Licitación ID: 1214071-5-LE25
SERVICIO DE CENA DE FIN DE AÑO 2025 PARA ELENCOS
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
DE ACUERDO A ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE CENA DE FIN DE AÑO 2025 PARA ELENCOS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SERVICIO DE CENA DE FIN DE AÑO 2025 PARA ELENCOS DE LA CORPORACION CULTURAL DE TEMUCO, DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Gestión de Compras Publicas
R.U.T.:
65.836.190-2
Dirección:
AV. PABLO NERUDA 01380, TEMUCO, REGION DE LA ARAUCANIA
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-12-2025 18:01:00
Fecha de Publicación: 27-11-2025 17:32:24
Fecha inicio de preguntas: 27-11-2025 18:01:00
Fecha final de preguntas: 29-11-2025 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-12-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-12-2025 18:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-12-2025 18:01:00
Fecha de Adjudicación: 09-12-2025 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- IDENTIFICACION DEL OFERENTE
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado/Precio Oferta * 100 70%
2 Experiencia de los Oferentes Se evaluará de acuerdo a la cantidad de eventos realizados satisfactoriamente, acreditados mediante, certificados de conformidad de servicio, contratos, órdenes de compra. Para el cálculo del Puntaje de la Experiencia del Oferente, la Unidad Técnica, asignará los siguientes parámetros: Antecedentes Puntaje 5 o mas documentos 100 3 a 4 documentos 50 1 a 2 documentos 25 OFERENTES SIN EXPERIENCIA 0 15%
3 Empresa Regional Se evaluará en base a copia formulario iniciación de actividades o Declaración Jurada de inicio de actividades, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, para acreditar domicilio principal (casa matriz). Se evaluará de la siguiente manera: DOMICILIO PRINCIPAL (CASA MATRIZ) PORCENTAJE IX Región 5 Distintas a la IX Región 1 No acredita 0 La Unidad Técnica se reserva el derecho de corroborar la información señalada. En caso de declaración falsa se desestimará la oferta, sin perjuicio de informar de este hecho al Sistema Nacional de Compras y Contratación Pública. De acuerdo a la tabla ponderación indicada. 5%
4 Cumplimiento de los requisitos Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla: DETALLE PUNTOS PONDERACION Ingresa su oferta cumpliendo todos los requisitos formales y de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos. Dentro de los plazos de presentación de la oferta. 100 PUNTOS 5% Ingresa su oferta cumpliendo todos los requisitos formales y de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos. Dentro de los plazos extraordinarios establecidos en las bases administrativas. 60 PUNTOS 3% No entrega o no entrega la totalidad de los antecedentes solicitados, dentro del plazo extraordinario establecido en las bases. 0 PUNTOS 0 5%
5 Comportamiento contractual anterior Se evaluará de acuerdo a la nota comportamiento base asignada en Chileproveedores. En caso que el oferente no presente calificación, obtendrá 0% en este criterio. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, se considerará el mejor puntaje obtenido. Para este criterio de evaluación, se consultará el comportamiento contractual del oferente en la plataforma mercado público correspondiente a las sanciones por incumplimiento recibidas, el que se obtendrá consultando el RUT del oferente en el registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. En el caso de la UTP, se obtendrá un promedio de la evaluación de los integrantes de la UTP. Se evaluara de acuerdo a la siguiente tabla: Sanciones por incumplimiento Puntaje Sin sanciones recibidas 100 1 a 5 sanciones recibidas 50 5 o más sanciones recibidas 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CRISTIAN SILVA
e-mail de responsable de pago: cristian.silva@temuco.cl
Nombre de responsable de contrato: Liliana Castro
e-mail de responsable de contrato: produccion@teatromunicipaltemuco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 0-0-0-452973469
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un "empate" entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio con mayor ponderación En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio que le siga en ponderación y así sucesivamente con todos los criterios de evaluación que tenga Licitación. En caso que, aplicando los criterios señalados en esta cláusula, no se resolviera el empate de 2 o más proveedores, se adjudicará al proveedor perteneciente a la comuna de Temuco, en 1er. lugar; Región de la Araucanía en 2do. lugar. De persistir el empate se seleccionará al proveedor que haya realizado más ventas satisfactoriamente terminadas (pagadas) con la Corporación Cultural de Temuco, durante los últimos 12 meses anteriores al mes en que se realice la evaluación de las ofertas. En caso de mantenerse aún el empate, se seleccionará aquella oferta que haya sido ingresada primero al Portal MercadoPúblico.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes quieran formular consultas respecto de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico a compraspublicas@teatromunicipaltemuco.cl, indicando el ID de la Licitación, en un plazo máximo de 48 hrs, desde la fecha de adjudicación indicado en el Portal MercadoPúblico.

