Licitación ID: 1218463-13-LE24
Actualización de red estructural. wifi y conexión
Responsable de esta licitación: CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA, Área Educación SEP
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 239
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Productos o servicios
1
Servicio de redes para mejorar la señal de telecomunicaciones 1 Unidad
Cod: 83111601
La Corporación Municipal Gabriel González Videla, a través del Departamento de Educación requiere contar con el servicio de actualización de red estructural, acceso wifi y conexiones eléctricas para el Colegio Caleta San Pedro, este servicio debe conside  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Actualización de red estructural. wifi y conexión
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Corporación Municipal Gabriel González Videla, requiere adquirir servicio de actualización de red estructural, acceso wifi y conexiones eléctricas para el Colegio Caleta San Pedro, este servicio debe considerarse para la totalidad de las salas y oficinas del mencionado Establecimiento Educacional, dependiente de la CGGV y adscrito a Subvención Escolar Preferencial. SEP
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA
Unidad de compra:
Área Educación SEP
R.U.T.:
70.892.100-9
Dirección:
Ánima de Diego 550
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-04-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-04-2024 16:13:52
Fecha inicio de preguntas: 09-04-2024 9:00:00
Fecha final de preguntas: 11-04-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-04-2024 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-04-2024 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-04-2024 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 30-04-2024 10:27:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno obligatoria se desarrollará el servicio, Colegio Caleta San Pedro, ubicado en Av. Del Mar N°224, Caleta San Pedro, comuna de La Serena 08-04-2024 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopublico.cl La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO Nº 1: Identificación Oferente y Programa de Integridad: El oferente deberá indicar si cuenta con un programa de integridad implementado y si éste es conocido por su personal trabajador, debiendo adjuntar respaldo tanto del programa, como en su caso de haber efectuado la difusión a su personal, mediante documentos tales como: comunicado interno, mail masivo, folletos, otros. 2. FORMULARIO Nº2: Declaración de Aceptación de Bases, Condiciones de la Propuesta y Pacto de Integridad. Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta. 2.1. En caso de personas jurídicas, se debe incluir: - Certificado de vigencia de la sociedad con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión. - Certificado que acredite la personería del representante legal con plazo de 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión (Certificado de vigencia de poder del Registro de Comercio o Certificado Estatuto actualizado del registro de empresa en un día del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo). 2.2. En caso de persona Natural, se debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. 2.3. Los proponentes que oferten bajo la modalidad de UTP y todos los integrantes de éstas, deberán acompañar adicionalmente al Formato 2, copia simple de cédula de identidad de todos sus integrantes. Por otra parte, si los miembros de las UTP obedecen a personas jurídicas, deberá acompañar certificado de vigencia de la sociedad con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión, certificado que acredite la personería del representante legal, y copia del RUT de las empresas. 3. FORMULARIO Nº3: Declaración de Habilitación. Declaración Jurada simple de no encontrarse dentro de las inhabilidades establecidas en Art. 4 de la ley Nº 19.886, sobre contratos administrativos de suministros y prestaciones de servicios. Se deberá adjuntar el Formulario N° 3 y/o el formato entregado por www.mercadopúblico.cl al momento de ingresar la oferta, aceptándose ambos formularios para la admisibilidad de la oferta. 4. FORMULARIO N°4: Declaración Jurada Simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO N°5: Currículum del Proponente, de acuerdo con el formato que se presenta en el Anexo Nº 5, deberá indicar el perfil de la empresa, el giro otorgado ante S.I.I. y un resumen de su experiencia. Además, el proponente deberá incorporar en su currículum un detalle de los contratos correspondientes a servicios similares a los que se licitan, suscritos por el proponente y que haya ejecutado, indicando el nombre del contratante, dirección, teléfono, nombre de contacto, montos contratados y fecha de ejecución. Para efectos de la evaluación de la experiencia, el proponente deberá adjuntar a su oferta la documentación que respalde los trabajos o servicios prestados o en proceso de prestación a través de los siguientes documentos: • Copia de recepciones finales o provisorias de los trabajos o servicios prestados. • Órdenes de trabajo o servicio, firmadas por algún representante del mandante, que manifieste la prestación de servicios similares acorde a la materia licitada. • Certificados de recepción u otros documentos que acrediten la ejecución de las obligaciones contractuales emitidos y/o firmados por los mandantes. Sólo se considerarán aquellos contratos cuya ejecución se encuentre debidamente acreditada. Aquellos documentos que no clarifiquen la información requerida no podrán ser considerados como experiencia válida en los criterios de evaluación que así lo exijan. 