Resolución de Empates |
En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá,
en primer lugar, considerando la Oferta Económica más conveniente, en segundo
lugar, el mayor puntaje obtenido en Cumplimiento Requerimiento Técnico, en tercer
lugar Plazo de entrega y por último Cumplimiento requisitos formales. De mantenerse
la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su
propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se
efectúe.
En caso de que el oferente adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico
oficial de contratistas de la Administración de la Dirección de Compras del Ministerio
de Hacienda, también conocido como plataforma “Chileproveedores”, estarán
obligados a inscribirse en dicha base de datos dentro del plazo de 15 días corridos
contados desde la adjudicación indicada en el portal electrónico
www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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READJUDICACIÓN |
El Servicio Local de Educación Pública Maule Costa, readjudicará la presente Licitación, si concurre alguna de las causales que se señalan:
Por desistimiento de oferta del proveedor adjudicado.
Por no aceptar la orden de compra en el plazo estipulado en la Ley 19.886
Si el proveedor adjudicado no estuviere inscrito en el registro de Chile proveedores o fuere declarado inhábil, en el primer caso si no se inscribiere dentro del plazo de 15 días corridos desde la comunicación de adjudicación.
Por un vicio de procedimiento debidamente acreditado que altere el resultado de la evaluación de las ofertas.
Al producirse algún incumplimiento técnico por parte del proveedor circunstancia que deberá certificarse por el administrador del contrato de manera fundada.
Si por error involuntario del funcionario encargado de ejecutar la licitación, se omitan antecedentes que alteren el resultado de la evaluación de las ofertas.
Por error al momento de adjudicar la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl
En estos últimos dos supuestos se procederá según lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, de ser necesario.En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el adjudicatario.
La readjudicación se le otorgará al siguiente oferente mejor evaluado que hubiere cumplido con los requisitos establecidos en las bases administrativas y en las especificaciones técnicas y así sucesivamente, si es que el readjudicado no cumpliera con los requisitos estipulados anteriormente. Lo anterior siempre y cuando las ofertas presentadas, resulten convenientes a los intereses del Servicio Local de Educación Pública Maule Costa.
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