos de acuerdo a normativa vigente. • Colaborar en el retiro de vacunas desde DVI cumpliendo normativa técnica vigente. • Colaborar con los registros y reportes diarios de stock de vacunas según corresponda. • Realizar acciones asociadas a protocolos de seguridad y calidad asistencial del usuario. • Otras labores estipuladas por la jefatura inherente al cargo y/o función. 3.- REQUISITOS FORMALES • Certificado de Prestador de Salud de la Superintendencia. • Título de Técnico en Enfermería Nivel Superior. 4.- COMPETENCIAS TECNICAS • Dominio en el área de atención del usuario. • Manejo del Microsoft office básico. • Experiencia en participación de Campañas de vacunación Covid-19. • Manejo de Sistema de registro nacional RNI. 7.2.- IDENTIFICACIÓN DEL CARGO: “COMPRA DE SERVICIOS ENFERMERA DE APOYO A ESTRATEGIA DE VACUNACION BIVALENTE COVID-19 2023” OBJETIVO O PROPOSITO DEL CARGO: Liderar la “Estrategia de refuerzo en APS para enfrentar pandemia” en el contexto de Vacunación Bivalente Covid-19 con énfasis en la coordinación y ejecución de operativos de vacunación intra y extramural. FUNCIONES PRINCIPALES • Coordinar, programar, organizar, difundir, dirigir y ejecutar la vacunación Bivalente Covid-19 a nivel intra y extramural en grupos objetivos según lineamientos técnicos operativos del MINSAL y normas establecidas en POE. • Asegurar la correcta vacunación de usuarios según lineamientos técnicos establecidos. • Educar al usuario sobre vacuna administrada, efectos adversos y cuidados post vacunación. • Supervisar y mantener registros pertinentes y oportunos en plataforma de Sistema de registro Nacional de inmunizaciones (RNI) y otros según corresponda. • Realizar balance diario y reporte de vacunación a SEREMI-SSA según corresponda. • Realizar solicitud y retiro de vacunas en DVI en base a programación establecida con el equipo. • Supervisar rol del personal a cargo según corresponda. • Mantener y promover el trabajo en equipo y las buenas relaciones laborales con los integrantes del equipo de salud. • Mantener la existencia y control del uso de equipos, materiales e insumos informando oportunamente el deterioro y/o falla de estos según corresponda. • Mantener informada a su jefatura de novedades ocurridas durante el desarrollo de su labor. • Otras labores estipuladas por la jefatura inherente al cargo y/o función. REQUISITOS FORMALES • Certificado de Prestador de Salud de la Superintendencia. • Título profesional de Enfermera de Universidad reconocida por el Estado. COMPETENCIAS TECNICAS • Dominio en el área de atención del usuario. • Manejo del Microsoft office básico. • Experiencia en participación de Campañas de vacunación Covid-19. • Manejo de lineamientos técnicos operativos de vacunación Covid-19 definidos por MINSAL. • Manejo de Sistema de registro nacional RNI • Manejo de herramientas para resolución de conflictos ARTICULO 8°. DE LA FORMA DE PAGO El sistema de pago será por mes vencido, el 05 día del mes siguiente al de la prestación, por servicios efectivamente realizados, los cuales se deben acreditar con la siguiente documentación.  Certificado de Cumplimiento emitido y firmado por la Jefatura directa con el detalle de funciones realizadas durante el periodo que prestó los servicios.  Certificado de Actividades Realizadas, este informe es emitido por el prestador de servicios y debe indicar todas las actividades realizadas durante el periodo que realizó la prestación de servicios y debe venir visado por su Jefatura Directa. El no hacerlo dentro de los plazos establecidos, significará el retraso en el pago de las prestaciones según las fechas Establecidas.  Fotocopia Medio verificador de asistencia (Tarjeta de Marcación). Todos estos antecedentes deben ser presentados en Oficina de Abastecimiento, ubicada en el área administrativa (sector subterráneo), hasta las 12:00 horas del primer día de cada mes, en caso de caer este día sábado, domingo o festivo, se deberá hacer entrega el primer día hábil siguiente, sólo con ésta información la unidad de abastecimiento realizará la recepción conforme de los servicios y gestionará con unidad de Contabilidad el Pago correspondiente: La emisión de la boleta debe ser según el siguiente detalle : RECEPTOR: Consultorio General Urbano San Felipe-Cesfam San Felipe El Real RUT. 69.287.560-5 DIRECCION: Calle Sargento Cajales #1900 FECHA DE EMISION : Ultimo día del mes en que realiza la prestación