Licitación ID: 1180740-1-LR23
REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA H. VICTORIA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE, Compras Convenio GORE Araucanía Norte
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 39
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software del sistema de administración de bases de datos 1 Unidad
Cod: 43232304
REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA, H. VICTORIA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA H. VICTORIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
efectuar “REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA, H. VICTORIA de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, sus formularios y CONTRATO MODELO. La forma de la presente licitación pública corresponde a una contratación iguales o superiores a 8000 UTM (LR).
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE
Unidad de compra:
Compras Convenio GORE Araucanía Norte
R.U.T.:
61.955.100-1
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-10-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 14-08-2023 18:10:00
Fecha inicio de preguntas: 22-08-2023 19:30:00
Fecha final de preguntas: 04-09-2023 21:29:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-09-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-10-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-10-2023 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 13-12-2023 9:09:26
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita en las dependencias del establecimiento Hospitalario, ubicado en Av. Dartnell 1141, ciudad de Victoria. Ver numeral 9 “Visita a Terreno” 21-08-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario Nº 1- A Personas Naturales Formulario Nº 1- B Personas Jurídicas Tratándose de unión temporal de proveedores, ver notas 4 y 5 Formulario Nº2
Documentos Técnicos
1.- Experiencia del Oferente Formulario Nº3 Acta de Recepción y Verificación Formulario Nº4 Acta de Capacitación Formulario Nº5 Oferta Técnica Formulario Nº6, Firmado. • Manual, catálogos y/o fichas técnicas con especificaciones respaldando especificaciones técnicas señaladas en Formulario N°6. • Certificados requeridos en Formulario N° 6. • Programa de Mantención Preventiva de acuerdo a la recomendación de fábrica para todo el periodo que cubra la Garantía técnica de su oferta. • Carta Gantt según plazos Formulario N°6. Nota: ingresar vía portal Mercado Público en formato digital.
 
2.- Otros
 
Documentos Económicos
1.- Oferta económica Formulario Nº7,
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 a. PRECIO (P) (30%). Según 10.3 CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN a. PRECIO (P) (30%). 30%
2 b. PLAZO DE ENTREGA (PE) (40%). Según punto 10.3 CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN b. PLAZO DE ENTREGA (PE) (40%). 40%
3 c. EVALUACIÓN TÉCNICA (ET) (30%). Según punto 10.3 CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN c. EVALUACIÓN TÉCNICA (ET) (30%). 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FNDR
Monto Total Estimado: 791516000
Justificación del monto estimado Monto impuestos incluidos
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto impuestos incluidos
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: GORE Araucanía
e-mail de responsable de pago: csandoval@gorearaucania.cl
Nombre de responsable de contrato: Ana Varela
e-mail de responsable de contrato: ana.varela@araucanianorte.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2551361-1361
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Salud Araucanía Norte
Fecha de vencimiento: 21-01-2024
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Según 12.1 GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta proceso REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA, H. VICTORIA.
Forma y oportunidad de restitución: sEGÚN 12.1 GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional de La Araucanía.
Fecha de vencimiento: 21-02-2026
Monto: 12 %
Descripción: Según 12.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO fecha estimada, puede variar según fecha de entrega del equipo.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato del proceso licitación REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA, H. VICTORIA.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, dentro del plazo de 90 días, contados desde el vencimiento de la garantía técnica de postventa ofertada. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre la garantía de fiel cumplimiento, con antelación al vencimiento de la garantía técnica post venta de los bienes adquiridos, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. En caso contrario, se podrá dar término anticipado al contrato por falta de garantía. En todo caso, el responsable del contrato deberá velar porque la garantía de fiel cumplimiento de contrato mantenga su vigencia, de modo tal que con 30 días anteriores al vencimiento de la misma, en el evento de que no haya finalizado la garantía post venta ofertada, deberá requerir al proveedor el cambio o renovación de la misma, otorgándole un plazo que no exceda de 15 días anteriores al vencimiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, con el objeto de cautelar una vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato igual o superior a 90 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la garantía post venta o garantía técnica del equipo, bajo apercibimiento de proceder a su cobro. En dicho evento, los fondos de la garantía cobrada se custodiarán a fin de servir para el mismo fin a que estaba destinada la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
CLAUSULAS
Según RES. Afecta N°1041 Tomada de razón con fecha 11/8/2023

1            PLAZO VIGENCIA DE LAS OFERTAS

La oferta económica deberá tener una validez de 120 (ciento veinte) días corridos a contar de la fecha original de apertura electrónica de las ofertas. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, costos de garantía y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, e indirecto o a causa de él. 

2            BASES ADMINISTRATIVAS

El Servicio se reserva el derecho de modificar las bases administrativas, a través del correspondiente acto administrativo sujeto a toma de razón. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. Para ello, la administración establecerá un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar su oferta a las aludidas modificaciones.

Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta 24 horas antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

3            CONSULTAS Y RESPUESTAS

Las consultas que los proponentes quisieran formular deberán ser realizadas a través de un foro electrónico disponible en el portal www.mercadopublico.cl conectado con el 1180740-1-LR23 a la presente licitación. Las respuestas serán emitidas por el Servicio. Todo lo anterior en la fecha señalada en el cronograma indicado en acápite CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES de las presentes bases administrativas. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio. 

El Servicio podrá efectuar aclaraciones a la información suministrada para la respectiva licitación, a través del Portal mercado público, la que en caso alguno podrá contener una modificación a la información contenida en esta.

4            PROHIBICION DE COMUNICACIÓN CON LA ENTIDAD LICITANTE

Durante el periodo de tiempo que medie entre la publicación de las bases administrativas y la eventual adjudicación o deserción de la respectiva licitación, se encuentra prohibida toda comunicación entre los oferentes y el Servicio (como por ejemplo con su personal directo o indirecto, o establecer contactos formales o informales con funcionarios del Servicio para fines relacionados con esta licitación).  Lo anterior no operará respecto al periodo de preguntas y respuestas contemplado en el cronograma de la licitación, el cual deberá ser hecho a través del portal Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y de aquellos contemplados expresamente en el artículo 39 D.S. 250/04 del Ministerio de Hacienda (Ejemplo: Visita a terreno).

5             APERTURA DE LAS PROPUESTAS

La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se efectuará a través del portal Mercado Público, en la fecha señalada según planificación de las presentes bases, levantándose acta de lo actuado a través del Portal Mercado Publico (Acta de apertura electrónica). Los proponentes podrán formular observaciones a dicha acta, dentro de las 24 horas siguientes a su publicación, a través del Portal. En caso de existir observaciones, estas serán analizadas y respondidas con ocasión de la confección del informe de evaluación fundado de las ofertas.

Lo anterior no limita lo preceptuado en el artículo 62° del reglamento de compras públicas de la ley N° 19.886.

 

En esta instancia se verificará que se haya presentado la garantía de seriedad de la oferta y se hayan presentado los siguientes Formularios:

Declaración Jurada Simple

Formulario Nº1

Identificación del Proveedor

Formulario Nº2

Experiencia del Oferente

Formulario N°3

Oferta Técnica

Formulario Nº6

Oferta económica

Formulario Nº7

Garantía de seriedad a la oferta

Según 12.1

Dicha revisión será efectuada por la Unidad de Abastecimiento del Servicio de Salud Araucanía Norte, mediante un “Acta de Apertura Electrónica”. Esta verificación no constituirá evaluación del contenido de fondo de la oferta.

La no entrega de algún documento establecido precedentemente, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta rechazada), no pasando dichas ofertas a la etapa de evaluación y serán declaradas inadmisibles.

Las ofertas que se declaren “Aceptadas” pasarán a la etapa de evaluación, en la cual se evaluarán los contenidos de fondo de las ofertas presentadas. Dicha situación se reflejará a su vez en el correspondiente Informe de Evaluación que deba levantar la comisión respectiva.

6             FACTORES EXCLUYENTES

Las propuestas que no cumplan con la entrega de alguno de los requisitos establecidos con carácter excluyente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo Nº9 de la Ley Nº19.886. Bajo el contexto de la presente licitación los factores de carácter excluyente son:

  1. Garantía de seriedad de la oferta entregada en formato físico o electrónico, dentro del plazo establecido en las presentes bases. Se entrega en Oficina de Partes del Servicio, ubicada en Calle Ilabaca #752, Piso 1, Angol. O a través del portal en caso de garantía electrónica (ver numeral 12 “Garantías”).
  2. Presentar su oferta en los términos requeridos en el numeral 2 de estas bases.
  3. “Declaración Jurada Simple”, N°2 “Identificación del Proveedor”, Experiencia del oferente Formulario N°3,  N°6 “Oferta Técnica”, y N°7 “Oferta Económica”, debidamente completados.
  4. Respecto al Formulario N°6, el oferente deberá ajustarse al formato existente para tal efecto, quedando prohibido expresamente cualquier tipo de adulteración, agregaciones, modificaciones y supresión.
  5. Contradicciones entre el Formulario N°6 Oferta Técnica, Catálogo, Manual de Usuario, propuesta técnica, ficha técnica y /o certificación que respalde su oferta.
  6. Cumplimiento de las especificaciones técnicas de carácter “excluyente” contenidas en el Formulario N°6 Oferta Técnica.
  7. Concurrir a visita a terreno.
  8. Manual, catálogos y/o fichas técnicas con especificaciones respaldando especificaciones técnicas señaladas en Formulario N°6.
  9. Certificados requeridos en Formulario N° 6.
  10. Programa de Mantención Preventiva de acuerdo a la recomendación de fábrica para todo el periodo que cubra la Garantía técnica de su oferta.
    1. Tratándose de uniones temporales de proveedores, se debe entregar el documento que formaliza la unión, y debe establecerse la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple al contrato.

