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BASES ADMINISTRATIVAS |
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I OBJETO DE LA PROPUESTA
La Dirección General de Aeronáutica Civil, en adelante DGAC, entidad licitante o la institución, llama a propuesta pública conforme a las presentes bases, para la contratación del “servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las puertas automáticas en edificio terminal de pasajeros del Aeródromo Teniente Julio Gallardo de Puerto Natales”.
CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA
DESCRIPCIÓN TIEMPO
1. PUBLICACIÓN DE LA PROPUESTA 1 DÍA
2. VISITA A TERRENO SE REALIZARÁ DURANTE EL PERIODO DE CONSULTAS Y UNA VEZ PUBLICADA LA LICITACIÓN SE INFORMARÁ LA FECHA
3. RECEPCIÓN DE CONSULTAS EN EL SISTEMA 5 DÍAS CORRIDOS DESDE LA PUBLICACIÓN
4. PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS EN EL SISTEMA 5 DÍAS CORRIDOS DESDE LA FECHA FINAL DE RECEPCIÓN DE PREGUNTAS
5. CIERRE DE LICITACIÓN
15 DÍAS CORRIDOS DESDE LA PUBLICACIÓN A LAS 15:01 HRS.
6. APERTURA DE LAS OFERTAS DIA DEL CIERRE DE LA LICITACION A LAS 15.30 HRS.
7. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS DENTRO DE 15 DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA APERTURA
8. INFORME DE EVALUACIÓN Y SUGERENCIA DE ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA DENTRO DE 5 DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE EVALUACIÓN DE OFERTAS
9. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA DENTRO DE LOS 10 DÍAS CORRIDOS SIGUIENTES DE EMITIDO EL INFORME DE EVALUACIÓN Y SUGERENCIA DE ADJUDICACIÓN.
10. CONSULTA RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN DENTRO DE LAS 48 HORAS SIGUIENTES A LA ADJUDICACIÓN
11. RESPUESTA A CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN 2 DÍAS CORRIDOS SIGUIENTES DESDE LA FECHA FINAL DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN.
12. EMISIÓN, ENVÍO DE LA ORDEN DE COMPRA Y CELEBRACIÓN CONTRATO. DENTRO DE LOS 30 DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA.
II GENERALIDADES
II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación, se efectuara a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chile compra (www.mercadopublico.cl), en adelante también el sistema de Información, la plataforma de licitaciones de la Direccion Chilecompra, la plataforma o el portal y conforme a los requerimientos de las presentes bases administrativas, bases técnicas, pauta de evaluación, formato de declaración, formato de identificación del oferente, formato de presentación de presupuesto, anexo N°1 experiencia en el rubro, manual de puertas automáticas, texto del contrato e instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC, documentos que a partir de esta fecha se encuentran disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso.
II.2 La presente propuesta y el Contrato de prestación de servicio que de ella se derive se regirán por estas Bases de Licitación, por las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, por las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la oferta que resulte favorecida con la adjudicación. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las Bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompras (www.mercadopublico.cl).
II.3 En la presente propuesta solo podrán formularse ofertas por el total del servicio requerido, por lo que no se aceptarán soluciones u ofertas parciales.
II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil se reserva el derecho de adjudicar la propuesta publica a aquel proponente que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de Licitación obtenga el mayor puntaje como resultado del proceso de evaluación técnica y económica. Como asimismo, de disminuir las cantidades adjudicadas y eliminar partidas de acuerdo con razones técnicas y/o económicas que serán debidamente justificadas.
La Dirección General de Aeronáutica Civil, declarará inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que se fundamentará debidamente.
El precio referencial estimado e informado en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $9.630.000.- (Nueve millones seiscientos treinta mil pesos).
En caso de que la operación se financie con cargo a presupuestos futuros, la entidad licitante se obliga a gestionar, obtener y asignar los recursos para el o los ejercicios presupuestarios correspondientes.
II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el Contrato de prestación de servicio con el oferente que resulte adjudicado, previo cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo XI de las presentes bases administrativas.
II.6 Si durante la vigencia del Contrato derivado de la presente licitación el Contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicase su disolución, termino de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley 19.886, siempre que dicha empresa cumpla con las exigencias establecidas en las bases para contratar y ejecutar el Contrato.
II.7 Se hace presente que el adjudicatario, inscrito en el registro de Chileproveedores cumplirá con los requisitos solicitados en el punto XI.2 del Capitulo XI “Actos preparatorios del contrato”, si se encuentra hábil en dicho organismo y siempre que las fechas de vigencia de los documentos estén conforme a lo solicitado en el referido punto. El proveedor adjudicado deberá hacer presente lo anterior en forma escrita dentro de los tres (3) días corridos siguientes a notificación de la adjudicación en forma escrita, con el objeto de que se revisen y constaten en el registro de Chileproveedores la existencia y validez de los antecedentes solicitados.
