Que conforme lo establece el art. 79 Ter del Reglamento N° 250/2004 que Aprueba Reglamento de La Ley Nº19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, si el contratista no concluye los trabajos dentro del plazo contractual, pagará una multa diaria igual a:
Multa = 0,5 * Precio del Contrato / Total de Días Contrato (40) + Total de Días de Prorroga (En el caso de que se extienda el plazo según lo indicado en el punto 13 de las presentes bases). (APLICA DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA FECHA LEGAL DE TÉRMINO DE LOS TRABAJOS).
Si el contratista no termina los trabajos en un plazo = 1,2*Total de Días Contrato (40) + Total de Días de Prorroga (En el caso de que se extienda el plazo según lo indicado en el punto 13 de las presentes bases), se aplicarán las multas correspondientes y se pondrá término anticipado de servicio, cancelando sólo lo ejecutado.
El contratista tendrá un plazo de máximo de 5 días para desplazar y ubicar la maquinaría al lugar en que se desarrollará el servicio contratado, de no cumplir será motivo de término anticipado del servicio. El plazo señalado es a contar desde el día siguiente que la Dirección de Obras Hidráulicas realice la entrega de terreno.
Se debe adjuntar Certificado de Inscripción (padrón) de la maquinaria a utilizar. No se aceptará solicitud de primera inscripción. Si el contratista no presenta en terreno una maquinaria de iguales o mejores características a la maquinaria declarada (año, capacidad, potencia, etc.), o no cumple con los requisitos de maquinaria y personal comprometido, será motivo de término anticipado de servicio.