Licitación ID: 1116007-43-LE22
Servicio de mantenimiento y reparación
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL, RED SECUNDARIA Y PEQUEÑOS AD Z AUSTRAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Supervisión de instalación, ajuste o mantenimiento de calderas 1 Global
Cod: 72102301
Servicio de mantenimiento y reparación del sistema de calefacción y obras menores del aeródromo capitán Fuentes Martínez de Porvenir.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de mantenimiento y reparación
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de mantenimiento y reparación del sistema de calefacción y obras menores del aeródromo capitán Fuentes Martínez de Porvenir, de acuerdo a lo solicitado en formulario de requerimiento N° 09/9/2/0047 de fecha 17 de agosto de 2022
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Unidad de compra:
RED SECUNDARIA Y PEQUEÑOS AD Z AUSTRAL
R.U.T.:
61.104.000-8
Dirección:
Aeropuerto Carlos Ibañez del Campo
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-10-2022 15:01:00
Fecha de Publicación: 15-09-2022 10:52:00
Fecha inicio de preguntas: 15-09-2022 15:01:00
Fecha final de preguntas: 21-09-2022 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-09-2022 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-10-2022 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-10-2022 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 13-10-2022 11:19:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno (voluntaria) 20-09-2022 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- VII.1 El sobre electrónico N° 1 “aspectos administrativos” (A), deberá contener los siguientes antecedentes: VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto entregado por la DGAC. VII.1.2 Una declaración simple emitida y firmada por el proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, que consigne la circunstancia de haber estudiado las bases de licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo III.2 del Capítulo III, de las presentes bases administrativas, según formato de declaraciones. VII.1.3 Cuando el oferente sea una unión temporal de proveedores, deberá presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma. La declaración a que hace mención en el numeral VII.1.2 de las presentes bases administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la comisión evaluadora y de sugerencia de adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma.
Documentos Técnicos
1.- VII.2 El sobre soporte electrónico Nº 2 “aspectos técnicos” (T), deberá contener los siguientes antecedentes: VII.2.1 Copia de certificado de licencia SEC o documento que acredite dicha competencia para ejecutar los trabajos. (requisito de admisibilidad) VII.2.2 Experiencia en el rubro: el oferente para acreditar experiencia de trabajos similares adjuntando cualquiera de los siguientes documentos: certificados, orden de compra y/o facturas entregadas por las empresas donde se prestó el servicio, como también, certificados por trabajos vigentes en donde se esté desarrollando actualmente. La orden de compra emitida por el portal Mercado Público, sólo se considerará si ésta se encuentra en estado de “recepción conforme” y respaldada por el certificado de conformidad respectivo. La comisión evaluadora podrá corroborar dicha información con el área de gestión de contratos, oficina logística del Aeropuerto. Los certificados, orden de compra y/o facturas no podrán tener una antigüedad de 5 años, tomando como referencia el año 2015 como tope máximo de antigüedad. Para una mejor evaluación de este punto, el oferente deberá completar el anexo Nº 1 “Nómina experiencia en el rubro”, con el objeto de cuantificar la cantidad de trabajos ejecutados. Este anexo deberá estar acompañado de los respectivos certificados, facturas u órdenes de compra, tal como se estipula en el punto anterior. Se entenderá como trabajos similares; aquellos trabajos que tengan relación a la instalación y mantenimiento de equipos de climatización, instalaciones sanitarias, calderas y equipos afines. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este sobre electrónico, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases administrativas y bases técnicas, que permita a la comisión evaluadora, valorar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dichos documentos; en caso contrario se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
 
Documentos Económicos
1.- VII.3 El sobre electrónico N° 3, “aspectos económicos” (E), deberá contener la oferta económica de la propuesta, señalando el(los) precio(s) conforme al “Formulario denominado oferta económica licitación pública ID 1116007-43-LE22” adjunto a las presentes bases de licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el sistema de compras públicas el(los) precio(s) que éste exigirá. Sólo se aceptarán ofertas en moneda nacional (CLP). La oferta que sea presentada en otra moneda no será considerada en el estudio económico de la propuesta. El(los) precio(s) requeridos deben encontrarse en concordancia con las bases técnicas y deberá(n), además, ser subido(s) a la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) mediante un archivo adjunto denominado “oferta económica licitación pública ID 1116007-43-LE22”. El plazo de vigencia de la oferta no podrá ser inferior a noventa (90) días corridos. Las ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que acepta la señalada en estas bases administrativas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia en el rubro Según lo señalado en la pauta de evaluación 30%
2 Comportamiento contractual anterior en Mercado Púb Según lo señalado en la pauta de evaluación 20%
3 Precio Según lo señalado en la pauta de evaluación 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 9322903
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Cecilia Muñoz Vergara
e-mail de responsable de pago: cmunozv@dgac.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Christian Caceres Ruz
e-mail de responsable de contrato: ccaceres@dgac.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2745483-5483
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Fisco – Dirección General de Aeronáutica Civil
Fecha de vencimiento: 10-05-2023
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la licitación pública ID N° 1116007-43-LE22 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al contratista a partir de la fecha de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción de esta DGAC. La devolución se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases administrativas