II.8 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta publica serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que el término de la gestión o actuación exigida por esta entidad licitante se verifique en día sábado, domingo o festivo, esta deberá prorrogarse para el día hábil administrativo siguiente.
II.9 Aquel adjudicatario que no se encuentro inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (www.chileproveedores.cl), o cada una de las empresas que conformen la unión temporal de proveedores, estarán obligados a hacerlo dentro del plazo de quince (15) días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación, trámite que constituye requisito previo para suscribir el contrato definitivo. La no inscripción, dentro del término señalado, obligará a la entidad licitante a dejar sin efecto la adjudicación y proceder, eventualmente, a la adjudicación de la licitación al siguiente oferente mejor evaluado.
II.10 Los plazos establecidos en el cronograma de la propuesta, incorporado en las bases administrativas a saber, para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de evaluación - adjudicación y plazo para la firma del Contrato, podrán ser modificados cualquiera o uno de ellos, hasta un máximo de treinta (30) días, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los términos originalmente publicados. La modificación antes señalada, serán materializada mediante la dictación de una Resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en el Portal de Licitaciones de la Dirección de Chilecompras (www.mercadopublico.cl).
II.11 La entidad licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al termino anticipado del Contrato, según corresponda, pudiendo la DGAC hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de Contrato, cuando la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el Contrato. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
III DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación personas naturales, jurídicas o bajo la fórmula de unión temporal de proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley de Compras. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a prestar el servicio requerido y facultada para cobrar y percibir el pago.
No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”.
Asimismo, no podrán contratar con la DGAC aquellos proveedores afectos a la prohibición referida en los artículos 8º y 10º de la Ley Nº 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
IV CONSULTAS Y RESPUESTA
Toda solicitud de aclaraciones de las Bases de Licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) dentro de los cinco (5) días corridos siguientes contados a partir de la fecha de publicación de la propuesta, hasta las 23.59 horas.
Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra, en un plazo de cinco (5) días corridos, contados desde la fecha final de recepción de preguntas, hasta las 17.30 horas.
Como consecuencia de las consultas y respuestas, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá hacer cambios en las Bases de Licitación, resguardando debidamente los intereses de los proponentes, con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma Resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas.
V INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta, prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la Republica, del Tribunal de Contratación Pública y los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Ante una eventual discrepancia entre las Bases de Licitación y la oferta, prevalecerán las primeras.
VI GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA
Los gastos que demande participar en la presente Propuesta deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
VII VISITA A TERRENO
Los proponentes podrán asistir a una visita a terreno a las instalaciones y dependencias de la DGAC en el Ap. Pdte. Carlos Ibáñez del Campo. Lo anterior, con el objeto de que los proponentes puedan presentar una oferta en la que se ofrezca un servicio óptimo respecto de su calidad, siendo importante que los participantes evalúen en terreno y con acuciosidad los requerimientos exigidos las presentes bases administrativas y bases técnicas. La visita tendrá un carácter de voluntario.
La fecha y hora en que se realizará la visita a terreno será publicada en la ficha de la licitación publicada en el portal Mercado Público. El punto de reunión será el hall central del terminal de pasajeros del Aeródromo Teniente Julio Gallardo de Puerto Natales a las 15.00 hrs. No se aceptará un atraso mayor a cinco (5) minutos de la hora señalada.
VIII DE LA PRESENTACIÓN
Las ofertas administrativas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas en forma electrónica por los oferentes a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma a las 15.01 hrs.
Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del Contratista, que puedan repercutir en la ejecución del Contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases de licitación y, en el evento que se incluyan, estas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases.
Las ofertas deberán presentarse en tres sobres en soporte electrónico.
Los sobres en soporte electrónico se deberán rotular: N°1 – “Aspectos Administrativos”, N°2 – “Aspectos Técnicos” y N°3 “Aspectos Económicos”. Estos sobres en lo posible tienen que estar en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leídos en el sistema operativo Windows.
VIII.1 El sobre electrónico “aspectos administrativos”, deberá contener los siguientes antecedentes:
VIII.1.1 Identificación completa del proponente u oferente conforme al formato entregado por la DGAC en anexo.
VIII.1.2 Una declaración simple emitida y firmada por el proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el Capítulo III, de las presentes bases administrativas, según formato de declaración adjunto.
VIII.1.3 Cuando el oferente sea una unión temporal de proveedores, deberá presentar un documento que acredite la unión, donde conste el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
NOTA: La declaración a que hace mención en el numeral VIII.1.2 de las presentes bases administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma.
VIII.2 El sobre electrónico “aspectos técnicos”, deberá contener los siguientes antecedentes:
VIII.2.1 Descripción del servicio ofertado para dar cumplimiento al requerimiento de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las puertas automáticas en edificio terminal de pasajeros del Aeródromo Teniente Julio Gallardo de Puerto Natales, de acuerdo con lo solicitado en las bases técnicas.
