Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Servicio Local de Educación Pública Atacam
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Fecha de vencimiento:
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26-12-2022
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Monto:
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500000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la Seriedad de la Oferta, cada oferente deberá presentar una caución, consistente en cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 de Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda.
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Glosa:
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Para garantizar al Servicio Local de Educación Pública Atacama la Seriedad de la Oferta de la licitación pública “CONVENIO DE SUMINISTRO DE AGENDAS ESCOLARES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, SLEP ATACAMA” ID 1172445-49-LQ22.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de las garantías de seriedad entregadas mediante Instrumento financiero ingresadas de manera presencial a través de Oficina de Partes, a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad.
La devolución de la garantía del 2° proponente mejor evaluado se efectuará una vez firmado el contrato o dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación, lo que ocurra primero. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, salvo el caso del 2° proponente mejor evaluado, como ya se señaló, se efectuará dentro de diez (10) días hábiles siguientes, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el respectivo proveedor adjudicado.
La Garantía por seriedad de la oferta será devuelta al adjudicatario una vez suscrito el contrato correspondiente con su acto administrativo debidamente tramitado y después de efectuada la entrega de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato a que se refiere el punto N° 24 de las presentes Bases.
En tanto a La devolución de las garantías de la Seriedad de la Oferta presentada mediante Instrumento financiero electrónico se entenderán liberados posteriores a su vencimiento.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA ATACAMA
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Fecha de vencimiento:
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26-10-2023
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, el proveedor contratado deberá presentar una Garantía por un valor equivalente al 5% del valor total del respectivo contrato, la cual deberá ser extendida a nombre del Servicio Local de Educación Pública, RUT N.º 62.000.810-9, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos chilenos.
Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, pago de obligaciones laborales y sociales, y eventuales multas, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, en conformidad al artículo 68 del Reglamento de la ley N° 19.986.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre del Servicio Local de Educación Pública y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
El envío del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la Oficina de Partes del Servicio Local de Educación Pública, ubicada en calle Infante N° 740, comuna de Copiapó, de lunes a viernes de 08:45 a 13:00 hrs.; o electrónicamente enviando por correo electrónico oficinadepartes@slepatacama.cl
En el caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación, no encontrándose limitado el horario de su envío. En este caso, el documento deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, se faculta al SLEP para obtener de oficio, según sea el caso, la validez del documento en garantía y que se encuentran ajustados por la Ley N°19.799.
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Glosa:
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En garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato Licitación En garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato Licitación “CONVENIO SUMINISTRO DE AGENDAS ESCOLARES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, SLEP ATACAMA” ID 1172445-49-LQ22
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Forma y oportunidad de restitución:
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En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Su restitución se realizará 10 días hábiles posteriores a la vigencia de la garantía y su devolución la efectuará la oficina del SLEP ubicada en Infante N° 740, comuna de Copiapó, de lunes a viernes de 08:45 a 13:00 hrs., previo visto bueno del Departamento de Administración y Finanzas del SLEP ATACAMA, dejando constancia escrita de su entrega.
La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que el SLEP pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última y especialmente en los siguientes casos: i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos definidos en el punto 37 de las presentes Bases sobre término anticipado de contrato; y iii) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 10% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato.
La Resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
En caso de renovación/modificación del contrato, y cuando la garantía tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla, dentro de 05 días hábiles una vez quede totalmente tramitado el acto administrativo que aprueba la modificación de contrato respectiva, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
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