I. OBJETO DE LA PROPUESTA La DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, en adelante también la DGAC, la entidad licitante o la institución, llama a propuesta pública conforme a las presentes bases de licitación, para contratar el servicio de mantenimiento y reparación del sistema de calefacción y obras menores del aeródromo capitán Fuentes Martínez de Porvenir. CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA DESCRIPCIÓN TIEMPO Visita a terreno Cuatro (4) días corridos contados desde la publicación, el punto de encuentro será la entrada principal del terminal de pasajeros del aeródromo capitán Fuentes Martínez de Porvenir a las 15:00 hrs. (voluntaria) Recepción de consultas en el sistema. Seis (6) días corridos desde la publicación. publicación de respuestas en el sistema. Dos (2) días corridos desde la fecha final de recepción de preguntas. Cierre de propuesta. Once (11) días corridos, desde la publicación a las 15:01 horas. apertura de ofertas. Día hábil siguiente del cierre de la licitación, a las 15:30 horas. Informe de evaluación de ofertas de la propuesta. Dentro de diez (10) días corridos, contados desde la apertura. Resolución de adjudicación de la propuesta. Dentro de los cinco (5) días corridos siguientes, de emitido el informe de evaluación de ofertas. (la adjudicación será notificada sólo cuando la resolución esté totalmente tramitada) Elaboración, firma de contrato y envío de la orden de compra. Dentro de treinta (30) días corridos contados desde la fecha de la notificación en el portal mercado público de la resolución de adjudicación de la propuesta. Acta de entrega de terreno Dentro de los quince (15) días corridos siguientes al envío de la orden de compra. Il. GENERALIDADES II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración (www.mercadopublico.cl), en adelante también el sistema de información, la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra, la plataforma, o el portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes bases administrativas, bases técnicas, pauta de evaluación, formato de identificación del proponente, formatos de declaraciones del proponente, oferta económica licitación pública ID 1116007-43-LE22, e instructivo de trabajo de sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC, en adelante también las bases de licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso. II.2 La presente propuesta y el contrato que de ella pudiera derivarse, así como las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la institución y la oferta que resulte favorecida con la adjudicación, se regirán por estas bases de licitación. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las bases y serán publicadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). II.3 En la presente propuesta deberán formularse ofertas por el total de lo requerido, por lo que no se aceptarán soluciones parciales. II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil se reserva el derecho de adjudicar la propuesta a aquel proponente que, cumpliendo las exigencias de las presentes bases de licitación obtenga el mayor puntaje como resultado del proceso de evaluación técnica y económica, conforme se señala en el capítulo “De la evaluación y adjudicación”, de las presentes bases administrativas. Como así mismo de eliminar partidas de acuerdo con razones técnicas y/o económicas que serán debidamente justificadas. La Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos y/o excluyentes establecidos en las presentes bases de licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente. El presupuesto estimado y referencial informado en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $9.322.903.- (Nueve millones trescientos veintidós mil novecientos tres pesos), I.V.A. incluido. II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil remitirá la orden de compra al oferente que resulte adjudicado, previo cumplimiento de lo estipulado en el capítulo X de las presentes bases administrativas. II.6 Adjudicada esta propuesta no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella ni del contrato. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato mencionado en el punto precedente. II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicase su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley N° 19.886, siempre que el contratista cumpla con las exigencias establecidas en las Bases para contratar y ejecutar el contrato. II.8 El adjudicatario inscrito en el registro de Chileproveedores cumplirá con los requisitos solicitados en el punto X.2 del capítulo X “Actos preparatorios del contrato”, si se encuentra hábil en dicho organismo y siempre que las fechas de vigencia de los documentos estén conforme a lo solicitado en el referido punto. El proveedor adjudicado deberá hacer presente lo anterior en forma escrita dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la adjudicación, con el objeto de que se revisen y constaten en el registro de Chileproveedores la existencia y validez de los antecedentes solicitados. II.9 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos. En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con día sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente. II.10 Aquel adjudicatario que no se encuentre inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración (www.chileproveedores.cl), estará obligado a hacerlo dentro del plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la adjudicación, trámite que constituye requisito previo para suscribir el contrato definitivo, requisito que en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, se exige a todos sus integrantes. La no inscripción dentro del término señalado obligará a la entidad licitante a dejar sin efecto la adjudicación de la oferta, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y proceder, eventualmente, a la adjudicación de la licitación al siguiente oferente mejor evaluado. II.11 Los plazos que se establecen en el cronograma de la propuesta, incluido en las presentes bases administrativas, a saber, plazo para efectuar la visita a terreno, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados hasta por un máximo de treinta (30) días, por la entidad licitante, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una Resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). II.12 La entidad licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública. La detección de antecedentes falsos, podrá dar a lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, pudiendo hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciones obligatorias que forman parte de las presentes bases y deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes. II.13 Se deja establecido que la presente licitación se hará por propuesta a suma alzada, no estando afecto el valor del servicio a reajuste de ningún tipo y, en consecuencia, el pago de las partidas se realizará sobre la base de las cantidades estimadas para la correcta ejecución del contrato al momento de su celebración, aun cuando la cubicación final de lo efectivamente realizado sea distinta asumiendo el contratista las diferencias que pudieren existir y con ello la contingencia de ganancia o pérdida de dicha cuantificación. II.14 Se deja constancia que, para todos los efectos de horario, será la hora en el reloj del portal Mercado Publico la que prevalezca, salvo que se señale expresamente otra situación. III. DE LOS PARTICIPANTES III.1 Podrán participar en esta licitación personas naturales, jurídicas o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 67 bis del reglamento de la Ley de compras públicas. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que, en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a prestar el servicio contratado, por la institución y facultadas para cobrar y percibir el pago. III.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley N.º 19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, Capítulo II “De los Requisitos para Contratar con la Administración del Estado”. IV. VISITA A TERRENO, CONSULTAS Y ACLARACIONES IV.1 VISITA A TERRENO Se efectuará una visita a terreno de carácter voluntaria, siendo lo gastos por este concepto de cargo y responsabilidad del interesado que asista. Dicha visita se realizará el cuarto día corrido posterior a la fecha de publicación de la licitación en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) a contar de las 15:00 hrs., cuyo punto de encuentro será la entrada principal del terminal de pasajeros del aeródromo capitán Fuentes Martínez de Porvenir. Al inicio de la actividad, los asistentes deberán firmar un registro de asistencia elaborado al efecto, incorporando en él la información requerida, el que posteriormente será publicado en el portal. Esta visita permitirá que los interesados que asistan tomen conocimiento de aspectos relevantes que les facilite la elaboración de sus eventuales ofertas. IV.2 CONSULTAS Y ACLARACIONES Toda solicitud de aclaración de las bases de licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) dentro de los seis (6) días corridos siguientes contados a partir de la publicación de la propuesta. Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra, en un plazo de dos (2) días corridos, contados desde la fecha final de recepción de preguntas, mediante un archivo que será incluido como documentación anexa en el apartado “archivos adjuntos de esta licitación”. Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de licitación, resguardando debidamente los eventuales intereses de los proponentes con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que -una vez totalmente tramitado- se informará a través del sistema de informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas. V. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases de licitación que regulan esta propuesta, prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Ante una eventual discrepancia entre las bases de licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la ficha electrónica del portal Mercado Público y el pliego de condiciones, prevalecerá este último. VI. GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA Los gastos que demande participar en la presente propuesta deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso. VII. DE LA PRESENTACIÓN Las ofertas administrativas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopúblico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de once (11) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma a las 15:01 horas. Si al día anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos ofertas, esta DGAC estará facultada para ampliar el plazo de cierre de recepción de ofertas en cinco (5) días corridos, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la Ley N° 19.886. Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases de licitación y, en el evento que se incluyan, éstas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta, por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases. Las ofertas deberán ser presentadas en tres (3) sobres en soporte electrónico. Los sobres en soporte electrónico se deberán rotular: N° 1 “aspectos administrativos” (A), N° 2 “aspectos técnicos” (T) y N° 3 “aspectos económicos” (E). Estos sobres, tienen que estar en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows. VII.1 El sobre electrónico N° 1 “aspectos administrativos” (A), deberá contener los siguientes antecedentes: VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto entregado por la DGAC. VII.1.2 Una declaración simple emitida y firmada por el proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, que consigne la circunstancia de haber estudiado las bases de licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo III.2 del Capítulo III, de las presentes bases administrativas, según formato de declaraciones. VII.1.3 Cuando el oferente sea una unión temporal de proveedores, deberá presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma. La declaración a que hace mención en el numeral VII.1.2 de las presentes bases administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la comisión evaluadora y de sugerencia de adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma. VII.2 El sobre soporte electrónico Nº 2 “aspectos técnicos” (T), deberá contener los siguientes antecedentes: VII.2.1 Copia de certificado de licencia SEC o documento que acredite dicha competencia para ejecutar los trabajos. (requisito de admisibilidad) VII.2.2 Experiencia en el rubro: el oferente para acreditar experiencia de trabajos similares adjuntando cualquiera de los siguientes documentos: certificados, orden de compra y/o facturas entregadas por las empresas donde se prestó el servicio, como también, certificados por trabajos vigentes en donde se esté desarrollando actualmente. La orden de compra emitida por el portal Mercado Público, sólo se considerará si ésta se encuentra en estado de “recepción conforme” y respaldada por el certificado de conformidad respectivo. La comisión evaluadora podrá corroborar dicha información con el área de gestión de contratos, oficina logística del Aeropuerto. Los certificados, orden de compra y/o facturas no podrán tener una antigüedad de 5 años, tomando como referencia el año 2015 como tope máximo de antigüedad. Para una mejor evaluación de este punto, el oferente deberá completar el anexo Nº 1 “Nómina experiencia en el rubro”, con el objeto de cuantificar la cantidad de trabajos ejecutados. Este anexo deberá estar acompañado de los respectivos certificados, facturas u órdenes de compra, tal como se estipula en el punto anterior. Se entenderá como trabajos similares; aquellos trabajos que tengan relación a la instalación y mantenimiento de equipos de climatización, instalaciones sanitarias, calderas y equipos afines. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este sobre electrónico, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases administrativas y bases técnicas, que permita a la comisión evaluadora, valorar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dichos documentos; en caso contrario se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida. VII.3 El sobre electrónico N° 3, “aspectos económicos” (E), deberá contener la oferta económica de la propuesta, señalando el(los) precio(s) conforme al “Formulario denominado oferta económica licitación pública ID 1116007-43-LE22” adjunto a las presentes bases de licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el sistema de compras públicas el(los) precio(s) que éste exigirá. Sólo se aceptarán ofertas en moneda nacional (CLP). La oferta que sea presentada en otra moneda no será considerada en el estudio económico de la propuesta. El(los) precio(s) requeridos deben encontrarse en concordancia con las bases técnicas y deberá(n), además, ser subido(s) a la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) mediante un archivo adjunto denominado “oferta económica licitación pública ID 1116007-43-LE22”. El plazo de vigencia de la oferta no podrá ser inferior a noventa (90) días corridos. Las ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que acepta la señalada en estas bases administrativas. Los sobres mencionados en los puntos VII.1, VII.2 y VII.3, serán abiertos en conformidad a lo establecido en el capítulo VIII de las presentes bases administrativas. Para una mejor revisión de los antecedentes en la sesión de apertura de la propuesta, se solicita a los participantes de la presente licitación, que para efectos de presentación de la documentación e información electrónica que se debe incluir en los sobres Nº 1, 2 y 3, sea respetado el orden en que ella se solicita, en los puntos VII.1, VII.2 y VII.3 de las presentes bases administrativas. VIII. DE LA APERTURA La apertura de los sobres electrónicos, Nº 1 “aspectos administrativos”, Nº 2 “aspectos técnicos” y Nº 3 “aspectos económicos”, se efectuará en un solo acto, el día hábil siguiente del cierre de la licitación, a las 15:30 horas, en forma electrónica, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Se procederá a la apertura de los sobres electrónicos Nº 1 “aspectos administrativos” (A), Nº 2 “aspectos técnicos” (T) y Nº 3 “aspectos económicos” (E). En la apertura de los sobres N° 1 “aspectos administrativos, Nº 2 “aspectos técnicos” (T) y Nº 3 “aspectos económicos” (E) sólo se efectuará la descarga del contenido de los mismos desde la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis del detalle del contenido de los sobres antes citados, corresponderá exclusivamente a la comisión evaluadora. La DGAC podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Una vez concluido el acto de apertura, técnica y económica, se confirmará el acta de apertura electrónica emitida por la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), las que serán resueltas por la DGAC dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente. En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, el o los oferentes afectados podrán presentar su oferta fuera del sistema de información, en las dependencias de la Oficina Logística ubicada en el terminal antiguo del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo S/N, en el plazo que estipula el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N° 250 del año 2004, Publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de septiembre de 2004 y sus modificaciones posteriores). IX. DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN IX.1 Las ofertas “aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el portal electrónico, serán remitidas para su evaluación a la comisión evaluadora, designada para tal efecto mediante Resolución, e integrada por dos (2) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Si del examen y análisis del detalle de las ofertas por parte de la comisión evaluadora, ésta concluyera acerca de la omisión de antecedentes, documentos y/o información de carácter excluyente o invalidante, se abstendrá de proceder a evaluar la propuesta infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad. IX.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la pauta de evaluación de la presente licitación, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 30% para experiencia en el rubro, 20% para comportamiento contractual anterior y 50% para los aspectos económicos. La DGAC, adjudicará la licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de estas bases, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio evaluación técnica. En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio evaluación técnica, experiencia en el rubro. Finalmente, si se mantiene de igual forma el empate será declarada ganadora la primera oferta publicada en el portal Mercado Público (fecha y hora de ingreso de la oferta. Información detallada en los datos de la oferta, en el comprobante de ingreso de oferta). Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del portal mercado público. Culminada la evaluación técnica y económica, la comisión evaluadora deberá emitir el informe pertinente, considerando en capítulo separado la evaluación final y sugerencia de adjudicación. Ambas actuaciones deberán verificarse dentro del plazo de diez (10) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas. IX.3 Dentro de los cinco (5) días corridos siguientes a la fecha de emisión del informe de evaluación la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la Resolución de adjudicación, la que se notificará al proponente favorecido a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. Mediante igual mecanismo se notificará a los proponentes cuyas ofertas no sean aceptadas. En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado. Los oferentes tendrán cuarenta y ocho (48) horas para efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser formalizadas a través del mecanismo habilitado en la plataforma de licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico adjudicación@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos. X. ACTOS PREPARATORIOS DEL CONTRATO X.1 Luego de dictada la Resolución de adjudicación, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes de notificado en el portal Mercado Público dicho acto administrativo, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el adjudicatario favorecido. X.2 Para celebrar el contrato, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la Resolución de adjudicación en el referido portal, los siguientes documentos, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados: X.2.1 Si se tratare de persona jurídica, deberá presentar: • Copia de la patente municipal vigente, si corresponde. • Copia de certificado de inicio de actividad del SII • Copia de la escritura de constitución de la sociedad y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado; de los documentos que acrediten la publicación de sus extractos en el Diario Oficial y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio. • Certificado de vigencia de la sociedad, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. • Certificado de vigencia de la personería del representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. • Fotocopia de la cédula de identidad de su(s) representantes(s). X.2.2 Si se tratase de persona natural, deberá presentar: • Fotocopia de su cédula de identidad • Patente