Pacto de integridad

El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deríven.

b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e) El oferente, manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

f) El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


MULTAS
1- CAUSALES Y MONTOS DE MULTAS La Corporación aplicará multas en los siguientes casos: 1 UTM por cada media hora de atraso en comenzar la actividad. 0,5 UTM por cada ITEM de requerimientos en el que no se cumpla. Las multas serán aplicadas mediante Resolución, elaborado por la Inspección Técnica y serán notificadas a través de cédula y/o mediante carta certificada. 2- ANTECEDENTES El incumplimiento, por parte del Proveedor adjudicado, de una o más de las obligaciones establecidas en las presentes Bases de Licitación Pública o en el contrato, con llevará la aplicación de multas por parte de la Corporación. Lo anterior deberá entenderse sin perjuicio de la facultad de la Corporación de cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar el contrato o instar por su cumplimiento forzado. Las multas serán también aplicables por atrasos o incumplimientos del Proveedor adjudicado en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y deberán ser pagadas ya sea de manera directa por parte del Proveedor a la Corporación, mediante cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento (monto de la multa) o de la manera que la Corporación estime conveniente. Se entenderá que el proveedor adjudicado está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo. Los incumplimientos reiterados que fuercen a la aplicación de multas serán causal suficiente para que la Corporación pueda disponer la terminación anticipada del contrato, en los términos establecidos en el apartado "TERMINACIÓN DEL CONTRATO" de las presentes Bases de Licitación Pública. 3- PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Cuando la Unidad Técnica verifique una o más situaciones que configuren causales de aplicación de multa, ya sea que éstas se constaten a través de sus propias revisiones o en razón de algún reclamo recibido por parte de los funcionarios de la Corporación, se le informara al jefe superior de la unidad o dirección respectiva, quien dará aviso escrito al proveedor adjudicado al domicilio indicado en el contrato, indicándole en forma precisa el eventual incumplimiento, esta notificación también podrá realizarse al correo electrónico señalado en respectivo anexo de las. bases administrativas. En caso que el proveedor cambie de domicilio, será responsable de indicarlo a la Unidad Técnica del contrato bajo apercibimiento de que si no lo hiciere se tendrá por válida la notificación practicada en el correo electrónico señalado por el contratista o proveedor en el anexo N° 1 al momento de efectuar su oferta. 4- DESCARGOS DEL PROVEEDOR El proveedor adjudicado podrá informar lo que estime conveniente luego de recibida la comunicación, dentro del plazo 5 días hábiles contados desde su notificación, mediante documento escrito o mediante correo electrónico, dirigido al jefe superior de la unidad o dirección respectiva, documento en el que deberán señalarse los fundamentos de sus alegaciones, acompañando los antecedentes que estime pertinentes. 5- RESOLUCIÓN FINAL La Corporación resolverá fundadamente sobre todos los antecedentes presentados, pudiendo acoger total o parcialmente los descargos, o bien podrá rechazar lo informado por el proveedor adjudicado o contratista aplicando la multa establecida en las bases administrativas o términos de referencia cuando se trate de un trato o contratación directa, mediante la Resolucion correspondiente, debidamente notificado a través de cédula o mediante carta certificada dirigida al Proveedor a su domicilio. En caso que el proveedor cambie de domicilio, será responsable de indicarlo a la Unidad Técnica del contrato bajo apercibimiento de que si no lo hiciere se tendrá por válida la notificación practicada en el domicilio señalado por el contratista o proveedor en el al momento de efectuar su oferta. Ante la aplicación de multas, el proveedor adjudicado podrá ejercer los recursos establecidos en la Ley 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado. Con todo lo antes expuesto, se deja establecido que las multas a aplicar no podrán exceder al valor correspondiente al 30% del monto adjudicado. Si las multas llegan a exceder el tope antes mencionado, el adjudicatario incurrirá en un incumplimiento grave, por lo que la Corporación podrá poner término anticipado al contrato suscrito con el adjudicatario y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del mismo.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.