Licitación ID: 1260-10-LE23
Cambio Techumbre Piso 8 y DIT del GORE RM
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA, ADQUISICIONES - PROGRAMA 01
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 36
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o reparación de techos 1 Unidad
Cod: 72101601
CAMBIO TECHUMBRE 8° PISO Y DIT DEL GOBIERNO REGIONAL REGIÓN METROPOLITANA. Ver archivo adjunto RESOLUCION_EXENTA_N_762_Aprueba Bases.pdf  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Cambio Techumbre Piso 8 y DIT del GORE RM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CAMBIO TECHUMBRE 8° PISO Y DIT DEL GOBIERNO REGIONAL REGIÓN METROPOLITANA. Los trabajos consisten en el retiro e instalación de techumbre del 1er piso, 8º piso, balcón 7º piso, cambio de ventana e instalación de mampara en el edificio ubicado en Bandera Nº 46, comuna de Santiago.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA
Unidad de compra:
ADQUISICIONES - PROGRAMA 01
R.U.T.:
61.923.200-3
Dirección:
Bandera N°46
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-05-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 11-05-2023 12:29:25
Fecha inicio de preguntas: 11-05-2023 15:00:00
Fecha final de preguntas: 16-05-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-05-2023 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-05-2023 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-05-2023 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 16-06-2023 11:20:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita Terreno en Bandera N°46, Piso 1, Comuna de Santiago 15-05-2023 10:30:00
Recepción Garantías Seriedad Oferta en Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hasta las 13:00 31-05-2023 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) Garantía de Seriedad de la Oferta de acuerdo a lo señalado en el 4.1 de las bases administrativas especiales y al 5.1 de las bases administrativas generales. (ESENCIAL)
2.- b) Formato N° 1 “Formulario de Identificación del Oferente”: (persona natural o jurídica) Identificación del Oferente: Se deberá completar con la identificación completa del oferente y su representante legal cuando corresponda (ESENCIAL).
3.- c) Formato N° 2 “Declaración Jurada Aceptación de Bases”: En el caso de las personas jurídicas, la Declaración Jurada deberá suscribirse por él o los mandantes que tengan poder suficiente para representar y obligar al oferente, sin perjuicio de lo dispuesto para tal efecto en el artículo 41 del D.S. Nº 250/04, del Ministerio de Hacienda.
4.- d) Formato Nº 3 Declaración de Habilitación (Persona Natural o Jurídica): Declaración Jurada simple de no encontrarse dentro de las inhabilidades establecidas en Art. 4 de la Ley Nº 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios.
5.- e) Formato Nº 4 “Declaración Jurada Unión Temporal de Proveedores”. Cuando corresponda. (ESENCIAL).
6.- f) Formato N° 4-A “Acuerdo Unión Temporal de Proveedores”. Cuando corresponda. (ESENCIAL).
Documentos Técnicos
1.- a) Formato Nº 5: Experiencia El oferente mediante este documento declarará poseer la experiencia en “contratos de obras civiles” agregando el Nombre de la obra realizada, monto del contrato, Vigencia del Contrato y la Identificación de la Entidad que lo contrató. (ESENCIAL).
 
2.- b) Formato N°8 Carta Gantt programa de trabajo de las obras detallando la secuencia de sus operaciones, fecha de inicio y término de cada partida, en concordancia con el plazo de ejecución ofrecido, conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas.
 
3.- c) Formato Nº 10, “Nómina del Personal Permanente y/o Transitorio que actuarán en la obra, a tiempo completo o parcial, indicando el profesional que destacará en el desarrollo y dirección de los trabajos de acuerdo a las exigencias de tipo, cantidad, experiencia y permanencia definidas en las Bases Especiales o en las Especificaciones Técnicas, según corresponda.
 
