Licitación ID: 1246281-13-LE22
XAR INSUMOS NEUROCIRUGIA - Readjudicada en Id 1246281-13-R122
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR ERNESTO TORRES GALDAMES, UNIDAD OTROS FONDOS EN ADMINISTRACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 94
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Discriminadores neurológicos 1 Unidad
Cod: 42182306
SELLANTE DE DURAMADRE 3 ML.Sellante dural compuesto de Polietilenglicol y aminopolímeros, de uso para cirugías cerebrales y de columna vertebral en la misma presentación. Con tres aplicadores.  

2
Discriminadores neurológicos 1 Unidad
Cod: 42182306
HEMOSTÁTICO ABSORBIBLE ESTÉRIL: medidas 5.1 x 7.6 CM, EQUIVALENTE A 1953 SURGICELCelulosa oxidada regenerada en tela tejida ligeramente entrelazada, absorbible y estéril, medidas 5.1 x 7.6 CM, caja x 12 Uds., equivalente a 1953 SURGICEL  

3
Discriminadores neurológicos 1 Unidad
Cod: 42182306
HEMOSTÁTICO DE CELULOSA REGENERADA OXIDADA EQUIVALENTE A SURGICEL 1952 Compuesto de celulosa regenerada oxidada, para uso como ayudante de hemostasia en cirugías cerebrales y espinales, medidas 10 x 20 CM, caja x 12 ud. equivalente a SURGICEL 1952  

4
Discriminadores neurológicos 1 Unidad
Cod: 42182306
HEMOSTATICO CELULOSA OXIDADA REGENERADA EN FIBRAS, EQUIVALENTE A SURGICEL FIBRILAR HEMOSTATICO CELULOSA OXIDADA REGENERADA EN FIBRAS medidas 2.5 X 5 CM., equivalente a surgicel fibrilar  

5
Discriminadores neurológicos 1 Unidad
Cod: 42182306
HEMOSTÁTICO ABSORBIBLE TRIDIMENSIONAL PARA CIRUGÍAS VERTEBRALES Y CEREBRALES, PROCOAGULANTE 0.5 GR. HEMOSTÁTICO DE CELULOSA OXIDADA REGENERADA EN FORMA DE FIBRAS 0.5 GR., EQUIVALENTE SURGICEL FIBRILAR 411962  

6
Discriminadores neurológicos 1 Unidad
Cod: 42182306
KIT MATRIZ HEMOSTÁTICA CON PROTROMBINA HUMANA. ABSORBIBLE EQUIVALENTE A MS0012 SURGIFLO CON TROMBINA. 8 CC. Hemostático de gelatina fluida de origen porcino con trombina de origen humano. 8 cc de volumen. Equivalente a MS0012 SURGIFLO CON TROMBINA.  

7
Discriminadores neurológicos 1 Unidad
Cod: 42182306
CLIPS DE HEMOSTASIA PARA CUERO CABELLUDO: CLIPS DE RANEY DE PLÁSTICO DESECHABLES, COLOR AZUL.Clips de hemostasia para cuero cabelludo: Clips de Raney de plástico desechables, color azul  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
XAR INSUMOS NEUROCIRUGIA - Readjudicada en Id 1246281-13-R122
Estado:
Readjudicada
Descripción:
1. OBJETIVO. Adquirir los insumos necesarios para proporcionar un adecuado tratamiento a los pacientes de neurocirugía del hospital Dr. Ernesto Torres Galdames así dar un servicio con la efectividad, seguridad y condiciones de calidad que estos requieren.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL DOCTOR ERNESTO TORRES GALDAMES
Unidad de compra:
UNIDAD OTROS FONDOS EN ADMINISTRACION
R.U.T.:
62.000.530-4
Dirección:
Avenida Héroes de la Concepción 502 Iquique
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-11-2022 17:30:00
Fecha de Publicación: 26-10-2022 11:53:40
Fecha inicio de preguntas: 26-10-2022 14:20:00
Fecha final de preguntas: 02-11-2022 15:20:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-11-2022 16:20:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-11-2022 18:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-11-2022 18:00:00
Fecha de Adjudicación: 14-11-2022 17:36:53
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1.1 Identificación. El Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, Establecimiento Autogestionado en Red, dependiente del Servicio de Salud Iquique, requiere adquirir insumos para para Cirugías de la especialidad de neurocirugía y de esta forma dar resolución a lista de espera quirúrgica del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, de acuerdo a las especificaciones señaladas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, iniciando su proceso administrativo de carácter concursal mediante el llamado a licitación. 1.2 Participantes. Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información: www.mercadopublico.cl , que cumplan con los requisitos consignados en las presentes bases y que no se encuentren legalmente exceptuadas. Las oferentes extranjeros que participen deberán contar con representantes oficiales o agencias en el país. Se entenderá que los proponentes conocen y aceptan todas las condiciones establecidas tanto en las Bases Administrativas y Técnicas, como en las aclaraciones realizadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus ofertas, debiendo ajustarse a las mismas condiciones en todo momento. 1.3 Inhabilidades para Participar en la Licitación. Sin perjuicio que resultará oponible a lo expuesto lo establecido por la ley respecto al tema, no podrán participar en la presente licitación, de acuerdo con el artículo 4 inciso primero y sexto de la Ley Nº19.886, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las siguientes inhabilidades: 1.3.1 Quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas Antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro del plazo de dos años, contados hacia atrás desde la fecha de presentación de su oferta. 1.3.2 Quienes tengan la calidad de funcionarios directivos del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique. 1.3.3 Quienes se encuentren unidos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, con las autoridades o funcionarios directivos del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique. 1.3.4 Aquellas sociedades de personas en que los funcionarios directivos de la institución mandante formen parte, o bien, éstas con las personas unidas por vínculo de parentesco que establece el artículo 54, letra b) de la Ley N° 18.575. 1.3.5 Aquellas sociedades comandita por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas funcionarios directivos Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames o aquellas personas unidas con éstos por vínculo de parentesco de acuerdo con el artículo 54, letra b) de la Ley N° 18.575. 1.3.6 Aquellas sociedades anónimas abiertas en que funcionarios directivos del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, o bien, aquellas personas unidas por vínculo de parentesco con éstos de acuerdo con el artículo 54, letra b) de la Ley N° 18.575, sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 1.3.7 Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a penas de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indican. 