Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
A objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22, Nº9, del D.S. Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el proveedor adjudicado deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales expedido por la Dirección del Trabajo o cualquier otro documento idóneo, el cual será presentado posterior a la notificación de adjudicación de la licitación.
Asimismo, para efectos de acreditar si el adjudicatario registra o no saldos insolutos de remuneraciones con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, éste deberá acompañar, una vez notificada la adjudicación de la presente licitación, una declaración jurada en la cual se indique si registra o no tales saldos, según lo señalado en número 10 de las presentes bases.
En caso de que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años estos deberán ser cancelados antes de la emisión de OC.
El Servicio exigirá que el adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes, planillas u otros antecedentes idóneos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de lo anteriormente expuesto facultará a este Servicio a dar por terminado el respectivo contrato.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y no obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la falta o no presentación de la propuesta en su totalidad.
1.1. Falta u omisión de propuesta técnica y de los elementos que ésta debe contener.
Los oferentes que no presenten propuesta técnica, o bien, la presenten incompleta o con prescindencia de alguno de los anexos y/o documentos exigidos en el número 5 de las presentes bases, quedarán fuera de este proceso de licitación y por consiguiente sus propuestas no serán objeto de evaluación.
1.2. Falta u omisión de propuesta económica.
Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien, la presenten de manera incompleta o con prescindencia de alguno de los anexos y/o documentos exigidos en el número 6 de las presentes bases o sobrepasando el presupuesto disponible, quedarán fuera del presente proceso de licitación y por consiguiente sus propuestas no serán objeto de evaluación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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