No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, ni estar afecto a las inhabilidades del artículo 54 letra a inciso segundo y letra b de la Ley 18.575. Esto se acreditará mediante la declaración simple que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo N° 1 “Declaración Simple” de estas bases, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
La omisión de la presentación del Anexo N°1 “Declaración Simple” originará la exclusión del proceso al oferente participante, la cual se verá reflejada en la no admisibilidad en el proceso de apertura de ofertas del proceso de Licitación