GLOSA: Servicios de (acción que se realiza), número de orden de compra. El monto del valor mensual corresponde al informado en el artículo 8 de las presentes Bases Administrativas, siendo este el valor de cálculo para prorratear por 30 días en caso de aplicar descuentos por ausencias. ARTICULO 9°: PROBIDAD ADMINISTRATIVA De acuerdo a lo establecido por la Ley N° 18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real: • Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud Aconcagua cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. • Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. • Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. • Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. • Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad • Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. • Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución. ARTICULO 10° DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO. Se entenderá que forman parte del contrato los siguientes documentos para todos los aspectos legales: - Bases Administrativas Generales. - Especificaciones Técnicas - Resolución que aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formularios y autorización del Llamado a Licitación Pública. - Acta de Apertura - Ofertas - Acta de Evaluación de las Ofertas. - Resolución de Adjudicación. - Cualquier otro documento que forme parte de la presente Licitación Pública. ARTICULO 11° RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO. Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por La Directora (s) del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría General de la República. En todo caso, los antecedentes se interpretarán siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de la prestación conforme con las normas de la Especificaciones Técnicas. ARTICULO 12° CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO. Podrá ponerse término anticipado de contrato, en los siguientes casos: • Por acuerdo entre las partes. • Por incumplimiento, ya sea por: • Inadecuada calidad de la prestación. • No acatar en forma reiterada las indicaciones de la Enfermera Coordinadora y/o del Subdirector Administrativo del Consultorio General Urbano Felipe -CESFAM San Felipe El Real. • Insolvencia Económica. El Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, hará efectivo el instrumento Bancario por Fiel Cumplimiento de Contrato, de ocurrir el término anticipado del contrato por estas causales. • Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Mandante. En este caso se podrá cursar las cancelaciones correspondientes a la prestación ejecutada hasta la fecha del término del contrato, debiendo determinarse la facultad de hacer efectivas el instrumento de Garantía y la procedencia o no del pago de indemnizaciones. • Por necesidad del Establecimiento, con aviso de 30 días de anticipación. • A solicitud de la Enfermera Coordinadora, con informe fundado. • Incumplimiento a cualquiera de las cláusulas establecidas en las presentes Bases o el Contrato. • Cese de la necesidad del establecimiento, para la cual se contrató la prestación de servicios. ARTICULO 13° PRESUPUESTO ESTIMADO Para esta licitación el Cesfam San Felipe El Real, dispone de un Presupuesto Máximo Estimado de $32.155.304.- (Treinta y dos millones ciento cincuenta y cinco mil trescientos cuatro pesos), para un periodo de 10 meses desde el 01.03.2023 y hasta el 31.12.2023, para la contratación de todo el personal. ARTICULO 14º. OTROS  El Cesfam San Felipe El Real, hará entrega de todos los Elementos de Protección Personal tales como: mascarillas, guantes, delantales y otros según corresponda.  Podrán tener acceso a actividades y/o Capacitación del Cesfam previa coordinación y autorización de la jefatura y de la Subdirectora de Gestión de las Personas.  En caso de fallecimiento de padre, madre, hermano o hermana, tiene derecho a permiso de cuatro días hábiles pagados sin derecho a reemplazo. 14.1.- ALIMENTACION El oferente que adjudique cada línea tendrá derecho a alimentación la cual será entregada mediante tarjeta, ticket u otro medio y se regirá por el mismo procedimiento interno del Consultorio. 14.2.- CESION DEL CONTRATO El Adjudicado no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho a la institución para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior, es sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.