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9.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
9.1.1. Introducción
La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, invita a participar en el proceso de contratación de una entidad que preste el servicio de administración del beneficio de salas cunas y jardines infantiles del que goza su personal, indistintamente de la calidad jurídica de su contratación (planta, contrata u honorarios), para establecimientos educacionales en la Región Metropolitana, quinta Región de Valparaíso y sexta Región del Libertador Bernardo O´Higgins.
Para el año 2021 la Subsecretaría, a través de su Resolución Exenta N° H-6, de 2021, estableció el procedimiento para acceder al pago del beneficio de financiamiento de jardín infantil a todos los funcionarios/as de planta, contrata y personas contratadas a honorarios por la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales que tengan hijos de dos años de edad y hasta la fecha en que el menor ingrese a la educación general básica.
9.1.2. OBJETO DE LA LICITACIÓN
El objeto de la presente licitación es seleccionar una persona natural o jurídica, que preste el servicio de administración del beneficio de salas cunas y jardines infantiles para el personal (funcionarios y honorarios) de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, que cumplan con los requisitos para optar a él, ya sean los establecimientos de propiedad del oferente o afiliados a los convenios que mantengan y que reúnan las condiciones requeridas por la Subsecretaría en las presentes bases de licitación.
9.1.3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN REQUERIDO
La administración de este beneficio consiste en realizar toda la gestión asociada a la incorporación de un niño(a) a una Sala Cuna o Jardín Infantil determinado, velando por que cumpla con los requisitos exigidos, contactando al establecimiento educacional para confirmar la disponibilidad de incorporación, cotizar el valor del servicio, confirmar el cupo y comunicar los montos a la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, realizar los pagos de matrícula y mensualidades, e informar a la Subsecretaría respecto a la asistencia.
Por la prestación del servicio de administración del beneficio antes descrito, el adjudicatario podrá cobrar una comisión porcentual por cada menor que asista a un establecimiento educacional cuyo pago sea de su gestión, el que en ningún caso puede exceder de un 3%. La comisión se calculará sobre el valor de la matrícula y mensualidad que fije la sala cuna o jardín infantil, según sea el caso, siempre y cuando no exceda el monto máximo que la Subsecretaría paga por el beneficio, el que se especifica más adelante en estas Bases.
9.1.4. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS
La entidad adjudicataria deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
a) Proporcionar un listado con el nombre de las salas cunas y jardines infantiles con los que mantenga un convenio de prestación de servicios, los que deben contar con la autorización de funcionamiento otorgada por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) o reconocimiento oficial del Ministerio de Educación.
b) Administrar los convenios de prestación de servicios con las salas cunas y jardines infantiles en las regiones Metropolitana, Región de Valparaíso y Región del Libertador Bernardo O´Higgins, que compongan su listado de establecimientos en convenio.
c) Gestionar la incorporación de nuevas salas cunas y jardines infantiles que la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales le indique, a requerimiento de sus funcionarios/as, cuando los establecimientos no se encuentren disponibles en el listado inicial entregado por el oferente. En su defecto indicar alternativas equivalentes cuando no sea posible su incorporación.
d) Informar por escrito oportunamente a la Subsecretaría, cuando un establecimiento no pueda continuar prestando los servicios contratados, ofreciendo soluciones alternativas a la Subsecretaría.
e) Mantener un listado actualizado de los establecimientos educacionales con los que ha suscrito convenio durante la vigencia del contrato con la Subsecretaría y notificar de los cambios de salas cunas o jardines infantiles cuando ocurran. Deberá entregar al menos cada seis meses un listado actualizado de los establecimientos educacionales administrados, y en cualquier momento a requerimiento de la Subsecretaría.
9.1.5. RESTRICCIONES DEL PAGO DEL BENEFICIO Y DE LA COMISIÓN
Se debe considerar que el monto máximo del beneficio que la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales paga por concepto de matrícula y mensualidad, correspondiente al año 2021, según lo establecido en la Resolución Exenta N° H-6 de fecha 11 de enero de 2021, vigente a la fecha, es el siguiente:
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Monto cuota
SALA CUNA
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Monto cuota
JARDIN INFANTIL
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14 Unidades de Fomento
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9 Unidades de Fomento
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En los casos que los montos de las cuotas establecidas tanto para Sala Cuna y Jardín Infantil, sean modificados para el siguiente año, esto será informado oportunamente enviando copia del documento que apruebe dicho cambio.
