Resolución de Empates |
En el caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta mejor evaluada en el criterio “Precio”. En caso de que el empate persista, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación en el criterio “Calidad de la oferta técnica”. En caso que el empate continúe, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación en el criterio “Experiencia del Oferente”. En caso que sigan empatados dos o más oferentes, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación en el criterio “Comportamiento contractual anterior”. En caso que el empate persista, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”. En caso de continuar el empate, se definirá a favor de la oferta que presente experiencia en instituciones de educación superior.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas que los oferentes o proponentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación deberán ser realizadas única y exclusivamente a través del foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl hasta el día y hora estipulado en las presentes Bases y en el formulario del Portal. Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes en el mismo Portal. Se citará cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya formulado y luego se dará la respuesta respectiva. (Para ingresar al foro, se deberá hacer a través del Campo Acciones en “Revisar la Licitación”, en el icono “ver Foro”, junto a los iconos “ver Documentos” y “ver Historial”). Tanto las consultas y respuestas se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales.
Transcurrido el plazo de consultas señalado previamente, se entenderá que no hay dudas referentes al contenido de los antecedentes entregados y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
En orden de agilizar las respuestas, se solicita a los proponentes que las consultas se realicen por separado, distinguiendo entre las que se refieren a las consultas de carácter administrativo y de carácter técnico. Lo anterior, con el fin de que se tenga un orden tanto en las consultas como en las respuestas. Además, se solicita que sean ordenadas con número y en forma individual, para no producir dos o más consultas en una sola pregunta.
El CFT Estatal, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el artículo 5° sin indicadores del autor de las consultas.
Las aclaraciones derivadas de este proceso de consulta, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiese solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, El CFT Estatal podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Durante el desarrollo del trabajo, el proveedor adjudicado no podrá subcontratar total ni parcialmente los servicios contratados, excepto en aquellos casos especiales que sean estimados como indispensables y autorizados expresa y previamente por el CFT Estatal.
El personal que contrate el adjudicatario, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato, no tendrá en caso alguno, relación laboral ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el CFT Estatal, sino exclusivamente con el proveedor que los contrató.
Sin perjuicio de lo anterior y cada vez que el CFT Estatal así lo requiera, el proveedor adjudicado estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le correspondan respecto a sus trabajadores, lo cual el proveedor adjudicado deberá acreditar mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien, por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado, acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El CFT Estatal exigirá que el proveedor adjudicado, proceda a dichos pagos y presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación, según corresponda.
El incumplimiento del proveedor adjudicado de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, será estimado como incumplimiento grave y facultará al CFT Estatal para poner término anticipado al contrato. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N°20.123 y la Ley N°16.744.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El CFT Estatal, a través de la Comisión de Evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores y omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esos que no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
El CFT Estatal, a través de la Comisión de Evaluación, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dicha certificación o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y periodo de evaluación. En estos casos, la Comisión de Evaluación, a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y concederá un plazo de 48 días para que las subsane.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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