Se podrá solicitar a los oferentes que salven errores (información extraída desde el portal www.mercadopublico.cl fuere ilegible y/o incomprensible o ininteligible) u omisiones formales de la oferta Administrativa, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado (Art. 56 del Decreto N°661/2024)
De acuerdo a lo anterior, se permitirá la presentación de los documentos administrativos solicitados, siempre que dichos documentos se hayan obtenido con anterioridad al cierre de las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el cierre del plazo para presentar propuestas y el periodo de evaluación, para lo cual se otorgará plazo fatal de 48 horas corridas, para responder a lo solicitado, mediante el requerimiento por parte de la unidad licitante. Una vez subsanado por el oferente, se someterá a evaluación y se asignará menor puntaje en CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN.