Licitación ID: 1113146-2-LE24
SERVICIO DE RIEGO Y MANTENCIÓN DE PLANTAS
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL, XI Región - Provincial General Carrera
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 41
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de invernaderos 1 Unidad
Cod: 70141701
Servicio de Mantenimiento y Riego en Huerto (ver especificaciones en bases técnicas, Anexo 1)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE RIEGO Y MANTENCIÓN DE PLANTAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adjudicar a un solo proveedor. Las labores y actividades se desarrollarán en la ciudad de Chile Chico, en el que se necesita adquirir el Servicio de Riego y Mantención de plantas en Huerto y Vivero Augusto Falcon.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP NACIONAL FORESTAL
Unidad de compra:
XI Región - Provincial General Carrera
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Blest Gana 121 Chile Chico XI Región Aysen
Comuna:
Chile Chico
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-04-2024 18:00:00
Fecha de Publicación: 12-04-2024 9:37:03
Fecha inicio de preguntas: 12-04-2024 12:00:00
Fecha final de preguntas: 17-04-2024 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-04-2024 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-04-2024 14:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-04-2024 14:00:00
Fecha de Adjudicación: 24-04-2024 13:01:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno. 15-04-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- -Formato A: Identificación del oferente. -Formato B: Declaración Jurada Simple de aceptación de bases. -Anexo 2: Declaración Jurada Simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios.
Documentos Técnicos
1.- Anexo 3: Disponibilidad Inicio de Servicio. Anexo 1: Bases requerimientos técnicos. Formato G: Declaración de Experiencia. LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEBEN SER CUMPLIDAS EN SU TOTALIDAD, SI NO SE CUMPLE CON ESTE REQUISITO LA OFERTA NO SERÁ EVALUADA.
 
Documentos Económicos
1.- Completar y adjuntar Formato F Propuesta Económica con valores Netos. Propuesta Económica en caso de no haber claridad en la oferta ingresada en el portal, se considerará lo descrito en el formato F.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Sustentabilidad Según Tabla de ponderaciones por factor y sub-factor 5%
2 Oferta Económica. Según Tabla de ponderaciones por factor y sub-factor 40%
3 Disponibilidad de Inicio de Servicio Según Tabla de ponderaciones por factor y sub-factor 15%
4 Experiencia en Prestaciones de Servicios de Manten Según Tabla de ponderaciones por factor y sub-factor 20%
5 Cumplimiento de los Antecedentes Técnicos Según Tabla de ponderaciones por factor y sub-factor 15%
6 Cumplimiento Antecedentes Formales de Licitación Según Tabla de ponderaciones por factor y sub-factor 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PROGRAMA SIEMBRA POR CHILE 2024
Monto Total Estimado: 10000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daniel Enrique Triviño White
e-mail de responsable de pago: daniel.trivino@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Mauricio Silva Valenzuela
e-mail de responsable de contrato: mauricio.silva@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2411020-Anexo 520
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
CONAF podrá re adjudicar la licitación si el oferente seleccionado no acepta la orden de compra, o esta es cancelada por el organismo demandante o por cualquier otra causal conforme a lo señalado en el Artículo 41 del Reglamento y sus modificaciones.
Resolución de Empates
En caso de producirse empate entre dos o más oferentes de una misma Comuna, la comisión evaluadora favorecerá al oferente con mayor puntaje obtenido en el criterio: 

favorecerá al oferente con mayor puntaje obtenido en el criterio N° 1 “Oferta Económica”. De continuar el empate se considerarán los siguientes criterios:

I. Como segundo criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N° 2 “Disponibilidad de Inicio del Servicio”

II. Como tercer criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N°3 “Experiencia en Prestaciones de Servicios de Mantenimiento y Riego de Huerto”
III. Como cuarto criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N° 4 “Cumplimiento de los Antecedentes Técnicos”
V. Como quinto criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado N° 5 “Cumplimiento Antecedentes Formales de la Licitación”.


De persistir la Igualdad de puntaje la comisión seleccionará aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal mercado público, considerando para esto la fecha y hora del Comprobante de Oferta de los oferentes empatados.


De persistir la igualdad de puntaje la comisión seleccionará aquella oferta donde el oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal mercado público.


Cláusula ley subcontratación.
