Pacto de Integridad |
El oferente, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario de la Corporación en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni cerrar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
En caso de que la mandate compruebe por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente licitación, que se han vulnerado alguno de los literales a), b), c) o g) precedentes, se procederá a declarar inadmisible la oferta del o de los infractores, a declarar desierta la licitación, a readjudicarla o a poner término anticipado al contrato, según corresponda.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS, DECLARACIÓN DE PROCESO LICITATORIO DESIERTO Y ADJUDICACIÓN |
La Corporación declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos de admisibilidad establecidos en las Bases Administrativas o cuando se contravengan las disposiciones establecidas en las presentes Bases de licitación.
La Corporación declarará desierta la licitación, según corresponda, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes para los intereses de la Institución según lo establecido en el artículo 9 de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y de Prestación de Servicios.
En caso que en la propuesta se contravengan las especificaciones indicadas en las Bases de licitación, la oferta no será evaluada y será declarada inadmisible.
La Corporación adjudicará la presente licitación pública a la oferta u ofertas que hayan obtenido el mejor puntaje en cada línea de adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases. Sólo existirá un adjudicatario por cada línea. Esta selección se realizará en función de los intereses y necesidades de la institución.
La adjudicación se realizará en el plazo definido en las presentes Bases Administrativas y publicado en la plataforma www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior, la mandante podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, de sus fundamentos y del nuevo plazo a través del mismo portal mencionado.
La notificación de la resolución de adjudicación se entenderá perfeccionada luego de transcurridas 24 horas desde que la Corporación publique en el portal www.mercadopublico.cl dicha resolución.
Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la resolución de adjudicación, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de ésta en el portal www.mercadopublico.cl, o a través del correo electrónico licitaciones.abastecimiento@cmpuentealto.cl. Las consultas serán respondidas dentro de los 3 días hábiles siguientes por el mismo medio.
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CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN |
La Corporación dejará sin efecto la adjudicación, mediante resolución, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el oferente adjudicado no se encontrase inscrito y en estado “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, Chile Proveedores.
b) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal dirigida a la Corporación, desistiera de su oferta.
c) Si el oferente adjudicado se encontrara inhabilitado para contratar con el Estado o presentara algún conflicto de interés.
d) Si el oferente adjudicado presentara información falsa o adulterada.
e) De corresponder, si el oferente no presenta la documentación para formalizar la contratación dentro del plazo establecido en el numeral 16.2 de esta convocatoria incluyendo la Garantía de Fiel Cumplimiento según las condiciones especificadas en el punto 17.2 de las Bases Administrativas.
f) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo, y/o, rechazare la orden de compra dentro de los plazos que establece la normativa de compras públicas y las presentes bases.
g) Otras causales señaladas en las presentes bases.
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Resumen de los Requisitos Técnicos de Inadmisibilidad |
Sin perjuicio de aquellos requisitos de admisibilidad de carácter administrativo mencionados en las presentes bases, se establecen como requisitos de admisibilidad los siguientes puntos:
13.1.1 No presentar oferta económica por cada producto correspondiente a la línea en la cual se encuentre participando, según lo indicado en el punto 10.2 de las presentes Bases Administrativas y por medio del Anexo N°2.
13.1.2 No Indicar y comprometer el plazo de entrega de los productos en días hábiles, por medio del Anexo N°3 y según lo indicado en el punto 10.3, letra “a” de las presentes Bases Administrativas.
13.1.3 No comprometer el cumplimiento de las especificaciones establecidas en las Bases Técnicas, por medio del Anexo N°4 y según lo indicado en el punto 10.3, letra “b” de las presentes Bases Administrativas.
13.1.4 No presentar ni completar el Anexo N°5 “Formulario de Calidad para Insumos por Tecnovigilancia”, en las condiciones indicadas en el punto 10.3, letra “c” de las presentes Bases Administrativas.
13.1.5 No presentar ni completar el Anexo N°6 “Carta de Canje para adquisición de insumos”, en las condiciones indicadas en el punto 10.3, letra “d” de las presentes Bases Administrativas.
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