municipal vigente, si corresponde • Copia de certificado de inicio de actividad del SII X.2.3 Si se tratase de Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes de la misma, los antecedentes señalados en los puntos X.2.1 y X.2.2, según corresponda. Asimismo deberá dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas, acompañando la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma, que contenga, al menos, los requisitos establecidos en dicha disposición, esto es, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que considere una vigencia no menor a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que pudiera contemplarse, si procede. X.3 Cumplido el plazo de quince (15) días corridos indicado en el punto X.2, sin que el adjudicatario haya presentado los documentos exigidos, la Dirección General de Aeronáutica Civil dejará sin efecto la adjudicación, quedando facultada para adjudicar la propuesta al oferente siguiente mejor evaluado en el proceso de evaluación o declararla desierta y efectuar una nueva licitación. Lo anterior, sin perjuicio de su facultad de ejercer las acciones legales que correspondan. No podrán contratar con la DGAC, aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 19.886 y Artículos 8° y 10° de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto deberán emitir la correspondiente declaración jurada. XI. CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO XI.1 El contrato contendrá, entre otras cláusulas, el objeto, la vigencia, el precio y la forma de pago. Se entenderá que son parte integrante del citado contrato, las bases de licitación, las aclaraciones que pudieran emitir la DGAC, las consultas de los proponentes, las respuestas recaídas en estas, las aclaraciones de la oferta, si las hubiere, y la oferta que resulte favorecida con la adjudicación. XI.2 Además de lo anterior, el contrato contendrá las demás cláusulas inherentes a la contratación objeto de la presente licitación, señalándose especialmente las siguientes: XI.2.1 Cláusula de modificación y término anticipado del contrato, mediante Resolución fundada, por las causales señaladas en los artículos 13 de la Ley 19.886 y artículo 77 de su Reglamento, y especialmente por las que a continuación se señalan: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. e) Las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. f) Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: • Si el contratista no concurre a la entrega de terreno en la fecha prevista. • Si el contratista no inicia oportunamente el servicio o incurre en paralizaciones por más de diez (10) días corridos, sin causa justificada. • Si el contratista incumplimiento en el plazo de ejecución de los trabajos convenido en el contrato, por un tiempo mayor a diez (10) días corridos. • Si el contratista no cumple con las especificaciones contenidas en las bases técnicas, afectándose la calidad del servicio y comprometiendo, consecuencialmente, la seguridad de este mismo. • El incumplimiento de sus obligaciones remuneracionales y de seguridad social para con los trabajadores que se desempeñen en la ejecución del contrato. • En caso de que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del contrato. • Si el contratista subcontrata con terceros la ejecución del servicio, sin la autorización de la inspección fiscal. • Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el 10% del precio total del contrato. • No entregar garantías en el caso de aplicación de multas conforme al literal b) del numeral 4) del punto XIV.2 de las presentes bases administrativas. • La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las bases administrativas. • Si en caso de aumento de plazo del contrato, el contratista no extiende el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida, conforme a lo señalado en el punto XII.1 párrafo segundo de las presentes bases administrativas. • El incumplimiento en el plazo de entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC si al momento de entrar en vigencia dicho instrumento, esta no alcanzare a cubrir el periodo del mismo, conforme a lo señalado en el punto XII.1 párrafo tercero de las presentes bases administrativas. • Si el contratista no responde en caso de que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la DGAC, reintegrando el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta DGAC. Transcurridos los plazos antes referidos o si notificado el contratista acerca de las deficiencias acusadas por los servicios y/o bienes adquiridos mediante el respectivo contrato, éste no diere respuestas ni ejecutare acciones eficaces dentro del tercer día hábil, tales incumplimientos constituirán causal suficiente para que opere el término anticipado del contrato, si la DGAC lo estima conveniente, el que se hará efectivo sin forma de juicio y mediante Resolución fundada debidamente comunicada al contratista. Para el caso de UTP también serán motivos de término anticipado del contrato las siguientes causas: g) La constancia de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. h) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de esta, y dicho integrante reuniese unas o más características objeto de la evaluación de la oferta. i) Ocultar información relevante para ejecutar el Contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. j) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el Contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. k) Disolución de la UTP. El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato será el siguiente: a) La DGAC notificará por carta certificada al contratista, el incumplimiento en que haya incurrido, para que dentro del plazo de tres (3) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la Oficina Logística ubicada en terminal antiguo del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo, de lunes a jueves de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 17:00 horas y los días viernes de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 16:00 horas. b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista por carta certificada, enviada al domicilio consignado en el contrato y debidamente publicada en el portal. De proceder la declaración de término anticipado del contrato por algunas de las causales contenidas en el literal f), del punto XI.2.1 precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada debidamente comunicada al contratista, caso en que hará efectiva, además, la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la Ley sean procedentes. XI.2.2 Cláusula de caso fortuito o fuerza mayor, esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impidan, al contratista y/o a la DGAC, cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar en el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En la ocurrencia de tales hechos, se aumentará el plazo del contrato en que incida, el que en todo caso será igual al de duración del caso fortuito o fuerza mayor. En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por escrito esta circunstancia a la otra parte, tan pronto tome conocimiento del impedimento o a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la referida comunicación el contratista deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término. XI.2.3 Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia, sometiendo el contrato a la jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando al efecto ambas partes domicilio en la dirección señalada en la comparecencia. XI.2.4 Cláusula de confidencialidad, en la que la DGAC. y el contratista se obligan a mantener absoluta reserva y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del contrato a suscribir. En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del contrato. Tampoco podrán revelar o comunicar o causar el que sea revelado o comunicado de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del contrato. XI.3 Toda la documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto. XI.4 El contrato que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes bases de licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisan de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee. XI.5 El contrato entrará en vigencia en la fecha en que se notifique al contratista, a través del portal Mercado Público, la total tramitación de la Resolución que lo aprueba y se extenderá hasta la recepción total y conforme de la prestación total de los servicios contratados. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, el contratista deberá cumplir aún después de verificado el hito señalado precedentemente. XII. DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO XII.1 Con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la institución una boleta de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro documento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la licitación pública ID N° 1116007-43-LE22 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista”. Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco – Dirección General de Aeronáutica Civil, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato. La caución que se constituya deberá ser irrevocable y pagadera a la vista y de ejecución inmediata, tomada en un Banco, en una institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile, en una Compañía de Seguro con Agencia en Chile, o en una Institución de Garantía Recíproca (IGR), según corresponda y deberá tener una vigencia mínima que contemple el plazo de ejecución del servicio más ciento veinte (120) días corridos. En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares de los Estados Unidos de América o en unidades de fomento, éste deberá considerar la conversión según el tipo de cambio vigente o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía. En caso de aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en el párrafo anterior. La extensión de la vigencia de la garantía deberá presentarse en la DGAC con a lo menos cinco (5) días corridos de anticipación al vencimiento del plazo original. Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el período antes señalado, el contratista deberá reemplazar esta garantía por otra que cumpla con este periodo o extender su vigencia, en un plazo no superior a quince (15) días corridos. En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares de los Estados Unidos de América o en unidades de fomento, este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía. En el evento que la garantía se constituya mediante una póliza de seguro, ésta podrá expresarse en UF (Unidad de Fomento), en dólares de los Estados Unidos de América o en moneda nacional; en este último caso, sólo si se dan los presupuestos previstos en el artículo 10 del DFL N° 251 del 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor de la póliza incluir en las condiciones particulares de ella, que ésta cubra el pago de las multas. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico garantia_carlos_ibanezdelcampo@dgac.gob.cl. XII.2 Si el adjudicatario no entregare la garantía por el fiel cumplimiento del contrato y/o no firma el contrato dentro de plazo señalado en el capítulo X de las presentes bases administrativas, o se desiste de él, la DGAC podrá dejar sin efecto la adjudicación, quedando facultada para adjudicar la propuesta al oferente siguiente mejor evaluado en el proceso de evaluación o declararla desierta y efectuar una nueva licitación. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan. XII.3 La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al contratista a partir de la fecha de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción de esta DGAC. La devolución se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo. XII.4 En caso de proceder el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, éste se efectuará conforme al procedimiento indicado en el punto XIV.2 de las presentes bases administrativas, respetando los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. XIII. DEL PAGO XIII.1 El pago del precio por los servicios contratados, se hará conforme a estados de pago, de acuerdo con el desarrollo de los servicios y en el porcentaje que el valor de los trabajos ejecutados represente dentro del valor total de la orden de compra y, previa visación del inspector fiscal. El contratista deberá presentar los estados de pago y las correspondientes facturas. El primer estado de pago deberá tener como mínimo un diez por ciento (10%) de avance de los trabajos ejecutados. En el caso de que el contratista adjudicado sea una unión temporal de proveedores, ésta debe establecer en la escritura pública de constitución, cuál de los participantes será el encargado de facturar y recibir los pagos en representación de la misma. XIII.2 Será requisito indispensable para cursar los pagos a que se refiere la contratación, que el contratista acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y previsionales (mes anterior que se presentó la factura) de sus trabajadores y de los trabajadores subcontratados (si corresponde), al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, lo que deberá ser demostrado mediante la presentación del formulario F30-1 y la nómina de pago o copias de liquidación de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social. XIII.3 La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a su recepción conforme, que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos y al impuesto del 2%, establecido en el artículo 37 de la Ley N° 16.752. XIII.4 La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). XIII.5 La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica en los siguientes casos: • Si la factura no cuenta con el estado de pago visado por el inspector fiscal. • Si no es presentada junto al formulario F30-1 (si corresponde) • Si no ha sido enviada al correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl. • Si su glosa no contiene la información mínima exigida en el