El excedente, si existiere, será pagado directamente por el funcionario/a de la Subsecretaría al establecimiento educacional.
Respecto de la comisión que cobre el adjudicatario, ella se aplicará sobre el valor de la matrícula y mensualidad que fije la sala cuna o jardín infantil por cada menor, según sea el caso, y en ningún caso podrá exceder de un 3%.
Si el valor fijado por el establecimiento educacional excede el tope pagado por la Subsecretaría, la comisión se calculará sobre el monto máximo indicado en el cuadro anterior.
El monto máximo a pagar por la Subsecretaría en virtud del presente proceso de contratación es de $150.000.000.- (ciento cincuenta millones de pesos) durante la vigencia del contrato (dos años).
La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales utilizará el servicio de acuerdo a sus necesidades específicas, no adquiriendo el adjudicatario exclusividad en la prestación del servicio objeto de esta licitación. En el mismo sentido la Subsecretaría no estará obligada a ejecutar la totalidad del monto adjudicado al oferente contratado, ya que los servicios se irán prestando mensualmente de acuerdo a las necesidades de sus funcionarios/as y las personas contratadas a honorarios que cumplan los mismos requisitos que los funcionarios/as del Servicio. En todo caso la vigencia del contrato a ser suscrito entre la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y el adjudicatario no podrá exceder de 2 años.
9.1.6. procedimiento de operación interna
Solicitados los servicios de Sala Cuna o Jardín Infantil, por parte de un funcionario/a de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, el adjudicatario deberá ceñirse al siguiente procedimiento:
a) La Subsecretaría revisará el listado de Jardines Infantiles o Salas Cunas que mantendrá actualizado el adjudicatario, según la ciudad en que realiza la solicitud el funcionario/a que goza del beneficio.
b) En caso de que un establecimiento educacional del listado se adecúe a las necesidades de la Subsecretaría y del funcionario/a, en cuanto a su ubicación y calidad del servicio, se le comunicará al adjudicatario, quien deberá indicar el tiempo de respuesta en días hábiles que tomará para incorporar al niño o niña al establecimiento. El que no podrá superar de los 3 días hábiles. Al contar con esa información la Subsecretaría procederá a la emisión de la respectiva Orden de Compra mediante el portal www.mercadopublico.cl, en la cual se estipulará el monto correspondiente a la comisión del adjudicatario.
c) Si el recinto elegido por el funcionario/a no se encuentra dentro del listado informado por el adjudicatario, éste tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para incorporarlo a su convenio, o podrá realizar una propuesta alternativa a la Subsecretaría en el mismo período.
d) Incorporado el recinto, se procederá de acuerdo a lo señalado en el punto b). En caso de que el adjudicatario presente una propuesta alternativa, la Subsecretaría tendrá 3 días hábiles para evaluarla y responder por escrito. En caso de aceptarse la propuesta alternativa, se procederá de acuerdo a lo señalado en el punto b).
e) Si la solución entregada por el adjudicatario no resulta conveniente para la Subsecretaría, se procederá a evaluar otras alternativas de Salas Cunas o Jardines Infantiles, no existiendo exclusividad con el proveedor adjudicado.
9.1.7. procedimientos excepcionales: tÉrmino DE USO DEL ESTABLECIMIENTO
El servicio solicitado al adjudicatario, esto es, la contratación de los servicios de un establecimiento educacional en particular, se podrá dar por terminado, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a.Término anticipado de forma inmediata de una orden de compra por servicio solicitado en los siguientes casos:
La autoridad revoca el reconocimiento o autorización de funcionamiento al establecimiento.
Que el beneficiario deje de prestar servicios en la Subsecretaría.
b.Término anticipado de una orden de compra por servicio solicitado, a solicitud del funcionario/a:
La División de Gestión de Personas de la Subsecretaría comunica mediante correo electrónico al adjudicatario del término del servicio, en el transcurso del último mes en que será utilizado.
