Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTA |
Sin prejuicio de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato, si el oferente adjudicado no cumple con la entrega del servicio por razones no atribuibles a la Corporación Municipal de Punta Arenas, la institución tiene la facultad de aplicar, una multa equivalente 2,5% por cada día hábil de atraso sobre el monto total de la orden de compra.
Toda otra contravención a las estipulaciones establecidas en estas bases y el correspondiente contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, por causa constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor, el oferente adjudicado podrá solicitar a la Secretaria General de la Corporación Municipal de Punta Arenas, por escrito y antes de los vencimientos de los plazos convenidos, una prórroga de plazo para la entrega del servicio, la que, a su juicio exclusivo, podrá rechazarla o aceptarla en forma total o parcial mediante la dictación de una Resolución que así lo disponga.
Cuando la suma de las multas exceda las 10 ejecutoriadas, se procederá a poner término al contrato y a hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato.
La Corporación Municipal de Punta Arenas, a través de la Dirección de planificación y Proyectos y departamento Jurídico, conferirá traslado al oferente mediante correo electrónico, a fin de notificarle de los incumplimientos contractuales en que hubiese incurrido y generar un eventual proceso sancionatorio en su contra, con el objeto que pueda manifestar las alegaciones y descargos que estime pertinentes, antes de dictar la respectiva resolución administrativa. Lo anterior, en cumplimiento del principio de contradictoriedad, recogido por el artículo 79 Ter del Reglamento de la Ley N°19.886.
El procedimiento descrito precedentemente, se formalizará a través de correo electrónico y Oficio Ordinario a las direcciones que el oferente haya registrado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, siendo de su exclusiva responsabilidad mantener los datos actualizados en dicha plataforma.
No obstante, lo anterior, se hace presente que el acto administrativo sancionatorio propiamente tal y que impone la multa, será notificado a la empresa de conformidad al artículo 46 de la Ley N°19.880, esto es, mediante carta certificada. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada.
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PRESENTACÓN DE LAS OFERTAS |
Los proponentes interesados en presentar ofertar deberán estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos. cualquier error u omisión de parte del oferente, será de su propia responsabilidad. Las ofertas deberán ser presentadas exclusivamente en forma electrónica, a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl, hasta antes del cierre de la fecha señalada en la ficha de licitación, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a las respectivas ofertas presentadas, en formatos digitales, en formato PDF u otro no modificable.
EN LA FICHA ELECTRÓNICA SE DESGLOSA LO SOLICITADO PERO SE DEBE OFERTAR POR LÍNEA 1 EN SU TOTALIDAD Y/O LÍNEA 2 EN SU TOTALIDAD, EL DETALLE DE AMBAS LÍNEAS SE ENCUENTRA DESCRITA EN LAS “BASES TÉCNICAS” Y ANEXO N°5 “OFERTA TÉCNICA”.
Todos los formularios anexos deben venir en idioma español, debidamente firmados, según corresponda. En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información de la plataforma www.mercadopublico.cl, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último deberá solicitar un Certificado a la Dirección de Compras y Contratación Pública, que acredite tal imposibilidad, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas.
A su vez se debe presentar el catálogo en español, de aquellos equipos y/o equipamientos que el proveedor oferte.
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RECHAZO DE LA OFERTA |
La omisión, distorsión o que los documentos cargados, no sean visibles en el sistema de mercado público de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para declarar inadmisible la propuesta presentada, y rechazada en la Apertura.
Los oferentes, deben presentar todos los anexos señalados en el punto 20 “Contenidos de la Propuestas”, como requisito de admisibilidad. La no presentación de los anexos, facultará al Servicio a declarar inadmisible la Propuesta sin más trámite. Cabe mencionar, que, respecto de los anexos de tipo administrativo, podrán ser solicitados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
El proveedor podrá ofertar en todas las líneas o en una, de acuerdo al monto estipulado por cada línea en el punto 4 “Presupuesto”, considerando que se emitirá una orden de compra por cada ítem que oferte.
Si se requiere sean ofertados plazos, se deja constancia que la palabra "indefinido", no es un plazo, así como tampoco el numero O (cero), por tanto, las propuestas que se hagan en dichos términos serán descartadas en la apertura o en la evaluación respectiva.
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