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Resolución de Empates |
En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la
oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente
“Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa
el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento Factores de la Evaluación
Lugar Nombre del Factor
1° Mayor puntaje en evaluación económica
2° Experiencia del personal.
3° Experiencia del Oferente en Proyectos o Servicios durante los últimos 5 años.
4° Cumplimiento de los Requisitos Formales de presentación de la oferta.
5° Programa de integridad y Etica Empresarial.
a. En caso de persistir la igualdad de puntaje final, se adjudicará la oferta que primero
haya ingresado al Portal. Si dos o más ofertas ingresarán al Portal al mismo tiempo, la Comisión
efectuará un sorteo entre dichos oferentes, para proceder a la proposición de la adjudicación.
Este sorteo se efectuará ante la presencia de todos los integrantes de la Comisión y de su
resultado se levantará un acta firmada por sus miembros
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
El oferente adjudicado, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del
cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes
complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales,
de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes
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de su respectivo equipo de trabajo.
En consecuencia, el oferente adjudicado será responsable, en forma exclusiva, y sin que la
enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios,
indemnizaciones, desahucios, gratificaciones Legales, gastos de movilización, beneficios y,
en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus
trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
La SOP hará exigible al oferente adjudicado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de
la Ley N°19.886, y el artículo 183-C del Código del Trabajo, el certificado señalado en la letra
a) del numeral 14.3, de estas BA, para efectos de cursar los respectivos pagos. Ello, con el
propósito de hacer efectivo por parte de la SOP, su derecho a ser informada y el derecho de
retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del
Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones
laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no
significará en caso alguno que el oferente adjudicado, sus trabajadores o integrantes de su
equipo de trabajo, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno
de subordinación o dependencia de ellos con la SOP.
Para garantizar el cumplimiento y fiscalización de las normativas legales relativas a
enfermedades profesionales y a accidentes del trabajo, estas podrán ser auditadas por la
Unidad de Prevención de Riesgos de la SOP.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la SOP podrá solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios
u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los
demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las
bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes,
a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, debiendo sujetarse al Artículo
54 del D.S. Hda. Nº 661/2024. No se considerará un error formal, el error en el precio de la
oferta, salvo la situación señalada en el punto 3.1, letra c. de estas BA.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su
comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del
Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar
oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los
respectivos oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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