punto XIII.3. XIII.6 El pago de las sumas de los estados de pagos, se efectuarán mediante transferencia bancaria al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario, y dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica y el estado de pago. XIV. DE LAS MULTAS XIV.1 Se contemplará el pago de multas por incumplimiento del servicio, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, de acuerdo con lo que a continuación se detalla: a) Si el servicio o los servicios fueren calificados por el inspector fiscal como deficiente, o bien, se observase por este, el incumplimiento por parte del contratista de cualquiera obligación señalada en las bases de licitación, en las obligaciones y/o prohibiciones del contratista. Se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de 1 U.T.M. b) Por cada día de atraso en la entrega de la prestación del servicio por parte del contratista, se aplicará una multa de 1 U.T.M. Con un tope de los 10 (diez) días corridos. c) Se podrá aplicar al contratista una multa equivalente a 1 U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) por cada día en que el contratista se encuentre en situación de incumplimiento respecto de una orden del inspector fiscal. Esto aplica para la ejecución del proyecto, incluyendo la etapa de recepción provisoria de la obra, si corresponde. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. Nota: La U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual) aplicable al mes en que ocurrió la falta. Con todo, la(s) multa(s) no podrá exceder del 10% del precio total de la orden de compra. En caso de que las multas excedan el porcentaje señalado, la DGAC podrá poner término anticipado a la contratación. XIV.2 La aplicación de multas se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: 1) La DGAC notificará, mediante correo electrónico enviado a la dirección de contacto que el contratista haya indicado en su oferta, el incumplimiento en el cual se haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la Oficina Logística, ubicada en el terminal antiguo de pasajeros del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo S/N, de lunes a jueves de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 17:00 horas y los días viernes de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 16:00 horas. 2) Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de (5) días hábiles sin que éste haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista por carta certificada enviada al domicilio consignado en el contrato y debidamente publicada en el Portal. 3) En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas. 4) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, ésta deberá enterarse, a elección del contratista, conforme a una de las siguientes modalidades: a) Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa. b) Aplicándolas la DGAC directamente sobre la garantía que se entregue por fiel y oportuno cumplimiento de contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo período de vigencia y monto estipulado en el capítulo XII.1 de las presentes bases administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, la DGAC procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento y acto seguido hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa. c) Deduciéndolas del(os) estado(s) de pago, el monto de las multas será rebajado del pago que la DGAC deba efectuar al contratista en el o los estados de pagos más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. XIV.3 En el evento que las multas impliquen hacer efectivo el total de la garantía, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios. XIV.4 No se aplicarán multas al contratista cuando los retrasos en que éste hubiere incurrido sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor, definidos en el punto XI.2.2 del capítulo XI de las presentes bases administrativas, circunstancia que el contratista deberá acreditar suficientemente. XIV.5 El cobro de las multas contempladas en este capítulo, no impide ni limita a la institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal. XV. LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS Será obligación del prestador de servicio dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al contratista, para cursar el pago, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo a través del formulario F30-1 (Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales). Asimismo, en el caso que el prestador del servicio no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedores. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. (H) N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, la DGAC podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, estando facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato y aplicar las sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios. XVI. DE LAS OBLIGACIONES Y/O PROHIBICIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se obliga, entre otros, a lo siguiente: • A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato. • A mantener una comunicación permanente con el inspector fiscal que nomine la DGAC, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del servicio. • A cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función de las bases técnicas, de la oferta del contratista y del contrato. • El contratista deberá entregar a la DGAC, con anterioridad al inicio de la prestación del servicio contratado, la nómina del personal asignado para la prestación del servicio contratado. De igual forma cada vez que hubiese alguna modificación en el personal que preste servicio deberá informarlo a la Oficina Gestión de Contratos. • Sera responsabilidad del contratista que todo el personal que preste los servicios contratados, al momento de prestar los servicios, cuente con una tarjeta identificación provisoria (TICA), la cual lo acredita y autoriza a circular por las dependencias aeronáuticas. • A presentar al personal con una identificación que lo acredite como su dependiente. • El contratista deberá habilitar un libro de novedades desde la entrega del terreno, etapa que quedará estampada como inicio de su texto y rubricada con las firmas respectivas del contratista y el inspector fiscal. En este libro se deberá establecer todos los eventos importantes a lo largo del desarrollo de la obra. También se estamparán las ordenes de servicio que obliguen al contratista a dar cumplimiento a algunos requerimientos retrasados. • El contratista deberá mantener la faena permanentemente aseada. La obra deberá ser entregada libre de escombros, perfectamente aseada y limpia. • El contratista deberá comunicar por escrito la terminación de los trabajos al inspector fiscal. • Sera responsabilidad de la empresa contratista el cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio contratado, en caso de accidentes en el trabajo de dicho personal. • En caso de que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la