Licitación ID: 1196-2-LE23
SERVICIOS DE ASEO Y ESTAFETA
Responsable de esta licitación: INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE, I.ND. REGION I
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASEO Y ESTAFETA EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, REGION DE TARAPACA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE ASEO Y ESTAFETA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO Y ESTAFETA EN OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES REGIONAL DE TARAPACÁ”, necesarios para las dependencias ubicadas en el 1°piso Solo Oficina de Partes, 4° y 5° piso del Edificio CER, incluyendo oficinas, baños, cocinas, salas de reuniones, hall, pasillos, bodegas entre otras, con los requerimientos mínimos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE
Unidad de compra:
I.ND. REGION I
R.U.T.:
61.107.000-4
Dirección:
AV. SANTIAGO POLANCO N°2201
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-02-2023 18:30:00
Fecha de Publicación: 02-02-2023 16:38:00
Fecha inicio de preguntas: 02-02-2023 19:38:00
Fecha final de preguntas: 04-02-2023 18:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-02-2023 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-02-2023 11:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-02-2023 11:00:00
Fecha de Adjudicación: 22-02-2023 9:44:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1
2.- BASES TECNICAS
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 4-ANEXO 5
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 30%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS OFERTAS (ETO) 30% CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJE PONDERACIÓN Especificaciones Técnicas 30% Se ajusta a lo indicado en especificaciones técnicas e incorpora materias extras (Inclusive puede aumentar las cantidades mínimas solicitadas o comprometer lo sugerido) Solo se ajusta a lo indicado en las especificaciones técnicas. No se ajusta a las especificaciones técnicas 100 pts. 80 Pts. 0 Pts. 30% ET= Puntaje obtenido *0,3 17 8.4 EVALUACIÓN CRITERIOS SUSTENTABLE 30%
3 Experiencia de los Oferentes Para la Evaluación de este criterio, se considerará los servicios de aseo de oficina prestados por el oferente durante el período que media entre los años 2017-2022, en una modalidad de Licitación Pública, y en base a la información proporcionada por el oferente 16 y los documentos de acreditación que se adjunten. Se aceptaran Órdenes de compra, facturas y certificados de mandantes. CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJE PONDERACIÓN Acredita 5 prestaciones Acredita 4 prestaciones Acredita 2 o 3 prestaciones Acredita 1 prestación No entrega información, ni acredita prestaciones 100 pts. 80 pts. 60 pts. 20 pts. 0 pts 10% E0= Puntaje Obtenido *0,1 10%
4 CRITERIOS SUSTENTABLES EVALUACIÓN CRITERIOS SUSTENTABLES (ECS) 20% CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJE PONDERACIÓN NIVEL DE REMUNERACIONES SOBRE EL SUELDO MÍNIMO 10% El monto del nivel de SUELDOS que será sometido a evaluación será aquel correspondiente solo al personal de aseo a desempeñarse en el IND, excluyéndose las remuneraciones de supervisores y/o directivos/gerentes/dueños. Durante el contrato, el monto ofertado será evaluado por el administrador del contrato, a objeto de que se mantengan las condiciones ofrecidas en su oferta, y en caso de incumplimiento, se procederá a la aplicación de multas conforme a lo establecido en estas bases. El sueldo mínimo considerado se expresará en montos brutos y SOLO CONSIDERARÁ EL SUELDO BASE, otros haberes imponibles no se considera para este ítem de evaluación $ 90.000.- y más sobre el sueldo mínimo $79.999.- a $70.000.- sobre el sueldo mínimo $69.999.- a $40.000.- sobre el sueldo mínimo Menos de $39.999.- sobre el sueldo mínimo NRSSM= Puntaje obtenido *0,1 100 pts. 20%
5 MEJORAS A LA OFERTA ECONOMICA En el criterio mejoras a la Oferta Económica se considerará al oferente que entregue a sus trabajadoras o trabajadores otros beneficios o prestaciones más allá de los exigidos en la presente licitación, tales como días administrativos con goce de sueldo en el año, afiliación a Cajas de Compensación, Convenios para Salas Cunas, beneficios sociales en general u otros que el proveedor esté dispuesto a proporcionar en beneficio de sus trabajadoras o trabajadores. Mejoras a la Oferta Económica Puntaje Ponderación Ofrece 5 o más mejoras a la oferta Ofrece más de 2 y menos de 5 Ofrece 2 o menos mejoras El Oferente NO hace mejoras a la oferta 100 pts. 50 pts. 10 pts. 0 pts. 10% EMOE = PUNTAJE OBJETENIDO *0,10 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 24.08.001 DIRECCION REGIONAL
Monto Total Estimado: 21832704
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIO FARIÑA
e-mail de responsable de pago: CLAUDIO.FARINA@IND.CL
Nombre de responsable de contrato: YADSSEELL MAMANI
e-mail de responsable de contrato: YADSSEELL.MAMANI@IND.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2512093-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
15. SUBCONTRATACIÓN SE PROHIBE LA SUBCONTRATACIÓN DEL SERVICIO POR PARTE DE LA EMPRESA, el adjudicatario no podrá subcontratar servicios.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto Nacional de Deportes de Chile, Rut. N° 61.107.000-4
Fecha de vencimiento: 29-04-2024
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá entregar al momento de su firma. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. (Art. 68 dto.250) La caución deberá extenderse a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, Rut. N° 61.107.000-4, por un monto equivalente al 5% del valor del total del contrato, y con una vigencia correspondiente al plazo de duración del contrato, aumentado en 60 días hábiles, en la que se deberá incorporar la siguiente, glosa: "Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato" 23 “CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASEO Y ESTAFETA DE CORRESPONDENCIA EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, REGIÓN DE TARAPACÁ ", y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de las y los trabajadores. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En los casos en que se otorgue de manera física, deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Dirección Regional del IND de Tarapacá, ubicadas en Avda. Santiago Polanco N° 2201, Comuna de Iquique, de 9:00 a 13:30 horas. En caso que la garantía entregada corresponda a un vale vista, se permite omitir la referida glosa, debiendo siempre incorporar el nombre el Instituto y el monto. La no renovación de la garantía, por al menos otros 60 días del plazo original, faltando 30 días para su vencimiento en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación, constituirá una falta grave por parte del adjudicatario, facultando al Instituto para hacerla efectiva. La garantía será devuelta al Adjudicatario, a su requerimiento, una vez que este haya cumplido íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el Administrador del Contrato. Una vez Certificado el cumplimiento íntegro del contrato, la unidad requirente informará a la unidad de finanzas para que esta libere la garantía y se proceda a su entrega al requirente. Posteriormente, la Unidad de Finanzas comunicará vía correo electrónico al requirente que la garantía del fiel cumplimiento del contrato se encuentra disponible para su retiro en las oficinas de la Dirección Regional del IND de Tarapacá, ubicadas en Avda. Santiago Polanco N° 2201, Comuna de lquique. Por el contrario, este documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin forma de juicio, en caso que el Adjudicatario no dé integro, cabal y oportuno cumplimiento a sus obligaciones contractuales. Conforme a lo establecido por el artículo 11 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, la referida garantía de fiel cumplimiento de contrato tendrá como función, además, asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del Adjudicatario.
