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Resolución de Empates |
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En caso de producirse empates en la evaluación de las ofertas, este se resolverá aplicando la siguiente sucesión de criterios:
a) Primer Criterio: Precio
b) Segundo Criterio: Experiencia de la empresa
c) Tercer Criterio: Cantidad de vehículos ofertados
d) Cuarto Criterio: Evaluación hoja del conductor (es)
e) Quinto Criterio: Evaluación del año del vehículo
f) Sexto Criterio: Cumplimiento de requisitos formales
g) Séptimo Criterio: Comportamiento contractual anterior
h) Octavo Criterio: Programa de integridad
Si se presenta la situación que, aun utilizando los criterios de desempate expuestos precedentemente, se mantiene el empate entre las ofertas, se adjudicará a la empresa que haya efectuado primero su oferta en portal www.mercadopublico.cl, el cual será verificado en el documento comprobante de ingreso de la oferta.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la
notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS |
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9.1. Recepción de consultas
Los oferentes podrán, realizar consultas de carácter técnico, administrativo y económico, según estimen necesario para un mejor estudio y comprensión de los antecedentes de la licitación. Las consultas solo se podrán realizar a través del FORO del sistema de información www.mercadopublico.cl, hasta el día y hora de recepción de preguntas.
Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes en el sistema de informaciones www.mercadopublico.cl en el día y hora señalada en el calendario de Etapas y Plazos Obligatorios que se indica.
9.2. Aclaraciones
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo.
Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. La CGGV podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes.
Las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, descargar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista.
La CGGV se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
9.3. Modificación de bases
Asimismo, la CGGV dentro del proceso de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, se reserva el derecho de hacer aclaraciones, enmiendas, rectificaciones y modificaciones a las Bases, a las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes de esta licitación, las que serán aprobadas mediante el acto administrativo por la autoridad competente, las cuales serán informadas debidamente en el sistema de informaciones www.mercadopublico.cl .
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CAUSALES DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS EN LA EVALUACIÓN |
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Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura serán las siguientes:
a. Si no se publican, firman y presentan de manera completa los formularios N°5, N°6, N°7, N°8 señalados en los numerales 10.3 y 10.4 de las Bases.
b. Cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades de la Corporación GGV.
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COMISION EVALUADORA |
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Para efectos de la evaluación de las propuestas el Secretario General de la CGGV, mediante la Resolución respectiva, designará a tres funcionarios de la CGGV para evaluar las Propuestas ofertadas en Mercado Público, realizando su labor en conformidad a las atribuciones contenidas en este capítulo y demás normas pertinentes.
Los miembros de la Comisión deberán suscribir en el Acta de Evaluación una declaración jurada, en la que expresen no tener conflicto de interés con los potenciales oferentes de la respectiva licitación, su compromiso a no aceptar donativos de terceros (oferentes o no) mientras integren la Comisión Evaluadora.
En el caso que, el conflicto de interés con algún proponente solo se visualice al momento de la apertura, deberá desde ese momento abstenerse de participar del proceso y poner en conocimiento inmediatamente a su superior jerárquico. El deber de abstención aplica a funcionarios contratados bajo la modalidad de código del trabajo.
Ocurrida la situación anterior, por acto administrativo, se deberá nombrar un nuevo integrante que reemplaza al que se inhabilita.
La Comisión de Evaluación tendrá por objetivo la selección, estudio y evaluación detallada de los documentos exigidos en las Bases Administrativas respecto de la Oferta Administrativa, Técnica y Económica; emitirá un informe con las calificaciones obtenidas de cada proponente y las propuestas técnicamente aprobadas, y las que son rechazadas por los motivos que señale dicha comisión, de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases Administrativas y emitirá un informe de proposición de adjudicación. Pudiendo esta comisión Evaluadora solicitar informe al Área Jurídica de la CGGV, respecto de materias de orden legal.
La comisión evaluadora tendrá la facultad de comprobar la veracidad de la información contenida en la documentación presentada por cada oferente, por el medio que estime conveniente, además de requerir apoyo profesional en el ámbito que estime necesario.
Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros que la Comisión de Evaluación requiera, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del Oferente del proceso de licitación.
En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
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DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
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Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.
El servicio se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta (Formulario N°8), expresado en moneda nacional.
El contrato será redactado por el Departamento Jurídico de la CGGV, en conformidad a todos los antecedentes que forman parte de la Licitación, a los antecedentes presentados por el adjudicado y a las disposiciones pertinentes de la Ley N°19.886 y su Reglamento.
El contrato se redactará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el portal de www.mercadopublico.cl, y deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados desde el envío del contrato al adjudicatario, por parte del Departamento de Administración por el medio más expedito, y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe.
Si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado; o no entrega el documento de garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante el contrato respectivo; no realiza su inscripción en el Registro de Proveedores, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta, procediendo la CGGV, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes, en cuyo caso se procederá a ejecutar el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, cuando corresponda.
El contrato que se celebre contendrá todas las cláusulas necesarias para su acertada inteligencia y ejecución.
Al momento de suscribirse el contrato se deberá de presentan los siguientes antecedentes:
a) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, según lo dispuesto en la letra b) del numeral 19. de las presentes Bases.
b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), con una antigüedad no mayor a 30 días posteriores a la fecha de la Apertura, en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales.
c) En caso que el oferente adjudicado sea una UTP deberá hacer entrega a la firma del contrato la declaración de Unión Temporal de Proveedores suscrita ante notario, materializada por Escritura Pública, y exigible como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, de manera de dar cumplimiento con la Directiva 22 de la Dirección de Compras Públicas de fecha 01/12/2015 y lo regulado en el artículo 67 bis del reglamento de Compras Públicas, Ley 19.886. El acuerdo que conste la UTP, deberá contener como mínimo lo siguiente: Identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado con poder suficiente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros y Determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Atendido su carácter esencialmente transitorio, se sugiere que la vigencia de la UTP se extienda únicamente por el tiempo que corresponda al proceso en que participa, incluida la vigencia total del contrato que eventualmente se adjudique. El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y/o el contrato.
En virtud del Dictamen N° 13.695 del 2018 de Contraloría Regional de la República de fecha 4/6/2018, la emisión de la Orden de Compra, se resolverá previa suscripción y firma del contrato propiamente tal y de su aprobación, por ende, el responsable del proceso de licitación la enviará con posterioridad al contrato.
Una vez firmado el contrato, se dictará la Resolución que lo aprueba.
Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no podrá firmar el contrato.
En virtud de lo señalado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre contrato administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de los 4 días corridos desde el envío de ésta por parte de la CGGV, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud y se procederá a readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente mejor evaluación y así sucesivamente.
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DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
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Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.
El servicio se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta (Formulario N°8), expresado en moneda nacional.
El contrato será redactado por el Departamento Jurídico de la CGGV, en conformidad a todos los antecedentes que forman parte de la Licitación, a los antecedentes presentados por el adjudicado y a las disposiciones pertinentes de la Ley N°19.886 y su Reglamento.
El contrato se redactará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el portal de www.mercadopublico.cl, y deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados desde el envío del contrato al adjudicatario, por parte del Departamento de Administración por el medio más expedito, y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe.
Si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado; o no entrega el documento de garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante el contrato respectivo; no realiza su inscripción en el Registro de Proveedores, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta, procediendo la CGGV, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes, en cuyo caso se procederá a ejecutar el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, cuando corresponda.
El contrato que se celebre contendrá todas las cláusulas necesarias para su acertada inteligencia y ejecución.