9.1.8. CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Para la propuesta que deben presentar por medio del portal www.mercadopublico.cl, los oferentes deberán considerar los siguientes ítems:
ANEXO N° 1: Formulario Datos del Oferente
Se debe entregar la información requerida en el Anexo N° 1 definida como obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida en el Anexo N° 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado “ChileProveedores”, se considerará como presentada por el oferente.
Anexo N° 2. Formulario Oferta Económica
Presentación escrita en pesos chilenos y se debe presentar utilizando el formato adjunto en Anexo Nº 2 "Formato Oferta Económica". La oferta económica deberá indicar un porcentaje de comisión único, que se aplicará cada mes sobre el valor de matrícula y mensualidad de la sala cuna o jardín infantil, el que será el mismo para todo el país.
Anexo N°3. Formulario Oferta Técnica.
Presentación escrita, atendiendo a lo solicitado en las presentes Bases de Licitación, que debe considerar la totalidad de los servicios requeridos, de acuerdo al Anexo Nº 3 "Formulario Oferta Técnica".
La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:
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- Formato libre
- El oferente deberá indicar los siguientes tiempos de respuesta, en días hábiles: el tiempo de respuesta ante una solicitud para la inscripción del hijo/a del funcionario/a que goce del beneficio y el tiempo de respuesta ante una solicitud de incorporación de un nuevo establecimiento al convenio (Anexo Nº3).
El tiempo que transcurran desde que el requerimiento de establecimiento, sala cuna o jardín infantil, es comunicado al adjudicatario, hasta el día en que éste se encuentre disponible para que asista el niño o niña, no podrá superar los 3 días hábiles. El tempo transcurran desde que se solicita incorporar un establecimiento al convenio o entregar una alternativa equivalente a la Subsecretaría, si el recinto elegido por el funcionario no se encuentra dentro del listado informado, hasta que dicho establecimiento esté en convenio, no podrá superar los 10 días hábiles.
- . El oferente deberá incluir como parte de su propuesta un Listado de la experiencia en cinco (5) trabajos similares al licitado, realizados con anterioridad (durante los años 2018, 2019, 2020 y/o 2021), indicando las fechas en que se realizaron y adjuntando para cada caso un medio de acreditación. Los medios de acreditación que se considerarán como válidos para efectos de la presente Licitación, serán una Copia de contrato respectivo, un Certificado simple emitido por el Cliente que confirme dicha información u Otro comprobante equivalente que permita confirmar la prestación del servicio, los cuales deberán adjuntarse a la propuesta. En caso que los servicios hayan sido prestados a la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, no será necesario adjuntar medio de acreditación alguno.
- Cobertura para las regiones Metropolitana, de Valparaíso y del Libertador Bernardo O´Higgins. El oferente deberá indicar el listado de jardines infantiles y salas cunas que administra, con la información requerida en la tabla contenida en el Anexo Nº 3.
OTROS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
Presentación de Anexo N° 4: Declaración Jurada de Persona Natural o Jurídica, según corresponda, sobre prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador y delitos concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), el representante deberá adjuntar el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo establecido entre los proveedores, según lo establecido en el artículo 67 bis, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Es requisito obligatorio de presentación de Oferta, entregar una garantía de seriedad de la oferta conforme lo previsto en el acápite 8, "Garantías requeridas".
La garantía de seriedad de la oferta podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Las propuestas que no contengan todos los anexos o éstos no se acompañen debidamente completados, en los formatos indicados y con la información solicitada, o bien no adjunten los antecedentes físicos requeridos, no serán evaluadas.
9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N°19.886, su reglamento y las presentes Bases, las cuales son obligatorias para los que participen en la licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.
Los derechos y obligaciones del adjudicatario se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:
Ley N°19.886 y su reglamento.
Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
Contrato que suscriba la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales con el Adjudicatario.
Oferta del adjudicatario y aclaraciones a la misma.
Órdenes de Compra que emita la Subsecretaría.
9.3.- PLAZOS
Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente Licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos. Si el plazo vence en día sábado, domingo o festivo, se entenderá automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente sin necesidad de comunicación o resolución alguna.