1.4 Definición de términos Se considerarán como definiciones aplicables incluso en el contrato resultante del presente proceso de compras, las establecidas en el Decreto N° 250 de fecha 9 de marzo de 2004 que fija el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, así como las que regulan a las instituciones que se indica o participan de este proceso de compras, así como las propias de la ciencia o arte respectiva o también las que se definen por el derecho común. Se incluye además los términos que a continuación se indica: a) Institución o mandante: El Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, o también: HDETG, el Hospital, el mandante, la institución mandante, indistintamente. b) Director: Autoridad máxima del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique. c) Administrador del Contrato: Funcionario designado por el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, quien actuará como contraparte ante el futuro contratante. d) Proveedor: el oferente que producto de la presente licitación pública resulte adjudicada su oferta y se transforme en contratista o prestador (en adelante indistintamente) de servicios, o bien de proveedor de bienes y/o servicios, para la Institución mandante. e) Especificaciones Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. f) Orden de compra: Documento emitido a través del sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda: www.mercadopúblico.cl y/u Hospital, en virtud del cual se formaliza una determinada decisión de compra estipulándose para cada producto, a lo menos: cantidad, unidad, descripción y precio unitario. g) Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos, según la Ley 19.880. h) Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación son días corridos. En caso que un plazo expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente, según el Código Civil y la Ley N° 19.886 y su Reglamento. i) Carta Propuesta: Es la oferta realizada por el proponente en la que deberá consignar el valor neto unitario de cada bien o servicio. j) Portal: plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda o sistema de información o www.mercadopublico.cl indistintamente, que es donde se alojarán los datos y la carpeta electrónica de la presente licitación pública, así como información de oferentes y/o proveedores. k) DCCP: Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda. Administra Catalogo de Convenio Marco, Registro de Proveedores de la Administración del Estado, Licitaciones Públicas, Licitaciones Privadas de la Administración, Compras Directas, y otras atribuciones que le entrega la Ley. l) U.T.M. O UTM. : Unidad Tributaria Mensual o su plural, según corresponda, Unidad definida en Chile que corresponde a un monto de dinero expresado en pesos y determinado por ley, el cual se actualiza en forma permanente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y se utiliza como medida tributaria. m) U.F. o UF.: Unidad de Fomento o su plural, según corresponda, es uno de los sistemas de reajuste autorizados por el Banco Central de Chile al amparo de lo establecido en el número 9 del artículo 35 de su Ley Orgánica Constitucional, equivalente a su valor en pesos por unidad. n) RUT o R.U.T. o RUT.: sigla para Rol Único Tributario: Identificador de las personas afectas al sistema tributario creado por las atribuciones de la Ley 17.073, artículo 13 y artículo 1 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 3 de 29 de enero de 1960 del Ministerio de Hacienda, que lleva el Servicio de Impuestos Internos. o) RUN o RUN. o R.U.N.: es el número de identificación único e irrepetible que posee todo chileno, residente o no en Chile, y todo extranjero que permanezca, temporal o definitivamente, con una visa distinta a la visa de turista en dicho país. p) Funcionario Directivo: Para efectos de la Ley Nº 19.886, y en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 54, letra b) de la Ley N° 18.575, la calidad de funcionario directivo se extiende hasta el nivel de jefe de departamento, o su equivalente. q) Coordinador Oferente: Se entenderá por Coordinador Oferente, a la persona que el prestador defina como responsable por la coordinación general del contrato, incluyendo labores de comunicación con los equipos clínicos, y labores administrativas de retroalimentación de información y facturación. r) Administrador de contrato: funcionario de la institución mandante encargado de la gestión del contrato resultante del presente proceso de compras que será designado por el presente acto o bien en la Resolución respectiva que sancione el (o los) acuerdo (s) de voluntad (es) que se suscriba con el (o los) oferente (s) que resulte (n) adjudicado (s) en el presente proceso de compras. 1.5 Modalidad y publicidad de la licitación. La presente licitación será publicada a través de la plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda www.mercadopublico.cl , de acuerdo con las etapas y plazos indicados en las presentes bases, lo que permitirá a cada participante presentar toda la información solicitada y respecto de las cuales el Hospital decidirá la oferta más conveniente. 1.6 Consultas y Aclaraciones. Las consultas de los participantes se deberán realizar únicamente a través del sistema de información www.mercadopublico.cl de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda, conforme con el cronograma de actividades de esta licitación pública. A su vez, las respuestas y aclaraciones estarán disponibles a través del foro respectivo en la carpeta electrónica que para esta licitación se mantenga en la plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda, en los plazos indicados en el cronograma consignado más adelante, información que se entenderá conocida por todos los interesados desde el momento de su publicación. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integrante de las bases del presente proceso de licitación pública, por tanto, se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes. El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique es de exclusiva responsabilidad de los oferentes. 1.7 Otras Comunicaciones De acuerdo con el artículo 39 del Decreto N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el texto del Reglamento de la Ley N° 19.886, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la institución mandante, ni con los funcionarios involucrados en la licitación, con excepción de la solicitud de aclaraciones a las ofertas presentadas y pruebas que pudiere requerir el Hospital, las que, en todo caso, se deberán realizar únicamente a través del sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda: www.mercadopublico.cl 1.8 Enmienda de documentos de licitación En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, podrá introducir modificaciones a los documentos de la licitación a través del sistema de información de la D.C.C.P. del Ministerio de Hacienda www.mercadopublico.cl , si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso de licitación pública. En caso de que lo anterior ocurra el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique deberá ampliar la fecha de cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, lo cual será informado en la carpeta electrónico que para este proceso se abra y mantenga en la plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda: www.mercadopublico.cl junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo típico que las aprueba se encuentre totalmente tramitado. 