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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún colaborador de la Corporación
SEMCO en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones
o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar
la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes
y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
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En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente una mejor
propuesta en experiencia del oferente será el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el
empate, el segundo criterio de desempate corresponderá a la oferta económica, por lo tanto, quien tenga
mejor puntaje en este ítem será el adjudicado. De persistir el empate, se decidirá conforme el criterio de
plazo de entrega de los Bienes o Servicios, por lo tanto, quien obtenga el mayor puntaje en este criterio será
el adjudicado. Si aplicadas las reglas anteriores persiste el empate, se decidirá conforme el criterio de
Cumplimiento de los requisitos, por lo tanto, quien obtenga el mayor puntaje en este criterio será el
adjudicado.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal
www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que
será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El oferente puede, hasta el vencimiento del plazo de presentación de la oferta, modificarla sin
consecuencia jurídica alguna, siempre que cumpla con las mismas formalidades establecidas para su
presentación. Asimismo, hasta dicho vencimiento puede también retirarla sin consecuencia jurídica alguna.
Después del vencimiento del plazo de presentación de ofertas no se podrán modificar ni retirar, salvo en lo
relativo a la corrección de los errores menores de cálculo numérico que realice la Corporación SEMCO.
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Efectos derivados de incumplimientos del proveedor |
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El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes
o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en el inicio del servicio, por la no prestación del servicio, o por el no cumplimiento de
especificaciones, se aplicarán por cada día y se calcularán como un 2% del valor del contrato, con un tope
de 5 días corridos. Las multas no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato. El monto de las
multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago
más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará
directamente. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un
número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Si las obras se entregaran con posterioridad al plazo contractual, se aplicará al contratista, una multa por
cada día de atraso igual a 5/1000 (cinco por mil) del monto total del contrato, hasta un plazo máximo no
superior al 25% del plazo contractual. Si el contratista se excediere de este plazo se dará término al contrato.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales
Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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