7             VISITA A TERRENO

En función de los requerimientos especiales de instalación que el equipo, equipamiento, accesorios, software y/o implementación a adquirir, se agendará una visita a terreno de carácter obligatorio para la admisibilidad de las ofertas, la cual se realizará en el Hospital de Victoria.

Para la realización de la visita a terreno los participantes se reunirán en recepción de secretaría de dirección del Hospital de Victoria ubicado en Av. Dartnell 1141, ciudad de Victoria. Se efectuará visita a terreno el 7° (Séptimo) día corrido contado desde el día de publicación a las 10:00 horas, esto será indicado en el Portal para tal efecto y de acuerdo al calendario de licitación señalado en el acápite CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES y según lo establecido en las presentes Bases administrativas.

Para dar inicio a la visita a terreno, se dará una holgura de 10 minutos más, a la hora informada en el Portal. Los proveedores que lleguen con posterioridad a los 10 minutos asignados no podrán participar y/o firmar el acta de visita de terreno. La coordinación de esta etapa estará a cargo del responsable del contrato designado.

La visita a terreno constituye un requisito fundamental para participar en la licitación. Por lo anterior, las propuestas de los oferentes que no cumplan tal requisito, serán declarados inadmisibles de acuerdo a los dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº19.886.

La visita a terreno tendrá un acta de asistencia la cual se informará a través del Portal Mercado Publico www.mercadopublico.cl .

8            DE LA EVALUACION

8.1            COMISIÓN EVALUADORA

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, que será designada mediante la presente resolución. La comisión evaluadora se integra por al menos dos funcionarios públicos, internos al Servicio de Salud Araucanía Norte, debiendo existir representatividad del Establecimiento hospitalario, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes.  La comisión de evaluación estará integrada por los siguientes funcionarios que a continuación se detallan:

Comisión de Evaluación Integrada por:

Comisión titular de evaluación

INSTITUCIÓN

NOMBRE

CARGO

RUT

H. Victoria

Dra. Javiera Vasquez Poblete

Medico Radióloga – Jefe Unidad de Imagenología ( Área Médica)

17.665.321-3

H. Victoria

Dra. Daniela Ipinza Martinez

Medico Cardiología  - Jefa de Unidad de Cardiología

15.544.949-7

SSAN

Maria Teresa Lineros

Encargada Departamento de TIC DSSAN.

12.477.475-6

Comisión suplente de evaluación

INSTITUCIÓN

NOMBRE

CARGO

RUT

H. Victoria

Srta. Herna Huaiquiñir Bustos

Tecnólogo Medico - Jefe Unidad de Imagenología (Clinico - Administrativa

18.980.097-5

H. Victoria

Gerardo Alan Méndez Pérez

Jefe SIM Hospital de Victoria

11.906.218-7

SSAN

Jorge Mora Bustamante

Profesional  Departamento de TIC DSSAN.

13.168.571-8

Esta comisión de evaluación tendrá un plazo de 20 días hábiles para analizar las ofertas y proponer al Director del Servicio de Salud Araucanía Norte, la adjudicación de la oferta mejor evaluada o bien su proposición fundada de declarar desierto el respectivo proceso licitatorio.

La comisión de evaluación verificará el contenido de las ofertas y sugerirá desestimar aquellas que no se ajusten sustancialmente a los requerimientos de la licitación establecidas en las bases administrativas, técnicas y formularios.

Las ofertas validadas, serán evaluadas de acuerdo a los criterios establecidos y a las pautas de este artículo, y se adjudicará al proponente cuya oferta haya obtenido mejor puntaje.

Se deja constancia que los integrantes de la comisión de evaluación son sujetos pasivos temporales o transitorios de la ley del lobby de conformidad a lo previsto en el artículo 4° N° 7 inciso final de la Ley N° 20.730.- Por lo tanto, sus obligaciones cubren al menos el período comprendido desde la publicación en el sistema www.mercadopublico.cl, del acto administrativo que los designa en ella y hasta la fecha de la resolución de adjudicación.

8.2            PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación estudiará las ofertas que cumplan los requerimientos exigidos, en función de las más convenientes para los intereses de la institución, levantando un acta en la que se consignará el estudio de lo ofertado aplicando los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y hará una propuesta de adjudicación a la Dirección del Servicio; o bien propondrá fundadamente declarar desierta la licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Esta Comisión podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes para el cumplimiento de su labor.

La evaluación de las ofertas se realizará en dos fases consecutivas:

1.           Fase I: Se verificará la integralidad del contenido de fondo de los documentos adjuntos a cada oferta declarada como “aceptada” a través del Acta de Apertura Electrónica, realizando un análisis exhaustivo de cada uno de ellos. Solo las ofertas que cumplan con las exigencias solicitadas en el numeral 8 “FACTORES EXCLUYENTES” pasarán a la siguiente fase II de evaluación. La oferta será declarada “inadmisible” si no cumple con lo establecido precedentemente. Lo anterior no obsta a que la comisión en su cometido, revise aquellas ofertas declaradas por el Sub-Departamento de Adquisiciones como “rechazadas”, de acuerdo a lo señalado en el numeral 7 “APERTURA DE LAS PROPUESTAS”.

2.           Fase II: Se realizará la evaluación cuantitativa y cualitativa de las ofertas declaradas como “admisibles”, aplicando lo señalado en el numeral 10.3 “CRITERIOS DE EVALUACION”.

Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la adjudicación o no en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el numeral 10.3.

La Comisión de Evaluación informará al Sr. Director del Servicio de Salud Araucanía Norte el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la(s) propuesta(s) más conveniente(s).

La información alterada o falsificada, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos.

8.3            CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN

CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN

Los criterios de evaluación que utilizará la Comisión Evaluadora y sus ponderaciones son los siguientes:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1

PRECIO

30

2

PLAZO DE ENTREGA

40

3

EVALUACIÓN TÉCNICA

30

La evaluación se realizará considerando dos decimales para las ponderaciones correspondientes.

Fórmula General:

                        Puntaje Final= (P x 0.30) + (PE x 0.40) + (ETx0.30)

El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 30%, comprende un único factor: “precio mínimo ofertado”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una distribución lineal representada en la siguiente fórmula. Para esta evaluación se considerará el precio contenido en el Formulario N°7 “Oferta Económica” señalado en la columna “precio total neto (s/IVA)”.

Fórmula

Simbología

Descripción

P=(P1/P2)*30

P

Puntaje de la oferta

P1

Menor oferta recibida

P2

Precio de la oferta

Nota: el valor menor ofertado obtendrá 30 puntos.

El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 40%, comprenderá un único factor: “plazo de entrega”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje de acuerdo a la distribución lineal representada en la siguiente formula. Para esta evaluación se considerará el plazo de entrega “en días corridos” contenido en el Formulario Nº 7 “Oferta Económica”.

Fórmula

Simbología

Descripción

PE=(PE1/PE2)*40

PE

Puntaje de la oferta

PE1

Menor oferta recibida

PE2

Precio de la oferta

Se deben considerar días corridos.

Este criterio, consistente en un único factor de evaluación, será evaluado en función de cumplimiento de especificaciones técnicas de tipo no excluyentes consignados en el formulario Nº 6. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión de evaluación tendrá la facultad de sugerir la no adquisición del producto evaluado por no ser conveniente para los intereses de la institución, por razones eminentemente técnicas, funcionales, de compatibilidad o que generen un riesgo laboral o de enfermedad profesional, circunstancia que quedará respaldada en la respectiva acta de evaluación y/o cuadro comparativo (artículo 9 ley N° 19.886). 

Los antecedentes o certificaciones requeridos corresponden a aquellos solicitados en el Formulario N°6 “Oferta Técnica”.

CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

La comisión considerará dentro de su evaluación el cumplimiento de Especificaciones Técnicas no excluyentes, contenidas en Formulario N° 6 “Oferta Técnica”, respecto de cada equipo y/o equipamiento licitado. De este análisis resultará una evaluación de cada oferta en una escala de 1 a 100, todo lo cual quedará consignado en el Informe de Evaluación respectivo, según la siguiente tabla:

Porcentaje de cumplimiento de EE.TT.

Puntaje

Entre 95% y hasta 100%

100 puntos

Entre 80% y hasta 94%

50 puntos

El proveedor que obtenga menos de 80% de cumplimiento de especificaciones técnicas no excluyentes en este factor, su oferta será declarada inadmisible por no cumplir con el rango mínimo de cumplimiento de requerimientos técnicos.