1.9 Cronograma de la licitación Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma: Detalle. Licitación “LE” contrato menor a1.000 UTM. Fecha de Publicación de las Bases. A más tardar el segundo día hábil de la total tramitación de la Resolución que la aprueba. Fecha Inicio de Preguntas Desde el mismo día de la publicación. Fecha Final de Preguntas Hasta el tercer día corrido contado desde la publicación. Fecha de Publicación de respuestas Hasta el cuarto día corrido contado desde la publicación. Fecha de cierre de recepción de ofertas Al quinto día corrido contado desde la publicación. Acto de apertura electrónica. El mismo día hábil del cierre de la licitación. Fecha de Adjudicación Hasta el trigésimo día hábil contado desde el acto de apertura técnico-económico. Fecha de entrega de antecedentes en soporte físico. NO SE SOLICITA, SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECCIDO POR EL ARTÍCULO 62 DEL REGLAMENTO DE LA LEY 19886. Tiempo estimado de evaluación de ofertas Diez días hábiles contados desde la fecha de la apertura de las ofertas. Contrato El presente proceso no contempla suscripción de contrato por escrito, este se formalizará mediante la emisión y respectiva aceptación de la orden de compra por parte del proveedor a través del sistema de información www.mercadopublico.clsegún la facultad establecida por el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19886. En caso de que el plazo de cierre expire un día lunes o el día siguiente a un día inhábil, el cierre del plazo será el día siguiente a las 15:00 hrs, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 25 del Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda. 1.10 Documentación y Normativa regente de la Licitación Esta Licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancia se interpretaran en forma armónica, primando, en todo caso, lo que digan las Bases: A. Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº 18.575; B. Ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº 19.880; C. Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios Nº 19.886; D. Decreto Supremo Nº 250/2004, Ministerio de Hacienda, Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886; E. Resolución N° 16 de 2020, Resolución N° 7/2019 y Resolución N° 8/2019 todas de la Contraloría General de la República. F. Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas de estas bases; G. Aclaraciones, Consultas y respuestas de la licitación; Los documentos antes señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen. 2. DE LA OFERTA. 2.1 Presentación. 2.1.1 Todo Proponente u Oferente Interesado en presentar ofertas deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los insumos y ejecución de los servicios ofertados, tales como permisos y licencias que deben obtenerse, Leyes o Reglamentos en materia laboral que puedan ser aplicables, entre otros. 2.1.2 Las ofertas podrán presentarse hasta la hora y fecha de cierre de la licitación indicada en la carpeta electrónica que para este proceso abra y mantenga la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda www.mercadopublico.cl. Todos los antecedentes deberán ser anexados a las respectivas ofertas presentadas la carpeta electrónica de esta licitación en el sistema de información de la D.C.C.P. del Ministerio de Hacienda, en formatos digitales utilizando para estos efectos Microsoft Office “Word” (como procesador de textos), Microsoft Office “Excel” (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos de Adobe Acrobat Portable Digital File o “PDF” idealmente en este último para evitar edición posterior. 2.1.3 Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta de la misma manera ya expuesta en los acápites anteriores. 2.1.5 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE. Los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes documentos: Si es persona natural: Datos de identificación del proponente, como nombre, run, correo electrónico, teléfono y domicilio. Si es persona jurídica: 1. Copia autorizada del documento donde conste su constitución y todas sus modificaciones. 2. Certificado de vigencia de la persona jurídica, de una data no superior a tres (3) meses contado desde la presentación de la oferta. 3. Copia autorizada del documento donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación. 4. Certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta. 5. Fotocopia de R.U.T. del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 67 bis del decreto Nº 250 de fecha 9 de Marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la ley Nº 19.886. No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos en el registro oficial de proveedores del Estado de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda mantenido en el sistema de información: www.mercadopublico.cl a la fecha de apertura de la ofertas y mantengan sus documentos de acreditación vigentes en la misma plataforma informática. Sin embargo, al momento de contratar, deberán presentar certificado de vigencia de poderes del Representante del proponente cuya oferta sea adjudicada y se convierta así en contratista del Hospital, la cual deberá contar con una data de emisión no superior a tres (3) meses contados hacia atrás desde la fecha de presentación de antecedentes en el presente proceso. Unión Temporal de Proveedores o “UTP”. Aquellos oferentes que presenten su propuesta como Unión Temporal de Proveedores deberán ajustar su propuesta a la normativa vigente, y presentar su oferta en virtud de dicha normativa, tomando en consideración lo señalado en el documento denominado “Directiva N° 22 Orientaciones sobre la participación de las Uniones Temporales de Proveedores en los procesos de compra”, del 18 de noviembre de 2015, aprobada por Resolución Exenta N° 568B de fecha 1 de diciembre de 2015 de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda. 2.2 Precio. El precio ingresado en la oferta en la carpeta electrónica que para esta licitación pública se abra y mantenga en la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda www.mercadopublico.cl , debe incluir todos los gastos asociados, sean directos e indirectos expresado en moneda nacional, peso chileno. Estos valores no podrán modificarse con posterioridad, es decir el valor unitario que se oferte deberá mantenerse hasta el término del contrato. 2.3 Errores en carta propuesta. Si la Carta Propuesta presenta diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda: www.mercadopublico.cl , primarán los valores ingresados en el anexo N° 2. 2.4 Contenido de la Oferta. 2.4.1 Acreditación de idoneidad técnica y financiera. La idoneidad técnica y financiera de los proponentes será acreditada en cada caso, de acuerdo con los antecedentes disponibles en el Registro Oficial de Proveedores del Estado de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda mantenido en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Además, el oferente deberá presentar los documentos que acrediten la calidad de los bienes y servicios ofrecidos, según corresponda y la garantía otorgada sobre los mismos a favor de la Entidad Licitante, la forma de ejercer tal garantía, la calidad de distribuidor oficial del fabricante o proveedor del bien o servicio y las certificaciones de los bienes y servicios que corresponda. En el caso que se presente un oferente que no se encuentre inscrito en el Registro Oficial de Proveedores de la Administración del Estado de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda mantenido en el sistema de información: www.mercadopublico.cl, y que, en virtud de la propuesta presentada y de la evaluación obtenida se adjudica a éste la presente licitación, el oferente que resulte adjudicado deberá en un plazo no mayor a 15 días contados desde la notificación de la adjudicación, inscribirse en ya mencionado registro oficial. En caso de no cumplir este requisito el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, se encontrará habilitado para re adjudicar esta licitación a otro de los oferentes que haya sido previamente evaluado y haya quedado en segundo, tercer o el lugar que corresponda según puntaje de evaluación, o bien declararla desierta si no existe más ofertas o las restantes no se ajustan a los intereses de la institución. 