Según punto 7.5 "Consulta y aclaración de bases"
De conformidad a lo señalado en el artículo 35 ter de la Ley N°21.634, se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen en el proceso de adjudicación.
Las consultas que los Oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta licitación deberán ser efectuadas a través del foro del sitio www.mercadopublico.cl. Las respuestas se pondrán a disposición de los Oferentes a través del mismo modo. Las consultas o aclaraciones efectuadas por fax, e-mail u otra vía se considerarán inválidas.
El Servicio Local, por cualquier causa y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá presentar aclaraciones o enmiendas, ya sea de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún Oferente.
Las enmiendas o aclaraciones, en caso de existir, serán publicadas en www.mercadopublico.cl y se entenderán como obligatorias para todos los Oferentes.
El Servicio Local, tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas si el nivel de enmiendas y/o aclaraciones así lo amerita, especialmente una modificación en los criterios de evaluación y/o certificados obligatorios.
La resolución fundada de las enmiendas o aclaraciones, en caso de existir, deberá comunicarse a los Oferentes mediante publicación en el portal www.mercadopublico.cl, considerando un plazo de hasta 3 (tres) días corridos adicionales para que los Proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales aclaraciones o enmiendas.
Es exclusiva responsabilidad del Oferente la revisión del portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto