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Resolución de Empates |
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En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá, en primer lugar,
considerando la Oferta Técnica más conveniente, en segundo lugar, el mayor puntaje obtenido
en la Oferta Económica, en tercer lugar, el mayor puntaje obtenido en el Impulso al desarrollo
local, en cuarto lugar, el mayor puntaje obtenido en el Programa de Integridad y al quinto y último
lugar al mayor puntaje obtenido en cumplimiento requisitos formales. De mantenerse la igualdad,
se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado
público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones formales de tipo administrativo, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores. Esto es, en tanto no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto
de los oferentes a través del sistema de información.
El SLEP Maule Costa podrá también permitir, de conformidad a lo establecido en el inciso primero
del artículo 56 del Reglamento, la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos
que los o las oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del
respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” del portal de compras públicas, para responder a lo
solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El
cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en el cual se solicitó el
antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, pero se asignará puntaje cero
(0), en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”, establecido en las
presentes Bases Administrativas.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones que contiene el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases
de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar
toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las
presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del
trabajo.
Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que
debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo
a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en
el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del
o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de la misma.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de
ellos se derivase.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases
de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a
la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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