8.4            RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán en el siguiente orden: evaluación técnica, plazo de entrega y precio, según la siguiente tabla:

CRITERIOS

ORDEN JERARQUICO DE DESEMPATE

Plazo de Entrega

Precio

Evaluación Técnica

En caso de que persista el empate, después de haber utilizado los criterios antes mencionados, se considerara la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información www.mercadopublico.cl  

8.5            ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES

Las propuestas que no cumplan con la entrega de alguno de los requisitos establecidos con carácter excluyente, establecidos en el acápite N°8 de estas bases administrativas, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley N.º 19.886. Por ende, si un proveedor durante el proceso de licitación omite la presentación e incorporación de documentos solicitados como “Factores Excluyentes” en las respectivas Bases de Licitación, perderá el derecho a ser evaluado por falta de requisitos obligatorios exigidos para la prosecución del proceso de licitación.

Además, se deja constancia que no se contempla la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, dado que las presentes bases no contemplan como criterio de evaluación el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de las ofertas, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 40 inciso segundo del reglamento de la ley N° 19.886.

8.6            ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS

“El Servicio de Salud Araucanía Norte, a través de la Comisión de Evaluación, se reserva el derecho de solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta (no solicita documentos), siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni el monto de la oferta, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas mediante su publicación en el foro inverso (artículo 40 inciso primero reglamento ley 19.886).”

9            DE LA ADJUDICACION

9.1            ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS   

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, según la información proporcionada por la comisión de evaluación en el informe de evaluación, mediante resolución afecta fundada del Director del Servicio, la que será publicada y notificada el adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio, de acuerdo al artículo N°6 del Reglamento de la Ley de Compras, una vez que la resolución afecta a toma de razón se encuentre totalmente tramitada ante la Contraloría General de la República.

El Servicio podrá declarar desierta la licitación, si las ofertas no se ajustaren al presupuesto en las condiciones informadas en el presente proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los casos que proceda, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2° del artículo N°11 del Reglamento de la Ley de Compras.

El Servicio se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta que resulte ser la más conveniente para los intereses del Servicio, aunque no sea la de menor precio, que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las Bases, adjudicando el o los bienes que se requieren contratar mediante resolución fundada, en la cual se especificarían los aludidos criterios; o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del Servicio, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto. Asimismo, La decisión del Servicio de declarar desierta la licitación o una o más líneas, o inadmisibles la totalidad de las ofertas, se hará por resolución fundada que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl.

Cuando la adjudicación no se realice, sea o no por causas imputables al Servicio, dentro del plazo señalado en el calendario de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas, falta de antecedentes, o porque se encuentra en trámite de toma de razón la resolución afecta a toma de razón, entre otras, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación, modificándose en lo pertinente el calendario de la licitación. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6° del reglamento de la Ley N° 19.886.

El oferente favorecido, en caso de no estar inscrito en el Registro de Proveedores, tendrá diez (10) días corridos contados desde la fecha en que se le notifique la resolución afecta a toma de razón, de adjudicación de la propuesta, para cumplir con este requisito. Se verificará con el Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores.

9.2            READJUDICACIONES

El Servicio podrá readjudicar la licitación, al oferente que siga en orden de prelación en la respectiva evaluación, de acuerdo al puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, dentro del plazo de 120 (ciento veinte) días corridos contados desde la fecha de apertura electrónica de las ofertas, y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación, en cualquiera de los siguientes casos:

a)        Cuando no se firma el contrato en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario.

b)        Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato en tiempo y forma, según lo establecido para tal efecto en las presentes bases administrativas.

c)        Si el adjudicatario manifiesta que se desiste de su oferta.

d)        La no entrega de Certificado de Antecedentes Laborales, de acuerdo al numeral 13.1 y 13.2

e)        Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado, en los términos del artículo 4° de la ley 19.886, o de los artículos 8° y 10° de la ley 20.393, o incurre en la inhabilidad prevista en el artículo 26 letra d) del Decreto Ley N° 211 de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.- En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se podrá readjudicar al siguiente oferente mejor evaluado, si al momento de la suscripción del contrato, alguno de los integrantes estuviere afecto a alguna de estas inhabilidades y la UTP No informa por escrito, dentro del plazo que tiene para suscribir el respectivo contrato, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que los integrantes fuesen al menos 2 miembros hábiles y siempre y cuando el integrante que es inhábil o que se retira, no sea alguno de los que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.-  

f)         Si el adjudicatario no se inscribe en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado, dentro del plazo indicado en el numeral 14.1.

g)        Si el adjudicatario no hace entrega del formulario N° 8, en la forma especificada en el numeral 13 y 13.2, de estas bases administrativas.

En el evento de que la Garantía de Seriedad del oferente a readjudicar no se encontrase vigente, el Servicio le otorgará un plazo de 5 días hábiles para dar cumplimiento a tal obligación esencial, bajo apercibimiento que, en caso de no dar cumplimiento a tal obligación, se entenderá para todo efecto legal que desiste de su oferta. Plazo que se contará desde la fecha de envío de notificación por medio de correo electrónico (denominado en Formulario Nº2) al oferente a readjudicar. En caso de no mediar cumplimiento, se podrá readjudicar al siguiente oferente mejor evaluado, y así sucesivamente, sin perjuicio de determinar por parte del Servicio su resolución de estimar desierta el proceso licitatorio.

Cabe señalar que en los casos en los cuales el Servicio determina no proceder con la readjudicación a la siguiente oferta mejor ranqueada, deberá reunirse nuevamente la Comisión de Evaluación, quien tendrá que emitir un informe de evaluación complementario, que contendrá los fundamentos de la proposición de deserción, la que posteriormente se consumará mediante la completa tramitación del respectivo acto administrativo dictado al efecto.

El oferente readjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y, de la documentación correspondiente, dentro del plazo estipulado en los respectivos acápites, contados desde que se le notifique la resolución afecta a toma de razón que le readjudica la licitación.

10         GARANTIAS

En conformidad con lo dispuesto en el artículo N°31 inciso 4° del DS N°250/2004, cada proponente podrá entregar cualquier documento de garantía siempre que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista (a su sola presentación) con carácter irrevocable y emitida nominativamente a la orden del Servicio de Salud Araucanía Norte, Rut.61.955.100-1, respecto de garantía de seriedad a la oferta y Gobierno Regional de la Araucanía, RUT:72.201.100 -7 en fiel cumplimiento del contrato, ambas en moneda nacional o unidades de fomento, indicando determinadamente la obligación que caucionan, por  los montos y vigencias que para cada una de ellas se indican a continuación.

Los plazos a que se refiere este numeral son de días corridos.

Las garantías se entregarán en formato físico o soporte electrónico, detallando en el sobre, según la naturaleza del compromiso que garantiza (Seriedad de la Oferta, Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato; según corresponda), en los días hábiles y horas indicadas para cada caso, en la siguiente dirección:

Servicio de Salud Araucanía Norte

Calle Ilabaca # 752, Angol.

Horario de Lunes a jueves de 8:00 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 16:00 hrs.

En caso de garantías en formato electrónico, deberán ser entregadas a través de los canales dispuestos por el portal www.mercadopublico.cl para este fin, de acuerdo a lo dispuesto en la ley 19.799.

10.1          GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA

Los oferentes deberán adjuntar hasta el día y hora de cierre de recepción de ofertas, un documento de garantía a nombre del Servicio de Salud Araucanía Norte, por el Monto indicado, cuya glosa consignará de los siguientes requisitos:

Tipo de Documento

Caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.

Beneficiario

Servicio de Salud Araucanía Norte

Pagadera

A la vista

Vigencia mínima

120 (ciento veinte) días corridos a contar de la fecha original de apertura electrónica de las ofertas.

Expresada en

Pesos Chilenos o Unidad de Fomento

Monto

$1.000.000. (un millón de pesos)

Glosa

Para garantizar la seriedad de la oferta proceso REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA, H. VICTORIA.

Forma y oportunidad de su Restitución

Respecto del oferente adjudicado y de los oferentes no adjudicados, les será devuelta a contar del día hábil subsiguiente a la fecha de total tramitación de la resolución que apruebe el contrato.

La garantía de Seriedad de la Oferta, podrá ser cobrada, por la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte, previa resolución que lo autorice, en los siguientes casos:

  1. Cuando no se firma el contrato en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario.
  2. Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato en tiempo y forma, según lo establecido para tal efecto en las presentes bases administrativas.
  3. Si el adjudicatario manifiesta que se desiste de su oferta.
  4. La no entrega de Certificado de Antecedentes Laborales de acuerdo al numeral 13.1 y 13.2
  5. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado, en los términos del artículo 4° de la ley 19.886, o de los artículos 8° y 10° de la ley 20.393, o incurre en la inhabilidad prevista en el artículo 26 letra d) del Decreto Ley N° 211 de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.- En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se podrá readjudicar al siguiente oferente mejor evaluado, si al momento de la suscripción del contrato, alguno de los integrantes estuviere afecto a alguna de estas inhabilidades y la UTP No informa por escrito, dentro del plazo que tiene para suscribir el respectivo contrato, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que los integrantes fuesen al menos 2 miembros hábiles y siempre y cuando el integrante que es inhábil o que se retira, no sea alguno de los que hubiesen reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  6. Si el adjudicatario no se inscribe en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado, dentro del plazo indicado en el numeral 14.1.
  7. Si el adjudicatario no hace entrega del formulario N° 8, en la forma especificada en el numeral 13 y 13.2, de estas bases administrativas.