2.4.2 Documentos Técnicos y Administrativos Además, deberán completar e ingresar a la carpeta electrónica que para esta licitación se abra en la plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda: www.mercadopublico.cl al momento de realizar su oferta, los siguientes documentos debidamente firmados y con el nombre del Representante, si corresponde: 2.4.3.- Documentos Administrativos. a) Sólo en el caso de que el oferente sea persona jurídica, y que no se encuentre inscrito en los registros de Chileproveedores o que dichos documentos no hayan a la fecha sido ingresados o no se encuentren vigentes en dicho portal, deberá ingresar los siguientes documentos en la plataforma: www.mercadopublico.cl. a.1) Copia original o legalizada de la Inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad y de las modificaciones que hubiere en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondientes. a.2) Certificado de Vigencia de la Sociedad, emitida por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no mayor de 30 días a la fecha de apertura de la presente propuesta. c) Anexo N º 1 declaración jurada, en que se acredite no encontrarse afecto a la causal de inhabilidad contemplada en el artículo 4 inciso 6º de la Ley Nº 19.886, esto es no ser funcionario directivo del establecimiento que requiere los servicios ni tener vínculos de parentesco con éstos, según formato tipo anexada a las presentes bases. d) En caso de Unión Temporal de proveedores, deberá adjuntar documento público o privado según lo indicado en el artículo 67 bis del Decreto 250 que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886. Nota: todos los documentos solicitados en este punto se deberán ingresar al portal Mercado Público como “Anexos Administrativos”. 2.4.4-Documentos Técnicos (OBLIGATORIOS): Deberá acompañar: a) Descripción completa del insumo: Cumplimiento de as características insitricas del producto señalado en las descripciones Técnicas o Fichas técnicas detalladas escritas en idioma español de los productos ofertados. No se considerara como tal la ficha técnica en otro idioma, ni catálogos completos de la línea o de la empresa en donde se incluya el producto ofertado. b) Anexo n°3 Carta de canje según formato tipo, por cambio del producto con deficiencias en embalaje, fechas de vencimiento mayor a 6 meses y/o calidad técnica de los bienes recibidos. Debe adjuntar documento que lo acredite. c) Propuesta plazo de entrega de los insumos indicando días corridos; debe ser detallado en formulario anexo n°2 de las presentes bases. Nota: todos los documentos solicitados en este punto se deberán ingresar al portal Mercado Público como “Anexos Técnicos”. 2.4.5-Documentos Económicos (OBLIGATORIOS) Anexo Nº 2 Carta oferta y presupuesto detallado, según formato tipo anexo a las presentes bases. El precio ingresado al Portal será unitario y neto, se deberá detallar el precio final correspondiente a los insumos ofertados. Estos valores no podrán modificarse con posterioridad, es decir, el valor unitario que se oferte deberá mantenerse hasta el término del contrato. Nota: todos los documentos solicitados en este punto se deberán ingresar al portal Mercado Público como “Anexos Económicos”. Se deja constancia que se estimará que no dan cumplimiento a las bases y no se evaluaran aquellas ofertas que no adjunten lo requerido en los puntos 2.4.4 y 2.4.5. Los proponentes podrán anexar, al momento de realizar su oferta, los documentos que estimen pertinentes en el Portal Mercado Público (cumpliendo lo indicado en el punto 5.1 de las presentes bases), hasta la fecha de cierre de la licitación. Los valores ofertados por el proponente, deberán incluir todos los gastos asociados, sean directos o indirectos, tales como fletes, transporte, embalaje; traslados de personal, aranceles aduaneros, e impuestos pertinentes. La Institución mandante deja expresa constancia que el oferente, y potencial proveedor, no podrá alegar como causal para negar el despacho de los productos solicitados, el que la orden de compra que se emita no cumpla con el monto o cantidades mínimas que el mismo proveedor establezca, debiendo éstas ajustarse a las necesidades del Hospital. Por lo tanto, al efectuar su oferta, deberá ponderar la conveniencia de esta. Tratándose de documentos o archivos que no se puedan adjuntar en la carpeta electrónica de la plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda en formato digital, deberán ser entregados físicamente dentro de un sobre cerrado donde indique la propuesta, el proveedor, y su domicilio, salvo que se indique otro tratamiento para estos casos. Estos documentos deben entregarse en la forma indicada en el Sub-departamento de Recursos Físicos y Abastecimiento del H.D.E.T.G., ubicado en Avenida Héroes de la Concepción N° 502, de Iquique, antes del cierre para la presentación de las ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl 2.5 Validez de la Oferta La oferta tendrá validez de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La presente propuesta pública no solicitará Garantía de Seriedad de la Oferta, amparándose en lo dispuesto por el artículo N° 31 del Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, sin perjuicio de las normas generales. Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N° 68 de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, no se exigirán garantías de Fiel Cumplimiento de Contrato, toda vez que no existe riesgo para la entidad atendido el monto de la contratación. Será responsabilidad única del oferente ingresar la oferta y la documentación solicitada para la presente propuesta en forma correcta en el portal www.mercadopublico.cl 3. DE LA APERTURA: 3.1.- Evaluación de antecedentes y aceptación de la ofertas. En el acto de apertura se procederá a descargar desde la carpeta electrónica que para esta licitación pública se abra en la plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda: www.mercadopublico.cl todas las propuestas y toda la información que los postulantes anexen a sus propuestas. Sin perjuicio de la revisión posterior de los antecedentes por parte de la Comisión Evaluadora designada para este proceso de compras por el Director del Hospital, ésta podrá rechazar las ofertas cuya documentación no cumpla con los requisitos exigidos. Entre los parámetros que deberá considerarse al momento de evaluar las propuestas se comprende: • Cumplimiento de las características intrínsecas de los servicios señalados en las Especificaciones Técnicas para los insumos y equipamiento. • Capacidad económica y capacidad técnica. • La oferta económica. El Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames elegirá la oferta que ofrezca la combinación de factores más conveniente a los intereses y objetivos buscados considerando las especificaciones técnicas establecidas para esta licitación. 