2. EJECUCIÓN DE LA OBRA. |
2.1 Programación.
El día de entrega del terreno, se exigirá al Contratista la programación de la obra según indiquen las Bases Administrativas, con ruta crítica, curva de avance y flujo de caja, especificando los avances de las partidas para cada estado de pago, las que deberán estar permanentemente actualizada e impresa en la obra, para las consultas del I.T.O., o la Unidad Técnica del Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue.
Al momento de la entrega de terreno, el Contratista deberá presentar también a la I.T.O., la estructura organizacional que será utilizado para dirigir las obras. Para esto, el Contratista deberá individualizar al Profesional Responsable (no permanente) del área de la construcción, quien llevará la administración de la obra, e indicar la frecuencia de sus visitas a la obra vía libro. En todo caso, dicho profesional también puede ser el mismo Oferente en caso de ser profesional de la construcción.
2.2 Coordinación.
Para cautelar una clara y eficiente coordinación se exigirá al Contratista, lo siguiente:
a) Asistencia a todas las reuniones de trabajo, citadas por el Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue. En las reuniones a las cuales el Contratista o especialista no pueda asistir, deberá nombrar una persona que lo represente durante el desarrollo de lo solicitado mediante un poder simple, el que debe quedar en el expediente de la obra. Se entenderá que el profesional designado, se encuentra facultado para representar al Contratista. En cada reunión el ITO levantará un acta, donde se consignen todos los acuerdos tomados y temas tratados. El acta deberá estar firmada por todos los asistentes a las reuniones.
b) Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Inspección Técnica de Obra.
2.3 Responsabilidad Profesional.
El Contratista deberá disponer para la obra a un Profesional Responsable (no permanente) del área de la construcción, con experiencia mínima de 1 año en obras similares, quien deberá asumir la plena responsabilidad y representación del Contratista para hacer efectiva las instrucciones impartidas por la Inspección Técnica y proporcionar los antecedentes e informes que se requieran.
El Contratista será responsable de la calidad de los materiales, de los errores de diseño cuando corresponda, de los vicios de la construcción y de los prejuicios que con ella se ocasionen a terceros, todo de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2003 y siguientes del Código Civil.
El Contratista será responsable de todo accidente o daño que, durante la vigencia del contrato, le pudiera ocurrir a su personal y/o a terceros.
El Contratista asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, como también asume daños y perjuicios que producto de sus faenas, pueda ocasionar a la propia obra, o a las instalaciones del Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue existentes dentro del local donde se ejecute la obra, a los vecinos y a la propiedad pública circundante, incluyendo los daños y perjuicios producto de incendio.
De igual modo, el Contratista será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, alimentación u otros. Asimismo, el Contratista deberá cumplir con la normativa vigente, relativa al artículo 66 bis, de la Ley N°16.744, sobre seguridad y salud de sus trabajadores, debiendo proveer a su personal, del equipo de seguridad que establezca las normas de seguridad para los distintos tipos de trabajo. El Contratista asume toda la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de los trabajos, obligándose a rehacer sin costo para El Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue cualquier falla que a juicio de la Institución pudiera apreciarse.
El Contratista debe disponer, a su cargo, de todos los elementos para el buen desarrollo de los trabajos en conformidad con lo establecido en el DS 594/1999 del MINSAL.
Será responsabilidad del Contratista la vigilancia y cuidado de la obra durante su ejecución y hasta el momento de la recepción provisoria sin observaciones.
Todo daño o robo durante el período de ejecución de la obra, hasta su entrega provisoria, será de cuenta y cargo del contratista y deberá quedar consignado en el Libro de Obras.
El incumplimiento de las obligaciones indicadas en el presente punto, faculta a al Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales.
Será de cargo y cuenta del Contratista la correcta y completa coordinación de todos y cada uno de los proyectos entre ellos a fin de no presentar errores, contradicciones o faltas de información al momento de la ejecución.
El Contratista deberá considerar, cuando así lo requiera el proyecto, la contratación de profesionales especialistas, o bien subcontratar consultorías, que se requieran para la ejecución de la obra.
Durante todo el desarrollo de la obra, y hasta la recepción provisoria por parte del Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue, el Contratista deberá atender los posibles cambios en las normas vigentes e informar a la respectiva Unidad Técnica del Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue para ser incorporados en la obra como modificaciones del contrato, si fuese el caso. Toda modificación, no podrá ser ejecutada hasta no encontrarse totalmente tramitada con el respectivo acto administrativo.
2.4 Instalación y Señalización Provisoria.
Las señalizaciones y demarcaciones provisorias deben ser instaladas previo al inicio de la ejecución de las obras, y cada vez que los avances de obra lo requieran, por el período de tiempo que duren los trabajos. Incluye todas las construcciones e instalaciones provisorias para el correcto desarrollo de las faenas.
Dependiendo de la magnitud de la obra y en conformidad con las especificaciones técnicas del proyecto, el Contratista deberá construir en lugares adecuados para el personal, cobertizos para faenas, bodegas para guardar materiales y servicios higiénicos necesarios y suficientes para los trabajadores.
En general, las instalaciones se adaptarán a las situaciones del lugar, debiendo en todo caso, asegurar las comodidades del personal, seguridad de la obra y seguridad de terceros. La empresa deberá presentar a la ITO una proposición de emplazamiento, distribución y materialidad de los recintos de su instalación de faena, el que una vez construido deberá ser visado por la ITO.
El área de la obra o bien el sector de la obra, si ésta se desarrolla en etapas, deberá aislarse del resto del predio en todo su perímetro, con cierro provisorio de 2,40m. de altura mínima, debiendo dar garantías de seguridad. Tanto las construcciones como los cierros provisorios deben cuidar el aspecto estético.
El Contratista asumirá el costo de los servicios de agua potable, alcantarillado, electricidad y gas que se generen durante el periodo de ejecución de las obras y hasta su recepción provisoria. A fin de tener un registro correcto de dichos montos, y según las condiciones en que se realicen los trabajos, el contratista gestionara la instalación de los correspondientes remarcadores con la respectiva certificación de la empresa correspondiente o en su efecto de algún mecanismo que permita distinguir los consumos del Contratista de los propios del establecimiento. No se aceptarán aquellos que no cumplan con esta certificación. En caso de que el establecimiento no esté en funcionamiento durante la ejecución de la obra, se podrá hacer uso de los servicios existentes en el establecimiento. Para esto se deberá registrar fotográficamente en la entrega de terreno, la lectura presente en los medidores existentes. Luego, el consumo realizado deberá ser cancelado directamente al Servicio Local de Educación Pública, y adjuntar el comprobante en el Estado de Pago correspondiente.
De todas formas, independiente de la modalidad a utilizar, el contratista será el responsable del pago de los documentos de agua potable, alcantarillado, gas y electricidad correspondientes a la ejecución de la obra; y de proveeros en caso de que no existan o no estén habilitados en el área a intervenir.
2.5 Cierros Provisorios.
El Contratista deberá cerrar provisoriamente toda la zona de trabajo, si corresponde, teniendo en cuenta para ello tomar las precauciones necesarias. Deberá mantener los cierros perimetrales en óptimas condiciones durante todo el transcurso de la obra. Para estos efectos, los cierros tendrán una altura mínima de 2.40 metros y estar debidamente afianzados, de manera de impedir accidentes o ingresos indebidos al área intervenida del edificio, para lo cual deberá contar con Vº Bº de la ITO.
2.6 Aspectos Ambientales y de Seguridad.
El Contratista deberá tomar las medidas necesarias para proteger el medio ambiente en la zona de las obras y sus alrededores, y a aquellas instrucciones especiales que imparta la ITO. En todas las faenas que realice el Contratista, deberá tener especial cuidado en causar las menores alteraciones e inconvenientes a terceros que, sin estar directamente relacionados con la obra, se vean afectados por ella.
