PÁRRAFO X
DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
ARTÍCULO 14°. En los casos de empate, entre uno o más oferentes respecto de su evaluación final, la Comisión Evaluadora adjudicara al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Plazo de Entrega de los Productos”.
Sin embargo, y en caso de que se mantenga la condición de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate de la adjudicación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “El Precio de la Oferta”. Por último se establece y en caso de persistir la situación de Empate, se adjudicara la propuesta al proponente que primero haya ingresado su oferta en el sistema de información de la DCCP.