3.2 Derecho de desestimar las ofertas. El Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, en virtud del artículo 9 de la Ley 19.886 deberá declarar inadmisibles o fuera de bases aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las mismas. En caso de no presentarse oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del establecimiento podrá declarar desierta la licitación. En ambos casos se dictará la correspondiente Resolución fundada. Asimismo, el Hospital se reserva el derecho de aceptar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independiente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera a los intereses económicos y técnicos del establecimiento HDETG. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Adjudicación correspondiente. En tales casos los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra del hospital. 4. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Para la evaluación de las ofertas, es imprescindible que el proveedor haya estudiado cabalmente lo formulado en las bases de licitación. El Hospital no considerará las ofertas técnicas incompletas; es decir aquellas ofertas que no cumplan con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas para la ejecución de los servicios que se solicita como objeto del contrato final resultante de la presente licitación pública. Para la evaluación de las ofertas que se presente por los postulantes, se usarán los siguientes criterios de evaluación que son complementarios entre sí: a) Precio 65% b) Plazo de entrega y/o reposición 30% c) Cumplimiento de los Requisitos Formales 5% 4.1 PRECIO (65%). Identificados aquellos oferentes que cumplan con los requerimientos técnicos, se efectuará la Evaluación Económica. En ésta se realizarán cálculos y se analizarán las cifras, con el objeto de que las ofertas sean absolutamente comparables y se expliciten las posibles diferencias. En el estudio de las cotizaciones, se utilizará el análisis comparativo de las ofertas. En caso de discrepancias entre el estudio de las cotizaciones y las bases, se tomará como cierto lo consignado en éstas últimas, sin perjuicio que el Hospital decida no considerar las ofertas que, a su juicio, presenten discrepancias insoslayables. Se calculará de acuerdo con la siguiente forma: La evaluación se realizará considerando el menor valor ofertado o el valor referencial definido por este Hospital para cada intervención, el menor valor entre las dos opciones, de acuerdo con la siguiente fórmula: X = Precio (mínimo entre los oferentes) * 100 / precio del oferente evaluado. 4.2 PLAZO DE ENTREGA Y/O REPOSICIÓN 30%: Para la evaluación del criterio plazo de entrega se calculará según el siguiente cuadro: Descripción Puntaje Entre 1 y 4 días hábiles 100 Puntos Entre 5 y 8 días hábiles 50 puntos Igual o mayor a 9 días 0 Puntos 4.3) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%) El oferente que haya adjuntado todos los antecedentes administrativos solicitados en las bases, obtendrá 100 Puntos. El oferente que No adjunte todos los antecedentes administrativos solicitados en las bases, en el momento del cierre de la licitación, no obtendrá puntaje (0 Puntos). PARAMETROS DE CRITTERIOS PUNTAJE OFERTA COMPLETA La totalidad de los antecedentes son presentados en el plazo de recepción de ofertas. 100 puntos OFERTA INCOMPLETA No se presenta la totalidad de antecedentes. 0 puntos 4.3 CRITERIOS DE DESEMPATE. Resolución de empates: Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará de la siguiente forma: 1. El mayor puntaje en el criterio “Precio”. De continuar la igualdad 2. Por el mayor puntaje en el criterio “Plazos de entrega”. 3. De continuar el empate se adjudicará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en “Cumplimiento de requisitos formales”. 5.- DE LA ADJUDICACIÓN: 5.1 Derecho de adjudicación Se deja establecido que al ser el futuro contrato resultante de flujo variable el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, se reserva el derecho de adjudicar total la presente licitación, aumentar o disminuir cantidades. El Hospital adjudicará la licitación al oferente cuya oferta se ajuste sustancialmente a las bases de licitación, y que a juicio del Hospital, esté capacitado técnicamente para cumplir con lo solicitado, y se ajuste a la estimación presupuestaria que el Hospital tiene para este objetivo, es decir, el adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa. 5.2 Comunicación de la adjudicación. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el cronograma de la licitación se informará, en el Sistema de Información de la DCCP del Ministerio de Hacienda: www.mercadopublico.cl , las razones que justifican dicho incumplimiento y se indicará un nuevo plazo para la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886. El Hospital, antes de la expiración del período de validez de la oferta, comunicará su decisión sobre la propuesta al (o los) oferente (s) mejor evaluados, a través del sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda www.mercadopublico.cl y publicará por este mismo medio la Resolución de adjudicación. 6. DEL CONTRATO. La presente licitación Pública no contempla la suscripción de un contrato escrito por concurrir las circunstancias establecidas en el artículo Nº 63 del Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios por ser bienes estándar de simple y objetiva especificación, cuyo objeto principal además está regulado por la ley y sin perjuicio del suministro de los boletos a requerimiento del Hospital, así como porque se ha determinado que el monto total proyectado del contrato no excederá de la cantidad equivalente en pesos a 1000 Unidades Tributarias Mensuales. Por lo anteriormente expuesto la emisión de la Orden de Compra y la posterior aceptación por parte del futuro proveedor representará la materialidad del contrato que de esta licitación se origine y obligará a él (o los) proveedor (es) adjudicado (s) a remitir los insumos requeridos por esta institución mandante en los términos expuestos en las bases y antecedentes del presente proceso de licitación pública. Son parte del acuerdo de voluntades y como tal obliga a las partes los documentos de la presente licitación: las bases técnicas y administrativas; las preguntas y aclaraciones; la oferta del proveedor. 