2. FORMULARIO N° 6: Plazo de ejecución y Carta Gantt: el proponente deberá indicar el plazo en días corridos en que prestarán la totalidad de los servicios, teniendo en consideración que dicho plazo no podrá ser mayor a 25 días corridos contados desde la fecha expresada en el Acta de Inicio. La Carta Gantt debe ser en concordancia con el plazo de ejecución ofertado. 3. Se requiere que la empresa oferente cuente con certificación de cableado estructurado y Certificación SEC (eléctrico) y experiencia en instalaciones de redes de datos. Nota: Los documentos solicitados precedentemente deberán ser ingresados al portal www.mercadopublico.cl como “Oferta Técnica”
 
Documentos Económicos
1.- En el caso que un oferente que presente más de una oferta, solo se considerará para el proceso de evaluación y adjudicación, aquella oferta de menor valor y que se ajuste a las especificaciones técnicas solicitadas: 1. FORMULARIO N°7: Carta Oferta, los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto. 2. FORMULARIO N°8: Presupuesto Unitario Detallado: el oferente deberá detallar sus precios unitarios, de acuerdo con las cantidades y el detalle establecido en las especificaciones técnicas adjuntas (las cantidades contenidas son referenciales para efectos de la evaluación de ofertas) Nota 1: En caso de discrepancia entre el monto indicado en el portal, el monto indicado en el formulario N° 7 “Carta Oferta” y el monto indicado en formulario N° 8 “Oferta Económica Precios Unitarios”, se estará a lo indicado en el formulario N°8 Nota 2: Todos y cada uno de los documentos señalados en el numeral 10.3 y 10.4, deben ser subidos a la plataforma de www.mercadopublico.cl, firmados en el lugar que corresponda. Nota 3: En caso de no subir los formularios señalados en el numeral 10.2, se podrá pedir acompañar formularios faltantes, o aclarar el presentado, y en caso de no cumplir con la solicitud, se evaluará con puntaje mínimo según criterio de evaluación “cumplimiento de requisitos formales” conforme a la letra D) del numeral 15.3 de las bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento Programa de integridad El programa de integridad de una empresa u organización, se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción. Para la asignación de puntaje en este criterio, se considerará la declaración prestada por el Oferente en el Formulario N°1 sobre este punto. El oferente deberá respaldar dicha información acompañando el Programa, y en su caso de su difusión a través de un comunicado interno, correo masivo, etc. Cumplimiento Programa de integridad Puntaje Oferente cuenta y adjunta programa de integridad implementado, siendo este conocido por los trabajadores. (adjuntar documento que acredite medio de difusión del programa) 100 puntos Oferente cuenta y adjunta programa de integridad implementado, pero no es conocido por los trabajadores. 50 puntos Oferente no cuenta con pro 5%
2 Precio Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Carta Oferta N°7, que deberá ser coincidente con la oferta presentada en portal www.mercadopublico.cl.Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi) * 100 Donde : Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 40%
3 Plazo de ejecución Corresponde al plazo de entrega total ofertado por la empresa en formulario N°6 “Carta Gantt”. El plazo de entrega ofertado debe considerar la ejecución total del servicio. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente respecto al plazo. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi) * 100 Donde: Pje Oi: Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente (menor plazo de entrega) Oi : Oferta del oferente i NOTA: Si el plazo de la oferta presentada corresponde a un rango de días (ejemplo: 3-5) para la evaluación se considerará el mayor día contenido en el rango (ejemplo: en este caso el plazo de entrega será de 5 días hábiles). 20%
4 Comportamiento contractual anterior Descripción Puntaje Proveedor que no registra sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. 100 puntos Proveedor registra entre 1 y 4 sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. 50 puntos Proveedor registra más de 5 sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. 0 puntos 5%
5 Experiencia de la empresa Descripción Criterio Puntaje Acredita experiencia en el servicio solicitado mediante órdenes de compra con recepción conforme y/o certificado de conformidad de contratos, con entidades públicas o privadas. 7 o más contratos 100 4 a 6 contratos 50 1 a 3 contratos 30 No presenta antecedentes 0 *Se debe adjuntar los respaldos correspondientes que acrediten tal condición. 20%