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato. El proveedor adjudicado deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del servicio y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos, sin éstos tener el carácter de taxativos;
● Nómina del personal que va a realizar el trabajo.
 ● Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
● Registro de Entrega de Equipo de Protección personal.
● Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos ODI).
● Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
● Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
 ● Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.
 ● Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
 ● Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
 ● Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador ley.
 ● Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Tipo de participantes.
Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases que regulan la presente licitación; debiendo adjuntar la siguiente documentación.
Mecanismo para solución de consultas respecto de la adjudicación
Deben ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección de correo yerko.rivera@conaf.cl
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones sociales
El o los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Boletín laboral y previsional de la Dirección del trabajo, al momento de proceder al pago de los servicios
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Los antecedentes que se soliciten deberán tener carácter informativo y/o complementario, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación. Los oferentes que no cumplan con estos requisitos, después de haber sido solicitados incluso a través de foro inverso, no serán objeto de evaluación. La Corporación podrá solicitar a los/as oferentes que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de postulación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento, de la Ley 19.886. Estás enmiendas no corresponderán cuando se trate de aspectos evaluables tales como el Anexo Económico.
Pacto de Integridad.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Interpretación de las presentes bases
Las presentes Bases de licitación, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a una licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del proyecto, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación primará lo dispuesto en las Bases de Licitación por sobre lo establecido en la Oferta del Adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los Oferentes o Adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos a un proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la adquisición del bien regida por estas Bases Generales. Por lo tanto serán de su cargo, todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretaciones de la información disponible o que se obtenga de las presentes Bases Generales, que integran aspectos administrativos y técnicos
Modificaciones de las bases
Las presentes Bases podrán ser modificadas durante el proceso de licitación pudiendo los Oferentes realizar consultas de carácter administrativa o técnica que estimen necesarias dentro de los plazos establecidos para el efecto y así mismo la CONAF, tendrá la facultad de aclarar las consultas realizadas y/o agregar antecedentes técnicos o administrativos, las que darán lugar a “ACLARACIONES” o “ADICIONES” según su naturaleza. Si las modificaciones eventuales son importantes, la Corporación podrá extender cada uno de los plazos, con el propósito que los oferentes puedan realizar mejoras y ofertas más completas. Además CONAF podrá extender el plazo de cierre de la licitación en el caso de no tener ofertas o contar con un bajo número de ofertas recibidas.
Consultas y aclaraciones
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página Web www.mercadopublico.cl.
Inscripción ChileProveedores
Encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “ChileProveedores”. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
Presentación de ofertas
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Será responsabilidad de los/as oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. Se deberán adjuntar electrónicamente como documentos anexos, todos y cada uno de los antecedentes que formen parte de la oferta, como asimismo aquellos que se consideren necesarios para su mejor comprensión y entendimiento.
Evaluación de las ofertas
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de compras del Estado y la evaluación de las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta licitación pública será evaluada por el Fiscalizador DEFOR don Javier Domínguez Concha y por SEFA Provincial don Yerko Rivera Cid. Dichos designados estudiará y evaluará las propuestas y antecedentes, para luego elaborar un Informe Comparativo y Evaluativo de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los(as) oferentes. Si lo estima pertinente, previo a la adjudicación, CONAF podrá solicitar por escrito a través del portal mercado público, precisiones a uno o más proponentes sobre aspectos de su propuesta “no evaluables” que no resulten suficientemente claros, en cuyo caso tanto las aclaraciones solicitadas, como las respuestas de las mismas, pasarán a formar parte integrante del contrato en caso de serle adjudicado. El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes. La comisión evaluadora de las ofertas emitirá un informe final de evaluación proponiendo al Director Regional el oferente seleccionado para la adjudicación
Adjudicación de la Licitación
La Corporación adjudicará la presente licitación pública en la fecha indicada en el punto 3. Etapas y Plazos de la licitación, sin embargo podrá modificar esta fecha y fijar un nuevo plazo de adjudicación, además podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases. Podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria indicada en estas bases; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada. La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación. Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases. Con este efecto la Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl. El puntaje total obtenido por cada oferente en el proceso de evaluación, se obtiene de la suma de los factores ponderados (∑(Puntaje) y corresponderá al 100% de la ponderación total. Sin perjuicio de lo anterior, el puntaje mínimo requerido para ser adjudicado no podrá ser inferior a 50% ponderado.