9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES
Quienes presenten ofertas en esta licitación, deberán, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones del contrato, fijar su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, y se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el Adjudicatario de la contratación.
9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnica - económicas por un plazo de sesenta (60) días.
9.6.- COSTO DE PRESENTACION DE LA OFERTA
Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
9.7.- ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3. “Etapas y Plazos”, de las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). La Subsecretaría pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3. “Etapas y Plazos”.
9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES
La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. En caso de realizarse una modificación antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, dicho plazo deberá ampliarse en no menos de 5 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y serán aprobadas por resolución de la Subsecretaría.
9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, en idioma español y sólo aquellas ofertas de los proponentes enviadas oportunamente.
Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta allí requeridas. Respecto del precio, la propuesta deberá indicarse en pesos, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:
Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1153624-23-LQ21. Presionar el Botón “Buscar”.
Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”
Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.
Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.
Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Formulario Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica”, Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica” y Anexo N°4 “Declaración Jurada2. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.
Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.
9.10.- APERTURA
La apertura se efectuará a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un funcionario de la División de Adquisiciones y Servicios, un representante de la División de Gestión de Personas, un representante de la División de Finanzas y un abogado de la Dirección de Asuntos Jurídicos, todos de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales.
El funcionario de la División de Adquisiciones y Servicios de la Subsecretaría que asista al acto de apertura extenderá un Acta, en que dejarán constancia de sus nombres, fecha y hora de inicio y cierre del acto de apertura y sus circunstancias, la individualización de los Oferentes con el nombre o razón social y rol único tributario, los antecedentes de las ofertas, las Garantías de Seriedad de la Oferta y demás documentos recibidos según los requerimientos de las Bases de Licitación. Esta acta será publicada para conocimiento de los participantes.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, la Subsecretaría podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
La Subsecretaría declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en el acápite 4.- “Antecedentes para incluir en la oferta”.
9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.
La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por tres funcionarios de la División de Gestión de Personas, todos de la Subsecretaría. Los integrantes de la Comisión evaluarán en conjunto las propuestas.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
- Evaluar las Ofertas Técnicas y Económicas presentadas, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.
- Resolver si las ofertas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las Bases de Licitación. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla.
- Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
- Elaborar un Acta de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, dejará constancia sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.
- La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través de la División de Adquisiciones y Servicios solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 1 día hábil, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo. Asimismo, en caso de estimarlo necesario, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a un oferente acreditar cualquier hecho contenido en su propuesta, debiendo éste acompañar los documentos requeridos dentro del plazo que se le indique.
En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:
Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1153624-23-LQ21. Presionar el Botón “Buscar”.
Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.
Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.
Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
La evaluación de las ofertas, se realizará sobre la base de los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:
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CRITERIOS A EVALUAR
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Porcentaje
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A. Cobertura Salas Cunas y Jardines Infantiles en convenio
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35%
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B. Comisión por el servicio prestado
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30%
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C. Tiempos de Respuesta
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20%
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D. Experiencia en el rubro
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15%
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A. Evaluación del criterio Cobertura Salas Cunas y Jardines Infantiles en convenio (35%):
Para la evaluación de este criterio, se tendrá en cuenta la cantidad de Salas Cunas y Jardines Infantiles ofrecidos en la propuesta para las Regiones Metropolitana, de Valparaíso y del Libertador Bernardo O´Higgins, de acuerdo con lo establecido en el Anexo N°3, Formulario de Oferta Técnica, asignándose la nota máxima (nota 4) al oferente que contemple la mayor cantidad de establecimientos en convenio en las referidas regiones, según la fórmula descrita más adelante.