6 Cumplimiento de requisitos formales Descripción Puntaje Proveedor presenta la totalidad de los documentos solicitados 100 puntos Proveedor presenta la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. 50 puntos Proveedor no presenta uno o más documentos requeridos en el numeral 10.2. 10.3 y 10.4. antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. 0 puntos 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Administración SEP - Colegio San Pedro
Monto Total Estimado: 16999999
Justificación del monto estimado La Corporación Municipal Gabriel González Videla, requiere adquirir servicio de actualización de red estructural, acceso wifi y conexiones eléctricas para el Colegio Caleta San Pedro, este servicio debe considerarse para la totalidad de las salas y ofici
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rocío Vásquez
e-mail de responsable de pago: rocio.vasquez@corporacionlaserena.cl
Nombre de responsable de contrato: Sandra Castro Carvajal
e-mail de responsable de contrato: sandra.castro@corporacionlaserena.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-96990375-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Municipal Gabriel González Videla
Fecha de vencimiento: 26-07-2024
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo dispuesto el Artículo 71° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886, la empresa adjudicataria al momento de suscribir el contrato deberá hacer entrega de la garantía de Fiel Cumplimiento y Correcta ejecución del contrato en la Oficina de Partes de la CGGV ubicada en Anima de Diego N°550, La Serena. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato “SERVICIO DE ACTUALIZACIÓN DE RED ESTRUCTURAL, ACCESO WIFI Y CONEXIONES ELÉCTRICAS PARA COLEGIO CALETA SAN PEDRO, DEPENDIENTE DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA, LA SERENA “, la que deberá ser extendida a favor de la Corporación Gabriel González Videla, Región de Coquimbo, R.U.T. N°70.892.100-9, por un monto equivalente al 5% del valor del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante y multas. Las garantías deberán cubrir el plazo de ejecución ofertado más 60 días corridos. El plazo ofertado se contabiliza a partir del día siguiente a la fecha de la aceptación de la Orden de Compra. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el presente numeral de las Bases, la CGGV, si así lo determina, quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que obtuvo el segundo lugar, si éste desistiera de su oferta y rechaza la adjudicación, se readjudicará al oferente que obtuvo el tercer lugar en el Acta de Evaluación. La CGGV hará efectiva la garantía, en los siguientes casos:  Por las deudas previsionales o laborales de los trabajadores del adjudicatario. También se procederá a ejercer el derecho de retención sobre dicha garantía, y proceder a su cobro, conforme al artículo 183-C del Código del Trabajo.  Cuando existan multas o sanciones no pagadas por el contratista, conforme al artículo 28 de las presentes Bases.  Por las causales de término anticipado del contrato, establecidas en las letras b) a g) del artículo 27 de las presentes Bases.  Si el proponente no acepta de orden de compra, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases. Si en el curso del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el porcentaje indicado y sobre el monto de estas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 60 días corridos, sumado a la modificación de plazo aprobada. La garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato se devolverá al adjudicatario una vez concluido el contrato y término de vigencia de dicha garantía, a entera conformidad de los servicios contratados, resguardando el cumplimiento en el pago de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores por parte del proveedor. También se hará entrega a solicitud, por escrito del Proveedor posterior a los 60 días de concluido el contrato, siempre que haya dado fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Las garantías deberán ser retiradas en Unidad de Tesorería dependiente del Departamento de Finanzas, ubicada en calle Anima de Diego N°550, La Serena, previa coordinación con dicha Unidad. El Oferente será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución del Contrato”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término del proyecto o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. En el evento que dicho documento corresponda a una póliza de seguro, esta deberá ser pagadera a primer requerimiento y a la vista. Además, siendo una póliza o certificado de fianza, se deberá dejar establecido expresamente el monto en pesos, independientemente que sea tomada en UF. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 42 del reglamento de la Ley N°19.886, cuando el precio de la oferta presentada por un interesado sea menor al 50% del precio presentado por el proponente que le sigue, y se verifique por parte del Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la CGGV podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar a la primera oferta solicitando una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la proposición que sigue.