DGAC, el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta DGAC. • Dar cumplimiento al instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC Queda prohibido al personal del contratista, y a sus dependientes lo siguiente: • Usar prendas de vestir u otras que no correspondan al uniforme autorizado. • Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados por la inspección fiscal. • Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la DGAC. • Realizar o autorizar cualquier tipo de filmaciones o tomar fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa de la DGAC. • Retirar o permitir el retiro de artículos, documentos, planos u otro tipo de información, de cualquier especie, desde las dependencias del aeropuerto, sin autorización expresa de la DGAC. • Realizar, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena establecida en el contrato respectivo y que distraiga la atención sobre los aspectos de seguridad, tales como uso de televisión, equipos multimedia, entre otros. • Ingresar y/o consumir, durante su servicio o al interior de las dependencias de la unidad, cualquier tipo de bebida alcohólica o drogas. • Preparar y calentar alimentos en el puesto o lugar de trabajo, lo que no podrá habilitarse sin la debida autorización del inspector fiscal. • Aceptar el ingreso o invitar a personas ajenas al servicio, al puesto o lugar de trabajo y permanecer con ellas en éstos. • Entregar información de cualquier tipo a personas ajenas a la respectiva unidad o instalación, salvo expresa instrucción del inspector fiscal del servicio. • Portar armas de fuego, punzantes o de cualquier tipo o clase durante el servicio, aun encontrándose legalmente autorizado para ello. • Publicar mediante cualquier medio o red social, imágenes o videos donde figuren instalaciones a las cuales resguarda. XVII. PLAZO DE ENTREGA El servicio de mantenimiento y reparación del sistema de calefacción y obras menores del aeródromo capitán Fuentes Martínez de Porvenir deberá ser prestado dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días corridos, los cuales serán contabilizados desde la fecha de entrega de terreno, la que se verificará dentro de los quince (15) días corridos siguientes a la fecha de envió de la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl. XVIII. VIGENCIA El período de vigencia de la contratación de servicio comenzará a regir desde la fecha en que se encuentre totalmente tramitada la Resolución aprobatoria de la contratación y se extenderá hasta que los servicios prestados por el contratista hubiesen sido ejecutados en su totalidad y estos hayan sido recepcionados conformes. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, el contratista deberá cumplir aún después de verificado el hito señalado precedentemente. No obstante, lo anterior, las partes reconocen y declaran que por razones impostergables de buen servicio las partes podrán acordar dar inicio a la ejecución de los servicios en forma anticipada, con anterioridad a la total tramitación de la Resolución aprobatoria del mismo, expresando desde ya, que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se hayan pactado solo se cursarán una vez que la citada Resolución administrativa, se encuentre totalmente tramitada. La DGAC evaluará el comportamiento del contratista adjudicado, mediante una evaluación del servicio realizada por el inspector fiscal designado, lo cual se reflejará mediante la calificación que se efectué el portal www.mercadopublico.cl. La contratación que se derive de la respectiva propuesta publica, no podrá ser renovado. XIX. DE LA INSPECCIÓN FISCAL Para todos los efectos, se entenderá por inspector(es) fiscal(es) a el(los) profesional(es) funcionario(s), nombrado por la autoridad competente, a quien(es) se le haya(n) encargado velar directamente por la correcta ejecución del servicio y, en general, por el cumplimiento del contrato derivado de la presente licitación. Cualquier orden o comunicación que el(los) inspector(es) fiscal(es) dirija(n) al contratista, se efectuara a través del libro de novedades provisto por este último, deberá ser recibida por el profesional a cargo y, en su ausencia, por quien éste haya designado responsable, dejando constancia de la recepción en su nombre, firma y fecha en el folio respectivo. Si el contratista se negare a firmar, el inspector fiscal deberá dejar constancia de tal hecho. Toda comunicación escrita cursada entre las partes (inspector(es) fiscal(es) y contratista) se considerará como antecedentes anexos al libro de novedades. El libro comenzará indicando la fecha de inicio del servicio y continuará señalando los hechos más importantes durante el curso de la ejecución del servicio, en especial el cumplimiento por parte del contratista de las bases técnicas y de las obligaciones contraídas en conformidad a las bases administrativas. En este libro sólo podrá hacer observaciones el Inspector Fiscal sobre materias inherentes a la ejecución del servicio, debiendo dejar constancia de las notas o informes que le requiera el contratista. El contratista deberá someterse a las órdenes del (los) inspector(es) fiscal(es), las que se impartirán siempre por escrito, conforme a los términos y condiciones del contrato, dejándose constancia en el libro de novedades. Todo reclamo o solicitud del contratista que se relacione con el servicio deberá presentarse por escrito al (a los) inspector(es) fiscal(es). Si fuere necesario, éste(os) lo enviará(n) al jefe de la Zona Aeroportuaria Austral para que se pronuncie acerca de él. XX. DE LA RECEPCIÓN FINAL DE LOS TRABAJOS El contratista deberá notificar a la inspección fiscal mediante correo electrónico del término de los trabajos, dejando también registro en el libro de novedades de este hito. A través de estos medios, se fijará un día para efectuar la recepción final, donde el inspector fiscal emitirá un informe de recepción de obras con las no conformidades (si estas existiesen), observaciones, conclusiones y recomendaciones. En el día fijado para la recepción final, la inspección fiscal comprobará el adecuado funcionamiento y la correcta ejecución de todos los trabajos contratados. Si cualquiera de estos elementos no se encuentra en correcto funcionamiento, el inspector fiscal no recibirá los trabajos. XXI. SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución de los trabajos siempre que obtenga la autorización previa del inspector fiscal. El incumplimiento de lo establecido en el párrafo precedente será causal suficiente para que la DGAC pueda poner término anticipado a la contratación, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, circunstancia que este declara conocer y que las partes elevan al carácter de esencial en la contratación. En el caso de la cesión de una factura, conforme a la Ley N° 19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la factura, deberá notificarse a la entidad obligada al pago de ésta, bajo apercibimiento de hacerse merecedor de las sanciones establecidas en dicho cuerpo legal.