En consideración a la distribución de funcionarios que trabajan en la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, las propuestas se evaluarán entregándole una mayor ponderación a la cantidad de establecimientos que la propuesta contemple para la Región Metropolitana (90%), en comparación al número de establecimientos disponibles en las regiones de Valparaíso y del Libertador Bernardo O´Higgins (10%). También se ponderará de manera diferente según el tipo de establecimiento educacional de que se trate, ya sea sala cuna (30%) o jardín infantil (70%). Lo anterior se traduce en la siguiente fórmula:
Por cada tipo de Establecimiento (salas cunas o jardines infantiles):
Nota Cobertura Sala Cuna
Para Región Metropolitana = Cantidad de Salas Cunas en RM x 4
Cantidad máxima de Salas Cunas en RM
Nota Cobertura Jardín Infantil
Para Región Metropolitana = Cantidad de Jardines Infantiles en RM x 4
Cantidad máxima de Jardines Infantiles en RM
Nota Cobertura Sala Cuna
Para Región V y VI región = Cantidad de Salas Cunas en V y VI región x 4
Cantidad máxima de Salas Cunas en V y VI región
Nota Cobertura Jardín Infantil
Para Región V y VI región = Cantidad de Jardines Infantiles en V y VI región x 4
Cantidad máxima de Jardines Infantiles en V y VI región
Nota Cob. Salas Cuna = (Nota Cob. Región Metropolitana x 0,9) + (Nota Cob. V y VI región x 0,1)
Nota Cob. Jardines Inf. = (Nota Cob. Región Metropolitana x 0,9) + (Nota Cob. V y VI región x 0,1)
Nota Cobertura FINAL Oferente= Nota Cob. Salas Cunas x 0,3 + Nota Cob. Jardines Infantiles x 0,7
B. Evaluación del criterio Comisión por el servicio prestado (30%):
Para la evaluación de este criterio se tendrá en cuenta el porcentaje de la Comisión que el oferente indique en su propuesta, de acuerdo a la siguiente tabla:
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Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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0% y hasta 1%
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Nota 3
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Mayor a 1% y hasta 2%
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Nota 2
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Mayor a 2% y hasta 3%
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El porcentaje de comisión no podrá exceder a un 3%. Si el porcentaje de comisión ofertado excede de 3% la oferta no será evaluada.
C. Evaluación del criterio Tiempos de Respuesta (20%)
Para la evaluación de este criterio, se tendrán en cuenta los tiempos de respuesta propuestos por los oferentes, correspondientes a:
a) los días hábiles que transcurran desde que el requerimiento es comunicado al adjudicatario, hasta el día en que éste se encuentre disponible para que asista el niño o niña;
b) los días hábiles que transcurran desde solicitada la incorporación de un nuevo establecimiento a convenio con el adjudicatario, hasta que dicho establecimiento esté en convenio. Los tiempos de respuesta deberá indicarlos en el Anexo N°3, Formulario de Oferta Técnica.
Se le asignará la nota máxima (nota 4) al oferente que contemple el menor tiempo de respuesta, para cada caso, y a los siguientes una nota proporcional, de acuerdo a la siguiente fórmula:
a)Tiempo de respuesta en la incorporación del menor:
Nota Oferente: Menor Tiempo de respuesta ofertado (días hábiles) x 4
Tiempo de Respuesta del oferente evaluado (días hábiles)
b)Tiempo de respuesta en la incorporación de un establecimiento al convenio:
Nota Oferente: Menor Tiempo de respuesta ofertado (días hábiles) x 4
Tiempo de Respuesta del oferente evaluado (días hábiles)
Nota Final Tiempos de respuesta = (Nota incorporación del menor x 0,7) + (Nota incorporación de un nuevo establecimiento al convenio x 0,3)
El tiempo de respuesta en la incorporación del menor no podrá superar los 3 días hábiles. El tiempo de respuesta en la incorporación de un establecimiento al convenio no podrá superar el plazo de 10 días hábiles, la propuesta que no cumpla con este requisito no será evaluada.
D. Evaluación del criterio Experiencia en el rubro (15%)
Para la evaluación de este criterio, se considerará la cantidad de clientes institucionales (públicos o privados), a quienes se haya prestado un servicio similar al requerido los años 2018, 2019, 2020 y/o 2021, relativo a la administración de Salas Cunas y Jardines Infantiles, en base a la información proporcionada por el proponente en el Anexo N°3 “Formulario Oferta Técnica” y debidamente acreditada.
No serán consideradas para evaluación más de 5 prestaciones similares.
Sólo se considerarán las prestaciones que hayan sido acreditadas mediante la copia de contrato de prestación de servicios, un certificado simple emitido por el cliente u otro comprobante equivalente, que permita acreditar la prestación del servicio.