Glosa: CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASEO Y ESTAFETA DE CORRESPONDENCIA EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, REGIÓN DE TARAPACÁ
Forma y oportunidad de restitución: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá entregar al momento de su firma. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. (Art. 68 dto.250) La caución deberá extenderse a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, Rut. N° 61.107.000-4, por un monto equivalente al 5% del valor del total del contrato, y con una vigencia correspondiente al plazo de duración del contrato, aumentado en 60 días hábiles, en la que se deberá incorporar la siguiente, glosa: "Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato" 23 “CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASEO Y ESTAFETA DE CORRESPONDENCIA EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, REGIÓN DE TARAPACÁ ", y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de las y los trabajadores. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En los casos en que se otorgue de manera física, deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Dirección Regional del IND de Tarapacá, ubicadas en Avda. Santiago Polanco N° 2201, Comuna de Iquique, de 9:00 a 13:30 horas. En caso que la garantía entregada corresponda a un vale vista, se permite omitir la referida glosa, debiendo siempre incorporar el nombre el Instituto y el monto. La no renovación de la garantía, por al menos otros 60 días del plazo original, faltando 30 días para su vencimiento en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación, constituirá una falta grave por parte del adjudicatario, facultando al Instituto para hacerla efectiva. La garantía será devuelta al Adjudicatario, a su requerimiento, una vez que este haya cumplido íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el Administrador del Contrato. Una vez Certificado el cumplimiento íntegro del contrato, la unidad requirente informará a la unidad de finanzas para que esta libere la garantía y se proceda a su entrega al requirente. Posteriormente, la Unidad de Finanzas comunicará vía correo electrónico al requirente que la garantía del fiel cumplimiento del contrato se encuentra disponible para su retiro en las oficinas de la Dirección Regional del IND de Tarapacá, ubicadas en Avda. Santiago Polanco N° 2201, Comuna de lquique. Por el contrario, este documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin forma de juicio, en caso que el Adjudicatario no dé integro, cabal y oportuno cumplimiento a sus obligaciones contractuales. Conforme a lo establecido por el artículo 11 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, la referida garantía de fiel cumplimiento de contrato tendrá como función, además, asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del Adjudicatario.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Aclaraciones y/o modificaciones de oficio a las Bases
El IND podrá modificar, complementar o aclarar las bases de licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 48 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión del plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas en cumplimiento de los principios de libre concurrencia de oferentes, igualdad, transparencia y probidad
VISITAS A TERRENO OPCIONAL
Recepción de consultas y solicitudes de aclaración. Los oferentes podrán hacer las consultas y solicitudes de aclaración que estimen procedente en la oportunidad definida en el cronograma definido previamente y publicado en el portal, los interesados podrán realizar las consultas que estimen necesarias, relativas al proceso de licitación, solo a través de www.mercadopublico.cl 4.2 Respuestas La totalidad de las consultas y solicitudes de aclaración que formulen los oferentes serán respondidas o evacuadas en el plazo indicado en el cronograma de las presentes Bases 10 Administrativas, si el Instituto lo estima conveniente, emitirá antecedentes anexos a las Bases, a través de documentos aclaratorios y/o complementarios a través del mismo portal www.mercadopublico.cl quedando a disposición de todos los interesados. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las Bases Administrativas y Bases Técnicas y, en su caso, del contrato resultante del proceso licitatorio.
