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MULTAS |
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Se aplicará una multa en UF según indica a continuación: • Dotación de personal requerido, incluyendo operarios de turnos diurnos, nocturnos y fin de semana: Por cada oportunidad que se verifique el incumplimiento del numeral 2 UF. • Seguridad: Por cada oportunidad que se verifique el incumplimiento de las medidas de seguridad y prevención de riesgos procedentes conforme a la normativa vigente 2 UF. • Respuesta inmediata de la empresa frente a alerta de IF por situaciones de frente de mal tiempo en el sector dentro de las 24 horas siguientes 2 UF. • La Inspección Fiscal podrá realizar visitas al lugar de prestación del servicio en cualquier momento. En caso de detectar en terreno el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas por estas Bases de Licitación y Convenio de Prestación de Servicios, procederá a formular una amonestación al Prestador señalando específicamente la falta cometida y por qué dicha falta constituye un incumplimiento contractual. En caso de producirse una segunda amonestación, ello conllevará la aplicación de una multa de 1 UTM, considerando la equivalencia en pesos de este indicador para el mes en que se curse la multa. • El atraso en la ejecución de los trabajos de conformidad al plazo contractual será multado con 1 UF por cada día de atraso. • Finalmente, el Prestador deberá informar a la Inspección Fiscal de cualquier cambio en su equipo de trabajadores, a fin de tener la nómina de trabajadores actualizada. La infracción a la obligación anterior será causal de multa de 1 UF por cada modificación no informada. Las multas se computarán desde la detección de la conducta infractora, la cual deberá ser debidamente documentada por la Inspección en el Libro de Comunicaciones. Procedimiento: En caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente: a) La IF o Contraparte Técnica, en caso que el proveedor haya incurrido en un incumplimiento que configure causal de multa, comunicará por escrito al proveedor que se le deberá aplicar la multa que corresponda, señalando el detalle de la sanción y los hechos que la configuraron. No se aplicarán multas en casos de caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el Proveedor ante la IF. b) El proveedor tendrá el plazo de 3 días hábiles posteriores a la notificación de la comunicación anterior para emitir sus descargos. Transcurrido ese plazo, la IF deberá resolver la aplicación de la multa. c) La multa deberá ser cursada mediante resolución fundada, la que deberá ser publicada en el Sistema de Información. d) La multa respectiva, se pagará descontando el monto de la respectiva factura correspondiente al próximo pago. El proveedor deberá facturar por el monto adjudicado y el descuento se realizará internamente a través de una guía de ingreso. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección contratante podrá hacer efectiva la garantía, si así lo estimare conveniente en tanto se haya producido un perjuicio para la Dirección de Obras Hidráulicas producto del incumplimiento. El valor total acumulado de las multas no podrá exceder del 10% del valor total del contrato, incluida sus modificaciones. En caso de excederse del porcentaje señalado, la Dirección contratante podrá poner término anticipado al contrato.
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Modificación y Terminación del Contrato |
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El Contrato podrá ser modificado en el transcurso de la Prestación si las partes de común acuerdo y con la debida justificación, así lo estimasen conveniente y necesario para el buen desarrollo del servicio contratado. La modificación de la prestación de servicios deberá respetar las limitaciones establecidas en el artículo 10 N° 7 letra a y 77 del Reglamento de la ley 19.886. Por su parte, el término anticipado del Contrato podrá darse según las siguientes causales: -Mutuo acuerdo entre las partes. - Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante: i) Si el contratista no destina personal en la cantidad y de la calidad indicada en su propuesta o recursos suficientes de forma que, a juicio de la Dirección, ponga en peligro el poder llevar a cabo el trabajo en la forma convenida. ii) Si se producen atrasos reiterados en la ejecución del contrato que comprometa la oportuna terminación de los trabajos. iii) Si se considera que el contratista ha incurrido en negligencia, la que se traduce en que la calidad del trabajo ejecutado no corresponde a lo estipulado en el contrato y conforme a las Bases. iv) La DOH podrá declarar el término anticipado del contrato, si el prestador no presenta garantía de fiel cumplimiento dentro del plazo establecido para ello, o bien no la renueva o aumenta según corresponda, en los términos del Numeral 9 de las Bases Administrativas. -Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Además son plenamente aplicables en la especie todas las causales señaladas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Adicionalmente, la Dirección podrá poner término anticipado del contrato si el valor total acumulado de las multas excede del 10% del valor del contrato, incluida sus modificaciones. En cualquier caso, de término anticipado del contrato, el prestador del servicio no tendrá derecho a indemnización alguna, sin lugar a reclamaciones posteriores
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COMISIÓN EVALUADORA |
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La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios:
Sra. Patricia Fernández Sotomayor RUT 11.851.175-1
Sr. Nicol Navarro Dupre RUT 15.935.988-3
Sra. Angelica Gaete Valenzuela RUT 11.338.706 – 8
Todos funcionarios del Depto. de Cauce y Drenaje Urbano de la DOH RM.