6.1 Vigencia del contrato. El Contrato entrará en vigor una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de Adjudicación y tendrá una duración hasta el 31 de diciembre del 2022. Por lo que compromete presupuesto extrapresupuestario del ejercicio fiscal del año 2022. Los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros solo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para estos desembolsos. Con todo, el Hospital podrá poner término anticipado al Contrato en cualquier momento por vía administrativa, cuando se verifique algunas de las causales de término anticipado, notificando al futuro contratista, en su oportunidad, su decisión por Resolución fundada mediante carta certificada y con 30 días de anticipación. Con todo, el contrato terminará de pleno derecho, si con anticipación al vencimiento del plazo de vigencia señalado, se agotasen los fondos asignados como presupuesto para la ejecución del contrato final resultante de la presente licitación. En ningún caso, podrá exceder del equivalente en pesos a la cantidad de 1.000 Unidades Tributarias Mensuales. Ocurrido lo anterior significará el evento de una condición resolutoria que pondrá fin al contrato final resultante, debiendo así sancionarse por Resolución. El pago se realizará, dentro de los 30 días corridos, contados una vez que se encuentre conforme la recepción de los bienes según corresponda de acuerdo con el objeto del contrato definitivo, luego de recibida “conforme” la respectiva factura. 6.2 Modalidad de Pago. El pago será la principal y más importante obligación del Hospital para con el futuro proveedor. Todo servicio que se ejecute por el proveedor en virtud del futuro contrato resultante del presente proceso de licitación pública debe estar respaldado con la orden de compra interna. La factura debe ser enviada una vez recepcionado conforme los bienes o servicios en el portal www.mercadopublico.cl y la orden de compra en estado aceptada por parte del proveedor, a través del sitio web del SII, según Ley Nº 19.983, además deben enviar copia del XML de la factura al correo dipresrecepcion@custodium.com y facturaelectronicahetg@hospitaliquique.cl , en un plazo máximo de 48 horas desde su envío al portal del SII, en caso contrario la factura será rechazada del sistema. En caso que la factura contenga errores en el precio, falta total o parcial de la entrega de las mercaderías, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepciónse hará devolución de la misma, según Ley Nº 19.983, Artículo 3º. El Hospital se hará responsable de todas las facturas que contengan lo siguiente:  Orden de compra generada por el Mercado Publico, de fecha previo a la facturación.  Guías de despacho, en que conste que los bienes fueron efectivamente recepcionados, señalando el número de la orden de compra del portal. Las facturas deben señalar el número de la orden de compra del portal y la (ID) de la licitación. En casos en que el adjudicatario incurra en alguna infracción sancionada con multa, se deja establecido que, previo procedimiento de rigor, dichos cobros se realizarán mediante deducciones en el pago mensual, para lo cual el prestador deberá presentar la nota de crédito respectiva. El Hospital sólo pagará las facturas que contengan la siguiente documentación: • Orden de compra generada en Mercado Público. • Guías de despacho, señalando el número de la orden de compra del portal. • Recepción conforme de los productos en bodega. • Factura con timbre de recepción en bodega, además de indicar a que orden de compra se encuentra asociada. 6.3 Garantía de fiel cumplimiento de contrato No se solicitara documento Garantía de fiel cumplimiento de contrato 6.4 Administrador del Contrato. Al Administrador del Contrato, le corresponderá verificar el cumplimiento de todos los requerimientos técnicos y administrativos que permitan cautelar la oportunidad y calidad de los bienes adquiridos, salvo disposición expresa en contrario de las Bases de la Licitación o que de ellas se desprenda otra cosa. El Administrador del Contrato será el funcionario que se desempeñe como Jefe Cr. Neurocirugía o el funcionario a quien corresponda servir en dicho cargo como suplente, subrogante o reemplazo, el que representará al Hospital en todo cuanto diga relación con la ejecución del Contrato, correspondiéndole, entre otras, las siguientes funciones: a) Supervisar y controlar la ejecución del Contrato, impartiendo las instrucciones y medidas que estime pertinentes para dicho fin. b) Requerir al Proveedor toda clase de asesorías en el marco de las obligaciones asumidas por éste. c) Elaborar y/o instruir la aplicación de protocolos, guías y definir los estándares de calidad y productividad que deberá cumplir el Proveedor, en la ejecución del Contrato. d) Proponer a la Dirección la aplicación de sanciones y demás medidas de orden contractual, mediante informes fundados. Frente a irregularidades, el Administrador del Contrato se pondrá en contacto con el futuro proveedor con el objeto de que se proceda a mejorar aquellas situaciones cuestionadas. 6.5 Subcontratación. Esta licitación no permite la subcontratación. El oferente adjudicado no podrá traspasar, transferir, ceder ni delegar bajo ningún título ni circunstancia a terceros el contrato que se celebre. 6.6 Derecho a exigir calidad en el servicio Los productos entregados objeto de esta licitación serán evaluados por el funcionario responsable del contrato, quedando facultado para emitir informes que eventualmente pueden dar origen a la aplicación de sanciones establecidas en las presentes bases. Los resultados de esta evaluación serán comunicados a los proveedores los que se comprometerán a introducir las mejoras que correspondan en el caso de ser requeridos. Ante dificultades en el cumplimiento del contrato, el proveedor debe dar solución alternativa con prontitud, de acuerdo a lo requerido por el H.D.E.T.G., para evitar la eventual aplicación de las multas correspondientes. 6.7. De la fuerza mayor o casos fortuitos. Si durante la vigencia del contrato se presentaran eventos de fuerza mayor o caso fortuito que entorpecieran o generaran atrasos o impedimentos en el suministro de los bienes licitados, el prestador deberá notificarlo en un plazo máximo de 48 horas de ocurrido el evento, para evitar las correspondientes sanciones, indicando los insumos no entregados. Si el Hospital se viere obligado a comprar insumos materia del contrato a un tercero, debido a incumplimientos por parte del proveedor, esto será de cargo del proveedor. 7.- DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES: El Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, podrá aplicar sanciones en aquellos casos en que de manera injustificada el futuro prestador que no cumpla con las obligaciones indicadas en su oferta. 7.1. Causales de sanción. En general y considerando las obligaciones legales de la Institución mandante en el futuro contrato resultante de la presente licitación, será considerado como incumplimiento de las obligaciones del prestador aquellas incidencias que tengan relación con infracción o falta de cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, así como el incumplimiento de las obligaciones del prestador establecidas en su oferta que tengan relación con las Bases de la licitación, los plazos de entrega de los productos, calidad de los mismos, etc. Situaciones casuísticas meramente ejemplares que no constituyen enumeración taxativa. 