Re adjudicación
CONAF podrá re adjudicar la licitación si el oferente seleccionado no acepta la orden de compra, o esta es cancelada por el organismo demandante o por cualquier otra causal conforme a lo señalado en el Artículo 41 del Reglamento y sus modificaciones.
Contrato
CONAF y el/la prestador/a, suscribirán un contrato por el servicio licitado, el cual será publicado en la respectiva licitación del portal de compras, el plazo para la firma del contrato será dentro de 15 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación. En el caso de que el oferente adjudicado haya obtenido 0 (cero) puntos en el criterio “cumplimiento de antecedentes formales de la licitación”, no se procederá a la firma de contrato mientras no presenten los antecedentes solicitados a través del Foro. Este contrato establecerá las cláusulas que regirán el proceso de adquisición, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF, tendrá derecho a encomendar la adquisición del servicio licitado al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso. El oferente adjudicado deberá contratar a su costo una póliza de seguros, con cobertura de accidentes personales con adicional de gastos hospitalarios y muerte e invalidez accidentales, que deberá mantenerse vigente hasta por lo menos un mes, posterior a la ejecución del contrato y deberá otorgar cobertura a todos sus trabajadores contratados.
Modificación de contrato
Debido a la naturaleza de las actividades que componen la faena, no se contempla la modificación del contrato.
Renovación de contrato
No Requiere
Ampliación de contrato
No Aplica.
Proceso de validación de la faena realizada
No Aplica.
Término anticipado del Contrato
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el/la prestador/a del servicio, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación, además se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, con excepción de los literales d, f, i, y ñ.
 a) Si el/la Adjudicatario/a fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
 b) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en Bases, Contrato y/o Anexos Vinculantes.
 c) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
 d) Cuando CONAF y el/la Adjudicatario(a) del Servicios, de común acuerdo, resuelvan poner término al Contrato.
 e) Si el adjudicatario/a es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
 f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
 g) Cuando en cualquier forma la Corporación Nacional Forestal considere que están siendo vulnerados sus intereses.
 h) Si el proveedor no responde satisfactoriamente a las solicitudes que la Corporación imparta en interés de superar dificultades suscitadas.
 i) Si concurre alguna causal de fuerza mayor o caso fortuito, la que deberá declararse por Resolución Fundada del Director Regional de CONAF.
 j) Si el (la) adjudicatario(a) fuere una sociedad y se disolviere o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato
 k) Si durante la vigencia del contrato se detecta que el oferente seleccionado ha omitido información o la proporcionada al presentar la oferta no es veraz.
 l) Si durante la vigencia del contrato se detecta que el oferente seleccionado ha omitido información o la proporcionada al presentar la oferta no es veraz.
 m) Cuando se detecte que el adjudicatario preste servicios similares a los establecidos en el presente contrato en la Comuna de Coyhaique.
 n) Si el adjudicatario no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 15 días corridos después de haber suscrito el contrato.
 ñ) Si se decretase medidas sanitarias debido al COVD 19 que impidan la ejecución normal de las actividades que contemplan esta licitación. Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato comercial, y en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
Contraparte del contrato
La contraparte técnica del contrato será el jefe Provincial general carrera, don Mauricio Silva Valenzuela y la contraparte Administrativa será el jefe DEFA o SEFA, don Yerko Rivera Cid.
Supervisión de la gestión
No requiere
Forma de pago
El pago de las prestaciones requeridas se llevará a cabo en moneda nacional (pesos chilenos), mediante Transferencia Electrónica o Cheque. Tesorería General de la República pagará en un plazo de 30 días hábiles contados desde la fecha de emisión de la factura. El pago se realizará previa recepción conforme del servicio y la factura por parte de CONAF, el cual será requisito para el pago correspondiente, visado y aprobado por CONAF. Así mismo, la aprobación de este estará sujeta a la verificación del cumplimiento de lo solicitado y que esto sea acorde en tipo, cantidad y calidad con un estándar establecido por CONAF. El servicio prestado se pagará en dos estados de avance medidos en cantidad de cerco construido de acuerdo a lo siguiente: 1° El primer pago, correspondiente al 40% del monto total licitado, se pagará una vez materializado un avance de 40% el cual deberá concretarse en un plazo no superior a 20 días corridos desde la firma del contrato 2° Pago correspondiente al resto del monto licitado se pagara una vez materializado la totalidad de las actividades restante. En el caso que no se cumplan los avances, por motivos de impedimento de acceso por condiciones climáticas debidamente justificadas en informe presentado y validado por el encargado de Vivero, se procederá al pago según informe de avance debidamente presentado. Una vez aprobado el estado de pago por la contraparte técnica de CONAF, esta se envía al Jefe Provincial Mauricio Silva y finalmente a SEFA provincial para posterior pago.