Estará estrictamente prohibido hacer fogatas o cualquier acción que pueda perjudicar la higiene ambiental o sanidad del sector.
2.6.1 Aire.
Las emanaciones de gases, polvo o contaminantes de cualquier naturaleza provenientes de faenas, frentes de trabajo y actividades en general, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daño al medio ambiente o molestias a las personas. Para estos efectos, la Empresa Contratista deberá implementar todas las medidas necesarias tales como: protecciones laterales que retengan el material particulado, riego de áreas de faenas, humedecimiento de áridos y materiales inertes, entre otras.
2.6.2 Ruidos y Vibraciones.
En materia de ruidos y vibraciones, se deberá incorporar protección adecuada a los trabajadores a fin de evitar el daño acústico que puedan sufrir. Del mismo modo en aquellos casos en que la obra se ejecute con el establecimiento en funcionamiento, considerar protección en cierros que delimitan la obra y coordinar horarios de ejecución de faenas de manera de disminuir ruidos que afecten la actividad del establecimiento.
2.6.3 Cuidados especies arbóreas y áreas verdes del establecimiento.
El Contratista cuidará de hacer el menor daño posible a los árboles y áreas verdes en general, los cuales una vez finalizada la obra deberán estar restituidos al menos en las mismas condiciones iniciales en que se encontraban.
El Contratista deberá contar con la autorización escrita de la I. T. O. antes de proceder a derribar algún árbol o destruir áreas verdes del establecimiento.
2.6.4 Escombros y movimientos de tierra.
Respecto de los escombros y movimientos de tierra que se generan, dichos volúmenes deben ser retirados del lugar en horario coordinado por la ITO y llevados a botaderos autorizados, certificados y con registro vigente.
2.6.5 Transporte y almacenamiento de materiales.
El Contratista deberá cumplir con las siguientes disposiciones, según corresponda:
a) Para evitar el vertido de material durante el recorrido, los vehículos de transporte deberán contar con lonas de recubrimiento, envases herméticos u otros.
b) En los casos que corresponda deberá contar con las debidas autorizaciones de la correspondiente Dirección de Tránsito Municipal.
c) La I.T.O. deberá ordenar la recuperación de aquellas áreas que hayan sido innecesariamente dañadas, por cuenta y cargo de la Empresa Contratista.
d) El transporte y almacenamiento de materiales y sustancias contaminantes y/o peligrosas deberá ser tratada y trasladado conforme normativa en horarios coordinados con la ITO.
e) No se permitirá el almacenamiento de materiales y escombros en la vía pública, a menos que sea autorizado expresamente por la ITO en forma excepcional.
2.6.6 Medidas de Seguridad y Prevención de Riesgos en Obras.
El Contratista es el responsable de cualquier incidente o accidente que se pueda producir al interior de la obra o al exterior de la misma con ocasión de ésta, por lo tanto, deberá contar con un profesional idóneo y debidamente acreditado para hacerse cargo, en todo momento, de implementar todas las medidas y planes de prevención de riesgos pertinentes, tanto al interior como al exterior de la obra a fin de evitar cualquier incidente o accidente que pudiera producirse.
El Contratista deberá proveer de todos los Equipos de Protección Personal o EPP a cada uno de sus trabajadores y exigir igual medida a cada una de sus empresas subcontratista. La ITO estará facultado para exigir el retiro de las faenas de uno o más trabajadores del Contratista o de los subcontratistas que no usen adecuadamente sus EPP o que se encuentren ejecutando acciones de riesgo sin la debida programación y supervisión de parte del Contratista. De reiterarse la situación por parte del mismo trabajador, la ITO estará facultado para exigir la debida amonestación escrita.
El Contratista deberá efectuar las charlas de derecho a saber y las charlas de acuerdo a su plan de prevención.
En caso de producirse un incidente o accidente, éste será reportado de inmediato a la ITO, a través de correo electrónico por parte del Contratista indicando los detalles esenciales del mismo y los protocolos de emergencia activados según el plan de prevención de acuerdo a la magnitud del evento.
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