7.2. Procedimiento para aplicar una sanción El funcionario designado Administrador del Contrato de la presente Licitación, al constatar incumplimiento a las obligaciones del contrato por parte del proveedor se lo comunicará por escrito con el objetivo que éste tome las medidas necesarias, y emita el informe correspondiente dentro de un plazo de 3 días, si no se emite tal informe será certificada dicha circunstancia por el ya mencionado funcionario. En el caso de aplicar una multa, el Administrador de Contrato remitirá los antecedentes y proposiciones de sanción a aplicar al Director del Hospital, quien resolverá respecto del rechazo, aceptación o modificación de la sanción propuesta. Las multas serán comunicadas por escrito al prestador por parte del Hospital, por algún medio que asegure y proporcione conocimiento efectivo de su contenido, resulte eficaz y no genere indefensión entregando todos los antecedentes necesarios. El prestador podrá reponer por escrito de la multa, dentro de los 5 días hábiles posteriores a ser notificado de ella, por escrito. Esta reposición será dirigida al Director del Hospital quien resolverá con todos los antecedentes a la vista sobre la confirmación, modificación o absolución de la sanción propuesta. El plazo para resolver la reposición interpuesta será de 20 días hábiles siguientes a la recepción de la reposición por escrito por el Director. 7.3. Monto y causales de las multas. a) 5% sobre el valor total de la orden de compra emitida, por día de atraso en la entrega de los productos en virtud de los plazos ofertados, tanto del plazo de entrega, como del plazo de reposición. b) 25% sobre el valor total de la orden de compra por el no envío de los productos por quiebres de stock y/o otros problemas propios del proveedor no informados. Se debe informar los quiebres de stock de productos dentro de un plazo máximo de 24 horas de generada la orden de compra. c) 10% sobre el valor total de la orden de compra de los productos despachados con vencimientos menores a 6 meses. d) 10% sobre el valor total de la orden de compra por envío de la partida solicitada con embalaje en mal estado. e) 50% sobre el valor total de la orden de compra por insumos enviados que no corresponden a la calidad ofertada. f) 50% sobre el valor total de la orden de compra en el caso de que el Hospital reciba de forma parcial los insumos solicitados. 7.4.- Cobro de las multas: La multa aplicada deberá ser pagada dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la fecha en que se encuentre completamente tramitada la Resolución que la dispone. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El hospital se reserva la potestad para cobrar esta multa aplicada al futuro contratista de forma judicial o extrajudicial. El cobro de una o más de las multas precedentes, no excluye el derecho del Hospital para poner término al contrato por causas imputables al proveedor y exigir, en tal caso la indemnización de los perjuicios que corresponda. 8. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Serán causales de término inmediato del contrato, sin forma de juicio, y sin derecho a indemnización alguna, en los siguientes casos: 8.1 Mutuo Acuerdo. Las partes podrán poner término al Contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, en cualquier tiempo, debiendo constar por escrito. 8.2 Unilateralmente. El Hospital, fundadamente, podrá declarar el término del Contrato, en forma inmediata, sin forma de juicio y sin indemnización alguna a favor de la contraparte, pudiendo en su caso hacer efectiva la Garantía del Fiel Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos: • Necesidades del servicio, debidamente acreditada. • Cuando desaparezcan las condiciones que indujeron el llamado a Trato Directo, lo cual deberá ser acreditado • Si el proveedor no diere cumplimiento a la totalidad de su oferta. • Instrucción de autoridad. • Aplicación de una multa por haber incurrido en conducta constitutiva de faltas graves al contrato. • Entrega errónea de uno o más resultados. • Incumplimiento reiterado de las obligaciones que el contrato imponga, sancionada por el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames y que no fueren constitutivas de multas. • Incumplimiento de los plazos fijados para la entrega del servicio en más de un 30% en el mes. Si la entrega es incompleta, o no presentan la calidad ofrecida en la propuesta. • Si el proveedor hiciese traspaso de su contrato o subcontratos a intermediarios u a otra persona natural o jurídica. • Si con anticipación al vencimiento del plazo de vigencia del contrato se agotan los fondos asignados para la adquisición de los servicios objeto del contrato resultante del presente proceso de licitación pública. 8.3 Por situación sobreviniente. Consistente en orden o instrucción de un autoridad u organismo respecto del cual el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como Ministerio de Salud, Servicio Salud de Iquique, Contraloría General de la República, entre otras. En estos casos el contrato se pondrá término en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. 9. READJUDICACIÓN: El Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, re adjudicará la presente Licitación, si concurre alguna de las causales que se señalan: - Por desistimiento de oferta del proveedor adjudicado. - Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en el plazo estipulado en la ley 19.886. - Error en la evaluación técnica de las ofertas, de carácter involuntario, que pudiera haber alterado el resultado de la ponderación final. - Si el proveedor adjudicado no estuviere inscrito en el registro oficial de proveedores de la Administración del Estado de la DCCP del Ministerio de Hacienda en el sistema de información: www.mercadopublico.cl o fuere declarado inhábil, en el primer caso si no se inscribiere dentro del plazo de 15 días corridos desde el comunicación de adjudicación. - Si por error involuntario del funcionario encargado de ejecutar la licitación, se omitan antecedentes que alteren el resultado de la evaluación de las ofertas. - Al producirse algún incumplimiento técnico por parte del proveedor circunstancia que deberá certificarse por el administrador del contrato de manera fundada. En todos los casos señalados anteriormente no operará indemnización alguna para el adjudicatario. La re adjudicación se le otorgará al siguiente oferente mejor evaluado que hubiere cumplido con los requisitos establecidos en las bases administrativas y en las especificaciones técnicas y así sucesivamente si es que el re adjudicado no cumpliera con los requisitos estipulados anteriormente. Siempre y cuando las ofertas presentadas, resulten convenientes a los intereses del Hospital. 10. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las diferencias que se puedan originar entre los prestadores y el Hospital serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República y el Tribunal de Contratación Pública. Para todos los efectos derivados del presente contrato, el prestador deberá fijar un domicilio en la ciudad de Iquique, para efectos de las comunicaciones y notificaciones a que hubiere lugar.