Este documento de garantía de Seriedad de la Oferta, quedará bajo la custodia del Departamento de Finanzas del Servicio de Salud Araucanía Norte.

Toda Oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta, será rechazada por el Servicio por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.

10.2          GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El/ los adjudicatarios tendrán la obligación entregar junto con el contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

El monto de la garantía será expresado en pesos chilenos o Unidades de Fomento, además debe cumplir los siguientes requisitos:

Tipo de Documento

Caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable

Beneficiario

Gobierno Regional de la Araucanía

Pagadera

A la vista

Vigencia mínima

La vigencia deberá ser hasta noventa (90) días corridos posteriores al término del contrato (incluye garantía técnica ofertada).

Expresada en

Pesos Chilenos o Unidad de Fomento

Monto

12% del precio total del contrato.

Cauciona el cumplimiento en tiempo y forma, incluyendo multas por parte del adjudicatario del contrato que se suscribe, y la calidad o condición de el/los equipos, equipamiento, implementación, funcionalidad de sistemas entre otros, u otras materias de este proyecto.

Glosa

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato del proceso licitación REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA, H. VICTORIA.

Forma y oportunidad de su Restitución

Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, dentro del plazo de 90 días, contados desde el vencimiento de la garantía técnica de postventa ofertada. 

Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre la garantía de fiel cumplimiento, con antelación al vencimiento de la garantía técnica post venta de los bienes adquiridos, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. En caso contrario, se podrá dar término anticipado al contrato por falta de garantía.

En todo caso, el responsable del contrato deberá velar porque la garantía de fiel cumplimiento de contrato mantenga su vigencia, de modo tal que con 30 días anteriores al vencimiento de la misma, en el evento de que no haya finalizado la garantía post venta ofertada, deberá requerir al proveedor el cambio o renovación de la misma, otorgándole un plazo que no exceda de 15 días anteriores al vencimiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, con el objeto de cautelar una vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato igual o superior a 90 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la garantía post venta o garantía técnica del equipo, bajo apercibimiento de proceder a su cobro. En dicho evento, los fondos de la garantía cobrada se custodiarán a fin de servir para el mismo fin a que estaba destinada la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

10.3          COBRO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El Servicio estará facultado para que en representación del Gobierno Regional de la Araucanía, para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de que concurra cualquiera de las siguientes causales:

  • según procedimiento numeral 18.2 y
  • Termino anticipado del Contrato, según numeral 25
  • Incumplimiento de mantención correctiva según numeral 23.3

En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

11         ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO

  • ­Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato: en los términos señalados en el numeral 12.2 y su tabla de requisitos que ahí se presenta.
  • Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F30) emitido por la Dirección del Trabajo, en el cual figure la no existencia de multas ejecutoriadas, deuda previsional ni resoluciones de multa en el Sistema Informático de la Dirección del Trabajo y Boletín de Infracciones a la Legislación Laboral y Previsional, el cual debe estar vigente a la fecha de emisión de la resolución exenta que apruebe el contrato.
  • FORMULARIO N° 8 denominado “Declaración Jurada del proveedor adjudicado, en relación a deudas con trabajadores”. En dicho formulario el proveedor deberá consignar si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22 N° 9 del D.S. 250 / 2004 del Ministerio de Hacienda, que estableció el Reglamento de la Ley N° 19.886, cuyos efectos se encuentran regulados en el artículo 4 inciso segundo de la Ley N° 19.886.
  • Itemizado donde se indique cantidad y valor unitario de los activos (bienes físicos, accesorios e intangibles) ofertados, el valor total del documento deberá coincidir con el valor ofertado.

11.1          CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y DE REMUNERACIÓN

El adjudicatario deberá entregar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, el cual deberá ser entregado junto con el contrato, con el formulario N° 8 y con la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, según lo indicado en el numeral 13, 14 y 14.1, respectivamente. Dicho certificado deberá estar vigente a la fecha de emisión de la resolución exenta que aprueba el contrato.

Para los efectos antes previstos, el contratista deberá acompañar el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F30) emitido por la Dirección del Trabajo, en el cual figure la no existencia de multas ejecutoriadas, deuda previsional ni resoluciones de multa en el Sistema Informático de la Dirección del Trabajo y Boletín de Infracciones a la Legislación Laboral y Previsional.

En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Por ende, se exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar, según lo previsto en el artículo 4º, inciso segundo, de la ley Nº 19.886.

11.2          RETICENCIA DEL PROVEEDOR EN ENTREGAR EL CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y DE REMUNERACIÓN Y/O EL FORMULARIO N°8

En caso de no entregarse el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, y/o el formulario N° 8 que contiene la declaración jurada del proveedor adjudicado, en relación a deudas con trabajadores, dentro del plazo para suscribir el contrato, el responsable del contrato apercibirá a la empresa para que, dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles adicionales, los presente, entendiéndose que se desiste de su oferta, si no lo acompaña en su oportunidad.- Dicha interpelación se hará vía correo electrónico al email señalado por el oferente en su Formulario Nº 2

En los casos antes previstos, de no entregarse cualquiera de ellos, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la contratación.  

Respecto de Uniones Temporales de Proveedores, se exigirá este certificado respecto de cada uno de sus integrantes, bajo las mismas condiciones antes referidas.  

  

12         FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO 

12.1          SUSCRIPCIÓN

El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario o el representante legal del adjudicatario ante Notario Público, dentro de un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución afecta de adjudicación, la cual se entenderá notificada, una vez transcurridas veinticuatro horas contadas desde la publicación en dicho portal. Dentro de dicho plazo el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneraciones. El contrato deberá suscribirse por parte del proveedor adjudicado en 3 copias firmadas ante Notario Público.

Respecto de la vigencia del contrato, éste comenzará a regir a contar de la total tramitación de la resolución que lo apruebe (desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl ), e incluirá el periodo de garantía técnica ofrecido por el proveedor adjudicado.

En caso que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl, deberá inscribirse para proceder a la firma del contrato, para lo cual se le otorgará un plazo de 10 días corridos contados desde la notificación de la publicación de la resolución afecta de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. Se entenderá notificado el proveedor, una vez transcurridas veinticuatro horas contadas desde la publicación en dicho portal.

Sin perjuicio de lo señalado, el Servicio podrá, al tiempo de contratar, antes de la celebración del contrato, requerir toda la información legal adicional que sea relevante para la protección de sus intereses, que no obre en el portal web de chileproveedores. En caso que el adjudicatario sea una persona jurídica, el Servicio de Salud Araucanía Norte podrá solicitar especialmente los siguientes antecedentes:

a)        Copia de la escritura pública de Constitución o Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la Ley N° 20.659.

b)        Fotocopia de la inscripción en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, con fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de su presentación (sólo se exigirá este documento en caso que al presentar la oferta se hubiera acompañado fotocopia del Certificado de Vigencia, en lugar de copia de la inscripción con anotaciones marginales y certificación de su vigencia) o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659.

c)        Copia de extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659).

d)        Copia de la inscripción del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659).

e)        Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659).

f)         En caso de modificaciones efectuadas a la persona jurídica, copia de la o las escrituras públicas de modificación con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659).

g)        Certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659.

h)        Tratándose de uniones temporales de proveedores, al tiempo de contratar deberá conformarse mediante escritura pública. Deberá constar a lo menos la solidaridad entre sus integrantes por las obligaciones que se generen en relación a la presente licitación, además de nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato, incluyendo el periodo de garantía técnica.

i)         Una declaración jurada que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl.