Para la evaluación de este criterio, se aplicará el siguiente cuadro:
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Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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Acredita 5 prestaciones similares.
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Nota 3
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Acredita 4 prestaciones similares.
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Nota 2
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Acredita 3 o 2 prestaciones similares.
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Nota 1
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Acredita 1 prestación similar.
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Nota 0
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No se entrega información o no acredita prestaciones similares.
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El resultado de la evaluación se obtendrá del promedio ponderado considerando los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación y los porcentajes asignados a dichos factores.
En caso que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:
Mayor puntaje total obtenido en el criterio Cobertura Salas Cunas y Jardines Infantiles en Convenio.
Mayor puntaje total obtenido en el criterio Comisión por el servicio prestado.
Mayor puntaje total obtenido en el criterio Tiempos de Respuesta.
9.12.- ADJUDICACIÓN
Terminada la evaluación, y en la medida que sea conveniente para los intereses de la Subsecretaría, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases.
La adjudicación se efectuará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que incluirá las declaraciones de inadmisibilidad correspondientes.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral 3.- “Etapas y plazos”, la Subsecretaría, mediante Resolución fundada, señalará las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación, la que además deberá ser publicada en el Sistema de Información.
La Subsecretaría podrá asimismo declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.
9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación será dejada sin efecto por resolución fundada en los siguientes casos:
Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación;
Si el oferente no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de suscribirlo;
Si el adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales;
Si el adjudicatario no acredita encontrarse hábil en el Registro de Proveedores que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato;
Si el adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato dentro del plazo fijado para este fin en la resolución adjudicataria.
Si el adjudicatario no devuelve firmado el contrato dentro del plazo fijado en el acápite 9.14.- “Condiciones contractuales”.
Si los documentos presentados por el adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la licitación a éste; la misma sanción se aplicará si el error se detecta durante la vigencia del contrato.
En tales casos la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.
9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES
Dentro del plazo de quince (15) días hábiles contado desde la publicación de la resolución adjudicataria en el “Sistema de Información” (www.mercadopublico.cl) y siempre que el adjudicatario haya acompañado la documentación legal respectiva, la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales elaborará y gestionará la firma del contrato por el oferente adjudicatario, debiendo éste devolverlo suscrito en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, contado desde la fecha en que se le solicite la suscripción. Si no se suscribiera dentro de este término, la Subsecretaría podrá dejar sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se adjudicó al proveedor. En tal caso, se hará efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta, a favor de la Subsecretaría.
Conjuntamente con la devolución del Contrato firmado y la correspondiente Declaración Jurada, el Adjudicatario deberá entregar el documento de Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del mismo, que además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales.
Para la elaboración del contrato, el adjudicatario deberá remitir a la Subsecretaría los siguientes Antecedentes Legales:
1.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):
Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la Ley N°19.886.
2.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:
Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente Licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.
Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.
Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo N° 4 de la Ley N° 19.886 y que identifique los principales socios o accionistas del Adjudicatario.
3.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:
Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-C, que acredite que no se encuentra en algunas de las circunstancias contempladas en éste.
4.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:
Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo N° 4 de la Ley N° 19.886 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa Adjudicatario.
Documentos que acrediten su existencia legal, como asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del Adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 días hábiles.
El Adjudicatario sólo deberá remitir a la Subsecretaría aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores. En caso de que el Adjudicatario no esté inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo previsto para la suscripción del Contrato.
En el caso que se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el acuerdo en que conste la Unión Temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
9.15.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
En caso que se presentaren situaciones emergentes no consideradas en el contrato, ambas partes de común acuerdo podrán efectuar modificaciones a éste en la medida que no impliquen variaciones en la comisión acordada y se refieran a modificaciones del listado de establecimientos en convenio o modificaciones en la nómina de niños y niñas que cuentan con el beneficio. La pertinencia de la modificación será evaluada por la Contraparte Técnica que se designe en el Contrato.