Documentos Técnicos
1.- BASES TÉCNICAS. “SUMINISTROS DE INSUMOS VARIOS PARA LA ESPECIALIDAD DE NEUROCIRUGIA DEL HOSPITAL Dr. ERNESTO TORRES GALDAMES DE IQUIQUE” 1. OBJETIVO. Adquirir los insumos necesarios para proporcionar un adecuado tratamiento a los pacientes de neurocirugía del hospital Dr. Ernesto Torres Galdames así dar un servicio con la efectividad, seguridad y condiciones de calidad que estos requieren. ITEM DESCRIPCION ESPECIFICACIONES TECNICAS CANTIDAD MENSUAL 1 SELLANTE DE DURAMADRE 3 ML. Sellante dural compuesto de Polietilenglicol y aminopolímeros, de uso para cirugías cerebrales y de columna vertebral en la misma presentación. Con tres aplicadores. 10 2 HEMOSTÁTICO ABSORBIBLE ESTÉRIL: medidas 5.1 x 7.6 CM, EQUIVALENTE A 1953 SURGICEL Celulosa oxidada regenerada en tela tejida ligeramente entrelazada, absorbible y estéril, medidas 5.1 x 7.6 CM, caja x 12 Uds., equivalente a 1953 SURGICEL 20 3 HEMOSTÁTICO DE CELULOSA REGENERADA OXIDADA EQUIVALENTE A SURGICEL 1952 Compuesto de celulosa regenerada oxidada, para uso como ayudante de hemostasia en cirugías cerebrales y espinales, medidas 10 x 20 CM, caja x 12 ud. equivalente a SURGICEL 1952 20 4 HEMOSTATICO CELULOSA OXIDADA REGENERADA EN FIBRAS, EQUIVALENTE A SURGICEL FIBRILAR HEMOSTATICO CELULOSA OXIDADA REGENERADA EN FIBRAS medidas 2.5 X 5 CM., equivalente a surgicel fibrilar 60 5 HEMOSTÁTICO ABSORBIBLE TRIDIMENSIONAL PARA CIRUGÍAS VERTEBRALES Y CEREBRALES, PROCOAGULANTE 0.5 GR. HEMOSTÁTICO DE CELULOSA OXIDADA REGENERADA EN FORMA DE FIBRAS 0.5 GR., EQUIVALENTE SURGICEL FIBRILAR 411962 20 6 KIT MATRIZ HEMOSTÁTICA CON PROTROMBINA HUMANA. ABSORBIBLE EQUIVALENTE A MS0012 SURGIFLO CON TROMBINA. 8 CC. Hemostático de gelatina fluida de origen porcino con trombina de origen humano. 8 cc de volumen. Equivalente a MS0012 SURGIFLO CON TROMBINA. 20 7 CLIPS DE HEMOSTASIA PARA CUERO CABELLUDO: CLIPS DE RANEY DE PLÁSTICO DESECHABLES, COLOR AZUL. Clips de hemostasia para cuero cabelludo: Clips de Raney de plástico desechables, color azul 7 El proponente deberá indicar en la oferta: • Nombre y características de los productos de la manera más detallada posible. • El proveedor deberá ofertar un valor total único por ítem y detallar los valores en cada línea ofertada, no pudiendo modificar el precio según la vigencia de la presente licitación. • Deberá ofrecer carta de canje, por cambio del producto con deficiencias en embalaje, piezas faltantes y/o calidad técnica.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%) El oferente que haya adjuntado todos los antecedentes administrativos solicitados en las bases, obtendrá 100 Puntos. El oferente que No adjunte todos los antecedentes administrativos solicitados en las bases, en el momento del cierre de la licitación, no obtendrá puntaje (0 Puntos). PARAMETROS DE CRITTERIOS PUNTAJE OFERTA COMPLETA La totalidad de los antecedentes son presentados en el plazo de recepción de ofertas. 100 puntos OFERTA INCOMPLETA No se presenta la totalidad de antecedentes. 0 puntos 5%
2 Plazo de Entrega PLAZO DE ENTREGA Y/O REPOSICIÓN 30%: Para la evaluación del criterio plazo de entrega se calculará según el siguiente cuadro: Descripción Puntaje Entre 1 y 4 días hábiles 100 Puntos Entre 5 y 8 días hábiles 50 puntos Igual o mayor a 9 días 0 Puntos 30%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 65%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: CRISTIAN PALACIOS
e-mail de responsable de pago: CRISTIAN.PALACIOS@REDSALUD.GOB.CL
Nombre de responsable de contrato: MANUEL GOMEZ ZERPA
e-mail de responsable de contrato: NEUROCIRUGIA.HETG@REDSALUD.GOB.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2406478-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

3         CRITERIOS DE DESEMPATE.

Resolución de empates: Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará de la siguiente forma:

1.     El mayor puntaje en el criterio “Precio”. De continuar la igualdad

2.      Por el mayor puntaje en el criterio Plazos de entrega”.

  1. De continuar el empate se adjudicará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en “Cumplimiento de requisitos formales”.