12.2          CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO

  1. Individualización del proveedor.
  2. Características del Equipo de Tomografía Axial Computada (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte), de acuerdo a lo solicitado en Formulario N° 6 “oferta Técnica”
  3. Precio, corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente, de acuerdo a lo solicitado en Formulario N° 7 “Oferta Económica”. 
  4. Plazo de entrega y orden de compra, de acuerdo a numeral 15.
  5. Recepción Conforme del Equipo de Tomografía Axial Computada (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte), de acuerdo a numeral 16.
  6. Facturación y Pago, de acuerdo a numeral 19. La forma de pago es dentro 30 días (treinta días), (conforme a lo previsto en la Ley N° 21.516 de Presupuesto del Sector Público año 2023) contado desde la fecha de recepción de la factura y previo cumplimiento íntegro y oportuno de la entrega del bien contratado según Acta de Recepción y Verificación emanada de la Comisión Receptora. La factura deberá emitirse a nombre del Gobierno Regional de Araucanía, Rut 72.201.100-7, domiciliado Manuel Bulnes N°590, Temuco.
  7. Plazo de entrega equipamiento tangible, plazos de implementación y su puesta en marcha, de acuerdo a numeral 15.
  8. Capacitación, de acuerdo a numeral 20.1.
  9. Garantía técnica, de acuerdo a numeral 21 de las bases administrativas.
  10. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a numeral 12.2 de las bases administrativas.
  11. Ampliación de Plazos, de acuerdo a numeral 17.
  12. Multas por atraso en la entrega, de acuerdo a numeral 18.
  13. Procedimiento de Aplicación de Multas, de acuerdo a numeral 18.2.
  14. www.mercadopublico.cl ), e incluirá el periodo de garantía técnica ofrecido por el proveedor adjudicado en el Formulario N° 6 de las presentes bases.
  15. Causales de Término Anticipado, de acuerdo a numeral 25.
  16. Causales de modificación de contrato, de acuerdo a numeral 26
  17. Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Angol para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios.
  18. Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las bases Administrativas, Formularios, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución.
  19. Declaración de todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor.
  20. Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio exclusivo fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen.
  21. Declaración que el proveedor será el único responsable del retiro y limpieza de todos los escombros, residuos y embalajes, que conlleve la entrega e instalación del producto adquirido.
  22. Declaración que el proveedor será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio, cuando sea procedente.
  23. Declaración que entre el Servicio y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral, ni funcionario.
  24. Declaración que el proveedor será el único responsable en caso de violación de derechos de marca, patentes, propiedad intelectual o similares, cuando sea procedente.
  25. Declaración que el proveedor asumirá la responsabilidad del pago de todo costo adicional, puesto que el Servicio de Salud Araucanía Norte sólo se responsabilizará por el pago de los conceptos y montos autorizados en la respectiva resolución de adjudicación.
  26. Declaración que el proveedor deberá legalizar la firma del o los representantes legales ante Notario Público en tres copias, siendo de cargo del proveedor todos los gastos que se originen por tal motivo.

13         PLAZO DE ENTREGA Y ORDEN DE COMPRA

La fecha de entrega del Equipo de Tomografía Axial Computada (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte) será la propuesta por el oferente en Formulario N° 7 “Oferta económica”, la que formará parte integrante del contrato.

El plazo de entrega comenzará a correr desde la aceptación por parte del proveedor de la respectiva orden de compra.

El Servicio de Salud Araucanía Norte generará la orden de compra una vez que se haya publicado en el portal www.mercadopublico.cl la resolución exenta que aprueba el respectivo contrato.

La orden de compra emitida a través del portal web de mercado público se entenderá notificada al proveedor, transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl

En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, el Servicio de Salud Araucanía Norte podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada, una vez transcurridas 24 horas, desde dicha solicitud (Art. 63 inciso 1° y 2° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas).En el caso que el proveedor rechace la orden de compra o que ésta sea considerada como rechazada, ello será considerado como causal de término anticipado del contrato, aplicándose en consecuencia, la sanción correspondiente.

La Recepción física del equipo, implementación, habilitación u otra, se realizará en el Hospital de Victoria, ubicado en Av. Dartnell 1141, ciudad de Victoria.  La entrega deberá ser en día hábil en horario de lunes a jueves de 08:30 a 16:00, día viernes de 08:30 a 15:30 horas. Al momento de efectuar la entrega el oferente deberá coordinarse previamente con responsable del contrato.

El despacho del equipo, equipamiento, accesorios, software y/o implementación, ya sea en caja o cualquier medio de embalaje, deberá ser efectuado mediante guía de despacho. Además, debe ir identificado con el nombre del equipamiento, copia de orden de compra y nombre e ID del proceso de licitación.

Respecto al despacho los equipos y/o equipamientos, implementación, habilitación u otra adjudicada, es de responsabilidad del proveedor en que ésta se cumpla en cuanto al lugar y horario ya descrito. Por otra parte, de ser distinto al mencionado y/o exista un error de entrega, es el mismo proveedor quien deberá realizar el retiro y nuevo traslado a la correspondiente dependencia, asumiendo todos los costos asociados a esta eventualidad.

  

La entrega deberá incluir con cargo exclusivo al proveedor:

  • Todos los elementos, accesorios e insumos necesarios para la puesta en marcha del o los equipos.
  • El traslado desde el lugar de entrega (bodegaje) hasta el lugar definitivo en el cual será instalado y utilizado el respectivo los equipos y/o equipamientos, implementación, habilitación u otra.
  • Los gastos que se incurran por concepto de mano de obra, pasajes, viáticos, honorarios, fletes, etc.
  • Cualquier elemento, dispositivo o accesorio que sea indispensable para el funcionamiento del equipo, aun cuando no se haya indicado explícitamente en la oferta.
  • El retiro y limpieza de todos los escombros, residuos y embalajes, que conlleve la entrega e instalación del producto adquirido.
  • El proveedor será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio, cuando sea procedente.

Se entenderá como entrega conforme el día en que se efectúe la recepción conforme de la verificación del equipo, instalación y conexón y capacitación, la cual será validada con la emisión del “Acta de Recepción y Capacitación”, según consta en Formulario Nº4, y Formulario N°5 respectivamente, lo que dará cumplimiento para el pago según carta oferta.  Dando inicio al periodo post venta del equipo. En caso que el plazo de entrega ofertado cayese en un día inhábil, se prorrogará al día hábil siguiente.

14         RECEPCIÓN CONFORME DEL EQUIPO DE TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte)

Para los efectos de este numeral, se establece como Comisión de Recepción, aquellos funcionarios designados mediante esta resolución, la cual requerirá un quorum mínimo de 2 integrantes para su validez. La coordinación para realizar el acto de verificación del equipo, accesorios, preinstalación, conexión,  integración, habilitación,  puesta en marcha, capacitación u otra  que implique el proyecto, será por parte del adjudicatario con el Referente Técnico del establecimiento hospitalario y responsable de contrato, mediante correo electrónico gerardo.mendez@araucanianorte.cl y ana.varela@araucaníanorte.cl, el plazo para la coordinación y verificación, no podrá exceder el plazo señalado en oferta económica, Formulario N°7.. En el caso de que no se concreta la coordinación dentro del plazo indicado y siendo responsabilidad de la empresa adjudicada seguirá contabilizando el plazo de entrega hasta que se levante el acta respectiva, y se la responsabilidad es del comprador no se contabilizara esos días hasta que se levante el acta respectiva.

La recepción se validará con la emisión del formulario N°4, Acta de recepción, la que contempla la verificación equipo, instalación y conexión Recepción conforme final Equipo de Tomografía Axial Computada (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte) Hospital de Victoria.

El proveedor debe informar al Referente Técnico del establecimiento hospitalario y al responsable de contrato la fecha de entrega del equipo con puesta en marcha para coordinarse y generar el acta de recepción, en esta instancia se podrá programar la capacitación al equipo técnico del establecimiento y usuario final.

El plazo de esta entrega estará informado por el proveedor en el formulario 7, Oferta económica, y la contabilización de los días se detendrá cuando se levante el acta de recepción, sin embargo, la sola entrega no acredita la recepción conforme, por lo cual, el Referente Técnico del establecimiento hospitalario y al responsable de contrato se coordinará con la empresa adjudicada para levantar el acta de recepción y verificación equipo- equipamiento tangible, uso,  funcionamiento del mismo y respectiva capacitación, junto a la comisión designada deberá verificar esta entrega. En el caso de no existir observación y se encuentre totalmente recepcionado conforme. En el caso de existir observaciones, el proveedor deberá subsanar estas y el plazo de entrega se reanudan desde la fecha emitida del formulario N°4. El adjudicatario deberá realizar nuevamente la entrega de lo observado y comienza lo mismo pasos detallado anteriormente.

Para los efectos previstos en el párrafo anterior, el REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA EMPRESA, individualizado en el Formulario Nº 2, deberá contar con la idoneidad técnica para poder orientar y guiar a la Comisión de Recepción en la verificación de las especificaciones técnicas que debe cumplir los respectivo los equipos y/o equipamientos, implementación, habilitación u otra.-  En el evento de que la empresa necesite cambiar a su REPRESENTANTE TÉCNICO, deberá acreditar la idoneidad técnica de la nueva persona y solicitar autorización expresa del responsable del contrato en tal sentido, quien deberá informar del cambio del Representante Técnico, a la Comisión de Recepción, para lo cual no se requerirá de un cambio en el respectivo contrato.-

Cabe señalar si por motivo de caso fortuito no se pudiese reunir la comisión de recepción dentro del plazo señalado por el proveedor, no será aplicable sanción alguna, por dicho lapso de tiempo, por no ser imputable al proveedor.

Con la suscripción completa del Acta de Recepción y Verificación (Formulario Nº 4) y capacitación a través del Formulario N°5, se entenderá recepcionados conformes “Sin Observaciones”.

Sin perjuicio de lo anterior, no se considerará como recepción conforme, la recepción material de un equipo o equipamiento que no contenga todas sus piezas, partes o accesorios ofertados ni cumpla con el acto de verificación del equipo ofertado: ello se considerará como una situación de “recepción NO conforme”, por lo que continuará corriendo el plazo de entrega, para efectos de multas por atraso. Será condición para la recepción conforme, que el proveedor previamente haya hecho retiro y limpieza de todos los escombros, residuos y embalajes que implique la entrega del producto.