9.16.- DEL PAGO
El pago se realizará en pesos chilenos, mensualmente y por períodos vencidos, de la siguiente forma:
La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales confirmará la solicitud de cupo en sala cuna o jardín infantil mediante la emisión de una Orden de Compra que será emitida al adjudicatario a través de www.mercadopublico.cl adjuntando la información correspondiente para identificar al menor y establecimiento educacional. Cada mes el adjudicatario facturará el monto correspondiente al uso que se le haya dado durante dicho período a los establecimientos contratados bajo esta modalidad, acompañando a la factura una nómina que contenga al menos la siguiente información: nombre del funcionario/a, beneficiado/a, nombre del menor, establecimiento educacional, Nº de la Orden de Compra que aprobó la contratación.
El pago se realizará dentro de los 30 días siguientes a la recepción, por parte de la Subsecretaría, de la respectiva factura mensual, emitida de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra correspondiente, y siempre que cuente con aprobación de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría.
La factura deberá ser entregada en Oficina de Partes de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, ubicada en calle Bombero Salas Nº 1345, Santiago Centro, Región Metropolitana. En caso que sea electrónica, ésta debe ser enviada al correo electrónico: 62000670-k@prd.inbox.febos.cl
La factura deberá ser emitida a nombre de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, señalando como “Giro”: Actividades de la Administración Pública General y como “Dirección”: Teatinos Nº 180, Santiago (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto).
En el caso de presentar Factura no electrónica, previo a cada pago, la División de Finanzas de la Subsecretaría deberá confirmar con el adjudicatario que el cuadruplicado cobro ejecutivo cedible de la respectiva factura no ha sido transferido a un tercero. Ratificado tal hecho, la Subsecretaría procederá a pagar al adjudicatario y éste entregará a su vez el mencionado cuadruplicado para su inutilización.
Cada pago estará sujeto a que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato suscrito al efecto y aceptadas las Órdenes de Compra emitidas a través de www.mercadopublico.cl
9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA
Actuará como contraparte técnica en la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, la Jefa de la División de Gestión de Personas, a quien le corresponderá la coordinación, supervisión y control del fiel y oportuno cumplimiento de lo contratado, la aprobación de los servicios que se estipulen en el contrato y las garantías asociadas. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al remplazante.
9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales que lo apruebe y se extenderá por un período de 24 meses. En todo caso, se dará por terminado el contrato respectivo cuando la Subsecretaría haya pagado la suma de $ 150.000.000.- (ciento cincuenta millones de pesos) por los servicios prestados, sin importar el tiempo de vigencia transcurrido.
9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Contrato podrá terminarse anticipadamente por la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, entendiéndose por tal la aplicación de cinco multas.
Quiebra o el estado de notoria insolvencia del Adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, como en caso de huelga de sus trabajadores, entre otros.
Si los representantes o el personal dependiente de la empresa adjudicataria no observan los más altos niveles éticos o cometen actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, si correspondiere.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si los documentos presentados por el adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, ya sea durante el proceso de licitación o durante la vigencia del contrato.
Para concretar lo indicado en el párrafo precedente, una vez así calificado la Subsecretaría deberá notificarlo por escrito al adjudicatario, con un aviso de 10 (diez) días corridos previo a la fecha de término que se fije. Asimismo, una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
La Subsecretaría deberá cobrar la Garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de término anticipado del contrato, salvo en el caso de las causales números i y iv indicadas precedentemente.
9.20.- SANCIONES
El adjudicatario será sancionado por la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales con el pago de multas, por atrasos en el tiempo de respuesta que él comprometa, tanto en su oferta como en el Contrato, cuando dicho atraso sea por causas que le sean imputables. La multa se aplicará por cada día hábil de atraso y se calculará como un 1% de la factura mensual correspondiente, con un tope de hasta 10 días hábiles.
Si la Subsecretaría considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al Adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma. El Adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos. Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, la Subsecretaría resolverá sobre el particular mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al Adjudicatario, copia del Acto Administrativo pertinente.
En caso que la Subsecretaría determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, descontará el monto de la multa de la facturación pendiente de pago y/o podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera a la adjudicataria del cumplimiento de la obligación principal.
9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las personas jurídicas chilenas)
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, la empresa adjudicataria que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
La Subsecretaría, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que la empresa adjudicataria proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales a hacer efectiva la boleta de garantía prevista en el acápite 8.- “Garantías requeridas” y a poner término anticipado al contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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