4.- d) Carta Compromiso del Profesional que estará a cargo de la obra, de acuerdo a formato que se incorpora en las bases, además deberá acompañar: · Copia Certificado de Título Profesional. · Currículum que dé cuenta de la experiencia en obras de edificación
 
Documentos Económicos
1.- a) Formato Nº 6 Formulario “Oferta Económica”, donde el oferente señalará su oferta económica, IVA incluido, y el tiempo de ejecución de las obras a contratar.(ESENCIAL)
2.- b) Formato Nº 7 Presupuesto Detallado en el que los Proponentes determinarán los precios unitarios y cantidades de cada ítem, donde el oferente mantendrá la unidad de medida señalada, por tanto, las cantidades y el precio unitario será ofertado por el Contratista. Dicho presupuesto deberá coincidir con la oferta (impuesto incluido) consignada en el Formato Nº 6 y el valor neto será coincidente con el monto ofertado en Mercado Publico.(ESENCIAL)
3.- c) Formato N° 9 Programación Financiera, de los estados de pagos mensuales, en concordancia con el plazo de ejecución ofrecido. Esta programación deberá ser confirmada o corregida, en cada estado de pago de acuerdo al avance real ejecutado en el mes. Debe llenarse de acuerdo a formato que se incorpora en las bases. La concordancia del valor total ofrecido, con los valores del presupuesto detallado, será verificada posteriormente por la Comisión Evaluadora. En caso de no coincidir tales valores, se considerará como oferta final la expresada en el formato Nº 6, cuyo valor neto deberá coincidir con la oferta subida al portal Mercado Público. Si no existe concordancia entre estos últimos dos valores el Oferente quedará eliminado del proceso licitatorio. (ESENCIAL)
4.- d) Formato Nº11 Análisis de precios unitarios, en donde el proponente debe incorporar en su oferta los precios unitarios de las partidas ofertadas en el Formato Nº7 Presupuesto detallado, debiendo ser coincidente en valores y unidades de medida ofertadas, entendiéndose que forma parte de la propuesta. (ESENCIAL)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica El puntaje del parámetro oferta técnica, será obtenido otorgando la nota máxima al oferente que no presente errores, respecto a los materiales especificados, ni errores aritméticos o de unidades de medida en análisis de precio unitario y presupuesto itemizado. (Formato Nº 7 y Formato Nº11). Cabe destacar que los valores y unidades de medida deben ser concordantes entre el Análisis de precio unitario y el presupuesto. Errores Puntuación 0 errores 100 puntos 1 errores 75 puntos 2 errores 50 puntos 3 errores 25 puntos 4 o más errores 0 puntos Formula: puntaje obtenido x 0.20 20%
2 Precio se aplicará el “Análisis de Mínimo Costo”, donde se considerará la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente fórmula: POE = [(Omín./OE) X 100] x 50% Donde: POE = Puntaje obtenido por Oferta Económica del postulante en evaluación. Omín = Monto de la Oferta mínima, válidamente presentada. OE = Monto de la Oferta en evaluación 50%
3 Experiencia de los Oferentes Será obtenido a partir de la experiencia declarada debidamente respaldada. Se le otorgara la nota máxima al oferente que presente 3 o más contratos terminados con acta de recepción sin observaciones, así como también facturas pagadas y/u órdenes de compra que acrediten la ejecución de los trabajos, relacionados con el objeto del presente proceso licitatorio, que haya celebrado con personas naturales o jurídicas referentes al rubro de la construcción, específicamente contratos de obras civiles de montos superiores a 35 millones de pesos en los últimos 4 años. Los contratos, facturas u órdenes de compra presentados sin acta de recepción no serán considerados y evaluados con 0 puntos. Se deja constancia que el Gobierno Regional de Santiago se reservará el derecho a verificar los datos proporcionados por el oferente en razón del presente proceso concursal (Formato Nº 5). Contratos Puntuación 3 o más contratos, facturas pagadas u orden de compra con acta de recepción 100 puntos 2 contratos, facturas pagadas u orden de compra con acta de recepción 50 puntos 1 contrato, factura pagada u orden de compra con acta de recepción, o no presenta. 0 puntos Formula: puntaje obtenido x 0.25 25%
4 Cumplimiento de los requisitos Será determinado según si la Comisión Evaluadora requiere solicitar antecedentes adicionales o aclaraciones o complementar los antecedentes, vía “Foro inverso” del Portal. Cumplimiento de Requisitos Formales PTS No se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso 100 Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente lo acompaña. 50 Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente no lo acompaña. 0 CUALQUIER ANTECEDENTE ESENCIAL QUE NO SE PRESENTE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE PROPUESTAS SERA CAUSAL DE RECHAZO DE LA OFERTA EN DICHO ACTO De este modo, el puntaje total del criterio Cumplimiento de Requisitos, se calculará de acuerdo a la siguiente formula: CR = PTS * 0.05 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto corriente
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRESUPUESTO DISPONIBLE
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Darío Salinas