VIII.2.2 Experiencia en el rubro: El oferente deberá adjuntar certificados, órdenes de compra y/o facturas entregadas por las empresas donde se prestó el servicio, no podrán tener una año de 5 años. Para una mejor evaluación el oferente deberá también completar el anexo n°1 nomina experiencia en el rubro.
VIII.2.3 Servicio técnico autorizado: El oferente deberá presentar documento emitido por la empresa Manusa, o en su defecto, algún certificado que respalde un certificación relacionada al mantenimiento de puertas automáticas.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este sobre electrónico, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en la Pauta de Evaluación, que permita a la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
VIII.3 Sobre Electrónico “Oferta Económica”, deberá proporcionar la información que se indica:
VIII.3.1 Oferta económica por el servicio de mantenimiento preventivo de las puertas automáticas en edificio terminal de pasajeros del Aeródromo Teniente Julio Gallardo de Puerto Natales. En moneda nacional, no se aceptarán ofertas en U.F. u otras monedas. Detallada en formato de presentación de presupuesto entregado por la DGAC en anexo.
El precio antes señalado, también deberá registrarse en cada línea de los servicios requeridos en el sistema de información de Chilecompras, indicando valores netos.
VIII.3.2 Cuando exista discrepancia entre los valores ofrecidos en el comprobante de ingreso de oferta y los valores que se señalen en el formato de presentación de presupuesto, prevalecerán siempre los primeros.
VIII.3.3 En el presupuesto el oferente deberá considerar, además, todos los gastos que se deriven del cumplimiento de las normas o reglamentos aplicables a otros servicios de la administración del estado y que tengan relación con los servicios objeto de la presente licitación, como así mismo aquellos eventuales gastos que se deriven de los tramites que sea necesario realizar en la licitación.
VIII.3.4 Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a noventa (90) días corridos contados desde la fecha de apertura de las ofertas. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptan lo señalado en las presentes bases administrativas.
Los sobres mencionados en los puntos VIII.1, VIII.2 y VIII.3 serán abiertos en conformidad a lo establecido en el Capítulo IX de las presentes bases administrativas.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda información que se consulta en la Pauta de Evaluación, que permita a la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario, se asignara el puntaje minino en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
RECOMENDACIÓN:
Para una mejor revisión de los antecedentes en la sesión de apertura de la propuesta, se solicita a los participantes de la presente licitación, que para efectos de presentación de la documentación e información electrónica que se debe incluir en los sobres Nº 1, 2 y 3, sea respetado el orden en que ella se solicita, en los puntos VIII.1, VIII.2 y VIII.3 de las presentes bases administrativas.
IX DE LA APERTURA
La apertura de los sobres electrónicos, Nº 1 “aspectos administrativos”, Nº 2 “aspectos técnicos” y Nº 3 “aspectos económicos”, se efectuará en un solo acto, el día de cierre de la Licitación a las 15:30 horas, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
Primeramente, se procederá a la apertura del Sobre electrónico Nº 1 “Aspectos Administrativos”, prosiguiendo luego con la apertura de los Sobres Electrónicos Nº 2 “Aspectos Técnicos” y Nº 3 “Aspectos Económicos”.
Si en la apertura del sobre electrónico N° 1 denominado aspectos administrativos, se verifica la omisión o insuficiencia de los documentos exigidos, se procederá al rechazo inmediato de la oferta presentada por el proponente incumplidor y posterior declaración de inadmisibilidad. Esta decisión será ingresada de inmediato en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), entendiéndose él o los proponentes notificados luego de las veinticuatro (24) horas, transcurridas desde su publicación en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
En la apertura de los sobres electrónicos Nº 2 “aspectos técnicos” y Nº 3 “aspectos económicos” sólo se efectuará la descarga del contenido de los mismos de la Plataforma de Licitaciones de Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis de detalle del contenido de los sobres antes citados corresponderán exclusivamente a la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación.
Una vez concluido el acto de apertura administrativa, técnica y económica, se confirmará el acta de apertura electrónica emitida por la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las 24 horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), las que serán resueltas por la D.G.A.C. dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente.
En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de ofertas. En tal caso él o los oferentes afectados podrán presentar su oferta fuera del Sistema de Información en el plazo que estipula el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N° 250 del 2004, Publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de septiembre de 2004 y sus modificaciones posteriores).
X DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
X.1 Las ofertas “aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el Portal Electrónico, serán remitidas para su evaluación a la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación, designada para tal efecto mediante la Resolución que aprueba las presentes Bases, e integrada por dos (2) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Si del examen y análisis de detalle de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación, ésta concluyera acerca de la omisión o insuficiencia de antecedentes, documentos y/o información de carácter invalidante, se abstendrá de evaluar la propuesta infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad.
X.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la pauta de evaluación que forma parte de las Bases de Licitación, en un plazo no superior a quince (15) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 50% para los aspectos técnicos y 50% para los aspectos económicos. La DGAC adjudicará la Licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de las Bases de Licitación, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación respectivos, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
DESEMPATE
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en la EVALUACIÓN TÉCNICA.
