ARTICULO 15° Ante un eventual empate en los puntajes obtenidos producto de la evaluación de propuestas, se considerará como criterio de desempate el “Precio de la oferta”, de continuar la situación de empate el orden de importancia de los criterios será “Plazo de entrega”, “Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta a la fecha de apertura”, y “Condiciones de Empleo y Remuneración”, en caso que aún con aplicación de esta regla se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, lo que se acreditará con el certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal.