Resolución de Empates |
El SLEP adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes bases.
En caso de producirse empates de puntajes entre los oferentes participantes en el proceso de evaluación, se aplicarán un mecanismo de desempate según los siguientes criterios:
- En primer lugar, se seleccionará aquella oferta que tenga mayor puntaje en el criterio oferta económica.
- En caso de persistir el empate, se seleccionará aquella oferta que tenga mayor puntaje en el criterio Experiencia de Obras Similares.
- En caso de persistir el empate, se seleccionará aquella oferta que tenga mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
- Finalmente, en caso de persistir el empate, se seleccionará aquella oferta que se haya ingresado primero en el portal de www.mercadopúblico.cl.
Con el objeto de dar la máxima precisión a los aspectos por los cuales se regirán el servicio a contratar, el SLEP podrá solicitar a uno o más oferente, aclaraciones de su oferta a través del portal mercado público, las que deberá responder en un plazo de 5 días hábiles por la misma vía, (portal mercado público). No se permitirán cambios sustanciales de la propuesta presentada.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
el Servicio Local de Educación Pública de Colchagua, en cualquier oportunidad que lo estime pertinente, tendrá derecho a solicitar ser informada por el contratista sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que al contratista correspondan respecto de sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que se refiere el párrafo anterior deberá ser acreditado por el contratista mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. El contratista se obliga a entregar todos y cada uno de los certificados y documentos que el Servicio Local de Educación Pública de Colchagua estime pertinente solicitar. Para el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma antes indicada, el Servicio Local de Educación Pública de Colchagua podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquel, el monto de que es responsable y podrá pagar por subrogación al trabajador o instituciones previsionales acreedoras del contratista. Así pues el Servicio Local de Educación Pública de Colchagua en el ejercicio de sus derecho de información podrá exigir al contratista, los certificados de la Inspección del Trabajo que acrediten que el contratista no tiene reclamos pendientes por las remuneraciones y cotizaciones previsionales de sus trabajadores, las planillas de declaración y pagos de cotizaciones previsionales de sus trabajadores, comprobante de pago de remuneración mensual de sus trabajadores, nóminas mensuales de sus trabajadores, y cualquier otro documento que el Servicio Local de Educación Pública de Colchagua solicite. Además, en materia de higiene y seguridad, el contratista deberá cumplir fielmente toda la legislación existente al respecto.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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