En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en la EXPERIENCIA EN EL RUBRO.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
Durante el período de evaluación la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes a través del Sistema de información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). El o los oferentes afectados tendrán un plazo máximo de 48 horas, contado desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones.
Culminada la evaluación técnica y económica, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación deberá emitir un Informe pertinente. A continuación, y en capítulo separado, la Comisión Evaluadora emitirá el Informe Final y de Sugerencia de Adjudicación. Ambas actuaciones que deberán verificarse, dentro del plazo de veinte (20) días corridos contados desde la apertura de las ofertas.
X.3 Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de emisión del final y de sugerencia de adjudicación, la DGAC, dictará la Resolución de adjudicación, la que se notificará al proponente favorecido a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y, posteriormente, una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada Mediante igual mecanismo se notificará a los proponentes cuyas ofertas no sean aceptadas.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad licitante deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, conforme a lo establecido en el articulo 41 del Reglamento de la Ley de Compras, dictando además el correspondiente acto administrativo.
Los oferentes tendrán 48 hrs. para efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos.
XI ACTOS PREPARATORIOS DEL CONTRATO
XI.1 Luego de dictada la Resolución de adjudicación, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes de notificado en el Portal dicho acto administrativo, la DGAC celebrará el Contrato de prestación de servicio con el oferente adjudicado.
XI.2 Para celebrar el Contrato de prestación de servicio, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la adjudicación, la que se efectuará a través del Sistema de Información de mercado público, los siguientes documentos, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados:
XI.2.1 Si se tratare de persona jurídica, deberá presentar:
• Copia de la patente municipal vigente, si corresponde.
• Copia de la escritura de Constitución y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado; los documentos que acrediten la publicación de sus extractos en el Diario Oficial y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio.
• Certificado de vigencia de la Sociedad, expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación.
• Certificado de vigencia de personería, expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación, y cualquier otro documento que justifique la personería del representante legal o convencional.
XI.2.2 Si se tratase de persona natural, deberá presentar:
• Copia de la patente municipal vigente, si corresponde.
• Fotocopia de su cedula de identidad.
XI.2.3 Si se tratase de unión temporal de proveedores, deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes de la misma, los antecedentes señalados en los puntos XI.2.1 y XI.2.2, según corresponda, Asimismo, deberán dar cumplimiento a los señalado en el artículo 67 bis del Reglamento de compras públicas, acompañando la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma, que contenga, al menos, los requisitos establecidos en dicha disposición, esto es la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que considere una vigencia no menor a las del Contrato adjudicado, incluyendo la renovación de pudiera contemplarse, si procede.
XI.2.4 Asimismo, en ambos casos, deberá presentar el Certificado de antecedentes labores y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del artículo 4° de la Ley N° 19.886 (Formulario F30).
XI.3 Cumplido el plazo de quince (15) días corridos indicado en el punto XI.2, sin que el adjudicatario haya presentado los documentos exigidos, la DGAC dejará sin efecto la adjudicación, quedando la DGAC facultada para adjudicar la propuesta al oferente que siguiente mejor evaluado en el proceso de evaluación o declararla desierta y efectuar una nueva Licitación. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan.
XI.4 No podrán contratar con la DGAC, aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las limitaciones establecidas en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 y articulo 8 y 10 de la Ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, para cuyo efecto deberán acompañar la correspondiente declaración jurada, conforme a formato entregado por la DGAC en anexo.
Tampoco podrán contratar con la DGAC aquellos proveedores que se encuentren afectos por la prohibición de contratar impuesta por sentencia ejecutoriada del tribunal de defensa de la libre competencia en virtud de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, como consecuencia de conductas descritas en el artículo 3 letra a) de ese cuerpo legal.
XII DE LAS GARANTÍAS
XII.1 Con anterioridad a la firma del Contrato el adjudicatario deberá entregar a la DGAC una Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza a la Vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, cuya glosa debe expresar:
“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las puertas automáticas en edificio terminal de pasajeros del Aeródromo Teniente Julio Gallardo de Puerto Natales y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador, según lo indicado en licitación N° 1116007-32-LE20”. (Si el documento no permite ingresar glosa o esta no alcanza en su totalidad en el anverso de la garantía, favor indicarla al reverso)
Esta garantía deberá extenderse a favor de: Fisco Dirección General de Aeronáutica Civil, por un monto equivalente al 5% del valor total por el servicio de mantenimiento especifico y general correspondiente al servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las puertas automáticas en edificio terminal de pasajeros del Aeródromo Teniente Julio Gallardo de Puerto Natales. La caución que se constituya deberá ser irrevocable y pagadera a la vista o de ejecución inmediata, tomada en un Banco o institución financiera nacional y deberá tener una vigencia mínima que a menos contemple el plazo de vigencia del Contrato, es decir, dieciocho (18) meses más ciento ochenta (180) días corridos.