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Contenido de las Ofertas Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del portal www.mercadopublico.cl en formato electrónico o digital dentro del plazo de recepción de las mismas establecido en el cronograma de la presente licitación. Cada oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su calificación. Así, cada oferta deberá estar conformada por: a) Antecedentes Administrativos de los Oferentes, Deberán incorporarse en la Plataforma electrónica de Licitaciones del Sistema de Compras y Contratación Pública (Chilecompra, www.mercadopublico.cl). Lo anterior, de conformidad con lo prescrito por el artículo 30 del Reglamento de la Ley N°19.886 ANEXO N°1. Completar los campos que correspondan si es Persona Natural, jurídica o Unión Temporal de Proveedores, además adjuntar:  Cédula de Identidad del representante legal  Fotocopia de la personería otorgada al Representante legal de la empresa. (Escritura de constitución donde señale el nombre del representante legal)o cualquier otro documento legal que acredite la personería.  E-RUT emitido por el Servicio de Impuestos Internos  Formulario de Iniciación de Actividades o ampliación de giro, donde conste que cuenta con la actividad económica que se requiere para esta licitación  Certificado de Antecedentes de Obligaciones Laborales y Previsionales F30-1 emitido por la Dirección del Trabajo de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 4° de la Ley N°19.866.  Certificado de Deuda Tributaria emitido por Tesorería General de la República. Sin perjuicio de lo anterior, el Instituto, con la finalidad de resguardar fielmente el cumplimiento de la referida normativa, verificará en las respectivas entidades del Estado de los Proveedores participantes en los últimos dos años. ANEXO N°2 Declaración Jurada Simple, declara no estar sujeto a inhabilidades, en caso de la Unión Temporal, cada representante deberá llenar individualmente dicho documento. 11 b) La oferta económica: que corresponde al precio total a suma alzada (IVA INCLUIDO) de los servicios ofertados Mensualmente, en ANEXO N°3. c) Experiencia del Oferente: corresponde a los Servicios prestados a Instituciones Públicas acreditados a través de Órdenes de Compras o Facturas por un periodo igual o superior a 6 meses. No existe un anexo para este ítem, sin embargo, no presentar alguno de estos documentos, significará que no obtendrá puntaje en la evaluación. d) La Oferta Técnica: corresponde a la descripción de los servicios de aseo y estafeta y de los materiales solicitados y ofertados ANEXO 4. e) Criterios sustentables: en concordancia con la DIRECTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA N° 17 de la Dirección de Chilecompras, cuyo objetivo es otorgar puntaje a aquellas empresas que promuevan mejores prácticas laborales, como salarios dignos e incentivos a los trabajadores u otros similares. ANEXO 5. f) Mejoras a la Oferta. Incluye aquellos materiales, beneficios a los trabajadores/as no descritos que otorga voluntariamente el oferente. ANEXO 6. El IND podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. El IND podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Unión temporal de Proveedores: En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión Temporal de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadpublico.cl , deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de Tarapacá del Instituto Nacional del Deporte, ubicada en Avenida Santiago Polanco N°2201, Iquique, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso. Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado -como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro del plazo de 5 días hábiles- con la inscripción vigente en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la licitación. Este requisito es obligatorio solo para el proveedor adjudicado. En la etapa de postulación no se evaluará este antecedente. Los Oferentes inhábiles en www.chileproveedores.cl, En el evento que el oferente adjudicado no se encuentre hábil en el portal de Chileproveedores, tendrá un plazo de 5 días hábiles para regularizar su habilidad, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la licitación. 12 De no darse cumplimiento dentro del término indicado el IND se reserva el derecho de readjudicar la licitación al segundo proveedor mejor evaluado y así sucesivamente, o declarar desierta la licitación según corresponda. Los participantes deberán incorporar los “Antecedentes Administrativos” de su propuesta, hasta el horario indicado en el portal, del día definido para el cierre. Lo anterior en la plataforma de licitaciones de Chilecompras, www.mercadopublico.cl. Si faltara un documento se comunicará al oferente y se otorgará un plazo de 24 horas para enviarlo vía portal de Chilecompras www.mercadopublico.cl 5.1.2 Oferta o Propuesta Técnica Este documento deberá presentarse electrónica y oportunamente según el cronograma, de acuerdo a las normas y políticas de uso del sitio, solo a través de la plataforma www.mercadopublico.cl de conformidad con lo establecido en estas bases y un resumen de su propuesta. La propuesta técnica deberá contener, como mínimo, las prestaciones que satisfagan los requerimientos exigidos en las Bases Técnicas. En tal sentido, los oferentes son libres de hacer proposiciones que superen los requerimientos estipulados por el Instituto, pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detallando las características de los bienes o servicios ofertados, en todos los aspectos esenciales. En todo caso, las propuestas técnicas deberán cumplir con los requisitos que se expresan en las bases técnicas y específicamente incorporar los siguientes antecedentes: a) Experiencia: Acreditar con documentación de respaldo como Ordenes de Compras, Facturas de servicios prestado por un periodo igual o superior a 6 meses. b) Descripción de los Servicios de Aseo y Estafeta que realizará y de los materiales identificando claramente las cantidades a ocupar. Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en la Plataforma de Licitaciones de Chilecompra, www.mercadopublico.cl (deseable formato PDF o, en su defecto, Word o Excel). La Plataforma de Licitaciones de Chilecompra, www.mercadopublico.cl alcanza un máximo de 20 MB, si los archivos del oferente supera este máximo, tendrá que ingresar su oferta dividida en tantos documentos como sea necesario y como el sistema lo permita, debiendo numerarlos correlativamente. La omisión de cualquiera de los requisitos precedentes, constituirá causal de eliminación del proponente respectivo. 5.1.3 Oferta Económica Este presupuesto deberá presentarse electrónicamente www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el cronograma, expresarse en pesos chilenos, incluidos los impuestos que correspondan, sin incluir reajuste alguno; deberá presentar valores mensuales; Valor Neto, IVA Débito Fiscal y Valor Bruto o Total, de conformidad con lo establecido en las bases. Las Ofertas Económicas mantendrán su vigencia por un plazo de noventa días corridos, contados desde la fecha de entrega de la respectiva propuesta. 13 Para el cálculo de su oferta económica presentada, será responsabilidad del oferente determinar el recurso humano, para la correcta y completa ejecución de la presente licitación en las condiciones establecidas en las bases. Todos los oferentes deberán adjuntar el ANEXO N°3 Propuestas Económicas. 5.2.1 Costo de formulación de las ofertas Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno
APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura se efectuará en la oportunidad indicada en el Cronograma de las presentes bases de licitación, en presencia de un funcionario del IND, con responsabilidad administrativa, quien actuará como Secretario de Actas o Ministro de Fe, designándose al Encargado de Compras o quien lo subrogue. Seguidamente, el Ministro de Fe procederá a abrir las ofertas de los proponentes, sin apreciar su mérito, pues ello compete, en su oportunidad, a la Comisión Evaluadora. Tras dicha apertura y revisión, el Ministro de Fe procederá a levantar un acta de lo obrado, en la que consignará todo otro hecho pertinente que se le solicite por alguno de los oferentes participantes y/o por los funcionarios que asistan. Los proponentes podrán efectuar las observaciones dentro del plazo de 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, a través del portal www.mercadopublico.cl
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas se efectuará en el día señalado en el portal. La evaluación de las propuestas estará a cargo de la Comisión Evaluadora de la presente licitación. 7.1. La Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora será reconocida por un Acto Administrativo previo a la Apertura de las Ofertas, estará conformada por profesionales que tengan su Acreditación vigente en Chilecompras. Una vez conocido el nombre de los oferentes que participan en la licitación, firmarán una Declaración de no tener Conflicto de Interés, para poder participar en la evaluación. Esta comisión estará integrada por los siguientes funcionarios: CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA Funcionario/a de Administración y Finanzas o a quien se designe en su reemplazo. Funcionario/a de Administración y Finanzas o a quien se designe en su reemplazo. Encargada de Servicios o a quien se designe en su reemplazo. 14 La Comisión será presidida por el funcionario de mayor jerarquía y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl 7.2 Funciones de la Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora evaluará las Propuestas y sus antecedentes y elaborará un informe comparativo-evaluativo, considerando en su análisis la totalidad de los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter técnico, legal, económico, financiero y otros. La Comisión analizará las ofertas recibidas y procederá a calificar los factores administrativos, técnicos, económicos, criterios sustentables y mejoras a la oferta, establecidos en las presentes bases, con puntajes de 1 a 100. a) Verificación de Antecedentes y Corrección de Errores u Omisiones: La Comisión Evaluadora resolverá si la oferta técnica presentada por cada proponente se ajusta a los requisitos y especificaciones señalados en las presentes Bases, pudiendo en caso que ello no ocurra, solicitar su correspondiente inadmisibilidad. Sin perjuicio de lo anterior, como medida para mejor resolver, podrá requerir a través del portal www.mercadopublico.cl a los oferentes, que aclaren antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, de conformidad a lo establecido en el N°11.3 de las presentes Bases. b) Declaración de Inadmisibilidad: Propondrá la inadmisibilidad de las ofertas incompletas o que no se ajusten a los requerimientos de las Bases. Dichas ofertas serán descartadas de plano, no avanzando, por ende, a la etapa de evaluación técnica y económica. c) Evaluación Técnica y Económica: Evaluará las ofertas técnicas y económicas presentadas y establecerá un ranking entre ellas, de mayor a menor, de acuerdo a los criterios de evaluación que se señalan en el N° 12 y siguientes de las presentes Bases. 7.3 Consultas Aclaratorias a Oferentes. Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. 7.4 Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. Una vez realizada la Apertura Electrónica de las Ofertas, durante el período de evaluación, la Comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les 15 confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, el Instituto informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal de www.mercadopublico.cl. En caso de que el Instituto solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del Portal de www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de las Ofertas” o “Foro Inverso”, para realizar las consultas o solicitar información a los oferentes. En caso de que exista algún error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del foro inverso. El plazo fatal que tendrán los oferentes para salvar los errores y omisiones y para presentar certificaciones o antecedentes, será de 24 horas corridas, contados desde el requerimiento del Instituto a través de la plataforma. El cumplimiento de lo indicado precedentemente, será integrado a la evaluación según el criterio denominado “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la Oferta”. En el caso de no presentar los antecedentes en este plazo extraordinario ameritará la exclusión inmediata de la oferta del proceso licitatorio.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El proceso de evaluación tendrá carácter confidencial, durante su realización. Los factores a evaluar tendrán la ponderación que se detalla en la siguiente tabla, por lo que el puntaje total obtenido por cada oferente corresponderá a la suma de las ponderaciones de los criterios evaluados. CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJES PONDERACIÓN (%) Oferta Económica 0 – 100 30 Experiencia 0 - 100 10 Oferta Técnica 0 – 100 30 Criterios Sustentables 0 – 100 20 Mejoras a la Oferta Económica 0 – 100 10 8. Criterios a Evaluar 8.1 Evaluación Oferta Económica (EOE), 30%: La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la siguiente fórmula: Puntaje = Oferta económica más baja x 100 Oferta económica en evaluación EOE=Puntaje Obtenido * 0.30 8.2 Experiencia del Oferente 10% Para la Evaluación de este criterio, se considerará los servicios de aseo de oficina prestados por el oferente durante el período que media entre los años 2017-2022, en una modalidad de Licitación Pública, y en base a la información proporcionada por el oferente 16 y los documentos de acreditación que se adjunten. Se aceptaran Órdenes de compra, facturas y certificados de mandantes. CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJE PONDERACIÓN Acredita 5 prestaciones Acredita 4 prestaciones Acredita 2 o 3 prestaciones Acredita 1 prestación No entrega información, ni acredita prestaciones 100 pts. 80 pts. 60 pts. 20 pts. 0 pts 10% E0= Puntaje Obtenido *0,1 8.3 Criterios de Evaluación de la Oferta Técnica. Ponderación de la Oferta Técnica 30% Los oferentes que no ingresen su propuesta a la Plataforma de Licitaciones de Chilecompra, www.mercadopublico.cl, serán excluidos de la evaluación y del proceso de licitación, independiente de si cumplen con los demás procesos y requisitos. La tabla de ponderación establecida y el sistema de puntos que asignará la Comisión Evaluadora para este criterio es: EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS OFERTAS (ETO) 30% CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJE PONDERACIÓN Especificaciones Técnicas 30% Se ajusta a lo indicado en especificaciones técnicas e incorpora materias extras (Inclusive puede aumentar las cantidades mínimas solicitadas o comprometer lo sugerido) Solo se ajusta a lo indicado en las especificaciones técnicas. No se ajusta a las especificaciones técnicas 100 pts. 80 Pts. 0 Pts. 30% ET= Puntaje obtenido *0,3 17 8.4 EVALUACIÓN CRITERIOS SUSTENTABLES, Condiciones De Empleo Y Remuneración (ECS) 20% EVALUACIÓN CRITERIOS SUSTENTABLES (ECS) 20% CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJE PONDERACIÓN NIVEL DE REMUNERACIONES SOBRE EL SUELDO MÍNIMO 10% El monto del nivel de SUELDOS que será sometido a evaluación será aquel correspondiente solo al personal de aseo a desempeñarse en el IND, excluyéndose las remuneraciones de supervisores y/o directivos/gerentes/dueños. Durante el contrato, el monto ofertado será evaluado por el administrador del contrato, a objeto de que se mantengan las condiciones ofrecidas en su oferta, y en caso de incumplimiento, se procederá a la aplicación de multas conforme a lo establecido en estas bases. El sueldo mínimo considerado se expresará en montos brutos y SOLO CONSIDERARÁ EL SUELDO BASE, otros haberes imponibles no se considera para este ítem de evaluación $ 90.000.