e-mail de responsable de pago: dsalinas@gobiernosantiago.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Muñoz
e-mail de responsable de contrato: cmunoz@gobiernosantiago.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22509-104
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Gobierno Regional Región Metropolitana RUT 61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 29-08-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como por ejemplo póliza de seguro, boleta de garantía o certificado de fianza a la vista o vale vista, entre otros tipos de cauciones) por un monto detallado en el pliego de condiciones, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, la que deberá ser emitida en favor del Gobierno Regional Región Metropolitana, y deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF al valor del día de apertura de ofertas, en caso de las pólizas de seguro. Dicha garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 (sesenta) días corridos, contados desde las 00:00 del día siguiente al de la fecha de cierre de recepción de ofertas, la cual deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, hasta las 13:00 Hrs., del día de cierre de la recepción de ofertas. 5.1.2 Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora y, por tanto, no podrán incluir cláusulas que limiten la ejecución de la garantía en los casos establecidos en el pliego de condiciones. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, siendo rechazada tanto la garantía como la oferta. 5.1.3 La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a los documentos administrativos de la licitación. 5.1.4 La garantía de seriedad de la oferta deberá contener la glosa que estará definida en las bases administrativas especiales. 5.1.5 La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: 5.1.5.1 Si el oferente retira su oferta en el período de validez (vigencia) de la misma. 5.1.5.2 Si el oferente cuya oferta ha sido aceptada, no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien, si no suscribe el contrato respectivo dentro del plazo indicado posteriormente en estas bases, por causa imputable a él mismo. 5.1.5.3 Si no se inscribiere en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración ChileProveedores, previo a la fecha de la firma del contrato respectivo. 5.1.5.4 Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4, de la Ley N° 19.886, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. 5.1.5.5 Si, durante el periodo de evaluación, la Administración da cuenta de que los antecedentes presentados por la proponente incumplen con el “pacto de integridad” regulado en las presentes bases.
Glosa: Para Garantizar la seriedad de la oferta del contrato “Cambio techumbre 8º piso y DIT del Gobierno Regional Región Metropolitana”, ID N° 1260-10-LE23
Forma y oportunidad de restitución: La División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, será la encargada de devolver la garantía a los proponentes no favorecidos a contar del día siguiente de la fecha en que se suscriba el respectivo contrato, previa autorización de la unidad, departamento o división, que esté a cargo de la contratación, según corresponda. En el caso del oferente adjudicado por el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, el documento de garantía de seriedad de la oferta le será devuelto una vez que suscriba el contrato correspondiente y efectúe la entrega de la caución de fiel cumplimiento del contrato señalada en el numeral siguiente. 5.1.7 Se deja expresa constancia que podrá solicitarse la extensión de la vigencia (validez) de la oferta y de la caución, en caso que el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago lo requiera, notificando lo anterior a través del Portal www.mercadopublico.cl al menos diez (10) días hábiles antes de su vencimiento, señalando en dicho acto los plazos requeridos. 5.1.8 El oferente deberá comunicar su aceptación o rechazo por la misma vía en un plazo de dos (2) días corridos. 5.1.9 El oferente en el caso de renovación deberá acompañar la Garantía de Seriedad de la Oferta en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde su aceptación. 5.1.10 De no aceptar la solicitud de extensión de la vigencia de la garantía, se entenderá que el proponente no desea mantenerse en el proceso, procediendo a su devolución y a la exclusión del oferente de la adjudicación, de lo que se dejará constancia en el acta de evaluación de ofertas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional Región Metropolitana RUT 61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 27-12-2023
Monto: 10 %