XII.2 Si al momento de entrar en vigencia el Contrato, la vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo antes señalado, el Contratista en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo
En el evento que la garantía que se constituya sea una póliza de seguro, esta podrá expresarse en UF, dólar USA o moneda nacional; en este ultimo caso, solo si se dan los presupuestos previstos en el articulo 10 del DFL N° 251 de 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor de la póliza incluir en las condiciones particulares de ella, que esta cubre el pago de multas. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva.
En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares de los Estados Unidos de América o en unidades de fomento, este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía.
XII.3 Si el adjudicatario no entrega la garantía por el fiel cumplimiento del Contrato y/o no firma el Contrato dentro del plazo señalado, o se desiste de él, la DGAC dejara sin efecto la adjudicación. Quedando la DGAC facultada para adjudicar la propuesta al proponente que sigue en orden de precedencia en el proceso de evaluación dentro de un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación o declararla desierta y efectuar una nueva licitación. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan.
XII.4 La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
XII.5 En el evento que fuese necesario, por cualquier causa, ampliar el plazo asignado a una etapa o hito de ejecución del Contrato y ello importare la necesidad de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo del Contratista gestionar dicho trámite, con independencia de quien sea la parte a quien este asociada la ampliación de la ejecución del Contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el Contratista y entregarla a la DGAC en un plazo no superior de quince (15) días corridos, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del Contrato por parte del prestador, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado instrumento.
XII.6 En caso de un aumento en el servicio contratado, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo con el nuevo monto del Contrato.
XII.7 La garantía por el fiel cumplimiento de Contrato deberá entregarse en forma física en dependencias de la Oficina Logística del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo, dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl.
XII.8 La devolución de la garantía por el fiel cumplimiento de Contrato se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la caducidad del documento.
XIII CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO
El Contrato de prestación de servicio contendrá, entre otras cláusulas, el objeto, la vigencia, el precio y la forma de pago. Se entenderá que son parte integrante del citado Contrato, las Bases de Licitación y las aclaraciones que pudiera emitir la DGAC, las consultas de los proponentes, las respuestas recaídas en estas y la oferta que resulte favorecida con la adjudicación.
Además de lo anterior, el Contrato contendrá las demás cláusulas inherentes a la contratación del servicio objeto de la presente licitación, señalándose especialmente las siguientes:
XIII.1 Cláusula de modificación y término anticipado del Contrato: La DGAC estará facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el Contratista adjudicado, si concurre alguna de las causales señaladas en el artículo 13 de la Ley 19.886 en relación con el artículo 77 de su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (H) N° 250/2004 o las que se señalan a continuación:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave del prestador, entre otros:
- La detección de antecedentes falsos entendiéndose por éstos, los que no son veraces, íntegros o auténticos y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, conforme a lo establecido en el punto II.11 de las Bases Administrativas.
- Si el Contratista suspendiese la prestación del servicio o incurriere en paralizaciones por más de tres (3) veces consecutivas, o bien tuviese impuestas tres (3) multas.
- Si se hiciera efectivo el total de la Garantía de cumplimiento del Contrato o si la totalidad de las multas aplicadas al Contratista, exceden del 5% del valor total del Contrato.
- No entregar Garantías en el caso de aplicación de multas acorde al literal b) del punto XVI.2.
- El incumplimiento del plazo de entrega de la garantía de fiel cumplimiento del Contrato, requerida por la DGAC, si al momento de entrar en vigencia el Contrato, ésta no alcanzare a cubrir el periodo del mismo.
- El incumplimiento en el plazo de entrega de la extensión de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del Contrato, requerida por la DGAC, ante la necesidad de ampliar, por cualquier causa, el plazo asignado a una etapa o hito de ejecución del Contrato, conforme a lo señalado en el Capítulo XII de las presentes bases administrativas.
- Si el Contratista no se presenta a la entrega de terreno dentro del plazo señalado.
- Si el Contratista no diere cumplimiento por cuarta vez a una orden reiterada del Inspector Fiscal.
- Si el Contratista cede o transfiere total o parcialmente los derechos u obligaciones que nacen del Contrato.
- Si el Contratista subcontrata con terceros la ejecución de los trabajos o parte de estos.