Glosa: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato “SERVICIO DE ACTUALIZACIÓN DE RED ESTRUCTURAL, ACCESO WIFI Y CONEXIONES ELÉCTRICAS PARA COLEGIO CALETA SAN PEDRO, DEPENDIENTE DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA, LA SERENA “
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato se devolverá al adjudicatario una vez concluido el contrato y término de vigencia de dicha garantía, a entera conformidad de los servicios contratados, resguardando el cumplimiento en el pago de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores por parte del proveedor. También se hará entrega a solicitud, por escrito del Proveedor posterior a los 60 días de concluido el contrato, siempre que haya dado fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La CGGV, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N° 19.886 y su Reglamento, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Del plazo
El plazo de ejecución del servicio será el ofertado por el oferente en el formulario N° 6 y no podrá exceder los 25 días corridos. El plazo comenzará a regir a partir de la fecha consignada en el Acta de Inicio emitida por la CGGV. Dentro de este plazo el contratista deberá prestar la totalidad de los servicios que se contratan. Sin perjuicio de lo anterior, la contratación tendrá una vigencia de 40 días hábiles posteriores a la sumatoria del plazo de ejecución y plazo de garantía de los servicios, periodo en el cual la Inspección Técnica será la encargada de la gestión administrativa de las obligaciones pendientes como, por ejemplo: la liquidación del contrato, recepción definitiva, multas pendientes, cobro de garantías, y en definitiva realizar todas aquellas dispuestas en las presentes Bases. Por tanto, la Inspección Técnica deberá tomar los resguardos necesarios para dar cumplimiento a lo señalado. El acta de inicio deberá suscribirse entre el adjudicatario y la Inspección Técnica, a más tardar, dentro de los 10 días hábiles desde que la Inspección Técnica comunique al adjudicatario sobre la Resolución que aprueba el contrato. A su vez, será la Unidad de Adquisiciones, la que tendrá que notificar a la Inspección Técnica acerca del citado decreto. La fecha de comienzo de los trabajos será la que se consigne en el Acta de Inicio entre las partes. Sólo podrá ampliarse el plazo del contrato a petición del proveedor, en caso de fuerza mayor o caso fortuito lo que será verificado por la Inspección Técnica y sólo por el plazo que ésta determine. Serán requisitos indispensables para cualquier aumento de plazo solicitado por el proveedor: a) La inimputabilidad del hecho, a saber, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del proveedor; b) La imprevisibilidad del hecho, en otras palabras, que no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes, y c) La irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar, ni aún en el evento de oponerle las defensas idóneas para lograr tal finalidad. Para la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, el contratista debe cumplir con los siguientes requisitos copulativos: 1) Deberá informar por escrito, la ocurrencia del hecho fortuito o fuerza mayor, el mismo día del o los hechos que le den origen o, en caso de no poder informar el mismo día (cuestión que deberá acreditar el propio adjudicatario conforme los criterios establecidos en el párrafo siguiente) en un plazo de 3 días hábiles desde la ocurrencia del o los hechos y en el mismo acto solicitar el aumento, presentado un nuevo programa de ejecución de los trabajos, si fuera necesario. 2) Deberá acreditar, ante la Inspección Técnica, mediante la presentación de documentos, videos o fotografías, entre otros, la existencia del hecho fortuito o fuerza mayor, dando cuenta de la inimputabilidad, de la imprevisibilidad y de la irresistibilidad del hecho conforme los criterios establecidos en el Dictamen N° 18372/14 de la Contraloría General de la República, en un plazo de 3 días hábiles contados desde la constancia de la fuerza mayor o el caso fortuito mediante correo electrónico. 3) Que el adjudicatario adjunte a la solicitud, un documento firmado por su representante legal, en su caso, en que expresamente deja constancia que renuncia a cualquier cobro por aumentos de plazo, sin importar la causa de dicha solicitud de aumento. Las ampliaciones de plazo efectuadas por la CGGV, como las solicitadas por el contratista deberán ser sancionadas por la correspondiente Resolución.