- y más sobre el sueldo mínimo $79.999.- a $70.000.- sobre el sueldo mínimo $69.999.- a $40.000.- sobre el sueldo mínimo Menos de $39.999.- sobre el sueldo mínimo NRSSM= Puntaje obtenido *0,1 100 pts. 60 pts. 40 pts. 0 pts. 10% EVALUACIÓN BONO MENSUAL DE COLACIÓN Y MOVILIZACIÓN 5% El pago de cada uno de estos bonos se verificará durante el transcurso de la presente contratación, pudiendo el Instituto aplicar multas en caso de incumplimiento sobreviniente del proveedor adjudicado que hubiese indicado que los otorga en su oferta. $60.000.- y más 100 pts. 40 pts. 10 pts. 0 pts. 5% 18 $59.999.- a $40.000.- $39.999.- a $20.000.- $19.999.- a $0.- EBMCM= Puntaje obtenido *0,05 EVALUACIÓN AGUINALDO DE FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD 5% El pago de cada uno de estos bonos se verificará durante el transcurso de la presente contratación, pudiendo el Instituto aplicar multas en caso de incumplimiento sobreviniente del proveedor adjudicado que hubiese indicado que los otorga en su oferta. Pago de Bono Fiestas Patrias, Fiestas Navideñas u otros bonos. No menciona otros bonos EAFPN= Puntaje obtenido *0,05 100 pts. 0 Pts. 5% ECS = NRSSM + EBMCM + EAFPN 8.5 Evaluación de Mejoras a la Oferta Económica (EMOE), 10%: En el criterio mejoras a la Oferta Económica se considerará al oferente que entregue a sus trabajadoras o trabajadores otros beneficios o prestaciones más allá de los exigidos en la presente licitación, tales como días administrativos con goce de sueldo en el año, afiliación a Cajas de Compensación, Convenios para Salas Cunas, beneficios sociales en general u otros que el proveedor esté dispuesto a proporcionar en beneficio de sus trabajadoras o trabajadores. Mejoras a la Oferta Económica Puntaje Ponderación Ofrece 5 o más mejoras a la oferta Ofrece más de 2 y menos de 5 Ofrece 2 o menos mejoras El Oferente NO hace mejoras a la oferta 100 pts. 50 pts. 10 pts. 0 pts. 10% EMOE = PUNTAJE OBJETENIDO *0,10 8.5 Evaluación General de las Propuestas. Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de los puntajes de los criterios evaluados multiplicados por su respectiva ponderación. Esto mediante la siguiente fórmula: 19 Pje. Final=EOE*0,30+EO*0,10+ETO*0,30+ECS*0,20+EMOE*0,10 La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases y en las Especificaciones Técnicas, en consideración al interés público comprometido, procediendo a emitir un Informe de Adjudicación, que recomendará la adjudicación de la Oferta más conveniente para los intereses de la Institución, sobre la base del puntaje obtenido de evaluación de ofertas. Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de todos los puntajes ponderados. A partir del puntaje final, se confeccionará un cuadro comparativo que establecerá el orden de prelación entre los oferentes, de acuerdo al porcentaje obtenido. 8.6 Mecanismo de solución en caso de empate. En caso de que se produzca un empate al momento de realizar la evaluación, el orden de las variables a considerar para el desempate será el siguiente: I. El mayor puntaje en la evaluación en la Oferta Económica. II. El mayor puntaje obtenido en la evaluación de la Oferta Técnica. III. El mayor puntaje obtenido en el subfactor experiencia. IV. El mayor puntaje obtenido en el subfactor nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo. Si persiste la igualdad, se adjudicará al oferente que primero haya ingresado su oferta completa en el Portal, según dé cuenta el Comprobante de Ingreso de Oferta correspondiente
DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO
Adjudicación. La Adjudicación se hará por Resolución fundada de la Dirección Regional de Tarapacá del Instituto Nacional de Deportes de Chile, sobre la base del acta de evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora. “El Instituto” adjudicará la licitación a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, y aunque ella no sea la de menor valor. El oferente cuya propuesta u oferta ha sido seleccionada de este modo será, entonces, denominado Adjudicatario. En caso de no adjudicarse o no resolverse la inadmisibilidad de las ofertas o la deserción del proceso en el plazo señalado en el cronograma establecido en el portal, el Instituto fijará un nuevo plazo de días hábiles para dictar el acto administrativo respectivo, el cual, se informará a través de www.mercadopublico.cl junto a las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo original. En el evento que el/la adjudicatario/a no se encuentre inscrito/a en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado "Chileproveedores", deberá 20 hacerlo dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la licitación. 9.2. Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta. El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación de la licitación, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente. Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes. 9.3. Comunicación de resultados de la licitación. Se comunicará el resultado de la Propuesta a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la correspondiente Resolución. 9.4. Consultas respecto de la adjudicación. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario/a de contacto señalado por el Instituto en las presentes Bases Administrativas. Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. 9.5. De la Orden de Compra. Una vez efectuada la evaluación por parte del IND, se dictará la Resolución de Adjudicación, a continuación se elaborará el contrato y, posteriormente se emitirá la orden de compra nominativa al oferente seleccionado, a través del portal. La orden contendrá los bienes y/o servicios adjudicados, la descripción técnica general. La orden de compra debe ser aceptada a través del portal por el oferente seleccionado en un plazo máximo de 4 días corridos desde su emisión, independiente de la firma del Contrato. La orden de compra NO puede ser cedida a terceros en forma alguna. El Instituto se reserva el derecho de anular la orden de compra emitida, por incumplimientos del proveedor. En el caso de las personas naturales y jurídicas, deberán adjuntar declaración jurada simple de no estar afecto a la prohibición contemplada en el artículo 10 de la Ley N° 20.393, esto es, no haber sido condenada, temporal o perpetuamente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho. Anexo N° 2. 21 9.6. Re adjudicación. El Instituto Nacional de Deportes podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: 1. Si el adjudicatario desiste de su oferta. 2. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado, en los términos del artículo 4 de la ley 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. 3. Si el adjudicatario no cumple la obligación de inscribirse en el portal de Chileproveedores dentro del plazo establecido en las presentes bases o no se encuentra en estado hábil en el portal Chileproveedores, sin que regularice el referido estado en 5 días hábiles, contados desde la fecha de la adjudicación. 4. Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo otorgado o bien no presenta la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases 5. No acepta la Orden de Compra dentro de 4 días hábiles siguientes a su emisión. 6. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4, inciso 6°, ésta deberá informar por escrito, dentro del plazo de 2 días hábiles, si desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada.