- Si el Contratista no responde por robos, hurtos, daños, deterioros, perjuicios o pérdidas de bienes de propiedad fiscal o particular que se produzcan en dependencias DGAC y que sean provocados por actos u omisiones imputables a sus trabajadores dentro de diez (10) corridos.
b) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos (2) años.
e) Si el Contratista se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
f) Si el Contratista, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
g) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
Para el caso de UTP también serán motivos de término anticipado del Contrato las siguientes causas:
h) La constancia de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
i) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de esta, y dicho integrante reuniese unas o más características objeto de la evaluación de la oferta
j) Ocultar información relevante para ejecutar el Contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
k) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el Contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
l) Disolución de la UTP.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del Contrato. (si corresponde)
En caso de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el Contratista, debiendo la DGAC concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la DGAC y el respectivo Contratista podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
Las partes podrán efectuar modificaciones a los servicios previstos en el contrato, acordar la ejecución de tareas nuevas o extraordinarias, o el empleo de materiales no considerados en las tareas. El monto máximo de esta modificación no podrá superar el 30% del valor total del Contrato. Estas modificaciones deberán estar en estricta relación con los servicios contratados y considerar la ampliación del plazo de acuerdo a la naturaleza de los servicios adicionales. En la evaluación de posibles modificaciones al proyecto durante la etapa de ejecución del servicio contratado deberá participar personal perteneciente al área que intervino, u otro personal debidamente calificado.
XIII.2 Clausula de caso fortuito o fuerza mayor: Esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impidan a una de las partes cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a titulo ejemplar en el articulo 45 del Código Civil de la República de Chile. En la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir resguardando los intereses de ambos contratantes conviniendo en el aumento del plazo del Contrato en que incida, el que en todo caso no podrá ser superior a la de duración del caso fortuito o fuerza mayor.
En caso de producirse un caso fortuito o de fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por escrito esta circunstancia a la otra parte, tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente, y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la referida comunicación, el Contratista deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC deber pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual termino.
XIII.3 Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia, sometiendo el Contrato a la jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando al efecto ambas partes domicilio en Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena, Chile.
XIII.4 Cláusula de Confidencialidad, de donde la DGAC y el Contratista se obliga a mantener absoluta reserva y no revelar a tercero alguno, sin previa conformidad escrita de la DGAC, la información que sea suministrada por esta última, o bien, a la cual tenga acceso durante el periodo de vigencia del Contrato.
En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del Contrato. Tampoco podrán revelar o comunicar o causar el que sea revelado o comunicado de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del Contrato.
Toda la documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil proporcione a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto.
El Contrato que se derive de la propuesta pública que se regule por las presentes Bases de Licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del Contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee.
XIV DEL PAGO
El precio por los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de las puertas automáticas en edificio terminal de pasajeros del Aeródromo Teniente Julio Gallardo de Puerto Natales deberá ser facturado por el Contratista en moneda nacional, una vez que la inspección fiscal del servicio haya emitido el respectivo certificado de conformidad. Dicho precio será pagado por la DGAC dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción conforme de la factura.
El Contratista podrá emitir la factura solo una vez que se le notifique que el certificado de conformidad, por el servicio antes mencionado, se encuentre firmado por la inspección fiscal.
La factura respectiva deberá indicar en su glosa a lo menos la siguiente información; el precio que se está cobrando, número de orden de compra, que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a recepción conforme y que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos y al impuesto del 2% establecido en el artículo 37 de la Ley N° 16.752.
La DGAC a través de la Oficina Gestión de Contratos, rechazará la factura electrónica en los siguientes casos:
- Si es presentada en forma anticipada.
- Si la factura no cuenta con el respectivo certificado de conformidad visado por el Inspector Fiscal.
- Si no es presentada junto al formulario F30-1, las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores (si corresponde).
- Si su glosa no contiene la información mínima exigida en el párrafo tercero del presente Capitulo.
La(s) factura(s) deberán ser remitidas en formato XML al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).
La DGAC en conformidad a lo dispuesto en la Ley de presupuesto año 2020 N° 21.192 Articulo 8, pagara los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos.
XV DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El Contratista se obliga a lo siguiente:
1) Mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal de la D.G.A.C., a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del Contrato de prestación de servicio.
2) Cumplir todas las exigencias que establece la DGAC, en función de las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Oferta adjudicada y de Contrato.
3) Presentar a la Inspección Fiscal antes de iniciar los trabajos una nómina con los trabajadores que prestaran el servicio contratado, indicando nombre completo y R.U.T.
4) Sera responsabilidad del Contratista que todo el personal que preste los servicios contratados, al momento de prestar servicios en dependencias aeronáuticas cuente con una tarjeta identificación provisoria (TICA), que lo acredita y autoriza a circular por las dependencias.
5) El Contratista deberá tener en consideración las medidas de seguridad personal y física relativas a sus empleados, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral actualmente vigente. Por lo tanto, será responsabilidad exclusiva del Contratista, los accidentes que se produjesen durante el desarrollo de los trabajos, ya sea por condiciones o acciones inseguras.
6) El Contratista deberá proveedor la totalidad de los insumos necesarios para realizar los trabajos correspondientes al servicio licitado, según las bases técnicas y a lo referido en el manual de instrucciones puertas automáticas peatonales correderas.
7) El Contratista deberá presentar todos los suministros a la inspección fiscal para su aprobación. En el caso que fuese rechazado alguno de los elementos, la empresa adjudicada deberá cambiarlos. De igual manera todos los elementos (repuestos, partes y piezas), cambiados por motivos de una mantención deberán ser entregados a la inspección fiscal.