Conforme con lo anterior, en el evento de no cumplir con el plazo de entrega, corresponderá la aplicación de las multas respectivas, de acuerdo a lo establecido en el numeral 18 “MULTAS” de estas bases administrativas. 

15         AMPLIACIÓN DE PLAZOS

El plazo de entrega comenzará a correr desde la aceptación por parte del proveedor de la respectiva orden de compra, de acuerdo a numeral 15.

No habrá ampliación de los plazos convenidos, salvo que lo autorice el Servicio de Salud Araucanía Norte por resolución exenta, cuando el proveedor lo solicitare por escrito al Director del Servicio, con una anticipación de a lo menos 5 (cinco) días corridos de anticipación con respecto del vencimiento del plazo de entrega de cada hito del proyecto, estipulado en el contrato. La solicitud deberá ser fundada y solo podrá tener su origen en una situación calificada de “caso fortuito o fuerza mayor”, según lo preceptuado en el artículo 45 del Código Civil.

16         MULTAS POR ATRASO CUMPLIMIENTOS DE PLAZO

El incumplimiento de los plazos ofertados, señalados en el Formulario Nº 7 “Oferta económica”, será sancionado con una multa según siguiente recuadro, asociada al valor neto del contrato, esto por cada día corrido de atraso en relación al plazo ofertado, con un tope máximo de 10 días corridos.

Etapa del proyecto

Multa Asociada

Recepción, verificación de equipo, preinstalación, instalación y conexión del equipo) puesta en marcha (incluye integración) y programación de capacitación (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte) Hospital de Victoria

Multa ascendente a 1% (uno por ciento) del valor neto del contrato, esto por cada día corrido de atraso en relación al plazo ofertado, con un tope máximo de 10 días corridos.

El Servicio queda facultado para descontar la multa respectiva, del pago de la factura correspondiente (hito asociado). También podrá hacer efectiva la multa con cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato, bastando la sola resolución que autorice el cobro de la multa o demandando su pago ejerciendo las acciones legales pertinentes; o en la forma que determine el Servicio, a su elección.

16.1          OTRAS MULTAS

El no cumplimiento de la garantía técnica según el numeral 21, cuyo incumplimiento a solución ante fallas que hagan atribuible a una garantía técnica, el adjudicado será sancionado con una multa ascendente a 5 UTM (Cinco UTM) por cada día corrido de atraso con un tope máximo de 10 (diez) días corridos.

El no cumplimiento de las mantenciones preventivas según el numeral 23.1, cuyo incumplimiento al programa estipulado, el adjudicado será sancionado con una multa ascendente a 2 UTM (dos UTM) por cada día corrido de atraso con un tope máximo de 10 (diez) días corridos

El no cumplimiento de las mantenciones correctivas según el numeral 23.2, a) no cumple el tiempo de respuesta ofertado, será sancionado con una multa ascendente 5 UTM (cinco UTM) por cada día corrido de atraso con un tope máximo de 10 (diez) días corridos.

El no cumplimiento del servicio técnico en terreno según el numeral 23.3, cuyo incumplimiento será sancionado con una multa ascendente a 5UTM (cinco UTM) por cada día corrido de atraso con un tope máximo de 5 (cinco) días corridos.

El no cumplimiento de las mantenciones preventivas según el numeral 23.1, cuyo incumplimiento al programa estipulado, el adjudicado será sancionado con una multa ascendente a 1.5 UTM (uno coma cinco UTM) por cada incumplimiento mensual.

Estas “otras multas” deberán hacerse efectiva por medio del cobro de la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato”, a menos que el proveedor deposite previamente su monto en la cuenta corriente del establecimiento beneficiario de la multa, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dispone la aplicación de la multa.

Respecto de las diversas multas establecidas en las presentes bases de licitación, todas ellas son sanciones independientes entre sí. Sin perjuicio de lo anterior, las multas a aplicar al proveedor adjudicado no podrán exceder del 30% (treinta por ciento) del valor total de contrato. Sin perjuicio de lo anterior el adjudicatario al exceder el plazo establecido en la multa y no existe una respuesta por parte del proveedor para subsanar el incumplimiento, el Servicio de Salud, podrá poner término anticipado al contrato.

16.2          DEL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS

Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al cobro de multas para las recepciones del proyecto, el que se determinará según lo establecido en el formulario 4, el responsable del contrato se procederá a notificar al proveedor mediante correo electrónico, en el cual se establecerán los motivos que dan pie a la Administración para la aplicación de multas. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 3 días corridos desde la fecha de emisión del correo electrónico. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 (tres) días corridos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el responsable del contrato evacuará un informe técnico dirigido al Director del Servicio, quien resolverá a través de la correspondiente resolución exenta, donde se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado

Para la etapa de post venta (periodo de garantía técnica), el que se determinará por el responsable del contrato habiéndose entregado los antecedentes que respaldan las faltas, esto mediante informe emitido por el referente técnico del establecimiento hospitalario, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado de la Dirección del Servicio, en el cual se establecerán los motivos que dan pie a la Administración para la aplicación de multas. Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante carta certificada y correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Formulario N°2, en el cual se establecerán los motivos que dan pie para la aplicación de multas.

Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 3 días corridos desde la fecha de emisión del correo certificado. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 (tres) días corridos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el responsable del contrato evacuará un informe técnico dirigido al Director del Servicio, quien resolverá a través de la correspondiente resolución exenta, donde se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado.

 

El producto de la eventual multa a aplicar, cederá en beneficio del Servicio de Salud Araucanía Norte.

  

Respecto de las multas por atraso en la entrega de lo contemplado en cada hito del proyecto: “Plazo  recepción y verificación de equipos (llegada de equipos,)”,  “Plazo de Preinstalación”, “plazo de instalación”  y “plazo de conexión del equipo” (Hito 1) del proyecto contratado; como las multas por atraso “plazo de implementación, “migración de datos” y puesta en marchas (Hito 2),  en la “capacitación”; como así también las multas por atraso en las mantenciones preventivas y correctivas, durante el período de garantía técnica, son sanciones independientes entre sí. Sin perjuicio de lo anterior, por aplicación del artículo 79 ter del D.S. 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda, las multas a aplicar al proveedor adjudicado, no podrán exceder del 30% (Treinta por ciento) del valor total del contrato, atendido que versan sobre equipos y sistemas complejos, con piezas y partes importadas, manufacturadas a pedido, las cuales resultan ser críticas para el buen funcionamiento del Hospital de Victoria. 

17         FACTURACIÓN  Y  PAGO

17.1          FACTURACIÓN:

Una vez que se haya emitido el Acta de Recepción y Verificación Formulario N°4 Acta de recepción  y verificación, y acta de Capacitación Formulario N°5,   sin observaciones por parte de la comisión de recepción, el responsable de contrato notificará al Sub Departamento de Abastecimiento para dar recepción total de la orden de compra, y al proveedor mediante correo electrónico consignado en Formulario Nº 2, para que proceda a emitir la factura de venta  correspondiente al hito según programación, de acuerdo a los siguientes antecedentes:

COMPRADOR                         :  Gobierno Regional de la Araucanía  

RUT                                      :  72.201.100-7 

DIRECCIÓN                          : Manuel Bulnes N° 590, Temuco

GIRO                                   :  Salud. 

La factura deberá ser emitida e indicar la denominación del proyecto y número de ID: 1180740-1-LR23 de la adquisición, la que deberá señalar la respectiva orden de compra.

Tener en cuenta al momento de la facturación.

  • Campo 801 “Folio de Referencia" informar OC sin anteponer números ni palabras: xxxxxxx-xx-SE23
    • Enviar archivo XML a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com

Asimismo, la empresa deberá enviar la factura por correo electrónico al responsable del contrato para mayor control y seguimiento el proceso de pago.

De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº19.983, se podrá reclamar del contenido de la del plazo de 8 días corridos siguientes a su recepción, lo que deberá ser puesto en conocimiento de su emisor por carta certificada, o por cualquier otro medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura o guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito, entendiéndose que el reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.

17.2          PAGO

Para efectuar el pago correspondiente, se pagará contra Acta de Recepción y Verificación emitida por la Comisión de Recepción, además de la respectiva capacitación, acta que deberá constar en el formato contenido en el Formulario N°4 y Formulario N°5.

El pago se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de la recepción de la factura ( una vez emitido  Formulario N° 4 y Formulario N°5 Emitidos) (Ley N° 21.516 de Presupuesto del Sector Público del año 2023).

Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado por correo electrónico al responsable del contrato ana.varela@araucnianorte.cl  para que este informe al Gobierno Regional de la Araucanía y al Servicio de Salud Araucanía Norte, dentro de las 48 horas siguientes a la de su celebración. Además, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito efectuado por el contratista cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9° de la ley Nº 19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del Servicio mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del Servicio el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro.    