Descripción: El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago en las bases administrativas especiales, establecerá de acuerdo a la normativa de compras públicas los detalles referentes a esta caución. En silencio de las bases especiales o de manera complementaria, deberá regirse por las siguientes reglas. 5.2.2 El oferente adjudicado deberá presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable por el monto detallado en las bases administrativas especiales, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, el que deberá ser emitido en favor del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato que se firme. Esta garantía deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF, en caso de las pólizas de seguro, al valor del día de la notificación de la adjudicación. 5.2.3 La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de los diez (10) días hábiles contados desde que se notifica de la adjudicación a través del portal de compras públicas, salvo que las bases administrativas especiales o las bases técnicas dispongan un plazo diferente. Esta entrega deberá realizarse en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago. 5.2.4 La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá remitirse al correo electrónico del responsable del contrato individualizado en las bases administrativas especiales o en las bases técnicas, para su tramitación interna. 5.2.5 Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora y, por tanto, no podrán incluir cláusulas que limiten la ejecución de la garantía en los casos establecidos en el pliego de condiciones. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, siendo rechazada la garantía, considerándose un impedimento atribuible al adjudicatario, pudiendo el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta (de existir) de no entregar la caución de la forma debida dentro del plazo indicado.
Glosa: Para Garantizar el Fiel Cumplimiento del contrato “Cambio techumbre 8º piso y DIT del Gobierno Regional Región Metropolitana”, ID N° 1260-10-LE23
Forma y oportunidad de restitución: Las condiciones de la póliza deben señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el artículo 78 del Reglamento, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que la expresión sea taxativa, que el objeto de la caución es responder por: incumplimientos laborales y previsionales derivados del contrato, términos anticipados de contrato y cobro de multas. 5.2.7 Dicha caución deberá tener una vigencia que vaya desde la firma del contrato hasta, a lo menos, 90 (noventa) días corridos, contados desde el día siguiente a la fecha prevista para el término del contrato. 5.2.8 La no entrega de la caución en el plazo señalado facultará al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago a dejar sin efecto la adjudicación señalada, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar la licitación desierta, revocarla e inclusive readjudicar al oferente acreedor del segundo mejor puntaje. 5.2.9 La restitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de la caución, por parte de la División de Administración y Finanzas del GORE R.M.S. 5.2.10 En caso de modificaciones contractuales tales como aumentos de contrato, suministros de bienes extraordinarios, aumentos de plazo, renovaciones y prórrogas; o de modificaciones de plazo derivadas del incumplimiento en tiempo y forma del objeto del contrato, o atribuibles a situaciones imprevistas para el proveedor, será necesario que se extienda la garantía de fiel cumplimiento por el período de corresponda al de la extensión del plazo contractual. A su vez, si se contempla por modificación contractual un aumento en el precio total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, de acuerdo al porcentaje o fórmula definida en las bases administrativas especiales, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad del proveedor mantener vigente la garantía, y deberá ingresar la renovación con a lo menos diez (10) días corridos anteriores a su vencimiento. 5.2.11 De no ingresar la extensión de la caución, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago estará facultado para cobrar de oficio la garantía, sustituyendo el instrumento comercial entregado como garantía de fiel cumplimiento de contrato por el dinero obtenido del cobro, el que tomará el lugar de la caución para todos los efectos de la contratación, siendo depositado para tales efectos en arcas del Servicio. 5.2.12 De acuerdo a lo prescrito en la ley N° 19.886 y su Reglamento, atendiendo el monto de la contratación y cumpliendo con las prerrogativas establecidas en la normativa antes señalada, se podrá eximir a los oferentes del proceso licitatorio de presentar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, situación excepcional que deberá estar consignada en las bases administrativas especiales. De no existir la mención expresa a la que se hizo referencia, deberá siempre otorgarse la caución correspondiente, en los términos establecidos en el presente numeral y en lo que corresponda determinar por las bases administrativas especiales. Tratándose de contrataciones iguales o inferiores a las 1.000 UTM, la entidad licitante deberá fundadamente ponderar el riesgo involucrado en cada contratación para determinar si requiere la presentación de garantías de fiel cumplimiento. 5.2.13 Sin perjuicio de lo anterior, la caución de fiel cumplimiento del contrato nunca deberá ser inferior al 5% del valor total del contrato, debiendo readecuarse por el proveedor a solicitud del Inspector Técnico, cuando sea necesario. 5.2.14 Si se dispone que la garantía deberá superar el 30% del contrato, tal situación se justificará en las bases administrativas especiales. 5.2.15 Se hace presente que la garantía de fiel cumplimiento del contrato cumple con caucionar no solo obligaciones propias del contrato, sino que también, y de acuerdo a la normativa de compras públicas, jurisprudencia administrativa y judicial, garantiza el pago de obligaciones laborales y previsionales. 