8) El Contratista tendrá un plazo de treinta (30) días corridos contados desde la fecha de entrada en vigencia del Contrato, para elaborar un diagnostico general de las puertas sin costo para la DGAC. Según lo diagnosticado deberá preparar un informe que contenga las observaciones, especialmente relativas al estado de funcionamiento y operatividad de las puertas automáticas.
9) Exigir de sus dependientes la observancia de las normas de higiene y seguridad establecidas por la DGAC.
10) El Contratista deberá mantener la faena permanentemente aseada. La obra deberá ser entregada libre de escombros, perfectamente aseada y limpia.
11) Será de responsabilidad del Contratista responder dentro de un plazo de diez (10) corridos en caso de robos, hurtos, daños, deterioros, perjuicios o pérdidas de bienes de propiedad fiscal o particular que se produzcan dentro de las dependencias objeto del servicio y que sean provocados por actos u omisiones imputables a sus trabajadores, sin perjuicio de las acciones civiles y/o criminales a que dichos actos u omisiones pudieren dar lugar.
12) La DGAC designará un (1) titular y un (1) subrogante, quienes se desempeñarán como Inspector Fiscal, teniendo como función principal controlar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las bases técnicas y cualquier otro documento que forme parte del Contrato respectivo.
Estos funcionarios serán el nexo inmediato entre la DGAC y el Contratista, debiendo este último informarle de las novedades que pudiesen afectar el cumplimiento de las obligaciones impuestas en el Contrato respectivo, sin perjuicio de aquellas que detecte producto de la fiscalización que el Inspector Fiscal efectúe.
13) En el caso que el Contratista ejecute servicios en instalaciones aeronáuticas, este estará sujeto a lo indicado en el “Instructivo para entidades empleadores que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC”, adjunto a estas bases de licitación, comprometiéndose a cumplir las disposiciones que en él se establecen.
14) Los siguientes actos están estrictamente prohibidos y será absoluta responsabilidad del Contratista asegurar que estos no ocurran:
a) Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados o estén mencionados en el contrato respectivo o sean ajenos a la función.
b) Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la inspección fiscal.
c) Apropiarse de información, ya sea en forma digital o física de propiedad de la institución.
d) Presentarse a trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia del alcohol o drogas.
e) Consumir bebidas alcohólicas, psicotrópicos o cualquier otra sustancia similar en las dependencias de la DGAC.
f) Realizar durante el desempeño de sus labores, cualquier actividad ajena a aquellas establecidas en el Contrato respectivo.
g) El personal de la empresa contratista no podrá preparar o calentar comidas en el puesto o lugar de trabajo.
XVI DE LAS MULTAS
XVI.1 Cada vez que el Contratista no cumpla con los requerimientos definidos en las bases técnicas y administrativas, la DGAC podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el Contratista ante la Inspección Fiscal, conforme al punto XIII.2 de las presentes bases administrativas:
Se contempla el pago de multas cuya responsabilidad recaiga en el Contratista, de acuerdo con lo que a continuación se detalla:
XVI.1.1 Si el servicio fuere calificado por la inspección fiscal como deficiente, o bien, se observase por este el incumplimiento por parte del Contratista de cualquiera otra obligación señalada en el Contrato, en las Bases de Licitación o prohibición establecida en la Cláusula XV de las obligaciones del contratista numeral 14, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de dos (2) U.T.M. (Dos unidades tributarias mensuales).
XVI.1.2 Por cada día de atraso en la entrega de la prestación del servicio por parte del Contratista, se aplicará una multa de dos (2) U.T.M. (Dos unidades tributarias mensuales).
Nota: La U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual) aplicable al mes en que ocurrió la falta.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que
individualmente considerada la haga procedente; Lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la DGAC, de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de Contrato. (si corresponde)
XVI.2 Las multas que resulten de la aplicación de los puntos anteriores, se enteraran, a elección del Contratista, conforme a uno de los siguientes mecanismos:
a) Pago directo del Contratista, en la Oficina de Finanzas del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa.
b) Aplicándolas la DGAC, directamente sobre la Garantía por fiel y oportuno cumplimiento del Contrato indicada en la Clausula XII de las presentes Bases Administrativas. Si se hiciere efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el Contratista deberá proporcionar en forma preventiva y antes de la deducción, una nueva Garantía dentro del plazo de quince (15) días corridos por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en la Garantía precitada, restableciéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. En la misma oportunidad la DGAC deberá hacer devolución al prestador del servicio del remanente no destinado a multa.
c) Deduciéndose de la factura correspondiente al cobro de la prestación del servicio.
XVI.3 El cobro de las multas no impide ni limita a la DGAC para ejercer la facultad de poner término anticipado al Contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del Contratista del cumplimiento de su obligación principal.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la DGAC. notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente, mediante correo electrónico enviado a la dirección de contacto que el Contratista haya indicado en su oferta o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el Contratista tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una Resolución fundada de la entidad licitante.