Al momento de suscribirse el contrato se deberá de presentan los siguientes antecedentes:
a) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, según lo dispuesto en la letra b) del numeral 19. de las presentes Bases.
b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), con una antigüedad no mayor a 30 días posteriores a la fecha de la Apertura, en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales.
c) En caso que el oferente adjudicado sea una UTP deberá hacer entrega a la firma del contrato la declaración de Unión Temporal de Proveedores suscrita ante notario, materializada por Escritura Pública, y exigible como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, de manera de dar cumplimiento con la Directiva 22 de la Dirección de Compras Públicas de fecha 01/12/2015 y lo regulado en el artículo 67 bis del reglamento de Compras Públicas, Ley 19.886. El acuerdo que conste la UTP, deberá contener como mínimo lo siguiente: Identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado con poder suficiente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros y Determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Atendido su carácter esencialmente transitorio, se sugiere que la vigencia de la UTP se extienda únicamente por el tiempo que corresponda al proceso en que participa, incluida la vigencia total del contrato que eventualmente se adjudique. El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y/o el contrato.
En virtud del Dictamen N° 13.695 del 2018 de Contraloría Regional de la República de fecha 4/6/2018, la emisión de la Orden de Compra, se resolverá previa suscripción y firma del contrato propiamente tal y de su aprobación, por ende, el responsable del proceso de licitación la enviará con posterioridad al contrato.
Una vez firmado el contrato, se dictará la Resolución que lo aprueba.
Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no podrá firmar el contrato.
En virtud de lo señalado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre contrato administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de los 4 días corridos desde el envío de ésta por parte de la CGGV, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud y se procederá a readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente mejor evaluación y así sucesivamente.
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DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DEL CONTRATO (I.T.) Y EL PROVEEDOR |
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22.1. Obligaciones de la inspección técnica del contrato
La Inspección y Supervisión del Contrato se realizará por intermedio de un profesional dependiente del Departamento de Educación, para lo cual el adjudicatario, quedará obligado a dar todas las facilidades que se requiera.
El responsable de la supervisión velará por la correcta ejecución del contrato y tendrá a cargo, entre otras, las funciones que se indican a continuación:
a) Supervisar y controlar la entrega del servicio velando por el estricto cumplimiento del contrato.
b) Colaborar y asistir al adjudicatario, en el ámbito de sus competencias.
c) Autorizar o denegar la certificación conforme del servicio.
d) Validar la factura, según conformidad y validación del servicio.
e) Requerir la aplicación de multas, en los casos que corresponda.
f) Requerir la modificación del contrato, si fuere procedente.
g) Requerir el término anticipado del contrato, si correspondiere y,
h) En general, adoptar todas las medidas que estime necesarias para el correcto, cabal y
oportuno cumplimiento del contrato.
Con todo, cuando el responsable de la supervisión detecte deficiencias en la prestación del servicio, podrá solicitar al adjudicatario que implemente “acciones correctivas inmediatas” con el objeto de asegurar que el suministro se preste en los términos previstos en las bases administrativas, bases técnicas y en el contrato.
En caso de que el adjudicatario no implemente las acciones correctivas dentro del plazo que se otorgue al efecto, la CGGV podrá aplicar las sanciones y/o multas correspondientes.
22.2. Obligaciones del proveedor
El contratista deberá ceñirse a las condiciones establecidas en las siguientes normas e instrumentos
que rigen los trabajos, de acuerdo con el siguiente orden de prelación:
a) Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, con sus respectivas modificaciones, si las hubiere y sus formularios.
b) Modificaciones a las Bases, Aclaraciones de oficio, y consultas y respuestas, aprobadas mediante la correspondiente Resolución, si las hubiere.
c) Oferta económica adjudicada.
d) Contrato elaborado por el Departamento Jurídico y suscrito por las partes, el cual deberá
mantener una relación armónica y concordante con las normas y disposiciones que la suceden.
e) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias, de accidentes del
trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la Unidad
Técnica.
f) Responder a todo accidente o daño que, durante la vigencia del contrato, le pudiera ocurrir al
personal, que sean imputables al proveedor.
g) De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponda
como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc.
h) No podrá hacer, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas
en las bases.
Queda prohibido al proponente adjudicatario introducir unilateralmente modificaciones o alteraciones
durante la ejecución de los servicios objeto de esta licitación, debiendo deshacer a su costo aquellos
cambios que no hayan sido establecidos en las Bases de la licitación o que no hayan sido autorizados
por la Corporación.