Anticipo
No se contempla el pago de anticipo.
De las obligaciones del proveedor
El proveedor seleccionado estará obligado a entregar documentación de acuerdo con lo establecido en las presentes bases administrativas, anexo técnico, otras especificaciones técnicas y otros documentos que así lo establezcan, así como respetar la planificación de actividades acordada por las partes. El proveedor seleccionado estará obligado a realizar el servicio según oferta aprobada cumpliendo con las características técnicas indicadas en las bases.
Multas
El incumplimiento en el plazo de entrega y otras coberturas por causas imputables al proveedor, salvo causas de fuerza mayor comunicadas formalmente por éste, podrá ser objeto de una multa de 1,5 UTM por cada día corrido de atraso. El atraso se medirá sobre la base del cumplimiento en la programación establecida en conjunto la contraparte técnica de CONAF. El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente a la fecha de término previamente programada. a. Monto máximo Cobro Multa El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total de la Orden de Compra. b. Procedimiento de Aplicativo de Multas A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas y/o cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato:
 1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, según lo estime la Corporación, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a través de la entrega de un informe técnico, con todos los documentos de respaldo necesarios.
 2) El Departamento de Administración calculará y validará con el Departamento de Finanzas las multas aplicadas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción o el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, según sea el caso, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
 3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida a la Srta. Directora Regional de CONAF, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden su apelación. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Ogana 1060, Piso 2, Coyhaique.
 4) Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá rebajar o condonar dicha multa en caso de alguna circunstancia extraordinaria o especial, cuya calidad será juzgada “como tal” exclusivamente por la Corporación.
 5) Vencido el plazo de 5 días hábiles sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada de CONAF.
 6) Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, CONAF tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
 7) La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
 8) Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
 9) En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
 10) En el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuento en el pago que CONAF deba efectuar al proveedor.
 11) En el evento que la garantía de cumplimiento sea finalmente cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
 12) Además, de acuerdo a las bases de esta licitación, CONAF podrá poner término anticipado al contrato de servicios, producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud de los daños y perjuicios ocasionados. 13) No se realizará cobro de multas, cuando el incumplimiento respecto de los plazos de ejecución sea por motivos de accesibilidad a la faena producto de las condiciones climáticas, la que deberá ser informada de manera oportuna en un informe o carta dirigida a la Dirección Regional y verificada por un funcionario del Dpto. de Conservación de Ecosistemas boscosos y xerofíticos, quien deberá emitir un informe al respecto.
Prohibiciones
a) Queda estrictamente prohibido solicitar dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el contrato. Asimismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental. b) Se prohíbe ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir. c) Quedan excluidos de formalizar contratos asociados a esta licitación aquellas personas que hayan ejercido cargos directivos en la Corporación dentro de los últimos seis meses. d) El proveedor, no podrá hacer entrega de productos sin orden de compra emitida por CONAF y a personal que no esté autorizado por la Corporación.
Confidencialidad
El contenido del presente contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento el proveedor(a), relativas actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros en ninguna circunstancia, incluso después de la terminación del mismo. Específicamente, queda prohibido al proveedor(a), divulgar o hacer pública cualquier información entregada y/u obtenida de CONAF respecto a su actuar, administrativo, de investigación y de gestión. En consecuencia, el proveedor(a) no deberá copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente, evitando el acceso de terceros a la misma; adoptar medidas de seguridad adecuadas para conservar la propiedad de la Información confidencial, libres de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
Propiedad intelectual
Los resultados intelectuales o materiales, informes y productos, que con ocasión de la ejecución del presente contrato se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, son de propiedad de la Corporación, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie para su uso, no pudiendo por tanto el proveedor(a) realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización de CONAF. Además, el proveedor seleccionado deberá cumplir además con las normas establecidas en el Manual de Seguridad de la Información de la Corporación, que es expresión de la legislación y reglamentación vigente en la materia, en especial del Decreto Supremo N°83 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el Diario Oficial de 12 de enero de 2005. Por lo anterior una vez contratado el proveedor adjudicado deberá declarar conocer el referido Manual, el cual se da por reproducido expresamente, sin necesidad de transcripción, entendiéndose que forma parte integrante del contrato de prestación de servicios.