Si el Contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la DGAC tendrá un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una Resolución fundada de la DGAC, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El Contratista adjudicado dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La DGAC tendrá un plazo no superior a treinta (30) días hábiles para resolver el citado recurso.
La Resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
XVII PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
La ejecución del servicio del tipo específico y general deberá ser prestado por el Contratista conforme a lo establecido en el plan de trabajo señalado en las bases técnicas.
XVIII LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS
Sera obligación del prestador del servicio dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al Contratista cuando lo estime pertinente, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de los trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo a través del formulario F30-1
En el caso que el prestador del servicio no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad a lo que dispone la Ley 20.123, que modifico las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de las obligaciones que tenga a su favor el monto del que sea responsable de pago y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedores.
Asimismo, el incumplimiento por parte del Contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del Contrato y le facultará para poner término anticipado al Contrato y aplicar las sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
XIX CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El Contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen del Contrato, como tampoco, constituir gravámenes sobre éste. Asimismo, el Contratista se obliga a no subcontratar con terceros la ejecución de los trabajos.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el párrafo precedente será causal suficiente para que la DGAC ponga término anticipado al contrato en forma inmediata, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan, circunstancia que éste declara conocer y que las partes elevan al carácter de esencial en el Contrato.
En el caso de la cesión de una Factura, conforme a la Ley N° 19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la Factura, deberá notificarse a la entidad obligada al pago de ésta, bajo apercibimiento de hacerse merecedor de las sanciones establecidas en dicho cuerpo legal.
XX VIGENCIA
El contrato por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las puertas automáticas en edificio terminal de pasajeros del Aeródromo Teniente Julio Gallardo de Puerto Natales tendrá una vigencia por un periodo de dieciocho (18) meses.
No obstante, lo anterior, las partes reconocen y declaran que, por razones impostergables de buen servicio, las partes podrán acordar dar inicio a la ejecución del servicio en forma anticipada, con anterioridad a la total tramitación de la Resolución aprobatoria del mismo, expresando desde ya, que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se hayan pactado solo se cursarán una vez que la citada Resolución administrativa, se encuentre totalmente tramitada.
Asimismo, las partes expresan que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se han pactado sólo se cursará una vez que la Resolución Administrativa que lo aprueba se encuentre totalmente tramitada.
XXI OPERATORIA DEL MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Una vez que el Contrato entre en vigencia, si desarrollando el mantenimiento preventivo se encuentre alguna pieza o elemento que deba cambiarse y que no figure en la pauta de trabajo; establecida para el mantenimiento preventivo, el Contratista deberá remitir un infirme detallando la falla y el costo que involucre a través de una cotización, de tal manera que el inspector fiscal pueda remitir la información a la Oficina Gestión de Contratos, para que esta sea sometida a evaluación técnica y económica.
También en el caso, que se presente alguna falla en el funcionamiento de las puertas automáticas durante el transcurso del contrato, el Contratista deberá presentarse dentro de las próximas cuarenta y ocho (48) horas o en el tiempo que estipule el inspector fiscal, para que se evalúe la falla y en caso de no poder repararla con el mínimo de recursos, deberá remitir al inspector fiscal un informe y el presupuesto para su reparación , la cual será sometida a evaluación por la Oficina Gestión de Contratos.
De existir viabilidad técnica y económica para el ejecución del servicio correctivo, se procederá a la emisión de la(s) respectiva(s) orden(es) de compra, mediante el portal www.mercadopublico.cl, enlazándola a su licitación de origen.
XXII DE LA INSPECCIÓN FISCAL
Para todos los efectos, se entenderá por inspector fiscal el funcionario, nombrado por la autoridad competente, a quien se le haya encargado velar directamente por la correcta ejecución del servicio y, en general, por el cumplimiento del Contrato derivado de la presente licitación.
El Contratista deberá someterse a las ordenes del inspector fiscal, las que se impartirán siempre por escrito, conforme a los términos y condiciones del Contrato.
El Contratista tiene la obligación de rehacer por su cuenta los trabajos o reemplazar los materiales que no hayan sido aceptados por el inspector fiscal.
El Contratista deberá presentar todos los suministros a la inspección fiscal para su aprobación. En el caso que fuese rechazado alguno de los elementos, la empresa adjudicada deberá cambiarlos. De igual manera todos los elementos (repuestos, partes y piezas), cambiados por motivos de una mantención deberán ser entregados a la inspección fiscal.
Todo reclamo o solicitud del Contratista que se relacione con los trabajos deberá presentarse por escrito al inspector fiscal. Si fuere necesario, este lo enviara al Jefe de la Zona Aeroportuaria Austral para que se pronuncie acerca de él.
El Contratista deberá comunicar por escrito la ejecución de los servicios al inspector fiscal, este deberá verificar dicho termino y el fiel cumplimiento de estos. Constatado lo anterior el inspector fiscal deberá emitir un certificado de conformidad.
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