Licitación ID: 1210674-8-LE24
Adquisición de productos para KITS de inicio FAE
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCI, ADMINISTRACIÓN DIRECTA REGIÓN METROPOLITANA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Coche de paseo 1 Unidad
Cod: 56101803
Adquisición de productos para KITS de inicio FAE 1 y 2  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de productos para KITS de inicio FAE
Estado:
Cerrada
Descripción:
La Dirección Regional Metropolitana del Servicio Nacional de Protección Especializada a la niñes y adolescencia requiere adquirir los INSUMOS PARA NIÑOS Y NIÑAS DEL PROGRAMA DE FAMILIA DE ACOGIDA ESPECIALIZADA FAE DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DEL SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCI
Unidad de compra:
ADMINISTRACIÓN DIRECTA REGIÓN METROPOLITANA
R.U.T.:
62.000.890-7
Dirección:
Av.Libertador Bernardo O'Higgins N°1449,Torre 7 P3
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-04-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 25-03-2024 15:39:56
Fecha inicio de preguntas: 25-03-2024 19:00:00
Fecha final de preguntas: 27-03-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-03-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-04-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-04-2024 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 06-05-2024 16:41:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Ver REX N°34 del 21-03-2024, en su apartado, en su punto 5. Instrucciones para la presentación de ofertas
Documentos Técnicos
1.- Ver REX N°34 del 21-03-2024, en su apartado, en su punto 5. Instrucciones para la presentación de ofertas
 
Documentos Económicos
1.- Ver REX N°34 del 21-03-2024, en su apartado, en su punto 5. Instrucciones para la presentación de ofertas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Copia de su cédula de identidad por ambos lados
- Anexo 5 Declaración Jurada para Contratar
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resu
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio de Evaluación Económico Ver REX N°34 del 21-03-2024, en su apartado 7.5.Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas 45%
2 Criterio de Evaluación Administrativo Ver REX N°34 del 21-03-2024, en su apartado 7.5.Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas 5%
3 Criterio de Evaluación Técnico Ver REX N°34 del 21-03-2024, en su apartado 7.5.Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 114
Monto Total Estimado: 62000000
Justificación del monto estimado El objeto de las Especificaciones Técnicas es contar con insumos para niños y niñas de Familias de Acogida Especializada FAE del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, viene en búsqueda de entregar comodidad y condicio
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Roberto Benavides
e-mail de responsable de pago: rbenavides@mejorninez.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si un adjudicatario se desistiere de la presente contratación o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases, el Servicio podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, siempre y cuando no se hubiese suscrito el respectivo contrato.
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR MULTA
La Contraparte técnica o el administrador del contrato, al detectar algún incumplimiento en las obligaciones que impone el contrato, informará a la Unidad de Compras y Soporte, vía correo electrónico dentro del quinto día hábil, la situación de incumplimiento. La información enviada a la Unidad de Compras y Soporte debe ir respaldada de informe técnico y/o administrativo que sustente la situación observada. La Unidad de Compras y Soporte, en un máximo de 5 días hábiles de informada esta situación, deberá enviar notificación a la contratista, vía correo electrónico (será el indicado en el contenido de la oferta), para efectos que, por dicha vía, la contratista formule los descargos pertinentes dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción del correo electrónico. Vencido el plazo de 5 días, sea que se haya o no recibida respuesta del contratista, el analista de Compras de la unidad de Compras y Soporte reunirá los antecedentes y elaborará un informe fundado visado por el administrador de contrato y lo remitirá a la Unidad de Asesoría Jurídica, para su revisión y V°B°, quienes, deberán elaborar la resolución respectiva, ya sea de aplicación o no aplicación de multa. La resolución indicada en el punto anterior podrá ser notificada al representante legal del contratista mediante el envío por correo electrónico o por Carta Certificada mediante Oficina de Partes del Servicio, a la dirección que aparece consignada en la Ficha que se mantiene en el Registro de Proveedores de Chile Compra. Oficina de Partes remitirá los antecedentes del envío (comprobante de Correos de Chile) a la unidad de Compras y Soporte para el cómputo de los plazos (esto es, para la interposición de recurso de reposición) quien deberá certificar el hecho de haberse recibido o no la presentación en tiempo y forma. La Contraparte técnica o el administrador del contrato debe acompañar un informe técnico y/o administrativo que sustente la situación observada.
TERMINO ANTICPADO
El Servicio está facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato siguiendo el procedimiento dispuesto en el numeral 9.9 de las presentes bases, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el contratista, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave el exceder, en su conjunto, de 3 multas aplicadas al adjudicatario. Del mismo modo, el incumplimiento en el plazo de entrega no puede superar los 2 días corridos de atraso, como se señala en cuadro de Multas, numeral 8.8.2 de las presentes bases. 2) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5) Si el contratista se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor. 6) Si el contratista, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución de los servicios, y propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del Servicio, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y esta entidad. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del Servicio. 7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes bases. 8) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. b. En caso de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. e. Disolución de la UTP. 9) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”. 10) Por cualquier otra causal dispuesta en las presentes bases de licitación.
MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Las partes de común acuerdo podrán ampliar o disminuir la contratación por motivos fundados, a través de acto administrativo. La ampliación o disminución, si la hubiere, formará parte integrante del contrato. La ampliación o disminución no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo contando con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si aplica. Por otra parte, y conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades (aplica dictamen N°11.392, de 2019). Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior sobre la posibilidad de aumento y disminución de los servicios y servicios complementarios cuya procedencia estará sujeta a lo indicado allí. Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del presente documento. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los dictámenes N°4.858 de 2019, N°7.958, de 2017, y N°s.39.361 y 63.020, ambos de 2013). Serán principios rectores de este tipo de modificación contractual, el de estricta sujeción a las bases, los que no podrán alterarse sustancialmente.