Forma de pago
El procedimiento para realizar el pago del contrato se realizará de la siguiente forma: El precio de la orden de compra se pagará a través de un Estado de Pago Único, por lo que, una vez que se ejecuten los trabajos en su totalidad y se encuentren con la recepción conforme por parte del Inspector Técnico se procederá a la tramitación del pago. El adjudicatario presentará por escrito el estado de pago al Inspector Técnico, según lo detallado en el numeral 24.1 de las bases, quien lo revisará, verificará la ejecución de los trabajos prestados, procediendo a su aprobación o rechazo dentro de los 5 (cinco) días hábiles administrativos siguientes, a contar de la fecha de recepción de este. En caso de rechazo, el plazo indicado comenzará a regir desde la fecha de presentación del estado de pago reformulado, con las observaciones corregidas a satisfacción del I.T. El estado de pago llevará la firma del I.T., del adjudicatario o su representante legal y del Director del Establecimiento. La empresa proveedora deberá facturar, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la Inspección Técnica si es que las hubiere. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura. 24.1. Antecedentes para cursar estados de pago Para dar curso al estado de pago autorizado, el adjudicatario deberá adjuntar los siguientes documentos: a) Factura a nombre de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, la cual deberá ser emitida y adjuntada al Estado de Pago respectivo sólo cuando éste esté debidamente visado y con VºBº del Inspector Técnico del contrato. b) Informe de la I.T, visado y firmado, que dé cuenta de la correcta ejecución de los servicios contratados, recibidos y valorizados según los precios unitarios de la oferta económica del contratista adjudicado. El informe deberá además estar acompañado de las fotografías mínimas requeridas en estos trabajos. c) Otros documentos solicitados por la I.T., o mencionados en el contrato, todos relacionados con la materia de esta licitación, y que sean necesarios para respaldar el estado de pago, aunque no estén expresamente nombrados en las Bases de la propuesta, y que tengan directa relación con el objetivo de esta licitación. La Inspección Técnica calificará en cada caso la falta de uno o más de estos documentos, y podrá autorizar el pago correspondiente. De existir multas cursadas como consecuencia de infracciones a las obligaciones contraídas, su valor podrá ser descontado en el estado de pago o de las garantías del contrato. La Factura deberá ser extendida por el monto total, a nombre de la Corporación Municipal Gabriel González Videla Rut 70.892.100-9, dirección calle Ánima de Diego N°550, La Serena y ésta debe ser enviada al correo electrónico marcela.gomez@corporacionlaserena.cl, cc: Ivonne.tapia@corporacionlaserena.cl 24.2. Descuentos Del estado de pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato, según lo estipulado en el numeral 25 de las presentes bases.
De la adjudicación
La CGGV adjudicará en un plazo no superior a la vigencia de la oferta, la cual le será notificada al proveedor adjudicado a través del Portal. Si el adjudicatario, no se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del Estado antes de la emisión de la orden de compra sujeta a la adjudicación en portal www.mercadopublico.cl, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo no superior a 10 días corridos desde la adjudicación. En caso contrario se adjudicará la licitación al oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje siguiente. La CGGV dictará la Resolución de Adjudicación y posteriormente la publicará en el portal mercado público, con lo que informará a los oferentes en el portal, ya sea la aceptación o rechazo de la adjudicación. Al momento de informar la adjudicación y previo a la firma del contrato, el adjudicatario deberá ingresar la garantía de Fiel cumplimiento, según lo establecido en el numeral 19.3, una vez recibida la garantía y firmado el contrato por ambas partes, se procederá a la emitir la Orden de Compra electrónica. La CGGV deberá publicar en el Portal el Acta de Evaluación y la respectiva Resolución de Adjudicación. Se deja establecido en las presentes Bases que, de no cumplirse la fecha estimada de Adjudicación indicada en la Ficha de la respectiva Licitación en www.mercadopúblico.cl, se deberá indicar las razones que originan el incumplimiento del plazo para adjudicar en el sistema de información Mercado Público, justificando el motivo de su prolongación y a la vez proceder a la modificación de la fecha indicada en la respectiva Ficha de Licitación, dando cumplimiento a la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Artículo 41 del Reglamento.