DE LA SUSCRIPCIÓN, VIGENCIA, DURACIÓN Y GARANTÍA DEL CONTRATO
Elaboración del contrato Notificada la adjudicación, el Instituto procederá a redactar el contrato en conformidad al contenido de estas Bases, a las consultas y respuestas, a los documentos aclaratorios intercambiados por las partes, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la legislación vigente, todo lo cual se entiende, desde ya, como parte integrante del texto contractual. 10.2 Ofrecimiento a la firma y plazo Elaborado el contrato, el Instituto lo ofrecerá a la firma del Adjudicatario otorgándole un plazo de 10 días corridos para suscribirlo, contando desde la fecha en que se le notifique, vía correo electrónico, que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto. Será responsabilidad del Adjudicatario que su dirección de correo electrónico consignará en el Portal sea correcta y esté habilitada para todos los efectos de estas bases. En la misma oportunidad y por el mismo medio, el Instituto podrá requerir todos o alguno(s) de los antecedentes que se dieron como acreditados para la postulación, esta vez en originales o en copias autorizadas ante Notario, los cuales deberán ser entregados en sus dependencias, ubicadas en Avda. Santiago Polanco N°2201, Comuna de lquique, dentro del mismo plazo de suscripción señalado. 22 Entonces, se procederá a la suscripción del contrato, conjuntamente con la entrega por parte del Adjudicatario de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si el adjudicatario no firma por cualquier razón el contrato o no da cumplimiento a los trámites previos a la firma de éste, el Instituto estará facultado para resolver que se adjudica la licitación al siguiente proponente mejor evaluado o, a declarar desierto el proceso. 10.3 Vigencia y duración del contrato El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo apruebe, y tendrá una duración de 12 meses. El contrato podrá ser renovado por mutuo acuerdo de las partes, por 12 meses, ateniéndose a la disponibilidad presupuestaria del año correspondiente dada por el Departamento de Administración y Finanzas. Para renovar el contrato se evaluará el cumplimiento de éste por parte del oferente en lo referido a Calidad de los Servicios (cumplimiento cabal y oportuno de las obligaciones del contratista), como oportunidad en la prestación de los mismos. Además la renovación estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria de la Dirección Regional del IND, del año correspondiente y se fundamenta en la Naturaleza de los Servicios prestados, lo que implican que el servicio es necesario para el funcionamiento interno del Instituto, y que el Proveedor adjudicado, en el transcurso del Convenio, tendrá un conocimiento de la real importancia de las tareas encomendadas y del sistema de trabajo. En caso de término de contrato el IND, con la antelación suficiente, procederá a licitar nuevamente este convenio. Con todo, por causas no imputables, si el proceso se extendiese más allá de los tiempos previstos, podrá prorrogar este convenio sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo contrato. Lo anterior, siempre que el monto estimado del contrato a prorrogar no supere las 1.000 UTM. En caso de verificarse la renovación o la prórroga del presente contrato, será requisito indispensable la entrega previa de la correspondiente boleta de fiel cumplimiento del contrato, que cubra la totalidad de la prórroga o renovación, más 60 días contados desde el inicio de una u otra. 10.4 Garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá entregar al momento de su firma. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. (Art. 68 dto.250) La caución deberá extenderse a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, Rut. N° 61.107.000-4, por un monto equivalente al 5% del valor del total del contrato, y con una vigencia correspondiente al plazo de duración del contrato, aumentado en 60 días hábiles, en la que se deberá incorporar la siguiente, glosa: "Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato" 23 “CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASEO Y ESTAFETA DE CORRESPONDENCIA EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, REGIÓN DE TARAPACÁ ", y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de las y los trabajadores. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En los casos en que se otorgue de manera física, deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Dirección Regional del IND de Tarapacá, ubicadas en Avda. Santiago Polanco N° 2201, Comuna de Iquique, de 9:00 a 13:30 horas. En caso que la garantía entregada corresponda a un vale vista, se permite omitir la referida glosa, debiendo siempre incorporar el nombre el Instituto y el monto. La no renovación de la garantía, por al menos otros 60 días del plazo original, faltando 30 días para su vencimiento en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación, constituirá una falta grave por parte del adjudicatario, facultando al Instituto para hacerla efectiva. La garantía será devuelta al Adjudicatario, a su requerimiento, una vez que este haya cumplido íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el Administrador del Contrato. Una vez Certificado el cumplimiento íntegro del contrato, la unidad requirente informará a la unidad de finanzas para que esta libere la garantía y se proceda a su entrega al requirente. Posteriormente, la Unidad de Finanzas comunicará vía correo electrónico al requirente que la garantía del fiel cumplimiento del contrato se encuentra disponible para su retiro en las oficinas de la Dirección Regional del IND de Tarapacá, ubicadas en Avda. Santiago Polanco N° 2201, Comuna de lquique. Por el contrario, este documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin forma de juicio, en caso que el Adjudicatario no dé integro, cabal y oportuno cumplimiento a sus obligaciones contractuales. Conforme a lo establecido por el artículo 11 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, la referida garantía de fiel cumplimiento de contrato tendrá como función, además, asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del Adjudicatario. 10.5 ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS El IND, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada para la prestación de servicios, podrá aumentarlos hasta en un 30% o disminuirlos hasta en un 10%. Dicha adaptabilidad del contrato en todos los casos, se entenderá como una modificación del mismo por mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto del contrato, siendo esta 24 consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el precio contractual, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá cuando el administrador contractual emita un informe que recomiende la utilización de esta facultad, la cual será aprobada mediante Resolución Exenta fundada.
EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Administración y Fiscalización de su Cumplimiento Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto designará a un/a "Administrador/a del Contrato", el que tendrá al efecto las siguientes responsabilidades: a) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato. b) Velar por la vigencia y/o renovación de la garantía de fiel cumplimiento contractual. c) Mantener actualizado el archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. d) Determinar la procedencia de aplicación de multas y sanciones por incumplimiento o infracciones al contrato. e) Evaluar la continuidad del servicio, al menos con tres meses de anticipación al término del contrato. f) En general, desarrollar todas las acciones de control y gestión que faciliten la ejecución del contrato. Toda comunicación entre el adjudicatario y el Instituto o personal bajo la responsabilidad de éste, se canalizará a través del Administrador del Contrato. 11.2 Causales de Término Anticipado del Contrato. Podrán ser causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las siguientes: a) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la ejecución del contrato en términos y condiciones diversas a aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Si las multas superan al 20% del valor total contratado. f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato. 25 g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder. En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND pondrá término anticipado al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común. 11.3 Procedimiento general para la aplicación del término anticipado del contrato. Si el Instituto considerare que existe mérito suficiente para la resolución administrativa del contrato por cualquier incumplimiento grave de parte del adjudicatario, respecto de las obligaciones contraídas en él, le pondrá término anticipado a éste, efectuando la correspondiente liquidación y pagando al adjudicatario el trabajo realmente ejecutado hasta el momento de la resolución del contrato. El IND comunicará por escrito su decisión al Adjudicatario, remitiéndole la respectiva liquidación, para su conocimiento. El dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular sus descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido, sin que éstos se hubiesen formulado, la Dirección Regional resolverá sobre el particular, mediante resolución o resoluciones fundadas, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al adjudicatario.
PAGO
Modalidad de pago y Facturación. El pago se efectuará en 12 cuotas iguales y de carácter mensual, en pesos chilenos, dentro de 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura respectiva. En todo caso el pago solo se cursará contra entrega de la totalidad de los servicios prestados y, previa recepción conforme de la unidad requirente del servicio. 12.2. La factura respectiva deberá ser extendida de la siguiente forma: - Nombre: Instituto Nacional de Deportes de Chile. - R.U.T N°: 61.107.000-4. - Domicilio: Avda. Santiago Polanco N° 2201 - Ciudad: Iquique. - Giro: Actividades de la Administración Pública. Además, el adjudicatario deberá presentar la factura acompañada junto a la siguiente documentación: a) Contrato de Trabajo, no se admiten contrataciones por obra o faena y además, fotocopia de cédula de Identidad vigente del o de la trabajadora, cada vez que cambie personal de la instalación o llegue un reemplazante. b) Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del mes anterior (F30-1 de la Inspección del Trabajo) c) Planilla o certificado de pago de cotizaciones previsionales del mes anterior. 26 d) Copia de las liquidaciones de sueldo firmada por cada trabajador/a y comprobante de transferencia electrónica a la cuenta de la trabajador/a. e) Finiquito en los casos que corresponda f) Registro en Chileproveedores (habilidades) g) Breve informe o resumen mensual de los servicios prestados identificando a sus trabajadoras/es permanentes y/o reemplazos. En el evento que la empresa contratada no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886. Una vez entregado el servicio, el proveedor debe cumplir con lo siguiente: 1° Primero debe aceptar la Orden de Compra y facturar después que la institución genere la RECEPCIÓN CONFORME. 2° Debe enviar el archivo Xml a la casilla de intercambio: indrecepcion@custodium.com" c) El DTE emitido por el proveedor, debe incluir correctamente el ID de la orden de compra, no incluyendo abreviaturas ni espacios en el ID asignado. Obligatoriamente debe completar el campo 801 (orden de compra) con el número de la OC emitida por nuestra institución. 12.3. PAGOS ANTICIPADOS No se contempla pagos anticipados. En caso de renovarse los servicios contratados, los precios de acuerdo a los valores señalados en el Anexo N° 2, serán reajustados cada 12 meses, contados desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato. El reajuste porcentual anual corresponderá al IPC de los últimos 12 meses.