Para el presente proyecto de Adquisición de Equipo de Tomografía Axial Computada (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte), se considera un solo pago, para el que se realizara la respectiva acta de recepción a fin de que el proveedor pueda emitir la factura.

RECEPCIÓN DEL PROYECTO:

Recepción y verificación de equipo  

Preinstalación, instalación y conexión del equipo

 Implementación, Migración de datos,

Puesta en Marcha

Capacitación

Pago 100% del proyecto

18         DE LA PREINSTALACIÓN, INSTALACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y CONEXIÓN

La empresa deberá ajustar su oferta a los requerimientos técnicos especificados en el Formulario N° 6, por lo que a raíz de la preinstalación deberá hacer las gestionas pertinentes a fin de lograr las   intervenciones necesarias de las dependencias del Hospital siempre con resguardo del Departamento de operaciones del establecimiento, con el fin de corroborar mejores alternativas de intervención en  obras civiles  del Hospital Victoria, por razones de compatibilidad técnica de los equipos con la infraestructura previamente dispuesta

La empresa deberá efectuar los trabajos del traslado, preinstalación, instalación, conexión y extracción de residuos, además de realizar capacitación respectiva, dentro del plazo ofertado por ella a través del Formulario Nº 7 “Oferta Económica”.

El adjudicatario deberá coordinarse previamente con Referente Técnico del establecimiento hospitalario el que será don Gerardo Alan Méndez Pérez Jefe SIM Hospital de Victoria y el responsable del contrato, con una anticipación de 5 (cinco) días corridos para iniciar estas etapas del proyecto, con el fin de programar agendas y disponibilidad de áreas a intervenir.

Los trabajos deberán incluir con cargo exclusivo al proveedor:

  • Todos los elementos, accesorios e insumos necesarios para la puesta en marcha del o los equipos.
  • Migraciones de información de sistemas existentes y que sean necesarios para dar continuidad del servicio al establecimiento hospitalario.
  • Retiro del equipo existente a lugar indicado por el establecimiento hospitalario y traslado al lugar que el establecimiento indique.
  • El traslado desde el lugar de entrega (bodegaje) hasta el lugar definitivo en el cual será instalado y utilizado el respectivo equipo, equipamiento, accesorios, software y/o implementación.
  • Los gastos que se incurran por concepto de mano de obra, pasajes, viáticos, honorarios, fletes, etc.
  • Cualquier elemento, dispositivo o accesorio que sea indispensable para el funcionamiento del equipo, aun cuando no se haya indicado explícitamente en la oferta.
  • El retiro y limpieza de todos los escombros, residuos y embalajes, que conlleve la entrega e instalación del producto adquirido.
  • El proveedor será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio, cuando sea procedente.

En caso de incumplimiento en el plazo, será sancionado con las multas señaladas en el punto 18.  MULTAS POR ATRASO CUMPLIMIENTOS DE PLAZO.

Todos los daños a las instalaciones del establecimiento hospitalario, ocasionados por materia del traslado, preinstalación, instalación y conexión del Equipo de Tomografía Axial Computada (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte), deberá ser subsanado por proveedor adjudicado, de lo contrario no se procederá a emitir el FOMULARIO N°4 Acta Recepción y verificación Equipo de Tomografía Axial Computada (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte) Hospital de Victoria.

Se recomienda dejar plasmado cada eventualidad con la responsable del contrato Ana Varela Estubillo, y don Gerardo Méndez mediante correo electrónico, a fin de coordinar previamente con la dirección del servicio de Salud Araucanía Norte, las unidades necesarias para asesorar y resguardar la infraestructura hospitalaria.

18.1          DE LA CAPACITACIÓN

La empresa dentro de su programa de entrega del equipo instalado, con puesta en marcha, deberá considerar la respectiva capacitación, la que debe encontrarse dentro de la planificación ofertado en su Formulario N°7, oferta económica cuyo incumplimiento imputable del proveedor será sancionado a través de multas en plazo de entrega.  No se entenderá imputable al proveedor, cuando el usuario interno informe oportunamente indisponibilidad para efectuar la capacitación respectiva, la que deberá prorrogarse de mutuo acuerdo y debe quedar establecida, sin embargo, para temas de multas deberá quedar en acta que el tiempo que transcurra posterior a esta fecha, no incurrirá en incumplimiento de multa en plazo de entrega.

Se reputará que son entregadas las capacitaciones al personal, entregados los manuales de usuario y mantenimiento o servicio, en 2 copias de cada uno en español en formato físico y digital. En el caso del manual de mantenimiento, se aceptará copia en inglés adjuntando su traducción.

Para los efectos antes señalados, se emitirá un Acta de Capacitación, según el formato del Formulario Nº 5, la cual será suscrita por el Referente Técnico del establecimiento hospitalario, un representante de la empresa y el responsable del contrato.

En caso de detectar alguna irregularidad, el responsable del contrato, deberá iniciar el “PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS” contemplado en el numeral 18.2.

La multa por atraso en la capacitación, deberá hacerse efectiva por medio del cobro de la “Garantía de fiel Cumplimiento de Contrato”, a menos que el proveedor deposite previamente su monto en la cuenta corriente del Servicio de Salud Araucanía Norte beneficiario de la multa, dentro del plazo de 7 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dispone la aplicación de la multa.

19         DE LA GARANTÍA TÉCNICA

 

Una vez que se haya emitido el “ACTA DE RECEPCIÓN” y “ACTA DE CAPACITACIÓN”, el Equipo de Tomografía Axial Computada (TAC/ equipo de tomografía helicoidal multicorte) con todos sus equipos, equipamientos, accesorios, software y/o implementación será entregado para su uso, manteniéndose en garantía toda la infraestructura, equipos e instalaciones contenidos, por el plazo señalado por el proveedor a través de su oferta técnica contenida en el Formulario Nº 6. Por ende, el período post venta comienza a regir a contar de la fecha de la respectiva Acta, hasta el vencimiento del plazo de garantía técnica señalado por el adjudicatario en el Formulario N°6 “Oferta Técnica”.

El funcionario encomendado para verificar que se ejecute el período de garantía técnica es el Referente técnico del establecimiento hospitalario o quien lo subrogue o sea  designado  mediante resolución exenta, quien deberá velar por el cumplimiento de la oferta técnica, especialmente en cuanto a la realización de capacitación, migración de datos,  puesta en marcha, además de la post venta, como el   tiempo de respuesta telefónica y respuesta en terreno y demás exigencias ofertadas por el adjudicatario en el Formulario Nº 6 “Oferta Técnica”, funcionario que para tales efectos deberá contactarse con el REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA EMPRESA, según Formulario Nº 2 de Individualización del Proveedor. Se entenderá por notificado el proveedor, una vez que el encargado de garantía técnica realice llamado telefónico y posterior envío de correo electrónico, lo cual servirá de constancia frente a una eventual aplicación de multas.

En caso de detectar alguna irregularidad, el Encargado de la garantía técnica, deberá informar de dicha situación al responsable del contrato, quien deberá iniciar el “PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS” contemplado en el numeral 18.2.

El incumplimiento de la garantía técnica será sancionado con una multa, dependiendo del tipo de incumplimiento de que trate, según los sub numerales siguientes.- Dicha multa deberá hacerse efectiva por medio del cobro de la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato”, a menos que el proveedor deposite previamente su monto en la cuenta corriente del Servicio de Salud Araucanía Norte, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dispone la aplicación de la multa.

20         APLICACIÓN GARANTIA TECNICA DE LOS BIENES

La garantía técnica de los equipos aplica bajo las siguientes condiciones:

  • Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio, no cumplan con las especificaciones correspondientes y no sean percibidos al momento de su re de su recepción, verificación y puesta en marcha.
  • Cuando los materiales, partes, piezas, elementos o sustancias que constituyan o integren los equipos y/o Equipamiento no correspondan a las especificaciones que ostenten o las mencionen en su catálogo y/o manuales y no sean percibidos al momento de su recepción, verificación y puesta en marcha.
  • Cuando cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, piezas, partes, elementos, estructura, sustancias, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta y no sean percibidos al momento de su recepción, verificación y puesta en marcha.
  • Cuando el “Proveedor” y el Servicio hubieren convenido que los productos objeto del contrato, deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra.
  • Cuando después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al equipo, equipamiento, accesorios, software y/o implementación inapto para el uso. Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico, o volviese a presentarse la misma.
  • Cuando el equipo, equipamiento, accesorios, software y/o implementación objeto del contrato, tenga defectos o vicios ocultos que dificulten o imposibiliten el uso al que habitualmente se destine, para lo cual la(s) Jefatura(s) de él/los usuarios(s) del equipo, equipamiento, accesorios, software y/o implementación, emitirán un informe técnico en conjunto con el Encargado de la garantía técnica del Establecimiento, que dé cuenta de estos defectos o vicios ocultos.

En caso de incumplimiento a solución ante fallas que hagan atribuible a una garantía técnica, el adjudicado será sancionado con una multa de 5 UTM (cinco UTM) por cada día corrido de atraso con un tope máximo de 10 (diez) días corridos).   Dicha multa deberá hacerse efectiva por medio del cobro de la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato”, a menos que el proveedor deposite previamente su monto en la cuenta corriente del establecimiento beneficiario de la multa, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dispone la aplicación de la multa.