Comisión evaluadora
Para efectos de la evaluación de las propuestas el Secretario General de la CGGV, mediante la Resolución respectiva, designará a tres funcionarios de la CGGV para evaluar las Propuestas ofertadas en Mercado Público, realizando su labor en conformidad a las atribuciones contenidas en este capítulo y demás normas pertinentes. Los miembros de la Comisión deberán suscribir en el Acta de Evaluación una declaración jurada, en la que expresen no tener conflicto de interés con los potenciales oferentes de la respectiva licitación, su compromiso a no aceptar donativos de terceros (oferentes o no) mientras integren la Comisión Evaluadora. En el caso que, el conflicto de interés con algún proponente solo se visualice al momento de la apertura, deberá desde ese momento abstenerse de participar del proceso y poner en conocimiento inmediatamente a su superior jerárquico. El deber de abstención aplica a funcionarios contratados bajo la modalidad de código del trabajo. Ocurrida la situación anterior, por acto administrativo, se deberá nombrar un nuevo integrante que reemplaza al que se inhabilita. La Comisión de Evaluación tendrá por objetivo la selección, estudio y evaluación detallada de los documentos exigidos en las Bases Administrativas respecto de la Oferta Administrativa, Técnica y Económica; emitirá un informe con las calificaciones obtenidas de cada proponente y las propuestas técnicamente aprobadas, y las que son rechazadas por los motivos que señale dicha comisión, de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases Administrativas y emitirá un informe de proposición de adjudicación. Pudiendo esta comisión Evaluadora solicitar informe al Área Jurídica de la CGGV, respecto de materias de orden legal. La comisión evaluadora tendrá la facultad de comprobar la veracidad de la información contenida en la documentación presentada por cada oferente, por el medio que estime conveniente, además de requerir apoyo profesional en el ámbito que estime necesario. Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros que la Comisión de Evaluación requiera, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del Oferente del proceso de licitación. En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
De la relación contractual
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. El servicio se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta (Formulario N°8), expresado en moneda nacional. El contrato será redactado por el Departamento Jurídico de la CGGV, en conformidad a todos los antecedentes que forman parte de la Licitación, a los antecedentes presentados por el adjudicado y a las disposiciones pertinentes de la Ley N°19.886 y su Reglamento. El contrato se redactará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el portal de www.mercadopublico.cl, y deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados desde el envío del contrato al adjudicatario, por parte del Departamento de Administración por el medio más expedito, y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe. Si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado; o no entrega el documento de garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante el contrato respectivo; no entrega la declaración de Unión Temporal de Proveedores suscrita ante notario, materializada por Escritura Pública (solo en caso que el adjudicado sea una UTP); no realiza su inscripción en el Registro de Proveedores, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta, procediendo la CGGV, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes, en cuyo caso se procederá a ejecutar el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, cuando corresponda. El contrato que se celebre contendrá todas las cláusulas necesarias para su acertada inteligencia y ejecución. Al momento de suscribirse el contrato se deberá de presentan los siguientes antecedentes: a) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, según lo dispuesto en la letra b) del numeral 19. de las presentes Bases. b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), con una antigüedad no mayor a 30 días posteriores a la fecha de la Apertura, en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales. c) En caso que el oferente adjudicado sea una UTP deberá hacer entrega a la firma del contrato la declaración de Unión Temporal de Proveedores suscrita ante notario, materializada por Escritura Pública, y exigible como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, de manera de dar cumplimiento con la Directiva 22 de la Dirección de Compras Públicas de fecha 01/12/2015 y lo regulado en el artículo 67 bis del reglamento de Compras Públicas, Ley 19.886. El acuerdo que conste la UTP, deberá contener como mínimo lo siguiente: Identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado con poder suficiente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros y Determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Atendido su carácter esencialmente transitorio, se sugiere que la vigencia de la UTP se extienda únicamente por el tiempo que corresponda al proceso en que participa, incluida la vigencia total del contrato que eventualmente se adjudique. El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y/o el contrato En virtud del Dictamen N° 13.695 del 2018 de Contraloría Regional de la República de fecha 4/6/2018, la emisión de la Orden de Compra, se resolverá previa suscripción y firma del contrato propiamente tal y de su aprobación, por ende, el responsable del proceso de licitación la enviará con posterioridad al contrato. Una vez firmado el contrato, se dictará la Resolución que lo aprueba. Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no podrá firmar el contrato. Los plazos establecidos en la oferta del proveedor y formalizados por la orden de compra, comenzarán a regir a partir del día siguiente a la fecha de aceptación de la orden de compra por parte de la empresa adjudicada. En virtud de lo señalado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre contrato administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de los 4 días corridos desde el envío de ésta por parte de la CGGV, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud y se procederá a readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente mejor evaluación y así sucesivamente.
Sanciones y multas
En caso de que el adjudicatario no ejecutase los servicios en los mismos términos establecidos en el contrato respectivo y demás antecedentes que conforman la presente Licitación, en forma oportuna, correcta, conforme y satisfactoria, el mandante podrá aplicar una o más de las siguientes multas: Descripción Criterio de Aplicación Monto de Multa (UTM) Por cada día de atraso respecto del plazo ofertado en la ejecución de los servicios Por cada día 1 Incumplimiento de acuerdo a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. Por cada oportunidad 1 El valor de las multas no podrá exceder del 10% del valor del contrato. La acumulación de multas por un monto superior al 10% del total será causal de término del Contrato. Antes de la aplicación de la sanción se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la CGGV se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará la Resolución que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará la Resolución de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación
Del término anticipado
La CGGV, podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente al servicio, en cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del Proveedor, tales como emergencia nacional, instrucciones de entes fiscalizadores, u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste con una debida anticipación. El termino anticipado del contrato y cobro de garantía se hará efectivo según lo siguiente: a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo (Resolución). b) Otras que se encuentren en las presentes bases y de las que no exista cumplimiento. c) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del contratante de las obligaciones contractuales descritas en las presentes bases, sin que exista una causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la CGGV perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. d) Cuando el proveedor rechaza una orden de compra sin justificación que amerite dicho acto. e) Por disolución de la empresa adjudicada. f) Cuando el valor de las multas exceda del 10% del valor del contrato según lo indicado en el Artículo 25 de las presentes bases, esta situación se considera como incumpliendo grave del contrato, dando lugar al termino anticipado de este y efectuando el cobro de la garantía del fiel cumplimiento depositada. g) Si el contratante, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: - Dar u ofrecer obsequio, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el adjudicatario y la CGGV. - Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de algún funcionario de esta Corporación, durante la relación contractual objeto de la presente licitación pública. - Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la CGGV. Antes de dar término anticipado al contrato, se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días hábiles para que presente su apelación por el mismo medio y dirigido al Sr. Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la Corporación se entregará en un plazo de 15 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará la resolución que autoriza y aprueba el término de contrato. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a resciliar o terminar anticipadamente el contrato. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior, se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl. 27.1. Resciliación Corresponderá resciliar la relación contractual, cuando, de común acuerdo entre la Corporación y el Proveedor, decidan ponerle término y liquidar anticipadamente el contrato sin forma de juicio. Con tal objeto, la parte interesada en resciliarlo, deberá formular una presentación por escrito a la otra parte y esta aceptarlo por el mismo medio. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo, en virtud de lo señalado en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al proveedor a indemnización de ningún tipo.