MULTAS Y SANCIONES
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte el adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto. Verificada la infracción por el Administrador del Contrato, notificará por escrito al Adjudicatario, informando que se ha incurrido en una infracción, con indicación de la multa o sanción a aplicar Amonestación: Es una medida que se aplica por incumplimientos leves a las obligaciones dispuestas en las bases de Convenio Marco o en la ejecución de un contrato. Multa: La multa procederá por cada incumplimiento o infracción contractual que se produzca, y será aplicada administrativamente mediante la aplicación de una multa, que será descontada de la factura correspondiente, de acuerdo a la siguiente tabla: 27 El adjudicatario será sancionado, conforme a la siguiente tabla: INFRACCIÓN MULTA DETALLE  Daños, perjuicios o deterioros en los bienes muebles o inmuebles del IND y pérdidas o hurtos de bienes del Instituto o de sus funcionarios, todos los cuales hayan sido ocasionados por su personal.  Incumplimiento de la normativa laboral, previsional y contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. 2 UTM Corresponde a los costos asociados a los daños producidos por el personal de la empresa adjudicada a los bienes del IND. Multa por cada persona a la que no se le paguen sus cotizaciones previsionales y de seguridad social en el mes correspondiente.  Inasistencia sin reemplazo de algún trabajador. 1 UTM Multa por cada persona ausente en el turno y por cada día de ausencia, si se cuenta con reemplazo dentro de los 45 minutos de informada la ausencia al adjudicatario, se dejará sin efecto esta multa  Incumplimiento o atraso en la prestación de servicios de aseo constados desde la aceptación de la Orden de Compra.  Incumplimiento de las órdenes emanadas por la contraparte técnica de IND.  Incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecidas en las bases técnicas.  No cambiar al o los trabajadores, a solicitud de la contraparte técnica del Instituto dentro de 24 horas, contadas desde la solicitud.  Cambio de personal sin aviso previo  No utilización de los elementos de protección personal dispuestos para los/a trabajadores/as. 0,5 UTM Incluye diversos incumplimientos que debe prevenir el Proveedor para prestar servicios en las condiciones acordadas en las bases o en el contrato 13. Procedimiento de aplicación de multas. 1.- El IND, con el mérito de los antecedentes aportados por la contraparte técnica del Servicio, notificará al proveedor, mediante carta certificada remitida a su domicilio, informándole de los incumplimientos, verificados como un hecho constitutivo de multa de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y/o en las Bases Técnicas, del hecho de 28 que se podrá aplicar multa por ello, el monto de la multa a aplicar según la tabla antes definida y le señalará que dispone de un plazo de tres días hábiles para que éste efectué sus descargos respectivos adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o transcurrido el plazo de tres días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, deberá formalizarse la medida a aplicar por la contraparte técnica, al departamento de Administración y Finanzas, solicitando la aplicación de la multa en caso que ello sea procedente, mediante resolución fundada, dentro de una plazo de 5 días hábiles. El acto administrativo indicado se publicará oportunamente en el sistema de información. La medida deberá ser notificada al proveedor por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato o en mercado público. La notificación practicada mediante carta certificada, se entenderá ejercida a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. Una vez aplicada la multa al proveedor, se harán efectivas a través de descuentos en los pagos del mes siguiente. El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada. Asimismo, podrá interponer el recurso jerárquico subsidiariamente con el de reposición, debiendo en este caso elevarse los antecedentes al Director/a Nacional del IND para que conozca del recurso o deducirlo directamente dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación del rechazo total o parcial del recurso de reposición. La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos referidos tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. No se aplicaran las multas si se trata de caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica y alegados dentro de los 5 primeros días hábiles de ocurrido el hecho que impida al contratista cumplir con sus obligaciones. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil. La aplicación de multas no podrá superar al 20% del valor total contratado
OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
En el evento que la empresa contratada no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886. El IND no tendrá vínculo jurídico ni laboral alguno con el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio. En consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes 29 del trabajo y enfermedades profesionales, Seguro de Responsabilidad Civil, Seguro de Vida, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario. El Instituto, en forma previa a la aprobación de los estados de pago, exigirá la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, pudiendo además, solicitarlo en cualquier momento durante la vigencia del contrato o convenio, quedando facultado en caso de detectarse incumplimientos, para actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los subsidiariamente obligados. La no exhibición de los documentos a que se refiere el inciso anterior, autorizará al Instituto, para retener, las cantidades adeudadas por concepto de remuneraciones e imposiciones previsionales o las que estime necesarias para cubrir dichas deudas.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 30 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o lo contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga a aceptar asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas la medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsables de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
REQUISITOS DE CONFIDENCIALIDAD
Las Partes reconocen y aceptan que la confidencialidad es fundamental dentro del marco del presente contrato y por ende vienen a elevarla a la calidad de esencial. En virtud de lo anterior, el prestador de servicios tendrá la obligación de guardar secreto total y de no divulgar, salvo expresa autorización del IND, toda información, datos, sistemas, especificaciones técnicas, métodos, programas y en general cualquier aspecto relacionado con la información y tecnologías a la que tenga acceso por razón de su desempeño en el IND. Asimismo, el prestador de servicios se obliga a no utilizarlos en beneficio propio o de terceras personas. La infracción a las obligaciones de guardar secreto y de no divulgación significa un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, lo que podrá dar lugar a la decisión del Instituto de poner término al contrato, sin perjuicio del ejercicio de las acciones civiles o penales que pudieran corresponder.
RESPONSABILIDAD CIVIL. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
El contratista será responsable de cualquier daño que se produzca en bienes del Instituto por acto propio o hecho o culpa de sus trabajadores/as, con ocasión de la ejecución de contrato. Asimismo, será el único responsable y deberá responder de todo daño, de cualquier naturaleza, que con motivo de los servicios que se contratan se cause a terceros. El contratista deberá ejecutar correcta y oportunamente los servicios contratados de acuerdo a las reglas de la actividad y los documentos contractuales; y responder de la idoneidad, suficiencia y calidad de los recursos humanos y materiales empleados. Será responsable de culpa leve por todas las actividades que desarrolle, y de todos los perjuicios causados por alguna clase incumplimiento contractual al Instituto, ya sea por perjuicios directos o indirectos. 31 Corresponderá al contratista demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias de lugar y tiempo. El concepto de caso fortuito o fuerza mayor se entenderá como el imprevisto imposible de resistir, tal como lo define el artículo 45 del Código Civil, y que no acarrea responsabilidad en el incumplimiento de una obligación contractual ni obliga, por lo tanto, a indemnizar perjuicios. En todo caso, la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no liberará al contratista de la obligación de tomar todas las medidas adecuadas para evitar o reducir sus consecuencias, debiendo cumplir con fidelidad y diligencia las instrucciones que al respecto le haya dado la contraparte técnica.
INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
El contrato, así como las Bases Administrativas y Técnicas que lo rigen se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución del contrato, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica, aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario o en el contrato.
- JURISDICCIÓN.
Para todos los efectos legales que se deriven de la ejecución del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Iquique. Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que se suscribirá, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Iquique.