El adjudicatario asume toda la responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros, que se produzcan con motivo de la ejecución del contrato, siendo de su cargo todo gasto que ello signifique.
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FORMA DE PAGO |
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El procedimiento para realizar el pago del contrato será de forma mensual, en pesos chilenos, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura correspondiente. El monto a facturar será de acuerdo la cantidad de pasajeros trasladados.
El estado de pago llevará la firma del I.T., del proveedor o su representante legal y el Director/a o quien subrogue, de la Unidad Requirente.
La empresa proveedora deberá facturar, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la Inspección Técnica si es que las hubiere. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura.
23.1. Antecedente para cursar el pago
Para dar curso al estado de pago autorizado, el proveedor deberá adjuntar los siguientes documentos:
a) Factura a nombre de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, la cual deberá ser emitida y adjuntada al Estado de Pago respectivo sólo cuando éste esté debidamente visado y con VºBº del Inspector Técnico del contrato.
b) Recepción conforme del servicio, firmada por I.T. del contrato y por el Director/a o quien subrogue, de la Unidad Requirente, la cual deberá incluir la bitácora y nómina de alumnos trasladados.
c) Orden de Compra de Mercado Público en estado de aceptada
d) Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo, que indique no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores. En caso que el proveedor realice una subcontratación, deberá adjuntar certificado de obligaciones laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo de subcontratación.
e) Nomina de los conductores que prestaron servicio en el mes correspondiente de pago.
f) Hoja de vida de los conductores que prestaron el servicio.
g) Certificado emitido por el Servicio de Registro Civil de inhabilidad para trabajar con menores de edad de los conductores.
h) Otros documentos solicitados por la Unidad Técnica, o mencionados en el contrato, todos
relacionados con la materia de esta licitación, y que sean necesarios para respaldar el estado de pago, aunque no estén expresamente nombrados en las Bases de la propuesta, y que tengan directa relación con el objetivo de esta licitación.
El Inspector Técnico calificará en cada caso la falta de uno o más de estos documentos, y podrá autorizar el pago correspondiente.
De existir multas cursadas como consecuencia de infracciones a las obligaciones contraídas, su valor podrá ser descontado en el estado de pago mensual o de la garantía del contrato.
La Factura, deberá ser extendida por el monto total ofertado a nombre de la Corporación Municipal Gabriel González Videla Rut 70.892.100-9, dirección calle Ánima de Diego N°550, La Serena y ésta debe ser enviada al correo electrónico marcela.gomez@corporacionlaserena.cl, cc: Ivonne.tapia@corporacionlaserena.cl
23.2. Descuentos
Del estado de pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato, según lo estipulado en el numeral 24 de las presentes bases.
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SANCIONES Y MULTAS |
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En caso de que el proveedor no ejecutase los servicios en los mismos términos establecidos
en el contrato respectivo y demás antecedentes que conforman la presente Licitación, en forma oportuna, correcta, conforme y satisfactoria, el mandante podrá aplicar una o más de las
siguientes multas:
Incumplimientos Criterio Monto multa
Presentar retraso de más de 15 minutos, respecto de la hora señalada por el I.T 3 o más veces en los servicios solicitados 2% del total del costo del servicio solicitado
No reponer el servicio ante una eventualidad con el conductor o el vehículo. Se requerirá reemplazo inmediato Por evento 2 UTM
Presentarse a trabajar, en condiciones inadecuadas de aseo personal 2 o más veces en el mismo mes 2% del total del costo del servicio solicitado
Mantener el vehículo sin las condiciones de higiene y seguridad 2 o más veces en el mismo mes 2% del total del costo del servicio solicitado
No obedecer a una instrucción del I.T. Por evento 2% del monto mensual
No dar aviso de cambio de vehículo de último momento 1 o más veces 2% del total del costo del servicio solicitado
El valor de las multas no podrá exceder del 10% del valor del contrato. La acumulación de multas por un monto superior al 10% del total será causal de término del Contrato.
Antes de la aplicación de la sanción se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la CGGV se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará la Resolución que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará la Resolución de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl
Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta.
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