5.2.16 Si a propósito de multas o de término anticipado del contrato se cobran la garantía de fiel cumplimiento, u otro tipo de garantías, entonces será obligación del proveedor sustituir la caución en particular, so pena de quedar sujeto a lo señalado en el numeral 5.2.11. 5.2.17 Aumento de garantía: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Gobierno Regional que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, este Servicio podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. En cualquier caso, la oferta del proveedor nunca podrá ser menor al 50% del presupuesto estimado o disponible si es que fue publicado, siendo descartada la propuesta que se postula en tales condiciones, por considerarse temeraria, y de dicha forma no cumple con las bases de licitación.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en caso de que el oferente adjudicado no continúe el proceso de contratación por alguna de las causales ya indicadas u otras. En caso de que se hayan presentado menos de cinco ofertas, el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el tercer lugar en la tabla de evaluación respectiva. En caso de que se hayan presentado cinco o más ofertas el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el cuarto lugar en la tabla de evaluación. Si aplicado lo antedicho, no puede darse lugar a la readjudicación, entonces la licitación será declarada desierta, por entenderse que las ofertas restantes no cumplen con lo dispuesto en las presentes bases, de acuerdo a los intereses de la Institución. La readjudicación no operará automáticamente, sino previa consulta al Proponente de la segunda o tercera oferta, dependiendo el caso. En caso de aceptar, deberá manifestar su voluntad por el medio que se le indicará, debiendo prorrogar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta y de su oferta. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago velará porque tanto las ofertas como las garantías de los oferentes participantes, que quieran mantener la mera expectativa de ser contratados, permanezcan vigentes, de manera tal que sea posible readjudicar la licitación a una oferta efectiva.
Resolución de Empates
Cuando dos o más ofertas compartan idéntico puntaje máximo final, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Técnico”.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitarla por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito.


Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.


Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en las bases administrativas especiales respectivas, entendiéndose, además, que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.


En cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, y la comisión evaluadora, puede determinar expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios de la ley de compras públicas en su decisión.

La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.


9.2 Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:


9.2.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.


9.2.2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.


9.2.3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.


9.2.4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.


9.2.5 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.


9.2.6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.


9.2.7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.


9.2.8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas
 




las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


9.2.9 El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información.


9.2.10 Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, lo que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora, siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.


9.3 En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta” toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre proveedores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.


9.4 El  Gobierno  Regional  Metropolitano de  Santiago,  en  su  calidad  de  Órgano  de  la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N° 19.913, que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas, que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, los participantes de esta licitación, deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado de acuerdo a la norma a dicho Servicio Público.

MODIFICACIONES A LAS BASES.
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos sin modificar el tipo, la naturaleza y objeto de la licitación, ya sea de oficio o en atención a una consulta formulada por alguno de los oferentes durante el proceso pertinente, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar las ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. Es obligación del Oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada, entendiendo que rige la presunción del artículo 6° del reglamento, que dispone “Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente Reglamento, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación”.