Resolución de Conflictos
Las partes procurarán solucionar sus conflictos en forma amistosa y de común acuerdo. En caso de no prosperar o no llegar a acuerdo en los términos señalados se someterán a los tribunales ordinarios de Justicia de Coyhaique.
Evaluación técnica personas jurídicas
En el caso de ofertas realizadas por una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L), se considerará al momento de realizar la evaluación de las ofertas, la experiencia que acredite como profesional su representante legal en calidad de persona natural, en atención a la naturaleza de este tipo de persona jurídica.
Visita a terreno
Requiere visita a terreno, la que es de carácter obligatorio para oferentes que deseen participar de la licitación. Quien no participe de la visita a terreno, su oferta no será evaluada. Los interesados en ofertar deberán participar en la visita a terreno en vehículos propios y el lugar de encuentro para dicho efecto, será la oficina de la Corporación Nacional Forestal de Chile Chico, ubicada en calle Blest Gana #121 el día 15 de abril a las 10:00 hrs, Para luego dirigirse al huerto y Vivero Augusto Falcón.
Facturación
Emitir Factura electrónica una vez recibido conforme los BB y/o SS a windte_dte@custodium.com En el campo Folio de la Referencia de la Factura debe indicar el ID de la Orden de Compra y publicar el archivo de intercambio dentro de 24 hrs.
Factoring
El Contratista deberá comunicar formalmente a través de una carta ingresada por Oficina de Partes o correo electrónico, dirigido a de la CONAF la contratación de Factoring, lo cual deberá informar 3 días antes del ingreso formal de la factura, a la Corporación Nacional Forestal. En la carta o correo electrónico de comunicación deberá identificar el N° de Factura, monto y estado de pago correspondiente. La contraparte técnica procederá a la gestión del pago correspondiente al Contratista sólo cuando se dé cumplimiento a lo establecido en el artículo “Forma de Pago” de las presentes Bases y al Artículo 75° del Reglamento de Compras Públicas.
Observaciones generales
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
Definiciones
Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:
 1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sea inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)
 9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
 11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
12. Renovación: Acción y resultado de volver a dar validez a un contrato o acuerdo complementario que este terminando su vigencia, por un período de tiempo determinado previamente establecido en dichos documentos.
13. Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato, mediante el mecanismo excepcional de Trato o Contratación Directa, establecido en el Art. 10, Numeral 7 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, y según las características ahí detalladas.
14. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.
15. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.
Requisitos Excluyentes
● Ofertas que superen el presupuesto disponible, no serán evaluadas.
● Quien no participe de la visita a terreno, su oferta no será evaluada.
● Ofertas que superen la disponibilidad de inicio de servicio en más de 10 días hábiles, no serán evaluadas.
● Cumplir con la totalidad de los Requerimientos Técnicos y otras Cláusulas, detalladas en Anexo 1. Quien no complete el Anexo 1 cumpliendo los requerimientos y productos solicitados, su oferta no será evaluada.
Principio de Igualdad y No Discriminación Arbitraria
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
 1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
 2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
 3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
 4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecerlas medidas pertinentes. Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la LeyN°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.”
Cláusulas de Inhabilidad
1. En relación a la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. “Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023”

 2. En relación a la Ley N° 20.393 que Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica. “CLÁUSULA PREVENCIÓN DE DELITOS DE COLUSIÓN, CORRUPCIÓN, ASOCIACIÓN ILÍCITA Y OTROS. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.” Asimismo, y en el marco de la aplicación de la Ley 20.393, se adjunta a las presentes Bases propuesta de Anexo de Declaración Jurada sobre Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios, para incorporar en los documentos que forman parte de la oferta.