CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Artículo
21: Si los proponentes estimaren que existen
contradicciones u omisiones en los antecedentes de la licitación o requirieren
aclaraciones respecto de éstos, deberán presentar sus preguntas y solicitud de
aclaraciones, a través del Sistema de Información, dentro del plazo indicado en
el cronograma de la licitación, contenido en el Artículo 10 precedente.
Las preguntas y
consultas recibidas, sin indicar la identidad de quien las formule, y sus
respectivas respuestas y aclaraciones, se pondrán a disposición de todos los
proponentes, a través del Sistema de Información, en la oportunidad indicada en
el cronograma de la licitación.
El proceso de preguntas
y sus respectivas respuestas informadas en el plazo establecido, a todos los
participantes, forman parte integrante de las bases de la presente licitación,
no pudiendo los oferentes desconocer los requisitos que en ellas se
establezcan.
Las aclaraciones de las ofertas que
se pueden solicitar a los proponentes, no podrán traducirse en una modificación
de la propuesta ya presentada. De verificarse esta situación, se producirá el rechazo de su oferta.