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INSPECCIONI FISCAL |
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La inspección Fiscal estará integrada por el Sr. Juan Maulen Godoy, RUT 17.256.742-8 y como subrogante la Sr. Rodrigo Jelvez Echeverria RUT 14.067.696 - 9
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FINANCIAMIENTO, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO |
FINANCIAMIENTO, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
Financiamiento
El financiamiento del servicio, será con cargo al Presupuesto 2019 de la DOH-RM.
Facturación
a. El adjudicatario deberá facturar, mediante facturación electrónica, que deberá ser extendida a nombre de: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS - DIRECCIÓN GRAL. DE OO.PP. DCYF, RUT: 61.202.000-0 ingresando en su archivo XML de factura, como se indica a continuación:
COD UNIDAD DE PAGO 1640
UNIDAD_DE_PAGO DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS REGIÓN METROPOLITANA
Correo electrónico mop_dte@paperless.cl
b. El ADJUDICATARIO, deberá adjuntar los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales respectivos, del personal que trabaja en LOS SERVICIOS A CONTRATAR.
c. La Dirección, podrá rechazar las facturas comerciales conforme al artículo 3° de la ley N° 19.983, modificado por el artículo 4° ley N° 20.956, en el plazo de 8 días corridos, contados desde su recepción, de acuerdo a la normativa vigente.
Forma de Pago
Los pagos se realizarán contra aprobación de la IF de cada informe de etapa. La recepción conforme de la etapa será otorgada por la Dirección de Obras Hidráulicas DOH RM, mediante V° B° y firma de las facturas respectivas por el Inspector Fiscal.
La factura deberá ser emitida a nombre del Ministerio de Obras Públicas Dirección General de Obras Públicas DCyF, o bien, Ministerio de Obras Públicas – Dirección de Obras Hidráulicas RUT 61.202.000-0.
El pago se efectuará dentro de los 30 días posteriores al ingreso de la factura vía Documento Tributario Electrónico a la casilla electrónica del MOP mop_dte@paperless.cl Código Unidad de Pago 1640.
Conforme al artículo 8° de la Ley N°42.240 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. Con tales fines, los proveedores deberán completar el formulario de “Autorización de Pagos a través de bancos” disponible en el siguiente link:
http://www.dcyf.cl/productosyservicios/Documents/formulario_deposito_cta_cte.pdf, el cual además se adjunta en el ID de la orden de compra.
Agregar el código de pago 1640, dentro del Archivo de la factura xml, en la referencia como Nota de Pedido.
