Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 24 horas corridas contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En el caso de las empresas o Personas Jurídicas que se adjudiquen esta licitación, en su calidad de empleador, serán exclusivamente responsable del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo, que tengan relación con el proyecto adjudicado a con la CORESAM.
En consecuencia, el contratista será responsable en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagará a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
La CORESAM, se reserva el derecho de exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras y el artículo 184 letra c) del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitidas por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo, por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención consagrados en el inciso 2 y 3 del artículo 183 letra c) del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivadas de dichas obligaciones labores y previsionales a la que alude el artículo 183 letra d) del mismo Código.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y la igualdad de los oferentes, y se informe dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará el plazo fatal de 24 horas corridas contados desde la comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
El ejercicio de esta facultad para la Corporación deberá referirse a errores formales que afecten a todos
los documentos solicitados en la medida que no vulneren los principios invocados en el párrafo primero. Respecto de las omisiones, sólo se aplicará a aquellas omisiones formales que no pugnen con los requerimientos mencionados en el punto N°6 de las presentes bases, considerados de la esencia.
La CORESAM permitirá la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, se otorgará un plazo fatal de 24 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que por el solo hecho de participar en la presente licitación acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a estas Bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en razón con su oferta en el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas ni concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa e indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de el o los contratos que de ellos se derivan.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, a aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva en cualquiera de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio, es una propuesta seria con información fidedigna, y en términos técnicos y económicos, ajustados a la realidad que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y en todo documento que de ello derivasen.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas, sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes, y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Comportamiento del adjudicatario. |
El adjudicatario deberá observar durante toda la época de ejecución del servicio de suministro de artículos de aseo, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la administración Pública, en conformidad con el título tercero de la Ley N°18.575 Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado.
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Confidencialidad. |
El adjudicatario no podrá utilizar, para ninguna finalidad ajena a la ejecución del presente proyecto, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información que haya conocido o a la que haya accedido en virtud a cualquier actividad relacionada con la venta del bien encomendado.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la compra, en cualquiera de sus etapas, debe guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de éste.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, en atención a las normas legales vigentes en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación por cualquier medio de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores por parte del proveedor, durante la vigencia de éste o dentro de los cinco años siguientes, después de finalizado éste, podrá dar pie a que la entidad entable en su contra, las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628 sobre protección de la vida privada.
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Prohibición de cesión de derechos y transferencias |
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nazcan del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo.
Asimismo, las entidades con que el contratista suscriba las referidas alianzas estratégicas o encomendamientos deberán cumplir la obligación de confidencialidad y no tener inhabilidades para contratar con el Estado.
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Interpretación de los Antecedentes. |
Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases será resuelta sin ulterior recurso por la Unidad Técnica, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes de la Corporación y a la Contraloría General de la República.
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