Para la aplicación de garantía técnica de los bienes, aplica la Ley N° 19.496, por todo el período que rija la respectiva garantía técnica.

21         MANTENCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS

Durante todo el periodo de la Garantía Técnica, la mantención preventiva y correctiva será de exclusiva responsabilidad y costo del adjudicado.

El adjudicado deberá contar con un Servicio Técnico, de acuerdo a lo indicado en su oferta, el cual debe contemplar la atención oportuna, tanto para mantenciones preventivas como correctivas, según lo indicado en su oferta.

21.1          MANTENCIÓN PREVENTIVA

El proveedor deberá entregar el Programa de Mantención Preventiva de acuerdo a la recomendación de fábrica para todo el periodo que cubra la Garantía técnica de su oferta. Las fechas de este programa podrán ser modificadas por el funcionario encargado de garantía técnica del establecimiento de ser necesario. En caso de incumplimiento al programa estipulado, el adjudicado será sancionado con una multa ascendente 2 UTM (dos UTM) por cada día corrido de atraso con un tope máximo de 10 (diez) días corridos. Dicha multa deberá hacerse efectiva por medio del cobro de la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato”, a menos que el proveedor deposite previamente su monto en la cuenta corriente del establecimiento beneficiario de la multa, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dispone la aplicación de la multa.

21.2          MANTENCIÓN CORRECTIVA

Ante una eventual falla de fábrica u otra originada a partir del uso normal del equipo, de acuerdo a recomendaciones del fabricante (se excluye mal uso por parte de los usuarios) durante el período de Garantía Técnica del equipo, equipamiento, accesorios, software y/o implementación, el costo de la mantención correctiva será exclusiva responsabilidad del adjudicado. En tales casos regirá el siguiente procedimiento:

a)        El(los) profesional(es) y/o técnico del servicio técnico del proveedor adjudicado, deberá(n) concurrir al Establecimiento de acuerdo al Tiempo de Respuesta indicado en su oferta, dando solución a la falla en un periodo que no supere los 10 (diez) días corridos. En caso de exceder el plazo señalado, el adjudicado será sancionado con una multa ascendente  a ascendente 5 UTM (cinco UTM) por cada día corrido de atraso con un tope máximo de 10 (diez) días corridos

21.3          SERVICIO TÉCNICO EN TERRENO, SERVICIO QUE NO DEBER TARDAR MÁS DE  24 HORAS  

El proveedor deberá entregar servicio técnico en terreno durante el periodo que dure la Garantía técnica de su oferta. En caso de incumplimiento al servicio técnico en terreno en el tiempo ofertado, el que no podrá superar las 24 hrs, plazo que comenzará al día siguiente de la solicitud del referente Técnico del establecimiento hospitalario y/o responsable del contrato mediante correo electrónico a la empresa adjudicada, el incumplimiento será sancionado con una multa ascendente a 5 UTM (dos UTM) por cada día corrido de atraso con un tope máximo de 5 (cinco) días corridos. 

La empresa dentro de este plazo debe cumplir con una programación de solución a la mantención correctiva, de lo contrario será considerada un incumplimiento de contrato, pudiendo el Servicio de Salud Araucanía Norte  realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

22         SERVICIO UP TIME/ SLA 95%

El oferente deberá considerar en su oferta una disponibilidad de sistema Up Time del 95%.  En caso de incumplimiento a la alta disponibilidad del sistema “up time 95%” (considerado como un servicio de 24 horas al día, los 7 días de la semana y los 365 días del año con un up time de 95%.), que supere las 7,3 horas mensuales acumulado de caída en sistema, considerándose como incumplimiento de este requerimiento, el adjudicado será sancionado con una multa ascendente a 1.5 UTM (una coma cinco UTM). Para determinar el cumplimiento de este requerimiento, el proveedor adjudicado con el responsable del contratado deberá mediante correo electrónico u otro medio de verificación que la empresa adjudicada contenga en su propio sistema, dejar evidencia del tiempo transcurrido desde que se hace el requerimiento ante una falla, hasta la solución del problema (retoma sistema up time).

Dicha multa deberá hacerse efectiva por medio del cobro de la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato”, a menos que el proveedor deposite previamente su monto en la cuenta corriente del establecimiento beneficiario de la multa, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la notificación de la resolución que dispone la aplicación de la multa.

23         TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

El Servicio podrá declarar, administrativamente, el término del contrato, por algunas de las siguientes causales:

  • La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • Caso fortuito o fuerza mayor. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • . En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • Unilateralmente el Servicio de Salud Araucanía Norte, podrá declarar el término anticipado del contrato, por razones de buen servicio, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes:

-           Que, habiéndose notificado la orden de compra, ésta no haya sido aceptada o hubiese sido rechazada por el proveedor a quien iba dirigida.

-           Que el proveedor no haga llegar física o electrónicamente según corresponda la garantía de fiel cumplimiento de contrato, en caso de deducción o renovación de dicha garantía.

-           Incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato al proveedor, especialmente en relación al incumplimiento de las especificaciones técnicas, calidad, garantía técnica, servicio técnico, cantidad o características ofrecidas, o la falta de seguridad de los bienes vendidos al Servicio.

-           En el evento de ser adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta; o si ocurre una inhabilidad sobreviniente y/o insolvencia manifiesta de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP No pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

-           Si se disuelve y procede a su liquidación.

-           Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.

-           Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito por el Servicio de Salud Araucanía Norte.

-           Que el proveedor se le haya cursado 6 o más multas contempladas en las presentes bases.

-           Otras causales de término de contrato establecidas en el artículo 13º de la ley Nº 19.886 de Compras y Contratación Pública, y en su Reglamento, artículo 77º.

Será facultad privativa del Servicio, en los casos anteriores, por razones de buen servicio, decidir el término anticipado del contrato, en todo y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la que empleará en cubrir las eventuales multa por atraso y el mayor costo que demande la adquisición de los equipos no entregados o adquiridos.

El Servicio de Salud Araucanía Norte se reserva el derecho de iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago por parte del Contratista, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.

En caso de configurarse alguna de estas causales que habiliten a poner término anticipado al contrato, se deberá seguir el “PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS” contemplado en el numeral 18.2 o incumplimiento de punto 25.

24         CAUSALES DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

El contrato podrá ser modificado en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el numeral 25. “TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO”, en virtud de lo preceptuado en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

Asimismo, y en directa aplicación del artículo 77º inciso final del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado.

Las modificaciones podrán efectuarse con el fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.

En el caso de requerirse una modificación del contrato, se formalizará mediante la Resolución que aprueba dicha modificación. La modificación del contrato regirá a contar de la total tramitación del acto administrativo que la aprueba.

La empresa deberá constituir un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato a favor del Servicio (en reemplazo del documento originalmente extendido), de iguales características al señalado en numeral 12.2 de las presentes bases, por todo el plazo de vigencia de modificación más 90 días corridos, la glosa de dicho documento señalará: “Garantizar el Fiel Cumplimiento de la Modificación del Contrato de “LICITACION DE REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA, H. VICTORIA, ID 1180740-1-LR23          LICITACION PERTENECIENTE AL SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE”; donde “1180740-1-LR23     ” corresponde al número y nombre asignados a la presente licitación en el Portal. 

El documento originalmente extendido y remplazado por esta nueva garantía, será devuelta en conformidad al flujo establecido por las devoluciones de las restantes garantías, establecida en el numeral 12.2.

Todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo de la empresa.

25         PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1)        El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

2)        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3)        El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4)        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio.   

5)        El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6)        El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7)        El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8)        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9)        El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.-


25     CAUSALES DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

El contrato podrá ser modificado en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el numeral 25. “TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO”, en virtud de lo preceptuado en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

Asimismo, y en directa aplicación del artículo 77º inciso final del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado.

Las modificaciones podrán efectuarse con el fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.

En el caso de requerirse una modificación del contrato, se formalizará mediante la Resolución que aprueba dicha modificación. La modificación del contrato regirá a contar de la total tramitación del acto administrativo que la aprueba.

La empresa deberá constituir un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato a favor del Servicio (en reemplazo del documento originalmente extendido), de iguales características al señalado en numeral 12.2 de las presentes bases, por todo el plazo de vigencia de modificación más 90 días corridos, la glosa de dicho documento señalará: “Garantizar el Fiel Cumplimiento de la Modificación del Contrato de “LICITACION DE REPOSICIÓN EQUIPO TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA, H. VICTORIA, ID 1180740-1-LR23          LICITACION PERTENECIENTE AL SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE”; donde “1180740-1-LR23     ” corresponde al número y nombre asignados a la presente licitación en el Portal. 

El documento originalmente extendido y remplazado por esta nueva garantía, será devuelta en conformidad al flujo establecido por las devoluciones de las restantes garantías, establecida en el numeral 12.2.

Todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo de la empresa.

26         PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1)        El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

2)        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3)        El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4)        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio.   

5)        El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6)        El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7)        El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8)        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9)        El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.-