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Resolución de Adjudicación |
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Resolución de Adjudicación La adjudicación se materializará mediante Resolución de la Directora Regional de Obras Hidráulicas de la Región Metropolitana o quien le subrogue legalmente.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El proveedor adjudicado, deberá presentar antes de cada orden de pago, Certificados de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo que acrediten el cumplimiento de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores correspondientes a todos los meses del período que se paga. Este certificado debe ser entregado a la Inspección Fiscal y la no presentación de este requerimiento dará lugar a que se postergue el pago de la Orden de Compra. Para el pago del primer estado de pago se requerirá al prestador, además del certificado de cumplimiento de la Dirección del Trabajo, un listado de los trabajadores y copia de los contratos de trabajo de todos ellos. Podrá exigirse para el primer pago del servicio, en caso que el primer período de pago no alcance a ser un mes previsional, la entrega de Declaración Jurada ante Notario en que se dé cuenta del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores de la prestación durante el período que se paga. El Prestador deberá informar a la Inspección Fiscal de cualquier cambio en su equipo de trabajadores, a fin de tener la nómina de trabajadores actualizada. La infracción a la obligación anterior será causal de multa de 1 UF por cada modificación no informada. Los trabajadores del prestador deberán encontrarse debidamente contratados de acuerdo a las normas del Código del Trabajo.
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Resolución de Empates |
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En el caso de empate, la Comisión Evaluadora de la prestación, resolverá adjudicando al proveedor que presente la oferta
económica más conveniente al interés fiscal. Si persiste el empate, se adjudicará al oferente que tenga el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica.
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SUBCONTRATACIÓN |
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El contratista podrá subcontratar todas aquellas obras o labores que sean necesarias ejecutar y para lo cual no cuente con personal especializado, siendo aplicable lo previsto en Libro 1, Título VII, párrafo 1° del Código del Trabajo, sin perjuicio de otra norma aplicable en la especie. Estas subcontrataciones deberán contar con la autorización previa del IF, solicitada por escrito. El contratista podrá subcontratar hasta el 40% del valor total de su oferta. El proveedor subcontratado, al igual que el proveedor principal del servicio, no debe registrar alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1º y 6º del artículo 4 de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, debe cumplir con el deber de información asignado al proveedor adjudicado. Por lo tanto el prestador, además de los antecedentes correspondientes a sus trabajadores, deberá adjuntar los correspondientes a su/s subcontratista/s, según los términos del numeral 10 Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El proveedor adjudicado, deberá presentar antes de cada orden de pago, Certificados de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo que acrediten el cumplimiento de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores correspondientes a todos los meses del período que se paga. Este certificado debe ser entregado a la Inspección Fiscal y la no presentación de este requerimiento dará lugar a que se postergue el pago de la Orden de Compra. Para el pago del primer estado de pago se requerirá al prestador, además del certificado de cumplimiento de la Dirección del Trabajo, un listado de los trabajadores y copia de los contratos de trabajo de todos ellos. Podrá exigirse para el primer pago del servicio, en caso que el primer período de pago no alcance a ser un mes previsional, la entrega de Declaración Jurada ante Notario en que se dé cuenta del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores de la prestación durante el período que se paga. El Prestador deberá informar a la Inspección Fiscal de cualquier cambio en su equipo de trabajadores, a fin de tener la nómina de trabajadores actualizada. La infracción a la obligación anterior será causal de multa de 1 UF por cada modificación no informada. Los trabajadores del prestador deberán encontrarse debidamente contratados de acuerdo a las normas del Código del Trabajo.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Moneda |
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MONEDA
El valor ofertado en www.mercadopublico.cl, debe ser neto.
La duración de los servicios contratados será de 45 días corridos a partir de la fecha de la total tramitación de la Resolución que adjudica la licitación y autoriza el pago.
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Antecedentes Legales Antecedentes Legales para ser Contratado |
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Antecedentes Legales Antecedentes Legales para ser Contratado
La omisión en la presentación de cualquiera de los antecedentes anteriores, así como del formulario Oferta Económica, habilitará a la DOH para declarar inadmisible la oferta. Los oferentes (personas naturales o jurídicas) que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), en estado “Hábil”, podrán exceptuarse de acompañar estos documentos si ellos se encuentran disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas. En relación a Inscripción en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva. De no inscribirse el proveedor adjudicado, dentro de los 15 días señalados anteriormente, se dejará sin efecto la adjudicación y se re adjudicará la licitación, al segundo lugar, según la tabla de evaluación.
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